Monografias | Historia de una vieja dama indignaHistoria de una vieja dama indignaResumen: La trastienda de la Constitución Nacional Argentina. Mitos, verdades, falsedades, amores y odios en la construcción de un imaginario popular sobre nuestra Ley Suprema. O de como detrás de los preámbulos, de los convencionales, detrás de los incisos y el articulado, detrás…detrás esta la gente. La
trastienda de la Constitución Nacional. Mitos, verdades, falsedades, amores y
odios en la construcción de un imaginario popular sobre nuestra Ley Suprema. O
de como detrás
de los preámbulos, de los convencionales, detrás de los incisos y el
articulado, detrás…detrás esta la gente. Constitución:
ley fundamental de un estado soberano, establecida o aceptada como guía para su
gobernación. Constitucionalismo
argentino: proceso seguido por el estado argentino para dotarse de las leyes
magnas que han configurado históricamente su ordenamiento constitucional. Estas
dos definiciones primarias obtenidas en cualquier diccionario o enciclopedia
sirven para introducirnos en el largo camino que la Argentina recorrió a partir
de su independencia formal en 1810/16 hasta la efectiva sanción de su
Constitución en 1853. Los
avatares de este proceso comenzaron ya con la inaugural Junta de Mayo. Las
distintas facciones que fueron surgiendo expresaban los distintos intereses en
pugna. En realidad lo que estaba en debate era el régimen que adoptaría el naciente
estado. La década de 1810 es como bien señala el historiador Tulio Halperín
Donghi, el tiempo de la Revolución y la Guerra. El tiempo en que las élites
cambian, trasmutan y emergen nuevos componentes, nuevos actores sociales. Varios
son los intentos para dar un marco
institucional al ex virreinato del Plata: Asamblea General Constituyente de
1813, Reglamentos Provisorios de
1815 y 1817. Finalmente en Abril de 1819 el Congreso General Constituyente de
las Provincias Unidas (el mismo que tres años antes había declarado en Tucumán
la independencia de estas tierras) pare la llamada Constitución
de las Provincias Unidas de Sud América. Era
un curioso instrumento jurídico con significativos silencios. Ni siquiera se
mencionaba como sería el régimen de elección de autoridades en el vasto
territorio donde tendría fuerza de ley. Aunque su carácter centralista y
unitario quedaba pristinamente en claro, cuando normaba que un Director del
Estado, tendría facultad discrecional para “nombrar todos los empleos”. La
logia política mercantil de Buenos Aires había desconocido una vez más con la
promulgación de semejante Constitución la realidad política del interior que
reclamaba una salida federalista opuesta al centralismo porteño. Sintomáticamente
al mismo tiempo que la promulgaban despacharon órdenes a San Martín y
Belgrano, para que con sus respectivos ejércitos bajaran a resguardar al
Directorio. El
esfuerzo resulta vano. San Martín se niega a convertir su fuerza de liberación
en fuerza de represión y se pronuncia en
Rancagua. Belgrano pacta un armisticio en San Lorenzo con los artiguistas de
Santa Fe. El ejército del Norte se subleva en Arequito desconociendo la
autoridad del Directorio. Finalmente en
febrero de 1820 en los campos de Cepeda una caballería de clinudos centauros
litorales aniquila en una carga de un minuto los planes unitarios elucubrados
para un siglo. A
partir de entonces cada espacio provincial asume su autonomía plena. La Unidad
Política entendida como el espacio regido desde el puerto de Buenos Aires deja
de existir. Fenece también la idea monárquica que vastos sectores porteños
han impulsado como modo de gobierno. Esa idea, que más de una vez intentó ser
puesta en práctica, implicaba una centralidad aristocrática manejada por los
porteños. Atrás
queda, ya en el plano de lo meramente anecdótico,
la propuesta de Belgrano de instaurar como rey a un descendiente de los incas,
propuesta que motivó la irónica y racista réplica de Tomás Anchorena que
afirmó que a ese rey habría que ir a buscarlo a alguna chichería del Cuzco
donde seguramente sería tal su grado de embriaguez que difícilmente entendería
para que lo buscaban. O los periplos de Rivadavia, Alvear y el mismo Belgrano
por Europa buscando en alguna Casa Dinástica de “segunda división” algún
candidato. Daba lo mismo que fuera un De Luca o un Orleáns. Lo importante era
que, como afirmaba el general Alvear, el
monarca viniera con fuerzas militares suficientes para sofocar
a los díscolos. Pero el año 20 demostró que los díscolos no pudieron ser
sofocados y atrás quedó para siempre el ideal monárquico. El
intento unitario de 1826: la puja entre el frac y el calzoncillo. Pero
el complemento de ese ideal, el sistema unitario de gobierno no desapareció.
Travestido de republicanismo logró durante la “feliz experiencia
rivadaviana” que un Congreso Nacional a hechura de los intereses porteños, redactará
una Constitución de régimen republicano, representativo y unitario. Tan
explícita era en este último carácter que el proyecto de la Comisión de
Negocios Constitucionales fue finalizado el 1° de septiembre de 1826 y reconocía
que "no ha hecho más que perfeccionar la Constitución de 1819".
Aprobada la misma en Buenos Aires, fue rechazada en el resto de las
provincias. Ese
rechazo se simboliza en un episodio que los historiadores revisionistas han
narrado con fruición: llega a Santiago del Estero en pleno verano el doctor
Tezano Pintos. Su misión es la de imponer al gobernador Juan Felipe Ibarra
acerca de la nueva Constitución. En plena siesta santiagueña se presenta en la
residencia de gobierno vestido a la europea: frac, chaleco, chaqueta. Sudando
literalmente la gota gorda, Tezano Pintos es recibido por Ibarra en
calzoncillos. Horrorizado por ésta informalidad del gobernador, se apresura a
entregar un ejemplar de la flamante Constitución y a retirarse. Cuando lo ésta
haciendo siente a sus espaldas la voz de Ibarra que jocosamente le dice:
-doctor, se olvida el cuadernito,
y le arroja el ejemplar que le había dejado. El revisionismo simbolizó en el
empaque y la vestimenta del infortunado Tezano Pintos, la improcedencia de la
Constitución de 1826. Su carácter unitario la hacía tan inapropiada y lejana
a la realidad argentina como la gruesa chaqueta
del enviado porteño en la tórrida siesta del estío santiagueño. Hacemos
una salvedad, más allá de la anécdota citada, los autores de este trabajo no
nos sumamos a esta tradición revisionista de tomar de “punto” a Tezano
Pintos. Este en definitiva, era tan solo uno más de una generación de hombres
del puerto, prisioneros de una contradicción. En efecto, provistos de un bagaje
doctrinario de ideas recibidas del Iluminismo, alternaron entre promover la
democracia o excluir la participación política de las masas populares. Su
orientación final, aristocrática y urbana, muestra su profunda desconfianza al
proletariado rural. En la década anterior su inclinación hacia estructuras monárquicas
expresó su vocación centralizadora con Buenos Aires a la cabeza de su proyecto
de progreso elitista. En cierta forma, y tal como los definió Juan Bautista
Alberdi, los ideólogos unitarios se asumían ideológicamente
como románticos, siendo en realidad positivistas sin saberlo. El
problema es que su “orden y progreso” era impracticable, dada que su
cosmovisión se daba de bruces con la realidad del país. De allí su impotencia
para vencer el desafío que se habían propuesto de institucionalizar prácticas
y modelos europeos en una población cuyos verdaderos intereses ignoraban. Un
año después de promulgada la Constitución de 1826, encendida nuevamente la
mecha de la Guerra Civil, el
proyecto de los hombres “del cuadernito” quedó en el olvido. El
intento fallido de la Argentina Interior A
mediados de la década de 1830 el partido unitario parecía definitivamente
derrotado. El federalismo consolidaba su poder en todo el país. Se había
alcanzado tras años de lucha, la paz. No era una paz totalmente consolidada ni
estable, pero era una paz al fin. Lo que no era poco, tras dos décadas de
permanente sangría interna. Esas
dos décadas no habían pasado en vano. Atrás habían quedado las decrépitas
formas del gobierno colonial. Una nueva sociedad había emergido. La misma no
contaba aún con un andamiaje legal que reemplazara al del Antiguo Régimen.
Hemos visto en el capítulo anterior los paradójicos y contradictorios ideales
que guiaban a los hombres del unitarismo porteño, en su lucha para llenar el
vacío dejado por el viejo orden virreinal. En
el interior los cambios habían sido igualmente dramáticos y socialmente
“revolucionarios”. En un
principio los terratenientes criollos habían resistido mejor la crisis económica
que las pequeñas elites urbanas. De allí que rápidamente exigieron de los
cabildos y legislaturas locales, una mayor participación y protagonismo político.
Adquieren estos señores rurales una autoridad que no solo es militar sino
social y económica. Si en un principio proceden de las familias principales del
hinterland donde ejercen su poder, en la década de 1820 surgen nuevos caudillos
de origen humilde, que adquieren su prestigio por méritos militares. En
muchos casos el caudillo unía a las distintas clases de la provincia en una
solidaridad política y territorial, frente al enemigo externo. Estamos entonces
frente a un modelo de federalismo popular o lisa y llanamente plebeyo. Una
especie de “bonapartismo” a la criolla. La naturaleza democrática del
liderazgo que ejercía el caudillo dimanaba de su exitosa defensa de los valores
y tradiciones locales por un lado, y su encuadre “nacional”, al asumirse
junto a sus colegas de las otras provincias, como portavoz de los intereses del
Interior frente a la postura absorbente de Buenos Aires. Debemos
sin embargo tomar precauciones al adjetivar como democrático al sistema de
caudillos. Si bien algunos ejercían un paternalismo benévolo (“El caudillo
era el sindicato del gaucho”, según la feliz definición jauretcheana), otros
eran pequeños autócratas locales, señores de horca y cuchillo que imponían
su despótica autoridad sobre trabajadores serviles y un pequeño estamento
comercial urbano, a menudo víctima de saqueos y exacciones. Eran frecuentes los
conflictos locales, sobre un trasfondo de continua declinación social y económica
del Interior, declive simétricamente proporcional al progreso de los
estancieros y comerciantes porteños dueños del
puerto y de la aduana. En
esos años del ocaso unitario, los caudillos interiores defendían celosamente
sus respectivas autonomías. La mayoría expresaba sinceros deseos de alcanzar
un orden nacional que asegurara la autonomía provincial frente a la garra
centralizadora de Buenos Aires. Muchos veían en el modelo federalista de los
Estados Unidos el ideal a seguir. En consonancia con estos gobernadores, los
ciudadanos más lúcidos de las provincias interiores (y también del Litoral y
Buenos Aires) entendieron que era el momento de formalizar las estructuras de
hecho y crear un orden constitucional. El
riojano Quiroga se había convertido en el líder natural de este movimiento
hacia una Constitución. Para Facundo, la mejor garantía de la seguridad de las
provincias interiores frente al peligro de la voracidad porteña, era la
institucionalización del país bajo la autoridad de una Ley Suprema. Y
no estaba solo en esa empresa. El santiagueño Ibarra (el mismo que había
recibido literal y “simbólicamente” en calzoncillos el
“cuadernito” unitario de 1826), instaba a convocar una Asamblea
Constituyente. En Córdoba Mariano Fragueiro se pronunciaba de manera similar, y
varias provincias propiciaban la formación de una asamblea representativa
presidida por Quiroga. Facundo,
superando su pasado de violencia y crueldad, se había convertido en un
estadista a nivel nacional. En esta clave se puede entender la ayuda financiera
que brinda al joven Alberdi para que perfeccione sus estudios. Su proyecto (y
tal vez su propia persona) contaba sin embargo con un enemigo solapado: Juan
Manuel de Rosas, quién no se cansaba de poner dialécticas piedras en la rueda
de la Constitución, argumentando que persistían los tiempos de violencia, lo
cual tornaba prematuro todo intento institucional. En
Febrero de 1835, Barranca Yaco simbolizó no solo el final físico de un reumático
terrateniente riojano, sino el de un proyecto constitucional de la
Argentina Interior, proyecto que fue como el canto del cisne de una región cada
vez más a merced de la potente Argentina del puerto y de la aduana. Rosas:
pateando la pelota hacia adelante La
organización definitiva pasó a ser una materia pendiente que Rosas llevó a la
larga durante sus dos décadas de hegemonía. Hegemonía sustentada en ambos
extremos del arco social. Sus partidarios se encontraban tanto en la clase de
los propietarios terratenientes (a la que pertenecía) que vieron en él a la
mejor opción para recomponer y reproducir la estabilidad social; como entre las
masas urbanas y rurales, que lo veían como su mejor garantía para obtener
mayor justicia social. Estos y aquellos, más una nueva clase de agentes
comerciales aliados con intereses extranjeros, esencialmente británicos,
formaban las columnas en que se sostenía el régimen rosista. Los
años del Restaurador de las Leyes, pese a ese título, no dieron a luz a la Ley
Fundamental de la Nación. No hubo tampoco por cierto, una restauración del
antiguo orden colonial Si en cambio, se fue sedimentando
un discurso en los distintos actores sociales acerca
de que cuando se produjese la tan ansiada institucionalización, ésta
debía ser realizada no solo bajo la forma del republicanismo sino también del
federalismo. Si
nuestra actual Constitución Nacional tiene un antecedente directo ese es el
Pacto Federal de 1831. En este establecía
que debía formarse una Comisión Representativa con sede en Santa Fe, integrada
por un representante de cada una de las provincias
adherentes con las siguientes atribuciones: 1º) celebrar tratados de paz en
nombre de las tres provincias expresadas, conforme a las instrucciones que cada
diputado tuviera de su respectivo gobierno; 2º) hacer declaración de guerra
contra cualquier otro poder en nombre de las tres provincias litorales; 3º)
ordenar el levantamiento del Ejército en caso de guerra contra cualquier otro
poder, en nombre de las tres provincias en forma ofensiva o defensiva, y nombrar
el general que debería mandarlo; 4º) determinar el contingente de tropa con
que cada una de las provincias debería contribuir; 5º) invitar a todas las demás
provincias de la República, cuando estuvieran en plena libertad y tranquilidad,
a reunirse en federación con las tres litorales, y a que, por medio de un
Congreso General Federativo, se arreglara la administración del país, bajo el
sistema federal, su comercio interior y exterior, y la soberanía, libertad e
independencia de cada una de las provincias. Además, se comprometían a no
firmar tratados por separado con otras provincias y a no otorgar asilo a ningún
criminal que buscara refugio en una al huir de la otra; declaraba además libre
el tránsito interprovincial. El
Pacto Federal fue firmado originalmente por Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos.
Luego se fueron adhiriendo las restantes provincias. Ese tratado es mencionado tácitamente
en el Preámbulo de la Constitución Nacional cuando se afirma que los
representantes del pueblo de la Confederación Argentina reunidos en Congreso
General Constituyente por voluntad y elección de las Provincias que la componen
lo hacen en
cumplimiento de pactos preexistentes. Mucho
del articulado del Pacto Federal no pasó de ser letra muerta, mera expresión
de deseos. Sin embargo los largos años de autocrático gobierno de Rosas, van
dejando pese al mismo Rosas, un sedimento “constitucional”. Esto lo vieron
con contemporánea claridad desde el exilio, Alberdi y Sarmiento,
seguramente los más lúcidos
representantes de la Generación del 37, aquella que había apostado al proyecto
de organización nacional a partir de los caudillos federales del Interior. Alberdi
sostenía que el país había avanzado poco y nada (en realidad había
retrocedido) bajo el gobierno de Rosas. Sin embargo el régimen había logrado
un objetivo positivo: la centralización del poder. En igual sintonía se
expresaba Sarmiento al sostener que “los unitarios han perdido, pero ha
triunfado la unidad; han vencido los federales, pero la federación ha
sucumbido”. Para ambos pensadores Rosas había logrado restablecer el orden,
quedaba por cumplir el postergado sueño de libertad. Para el sanjuanino en
particular, la reconciliación entre las facciones beligerantes solamente se
podría dar por medios pacíficos, a través de una Constitución aprobada por
el voto de la población, convertida en “el medio más poderoso de pacificación
y de orden interior”. Es
en ese estado de cosas, cuando en 1847 el tucumano lanza una bomba revulsiva
para tirios y troyanos. Invita a los jóvenes exiliados (el mismo lo es) a
deponer pasiones y colaborar con Rosas para alcanzar la tan ansiada Constitución.
Pretendía que el Restaurador abandonara sus prácticas represivas y negociara
una salida institucional, donde no necesariamente estaba excluido. En la propuesta de
Alberdi, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, podría convertirse
perfectamente en el primer Presidente Constitucional de la Confederación
Argentina. Rosas
ni siquiera contestó a la propuesta alberdiana. Lo cual no sorprendió a nadie
dado el perfil político del autócrata terrateniente de las pampas. Desde su ególatra
omnipotencia, el señor de San Benito de Palermo no comprendió (ni intentó
hacerlo) esta tentativa de conciliación. Si fue entendida por otros jefes
federales (entre ellos Urquiza), demostrando que la propuesta había sido
fecunda a largo plazo. Finalmente
sobreviene Caseros. Rosas parte a Southampton y al olvido. Los sectores
dominantes de la emergente ganadería del litoral cuyo representante es el
vencedor General Urquiza junto a las élites del interior deciden que la hora es
propicia para organizar definitivamente al país. Creen que el sistema
republicano, representativo y federal no es discutible. Por lo menos en teoría
tienen razón. Otra cosa es cuando la normativa toque o vulnere intereses
concretos. En esta dualidad hay que encontrar la razón de la secesión porteña
y su no aceptación de la Constitución que se promulgará en Santa Fe en 1853. “Rosas
no ha hecho nada útil para el país” Esta
frase que expresa al mismo tiempo reprobación y desangelado desconsuelo
pertenece a Juan Bautista Alberdi. La escribe en 1847 tras sufrir el ominoso
silencio del Restaurador a su proyecto de institucionalización, tal como vimos.
Más allá de su herido amor propio, el tucumano no andaba del todo desacertado
en su definición del módico autócrata de las pampas. Acertaba en tanto Rosas
se había apropiado de algunas formas simbólicas del antiguo orden colonial,
“restaurándolas” para consolidar su propio poder. Tal el nacionalismo xenófobo
y la exaltación de una arcadia rural que por lo menos en el género discursivo
dominaron el imaginario colectivo de la Santa Federación. Y no todo había sido
mero discurso. Entre las acciones concretas se podía contar el desmantelamiento
del Banco Nacional, la resistencia a las nuevas formas de tecnología y producción,
la restricción a la libre circulación de hombres e ideas, y por supuesto, la férrea
negativa –privilegios porteños de aduana mediante- a la
organización nacional definitiva. Todo
esto era cierto aunque paradójicamente, tal como Alberdi y el resto de la
Generación del 37 reconocían con distintos grados de reticencia, el país había
avanzado durante los años de Rosas…a pesar del mismo Rosas. Así las
restricciones impuestas por la dictadura punzó al avasallante empuje del
capitalismo europeo no habían podido evitar un crecimiento económico que
medido en parámetros de la época, era espectacular. Si bien en la punta de la
pirámide de ese crecimiento se encontraba un áulico círculo rosista de
hacendados y agentes comerciales, la bonanza también se derramaba escalones
abajo. Especialmente entre la extranjería. Esos vascos, esos gallegos, esos
irlandeses, llegados al país en proletaria y literal huída de las hambres
europeas (mal que les pese a sus descendientes argentinos que reinventan a sus míseros
genitores, haciéndolos portadores de
nobiliarios escudos éuskaros o celtas), formaban hacia 1850 la mayoría de la
población económicamente activa no solo de Buenos Aires y el Litoral, sino de
distintos enclaves del Interior. Nos encontramos ante una sociedad dinámica y
cambiante pese al discurso demagógico, estamental y falazmente tradicionalista
del rosismo, que asiste paradojal y contemporáneamente a un proceso de
disciplinamiento social. Con lucidez Alberdi sostuvo que la gran contribución
del régimen rosista fue la de haber domesticado a las masas, permitiendo a
futuro una nueva relación entre los factores de poder y la sociedad civil.
Relación que colocaría a la Argentina en favorable posición para dar el gran
salto hacia el orden y el progreso. En
ese sentido Rosas había sido un positivista a medias: su larga autocracia
alcanzó el orden. Faltaba el progreso. Llegaste
justo, José… Pero
hacia 1850 los aportes positivos de Rosas hacía tiempo que se habían agotado.
Solo su desmedida vocación de poder y el apoyo de la oligarquía saladerista
porteña que hacia pingues negocios con los mercados esclavistas de Cuba y
Brasil, mantenía inercialmente a la Santa Federación. Era un círculo vicioso
de reproducción mutua. La industria de los saladeros –sostén económico del
régimen- había provocado graves distorsiones socio económicas. Si bien
proporcionaba enormes beneficios al áulico circulo terrateniente de la
Provincia de Buenos Aires, su escaso nivel tecnológico así como las relaciones
feudales de trabajo forzosamente inherentes a su modo de producción, retrasaban
el progreso de la región en su totalidad. En idéntica sintonía y como prístina
demostración de defensa de los intereses de la clase a la que pertenecía y le
daba sustentación política, cada vez con mayor frecuencia Rosas apelaba a la
fuerza en nombre de esa oligarquía para obstaculizar los ya inevitables
procesos de cambio. El
desafío final a la hegemonía del tasajo provino de un grupo de similar
conformación social al grupo dominante porteño: nos referimos a los ganaderos
litorales que en esos años alcanzan un desarrollo económico notable a favor de
la expansión lanar. No conviene sin embargo
exagerar el progreso de Entre Ríos. En la provincia mesopotámica la
tenencia de la tierra estaba tan concentrada como en Buenos Aires. Al igual que
Rosas, el gobernador Justo José de Urquiza representaba y era al tiempo el
mayor exponente de esos latifundistas Hacia
1850 en sintonía con la cambiante dinámica social antes mencionada se estaba
produciendo un reacomodamiento de los grupos de poder. La puja entre la oligarquía
porteña y la entrerriana implicaba un enfrentamiento no solo de carácter económico
sino la lucha por la primacía nacional. Caseros
llevó a la superficie manu militari esos intereses y provocó una aceleración de los
tiempos. Nadie puso en duda que tras la teatralizada batalla del 3 de febrero de
1852, los cambios tantas veces demorados ya no podrían verse obstaculizado por
ningún déspota anacrónico y reaccionario. El
desafío de la nueva generación de líderes nacionales consistía en reemplazar
un gobierno arbitrario por un poder restringido y sin dudas autoritario, pero
regulado e institucionalizado. No
era un desafío fácil. Había junto a la euforia de la hora, más dudas que
certezas. ¿Qué pasaría con el monopolio de las rentas de aduana que hasta el
momento detentaba el puerto porteño? ¿Se podría vencer la hegemonía de
Buenos Aires permitiendo una participación decisiva en la administración
nacional de grupos y áreas geográficas excluidas en el pasado? Pronto
los hechos dieron respuesta a esas preguntas. Rápidamente Buenos Aires se volvió
contra su “libertador” de la víspera iniciando un proceso que culminaría
en la secesión del 11 de setiembre de 1852. Ante la provocación separatista
Urquiza se movió con prudencia y moderación. Pensaba que una vez sancionada la
tan anhelada Constitución Nacional, la Legislatura de Buenos Aires ratificaría
la misma. El optimismo del entrerriano demostró ser infundado. El puerto no
estaba dispuesto a perder sus privilegios.
Buenos Aires llegó a levantar ejércitos para impedir la reunión del
Congreso Constituyente. Pese a tan cerril oposición, este comenzó a funcionar
en Santa Fe. Veamos el como y el modo de ese funcionamiento.
Desacartonando el pasado, traigamos a nuestro presente las prácticas de
esos actores devenidos por fuerza de los hechos en “expertos
constitucionalistas”. Cuando
uno hace referencia a una Convención Constituyente aparecen imágenes
recurrentes: doctos personajes enfrascados en la lectura de libros, tratados,
papeles de toda índole. Sesudos debates de alta jerarquía intelectual. Y un
todo contextual de solemnidad dado por la tarea de formular leyes fundamentales
para el futuro y el destino de la Nación. Afirmó con certeza Benedetto Crocce
que toda historia es historia contemporánea. Nuestro presente nos lleva a
idealizar a los congresales que se reunieron en Santa Fe de una manera que por
ejemplo desde el punto visual, es tributaria de la estética que dimana de un
afamado cuadro que impone su majestad escénica en el Salón de los Pasos
Perdidos del Congreso Nacional[i]. Frente
a este empaque leguleyo construido crocceamente
en el imaginario colectivo con posterioridad a los acontecimientos,
recurrimos al antídoto de la atrapante
(y tendenciosa) narrativa un historiador revisionista para desmitificar el lugar, los hechos y los hombres: `Fue
por la primavera del 52 que empezaron a llegar a Santa Fe, vieja ciudad de
caudillos, unos señores estirados, graves y solemnes; que pusieron con sus
fracs europeos y sus labios rasurados al estilo unitario, la nota exótica en la
tranquila y somnolienta calma de la vida provinciana. Discurrían con ademanes
ampulosos sobre “los pueblos” señalando el desierto que empezaba a pocas
cuadras de la plaza Mayor, y hablaban con difícil y encendida prosa sobre “la
libertad” mientras los amplios corbatones y las camisas de plancha los mantenían
sudorosos y oprimidos, pues no eran esas prendas las más apropiadas para Santa
Fe y para el cálido mes de noviembre. Pero ellos querían demostrar que la
civilización es sólo una, y no conoce geografía ni termómetro. Los
criollos, que calafateaban en la Ribera las famosísimas goletas santafecinas,
los veían pasar, solemnes y despreciativos, depositarios de la fórmula mágica
que traería el “bienestar general”; mientras las habilidosas mujeres,
tejiendo las fuertes telas del litoral (toscas tal vez, pero que duraban toda la
vida), comentaban alegremente las vestimentas de colores extraños
usadas por quienes querían vestir la Patria con ropaje constitucional.
Los veteranos blandengues del Patriarca, que corrieran media Confederación
en el ejército del Brigadier invicto, y que pocos años atrás se habían
batido como bravos junto a Mansilla y Santa Coloma en el Quebracho y San
Lorenzo, trataban de penetrar el sentido de alguna frase difícil, como esa de
“proveer a la defensa común”, oída al paso de alguna atildada y enfática
pareja de congresales. Junto a la puerta de la Aduana, el viejo Bustamante
miraba asombrado los “fraques”, que venían a hacer Patria, mientras
acariciaba entre sus manos quemadas por cuarenta años de guerras, el tambor que
Belgrano le diera en Tacuarí, y con el cual repetía continuamente los compases
de la carga famosa de su niñez´. Si,
eran los hombres del fraque, que pese
a la vestimenta no tenían el empaque solemne de aquel Tezano Pintos que no había
sabido apreciar la sabiduría de andar en calzoncillos en el tórrido verano
santiagueño. Elegidos de modos disímiles por las trece provincias interiores,
los convencionales no se destacaban, salvo excepciones, por su vuelo
intelectual. Algunos ni siquiera pertenecían a las provincias que deberían
representaban. En Buenos Aires los llamaron “alquilones”, porque ´ni Elías ni Martínez sabían donde quedaba La Rioja, cuyos intereses
representaban; ni Huergo ni Gondra podían señalar a conciencia el sitio exacto
de San Luis, que los había “elegido”;
ni Gutiérrez había pisado jamás Entre Ríos; ni Alvear, Catamarca; ni Lahitte
y del Carril eran nativos de Buenos Aires que los “enviaba”, ni tampoco Pérez
de Entre Ríos; mientras Seguí, Gorostiaga, Delgado y Barros Pazos faltaban
respectivamente de Santa Fe, Santiago, Mendoza y Córdoba desde sus años mozos
y muy pocos los reconocerían por allí, no obstante haberlos “votado”´. El
relato precedente juega en clave irónica con la complicidad del lector. El
autor del mismo es José María Rosa, uno de los revisionistas más reconocidos
y sin duda el de mayor impacto en el público en general. Su Historia
Argentina fue una obra de largo
aliento (13 tomos, luego ampliados a 17) y
constituyó un éxito editorial de proporciones. Rosa es un cabal ejemplo de esa
generación de intelectuales para quienes la
interpretación de la historia nacional se constituyó como un campo de
batalla político, en el que la presentación de una visión alternativa a la
oficial de la historia argentina se convirtió en un importante eje de un
combate ideológico orientado a la impugnación del orden socioeconómico y político
existente. Siempre dispuesto a dar batalla por el presente utilizando como arma
(lejos de todo rigor heurístico) su interpretación del pasado, es en esta
clave que se puede entender por ejemplo, que halla encomillado los términos “elegido”
y “votado”, lo cual constituye un
anacronismo. Es pretender pensar y cuestionar los modos de designar
representantes a mediados del siglo XIX desde la óptica de una decencia de los
modos electorales que recién
comenzará a hacerse perceptible a partir de la promulgación de la Ley Sáenz
Peña en 1912. Así
que mal que les pese al espíritu de Pepe
Rosa y a otros venerables espectros
del hoy historiográficamente obsoleto revisionismo histórico, no debemos rasgarnos las vestiduras por el modo en que los
padres fundadores del orden institucional llegaron a serlo. Ni aún ante el
peligro de que esas vestiduras queden embadurnadas por el dulce de leche de un
alfajor santafesino… Todavía
no en estatura de próceres con derecho a que sus nombres figuraran en el
nomenclador de alguna calle secundaria de nuestras ciudades, los convencionales
se reunían en el local en que Hermenegildo
Zuviría abrió en Santa Fe en ese año 52, un despacho de bebidas y fábrica de
alfajores en la esquina de las calles del Cabildo y San Jerónimo, frente mismo
al lugar donde funcionaba el Congreso Constituyente. Don
Merengo – así se lo llamaba familiarmente – gozaba de justa fama como
repostero y de buen aprecio por su correcto trato. La alfajorería de Merengo
era el punto de reunión de la sociedad santafesina en los anocheceres
veraniegos, cuando el insoportable calor imponía la tertulia con abanicos,
panales y dulces provincianos. En
los altos de Merengo el ministro y constituyente Manuel Leiva había alquilado
cuartos para sus colegas en el Congreso que por recelo liberal no se avenían a
la hospitalidad del convento de San Francisco o del antiguo – y por entonces
vacío – Colegio de los Jesuitas. Allí paraban Juan María Gutiérrez, José
Benjamín Gorostiaga, Salustiano Zavalía, entre otros. Allí los dos primeros
estudiaron el anteproyecto constitucional de Alberdi que habría de someterse
definitivamente en el salón del Cabildo. Dos
de los residentes en la alfajorería de Merengo, Gorostiaga y Gutiérrez fueron
los redactores reales del Proyecto Constitucional. Así entre diciembre de 1852
y enero de 1853, mientras sus “colegas” se entretenían a orillas del río
donde calmaban ardores y ausencias desfogándose con las chinitas que
servicialmente les brindaba la élite santafecina, los dos pobres juristas
dedicaban largas horas a traducir a lenguaje llano “los trabajos abstractos
del doctor Alberdi”. No
debemos sin embargo exagerar la participación de Gorostiaga y Gutiérrez. En esencia, la Constitución
sancionada en 1853 es la obra de Alberdi, con algunos agregados extemporáneos
e ilógicos. La
Constitución nace manca Ya
tenemos Constitución. El cuadernito de los doctores unitarios de 1826 ha sido
sustituido por un libro que constaba de un preámbulo y 107 artículos divididos
en dos grupos: declaraciones, derechos y garantías, por un lado; y por el otro
el referido a las autoridades de la nación dividido a su vez en dos títulos:
gobierno federal y gobiernos provinciales. El gobierno federal estaba dividido a
su vez en poder ejecutivo, legislativo y judicial.
Sancionada
el 1 de mayo, promulgada el 25 del mismo mes y jurada solemnemente el 9 de julio
de 1853 adquiere desde el inicio una entidad incontrastable. Nótese que las
fechas coinciden con las de la patria misma, lo cual no es casual. Regresan
entonces los convencionales a sus provincias reales o supuestas con la
satisfacción del deber cumplido, empalagados de alfajores y el recuerdo de algún
cuerpo mestizo. Esta
satisfacción podía ocultar un hecho: si la Constitución pretendía tener
fuerza de ley sobre todo el territorio, era ésta una Constitución manca.
Buenos Aires, la provincia más poderosa no la había reconocido. La unidad política
que tras la euforia de la caída de Rosas se había pensado lograría ser
fundada a partir de la sanción de una Constitución, se quebró con el golpe
porteño del 11 de septiembre de 1852. Como expresamos previamente Buenos Aires
no aceptó transferir su poder económico (la aduana tal como lo establecía el
artículo 19 del Pacto de San Nicolás) ni tampoco aceptó ponerse a nivel de
igualdad política con los “trece ranchos” al enviar la misma cantidad de
representantes que cada una de las restantes provincias. Así durante casi una década
habrá una coexistencia armada dentro del territorio nacional de dos unidades
políticas: la Confederación Argentina con asiento en Paraná y el Estado Libre
de Buenos Aires. El
conflicto se dirimirá a favor de la supremacía porteña en la ficcional puesta
en escena de la batalla de Pavón,
en septiembre de 1861. Para que este final fuera posible, para que esta batalla pour
la galerie cerrara aparatosamente el acuerdo entre la burguesía porteña y
sectores emergentes de las élites del Litoral en desmedro de los viejos
estamentos del interior mediterráneo, hubo que realizar en 1860 la primera
reforma a la Constitución. Sintéticamente
esta reforma estableció que los derechos de exportación no serían
considerados como rentas nacionales y tiró la pelota hacia adelante en el ríspido
tema de la cuestión capital al establecer que ésta se establecería en aquella
ciudad que designara el Congreso previa sesión de la legislatura local[ii].
Mientras tanto las autoridades nacionales residirían en la ciudad de Buenos
Aires. De esta forma la Constitución determinó el papel del presidente de modo
teórico y ayudó a que en la práctica se negara lo que en la teoría se
normaba. Durante
las tres presidencias ocurridas desde 1862 a 1880 los titulares del Poder
Ejecutivo Nacional debieron desempeñar su papel constitucional en un territorio
muchas veces hostil y siempre ajeno, donde carecían de los medios necesarios
para hacer efectivo el poder político debido a su coexistencia obligatoria en
la misma ciudad con el gobernador de la provincia más poderosa. El caso más
patético fue el de Nicolás Avellaneda que llegó a decirle a un amigo, señalándole
a un policía de facción en la Casa de Gobierno: “-ves
ese milico que está allí, pues sobre él el presidente de la Nación no tiene
la menor autoridad. Es más, si se le ocurre a Tejedor (gobernador de la
provincia de Buenos Aires), éste puede
ordenar que me detenga”. La federalización de la ciudad de Buenos Aires
dirimirá la larga cuestión capital. La provincia porteña entregaba su puerto
y su aduana a la Nación, pero como con ironía señaló el profesor de historia
(entre otras actividades) Juan Domingo Perón, para entonces ya la Nación era
Buenos Aires. Superada
esta cuestión, y en lo que estrictamente a la Constitución atañe, tenemos
entonces a partir de 1860 un corpus legal que en esencia va a permanecer
inalterable hasta la reforma de 1949, pues los cambios realizados en 1866 y 1898
modificaron solamente cuatro artículos menores. Relacionados con la pertenencia
de los derechos de exportación al tesoro nacional en el primer caso, y con la
proporcionalidad aplicable a la elección de diputados y al número de
ministros, en el segundo. Construyendo
ciudadanía y exclusión Sostiene
Michael Foucault que hay veces en que el derecho se erige simplemente en un
instrumento de dominación, y como tal trasmite y hace funcionar relaciones que
no son otra cosa que relaciones de exclusión. La
esencia de nuestra Constitución asume ambigüedades y contradicciones que
tornan pertinente la definición de Foucault. De carácter liberal, -la
declaración de derechos y garantías responde ciertamente a esa impronta-,
nuestra Carta Magna no escapa a el contexto de época en que fue creada. Hay artículos
que ciertamente contienen normas que no contribuyen a integrar sino a
discriminar. Véase sino el inciso 15 del artículo 67 que entre otras
atribuciones del Congreso, institucionaliza la conversión (forzosa) de los
indios al catolicismo. Impuesto en 1853, recién en 1994 fue eliminada ésta cláusula.
Demos por sentado que el espíritu racista de 1853 se extendió a las Reformas
de 1866 y 1898. No entendemos por que no fue eliminado en 1949 o 1957. Tal vez
intentar entender esta rémora legal implique aceptar la existencia de un lado
oscuro de la sociedad argentina del cual la Constitución sería solo el
reflejo. Asimismo
el artículo 25 privilegió taxativamente a determinada migración. Su texto no
deja margen de duda al respecto: “el Gobierno Federal fomentará la inmigración
europea; y no podrá restringir, limitar ni grabar con impuesto alguno la
entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto
labrar la tierra, mejorar las industrias e introducir y enseñar las ciencias y
las artes”. El gobernar es poblar
de la consigna alberdiana implicaba hacerlo con gente de pigmentos claros. No
es conveniente sin embargo cargar las tintas en demasía sobre el espíritu
discriminatorio de la Constitución. En esencia creemos que el debate debe darse
en torno a la interrelación entre normativa y realidad. Hay ciertamente un
paradigma civilizador del cual la Constitución es reflejo. La normativa
igualitaria (pese a estos artículos que se oponen a ese espíritu) está de
acuerdo a las ideas positivistas, ideas dominantes y hegemónicas en la época.
Éstos artículos en tal sentido no serian sino la excepción que confirma esa
regla igualitaria. Todo ello
respondiendo en lo económico a un modelo concreto de inserción del país bajo
un perfil agroexportador asociado subordinadamente al capital financiero,
especialmente al de origen británico. Sin embargo,
esta visión no tiene en cuenta una contradicción básica entre los
postulados universalistas proscriptos desde lo político en la Carta Magna, y la
libertad de mercado en lo económico que también postula el andamiaje
normativo, contradicción esta que se expresa en la desigualdad y subordinación
que tiñen las prácticas cotidianas del hecho social. A
finales del siglo XIX y principios del XX se acentúa la tensión entre una
normativa teóricamente universalista integradora y un contexto real
restrictivo, lo cual, y en opinión de las historiadoras Marta Bonaudo y Elida
Sonzogni “...obliga
al Estado entre el fin de siglo y la Primera Guerra Mundial, ha replantear su
rol. Estos diferentes actores van generando, a través de sus
demandas la necesidad de rediscutir el papel punitivo de éste o su
desempeño solo como garante del orden en términos de legalidad. En ésta etapa
se comienza a colocar en el plano de la discusión la importancia de reformular
sus niveles de ingerencia operando más ampliamente como regulador y árbitro de
las relaciones sociales”. Ese
Estado opera sobre una nueva sociedad donde la cuestión social toma creciente
importancia. Paradójicamente la conflictividad entre normativa y realidad se
asienta en los postulados de ese artículo 25 que fomenta la inmigración
europea. Claro que no han llegado, salvo en pequeñas cantidades, los
“industriosos y civilizados” anglosajones y germanos que pretendía Alberdi
para construir una sociedad de farmers
en éstas pampas, sino que ha sido de la Europa mediterránea y oriental de
donde arribaron los migrantes que
no encontraron por cierto acceso a la propiedad de la tierra. Ésta ya había
sido parcelada en beneficio de las élites oligárquicas. A su vez, la Conquista
del Desierto había dado el verdadero sentido del inciso 15 del artículo 67 de
la Constitución Nacional: a los indios se los convertía “pacíficamente”
al catolicismo a fuerza de fusil. En
esa mezcla de igualitarismo normativo y exclusión de hecho, surge un discurso
donde la hipocresía campea por sus fueros. El mito de la Argentina crisol de
razas es entendido por buena parte de la sociedad de una manera muy particular.
Un sector ve sin duda en el artículo 25 o en el inciso 15 del artículo 67
(recordemos que este recién fue
derogado en 1994), algo más digno de elogio que de reprobación. Esta
“conversación general” no es fácilmente erradicable. Como bien expresó
Waldo Ansaldi[iii]
en “La construcción de una ciudadanía
democrática requiere necesaria e imprescindiblemente de la abolición
de toda forma de discriminación, viejas y nuevas. La común prohibición, en
locales bailables de la ciudad de Buenos Aires, de entrada a jóvenes y
adolescentes de tez morena y/o cabellos negros es un caso harto conocido. Del
mismo tenor es la aberrante conducta de quince mujeres “de la alta sociedad»
salteña que amenazaron con incendiar la catedral de la ciudad de Salta y
presionaron al vicario episcopal para que -como finalmente ocurrió- quitara del
atrio un «pesebre criollo» cuyas imágenes tenían rasgos collas y estaban
vestidas con trajes bolivianos, «argumentando» que de ese modo las mismas no
se mostraban en “su perdurable belleza”. Si
en señoras de las cuales quizás no pueda esperarse otra cosa, esa actitud es
grave y repudiable, en otro caso la conducta es gravísima y más repudiable aún
por tratarse de un hombre con funciones de gobierno muy importantes -las cuales
lo ponen (deberían poner) en un plano de acción en favor de la cohesión
social-, como el protagonizado por el gobernador de la provincia de Chubut. Según
la prensa, el mandatario, Carlos Maestro, momentos antes de una grabación
televisada, sin advertir que el micrófono estaba abierto le pregunta a un
colaborador: « ¿Cómo se llama esa mina, medio rompebolas? Esa que era más
loca que la mierda... Esa que es medio india, dirigente mapuche».No hay excusa
alguna para justificar tamaña agresión, tanto en términos de género -por su
condición de mujer, degradada a la de mina-, cuanto de conducta -«medio
rompebolas»-, de estado –“más loca que la mierda”-, de pertenencia étnica
–“medio india”- y de responsabilidad –“dirigente mapuche”. Los
ejemplos que da Ansaldi pueden multiplicarse hasta el infinito. Esta
multiplicidad en cierto modo, despoja de parte de culpa a nuestra Vieja Dama
Indigna, trasfiriéndola a la sociedad de la cual es Ley Suprema. Ella ha creado
ciudadanía a lo largo del tiempo y a su vez a establecido normativamente la
exclusión racial. No debemos sorprendernos que una posible síntesis sea el actual
resultante de esta construcción constitucional: una sociedad de ciudadanos
racistas, con un hipócrita doble discurso. Discurso que en situaciones límites
se torna prístinamente descarnado. Como cuando ante el éxodo de miles de
personas de clase media durante la crisis del 2001/02, era habitual escuchar
lamentos por la partida de tantos “buenos argentinos” al tiempo que se señalaba
compungidamente la pena por lo que le pasaría al país en el futuro, dado que
“los negros de mierda” se quedaban. La
Constitución entuavía no llegó Relata
Jorge Abelardo Ramos en Revolución y contrarrevolución en la Argentina un episodio
acaecido en 1905, cuando el Presidente Quintana cansado de que las cámaras
legislativas no trataran los proyectos de leyes que enviaba, procedió a
clausurar el Congreso. Esto produjo una gran conmoción. Una multitud se agolpó
frente al Palacio Legislativo. Un diputado histriónicamente preguntaba a los
gritos: -¡la Constitución, ¿donde está
la Constitución?! Un soldado del cuerpo de bomberos de facción frente al
edificio lo escuchó y burlonamente le contestó: -entuavía no llegó-. Este
suceso refleja la indiferencia con la que buena parte de los sectores
subalternos asumían el proceso institucional. La Constitución que entre sus
funciones fundamentales tenía la de crear ciudadanía era objeto de esta mofa.
La razón última de estas ironías se encontraba en la dicotomía entre una
normativa igualitaria e integradora, y una práctica decididamente restrictiva
que hacía del fraude electoral una herramienta fundamental de la vigencia y
reproducción del régimen oligárquico fortalecido especialmente a partir de
1880. Régimen falaz y descreído lo llamará con su kraussista estilo, Hipólito
Yrigoyen. Precisamente será éste quien acaudillará durante los “veinticinco
años seculares”[iv],
un movimiento cuya bandera más significativa (en esencia tal vez la única),
será la plena vigencia de la Constitución Nacional. Entienden los hombres del
radicalismo que el fraude es una anomalía que no está prescripto en la Carta
Magna sino que atenta contra el espíritu de la misma. Es
una afirmación discutible. Los Constituyentes de 1853 (y su tucumano numen
inspirador) no creían en el sufragio universal como medio de representación
política. El Preámbulo lo expresa claramente: “el pueblo no delibera ni
gobierna sino por medio de sus representantes”. Y como éstos eran elegidos
mediante componendas entre los distintos sectores de poder, deliberaban y
gobernaban las minorías con el pueblo ausente. La chusma y el populacho debían
ser excluidos dando paso a la inteligencia y la fortuna. Esa adjetivación tenía
un claro sentido restrictivo para los hombres de la Organización Nacional. Es
evidente que la sociedad argentina fue cambiando a lo largo de esa segunda mitad
del siglo XIX. Aunque en esencia es igualmente burda la paródica opción de los
soldados de Urquiza por candidatos tales como “Felipe Lotas” o “Serapio
Ludo” en 1852, con el acaparamiento de libretas electorales por parte del
pintoresco Cayetano Ganghi (un
cololichesco “caudille positive” que orgulloso de su eficiencia le muestra a
Carlos Pellegrini un cajón repleto de libretas incautadas, listas para ser
utilizadas a favor del mejor postor), el contexto no es el mismo. Las
revoluciones cívico-militares de 1890, 1893 y 1905 se ocuparon de recordar a
las élites que el pueblo quería participar de la cosa pública mediante la
pureza del sufragio. Tal
vez hablar de pueblo de modo genérico tal vez sea inapropiado. Si se puede
afirmar que a principios del siglo XX ha aparecido un nuevo actor social
constituido por los sectores en ascenso, esos segmentos de una creciente clase
media hija en gran parte de la inmigración
(con el aditamento de argentinos viejos) que no encuentran un espacio político
en correlatividad con el lugar que ya ocupan en el espacio social. El
hecho de elevar estos sectores a la Constitución como emblema de su causa nos
indica el valor simbólico que va adquiriendo la Carta Magna más allá de la
intencionalidad originalmente restrictiva de sus redactores. Este
conflicto se resolverá parcialmente cuando los sectores más lúcidos del régimen
descompriman la situación al votar en 1912 la ley de sufragio universal con
padrón militar para los ciudadanos varones[v].
Pero como una endemia similar a las plagas de langosta que por esos años
azotaban nuestros campos, el fraude retornará con virulencia en la década de
1930. Realizado en algunos casos en nombre de los principios constitucionales.
Tal el llamado “fraude patriótico” ejecutado por los conservadores para
evitar el retorno de la “chusma radical”. La
Reforma del Chaucha El
3 de septiembre de 1948 Perón anunció al país la próxima Reforma de la
Constitución Nacional. El 24 de enero de 1949 quedó constituida la Convención
Reformadora, presidida por el coronel domingo Mercante.
La oposición radical negó
validez a la Convención y se retiró de la misma
Por lo tanto el 9 de marzo de 1949 se aprobaron sin disenso, discusión o
debate, las Reformas propuestas. Las
principales Reformas incorporadas incluían los derechos del trabajador, la
familia y la ancianidad, el derecho a la propiedad privada con una función
social y el capital al servicio de la economía nacional.
Por el artículo 40 se nacionalizaban los minerales, las caídas de agua,
los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas y las demás fuentes de energía
exceptuando los vegetales. Se estatizaban también los servicios públicos y se
prohibía su enajenación o concesión a particulares.
.En el plano político permitía la reelección presidencial y constituía
también a la Suprema Corte de Justicia como un tribunal de casación. Para
los opositores el único sentido de la Reforma obedecía a posibilitar la
reelección del Presidente Perón. Lo demás era pura hojarasca. Hermosas
declaraciones que envolvían en una épica nacionalista y soberana el espinoso
asunto de la reelección. El
artículo más revolucionario de esa Reforma es el número 40 que declara de
propiedad exclusiva del estado argentino, al subsuelo nacional. Lo que en buen
romance significaba que el petróleo no podía ser explotado por el capital
extranjero. El artículo 40 era el símbolo máximo de la soberanía que
proclamaba el peronismo. Cuando el mismo es
aprobado por la Asamblea Constituyente, Arturo Sampay llama emocionado al
presidente de la Nación para darle la buena nueva. Sin embargo, éste le
contesta lo siguiente: “-Lo que yo
quiero saber es si ya aprobaron el tema de la reelección. Lo demás es puro
papel”. Y agrega: “-o
usted nos cree tan pelotudos que por más que lo pongamos en la Constitución,
nos vamos a enfrentar al gobierno de Estados Unidos por el tema del petróleo”. Sampay
e Italo Luder desempeñaron en la ocasión el mismo rol que Gorostiaga y Gutiérrez
casi un siglo antes. El nivel del resto de los convencionales dejó mucho que
desear, medido esencialmente en el nivel de sofisticación de los modos políticos
que el país había alcanzado. Ni
siquiera se cuidaron las formas en la elección de los mismos. Algunos de ellos
estaban ubicados en las fronteras
de la picaresca, la delincuencia o el ridículo. Así, en la primera sesión un
convencional por el bloque peronista, pidió la destitución del gobernador de
la provincia de Buenos Aires y presidente de la Convención Constituyente,
Domingo Mercante. Interrogado como podía pedir eso siendo parte del bloque
oficialista, aclaró que el en realidad era radical, viajante de comercio y le
había ganado jugando al truco el lugar en la lista al verdadero candidato. Tal
vez el paradigma de todo este embrollo lo constituya la figura de Antonio López
Quintana, alias “el Chaucha”. Llegó a convencional sin que fuera
impedimento que tuviera en su haber varias entradas por infracción a la ley de
juegos y tiroteos varios. En 1952 atacó a balazos a un diputado, en 1969 cayó
en un enfrentamiento con la policía bonaerense en el Tigre. En ese momento su
prontuario registraba delitos contra la propiedad, juegos de azar, tráfico de
drogas, etc. Con sentido de revancha evidente el diario La
Prensa le dedicó una editorial a la muerte de “el Chaucha” al
denominarlo personaje simbólico de la Constitución de 1949.
Era esta una apreciación
falaz y tendenciosa. El manejo clientelar y el turbio maridaje con el
hampa y el lumpenaje es de larga data en la historia política argentina. ¿Quién
podría entonces horrorizarse y tirar la primera piedra? No
seguramente los sectores conservadores con una larga tradición en utilizar
elementos de acción, de Juan Moreira a Ruggierito. Tampoco
lo podrían hacer los radicales que se retiraron de la Convención como
campeones del civismo y de la pureza de las prácticas políticas. No eran
precisamente inmaculados los intereses que, por ejemplo
en nuestra zona, unían a dirigentes radicales como
Juan Cepeda con elementos de
acción tales como el paisano Díaz,
un tenebroso explotador de mujeres hoy insólitamente reivindicado por la
“rosarinada”, ese deleznable movimiento local
que ensalza y eleva a paradigma referencial a cuestionables personajes
telúricos, simplemente por eso, por ser “de acá”. Reformas,
parches y remiendos entre torturas y proscripciones: Los
avatares de la política argentina llevaron a que en 1955 la autodenominada
Revolución Libertadora derogara las reformas de 1949 restableciendo el texto
constitucional anterior a las mismas. Luego una Convención reunida en 1957
introdujo algunas de las pautas sociales ya implementadas en 1949. Inspirada en
la Constitución italiana de diez años atrás, la Reforma de 1957 introdujo en
la Ley Suprema el salario mínimo, vital y móvil; impulsó la participación de
los trabajadores en al dirección y ganancias de las empresas, limitó la
jornada laboral, reconoció constitucionalmente a los sindicatos, enunció el
derecho de huelga, afirmó principios de seguridad, etc. Especialmente el artículo
14 bis (o catorce nuevo como gustan de llamar los leguleyos) encarna esos
derechos sociales. Pese a estos cambios introducidos, la Constitución en sí, y
el respeto a la misma, importaba muy poco. Al punto que el llamado a elecciones
de convencionales sirvió para un recuento globular del tamaño real de cada
fuerza política. Recordemos, es pertinente hacerlo, que la
Reforma de 1957 se produjo en un marco asordinado por fusilamientos, torturas y
la proscripción del peronismo. Tal
vez el mayor desprecio a la idea de legitimidad que la Constitución encarnaba
esté dado por la enmienda que lleva adelante el gobierno de facto encabezado
por Alejandro Agustín Lanusse en 1972. Dispuso manu
militari reformas, agregados o suspensiones temporarias de varios artículos.
Le
dejo un abrazo, general… Finalmente
llegó la larga noche del Proceso Militar donde la Constitución fue tirada
literalmente a la basura. Se instituyó mano
militari que las Actas del Proceso tenían preeminencia sobre la Carta
Magna. De este modo al mismo tiempo prístino y feroz, los pretores
establecieron que ni siquiera en el marco meramente teórico acataban la Ley
Fundamental. Al
condicionar el funcionamiento constitucional a los estatutos por ella dictados,
la dictadura se arrogó impunemente el rol de “soberano”. Este rol, que
lamentablemente desde nuestro hoy, buena
parte de la dirigencia política de la época le reconoció tácita o implícitamente,
convertía al gobierno militar en fuente de juridicidad, en virtud de la cual la
legalidad que de el dimanaba se colocaba por encima de la legalidad
constitucional. Ese
rol había sido asumido por las Fuerzas Armadas antes del golpe mismo. Hacia
1975 la clase política toda se tornaba impotente al no poder controlar la
violencia generalizada que se daba en medio de la quiebra final del modelo
redistributivo. La sociedad civil ya no creía en una recomposición dentro de
los marcos institucionales y miraba expectable a las Tres Armas. El propio
partido gobernante, desquiciado por sus luchas faccionales, había abandonado
toda vocación de mediación política, asumiendo implícitamente su
imposibilidad de dar respuesta a hechos que consideraba inabordables. Es en este
contexto en que debemos entender la forma vergonzosa en que el gobierno civil
peronista dejó librada la represión en Tucumán al exclusivo arbitrio de la cúpula
militar, lo que permitió trasladar la figura del “soberano” a la misma. En
ese estadio había que dar solo un pequeño paso a la represión generalizada:
todo aquel que no acepte al “soberano” y las medidas que este dicte se
convierte inmediatamente en un enemigo sin derechos. La primera etapa de la
dictadura se caracterizó por una militarización casi total de la sociedad, que
pasivamente en general aceptó el clima de guerra que se le impuso. Al respecto
se torna pertinente la definición de Carl Schmitt: “la guerra es un terreno
apropiado…con el pretexto de restablecer el orden, se ejerce un poder
ilimitado y a lo que antes se llamaba libertad se llama ahora motín y
desorden” Camino
a Santa Fe pactando por Olivos. Sin
embargo este manifiesto desprecio por la ley fue generando, tímidamente al
principio, decididamente después, una reacción de signo contrario en la
población. Poco a poco entre las tinieblas, la gente buscó una luz de
esperanza en esa Vieja Dama Indigna con la que había tenido en el pasado una
relación a veces ambigua, a veces tortuosa
y las más de las veces de indiferencia. Por
primera vez en la historia argentina lo institucional fue valorizado por vastos
sectores del pueblo argentino. Al punto que con la restauración democrática de
1983 el candidato finalmente triunfante, Raúl Alfonsín, recorrió en campaña
electoral todo el país convocando multitudes inimaginables hoy, recitando el
Preámbulo de la Constitución. En
1994 afianzado el sistema institucional y ya a salvo de asonadas e intentonas
golpistas, la Constitución es nuevamente reformada. Se monta toda una misa en
escena para darle al boato necesario. Actos y reuniones se suceden en Santa Fe,
Paraná y finalmente la nueva Constitución es promulgada en el Palacio San José
de Concepción del Uruguay.[vi]
La reforma en sí agregó principios de distinto carácter, incluso aquellos de
carácter extranacional como la adhesión al Pacto de San José de Costa Rica.
Se incorporan instrumentos tales como el de la consulta popular vinculante y se
hace una defensa taxativa en el texto constitucional de la defensa de la
democracia, la ética y los derechos de sectores tan disímiles como los aborígenes,
los usuarios y los consumidores. Todo
muy bonito, muy positivo pero en definitiva un gran enmascaramiento tras bellos
principios del objetivo principal de la reforma: la reelección presidencial y
el afianzamiento de la clase política como tal. Esto fue percibido rápidamente
por la opinión pública al considerar la reforma constitucional como el
emergente del llamado Pacto de Olivos establecido entre los dos más importantes
popes de la política argentina: el presidente Menem y el ex presidente Alfonsín.
“Tengo
derechos porque soy argentino hasta la muerte” Hemos
ido historiando el proceso de construcción y consolidación de nuestra Carta
Magna con una visión crítica e irónica, tratando de desacralizar el contexto
en que ese proceso se inscribió. Es obvio que toda normativa es obra del espíritu
humano. Tras lo aparentemente más excelso y más justo de la Ley se oculta la
intencionalidad de los hombres que la formulan. Eso
en cuanto a quienes a lo largo de éste siglo y medio escribieron y reformularon
en las sucesivas Reformas citadas. Pero hemos encabezado este ensayo a modo de
introducción haciendo referencia a los actores sociales subalternos.
Consideramos que tal categoría involucra en nuestro hoy a la gran mayoría de
los argentinos. A esos ciudadanos a los que la Constitución ayudó a crear en
tal carácter. Subalternos porque no han tenido participación activa en la
formulación de las reformas constitucionales. Utilizando términos tan caros a
algunos historiadores como centro y periferia, es la gente común la que actúa
en este último carácter rodeando de modo satelital el núcleo conformado por
la Constitución, los constitucionalistas, los cientistas políticos y todos
aquellos que hacen del estudio y análisis del articulado de nuestra Ley
Fundamental, una especialidad. Y
a esa gente, a ese nosotros, recurrimos los autores de este ensayo para tratar
de desentrañar la relación que la une (sus pequeños amores) o desune (sus
pequeños problemas) con la Constitución. O expresado de otra forma, ver el
grado de inscripción simbólica que asume nuestra Carta Magna en el imaginario
colectivo. No
somos cientistas políticos, tampoco sociólogos ni doctos encuestadores.
Recurrimos entonces desde nuestra cuasi universal ignorancia de historiadores al
sentido común general, aplicando este a un
cuestionario conformado por siete preguntas que le
presentamos a veinte personas en forma individual, garantizándoseles el
anonimato -y va de suyo- la absoluta libertad en las respuestas. Encuadramos a
grandes rasgos a los encuestados en lo que se puede definir muy genéricamente
como los sectores bajos y medios de la clase media: estudiantes, profesionales,
empleados, comerciantes, amas de casa. Con gran diversidad etaria, tal vez su
punto en común sea su residencia actual en las ciudades de Rosario o Arroyo
Seco. Lo cual no implica condición de rosarinos o arroyenses para todos ellos.
También entrerrianos, misioneros, santafesinos integran esta veintena.
Detallamos a continuación de la manera más sumaria posible, las preguntas y
sus respuestas: En
primer término se les preguntó si consideraban que como ciudadanos gozaban de
derechos. De forma abrumadora (17 a 3) la mayoría contestó afirmativamente. Luego
se les preguntó acerca de cuales eran esos derechos. Las respuestas fueron
variadas, pero en general (14 sobre 20) remitieron a alguno/s de los
establecidos en la Constitución. Pero solo 3 encuestados hicieron referencia
específica a la Constitución. En
cambio en la tercera pregunta: ¿por qué cree usted que tiene esos derechos?,
la mitad de los encuestados consideró tenerlos porque se los otorga la
Constitución. En dos casos, remitieron el origen de esos derechos a la
nacionalidad antes que a la normativa. Testimonio de N.P.B, nivel secundario,
empleado, 64 años: “tengo derechos porque soy argentino y amo a mi país”. Testimonio
de H.V., nivel primario, empleado, 62 años: “tengo derechos porque soy
argentino hasta la muerte”. Posiblemente esta enfática expresión remite
concientemente o no en el testimoniante al título de una canción puesta de
moda a principios de los años 70 por el teatralmente desaforado Roberto Rimoldi
Fraga, un cantor enrolado en la más cerril derecha nacionalista. Paradójicamente,
nuestro entrevistado se define como liberal, comprometido “desde siempre”
con los postulados de la Unión Cívica Radical. Ambos
testimoniantes se ubican en el extremo más alto de la franja etaria del grupo
de entrevistados. La
siguiente pregunta fue: ¿qué idea tiene de la Constitución Nacional? Las
respuestas fueron en general de una vaguedad extrema. “Alguna vez la leí”,
“no se me ocurre nada”, “no recuerdo”, “se algunas cosas, pero muy
pocas”, etc. Un solo testimoniante: J.E.F.F., arquitecto, 45 años, afirmó
tener “un buen conocimiento”. Luego
se interrogó acerca de si en la vida cotidiana, la Constitución estaba
presente o no. Las respuestas fueron afirmativas y negativas por mitades. A
la siguiente pregunta sobre si consideraba que la Constitución era justa, 10
testimoniantes afirmaron que si, 7 que no y 3 no supieron o quisieron dar una
respuesta sobre el particular La
última pregunta que se les hizo fue acerca de que les gustaría agregar, sacar
o modificar a la Constitución. La mayoría (17 sobre 20) contestó de modo
ambiguo, genérico o negativo: “no se me ocurre nada”, “no me interesa
mucho el tema”, “no puedo contestar porque no lo sé”, “muchas cosas”,
“la dejaría como está”, “me declaro ignorante en este punto”, “ni
idea”. Sintomáticamente
los testimoniantes restantes, desean modificar la Carta Magna, no para darle
mayor amplitud sino para hacer más restrictiva su normativa. Dos de ellos lo
expresan taxativamente: “agregar la pena de muerte”, “pena de muerte a
ciertos delitos”. El tercer encuestado nos da en principio una propuesta
progresista. “más derecho a los pobres”, aunque agrega “pero cuidado, a
la gente pobre pero honrada”. Nuevamente la tensión ya expresada entre
integración y exclusión. Incentivado por un discurso mediático fundado en un
contexto real de inseguridad y creciente marginalidad. La
Constitución y la gente. Una difusa omnipresencia. Hecha
y presentada la encuesta, algunas conclusiones. La mayoría cree que tiene
derechos. No necesariamente relacionan directamente los mismos con la Constitución.
Aunque “lo constitucional” esté rondando el sentido de las respuestas. La
Ley hace al derecho del ciudadano. El ciudadano es producto de esa Ley. Aunque
tenga una idea muy vaga (o ninguna) de la Ley Suprema. La mitad de los
encuestados consideró que la Constitución estaba presente en su vida
cotidiana. Igual proporción consideró que la Constitución era justa. En este
estado resulta pertinente una pregunta: ¿la botella esta medio llena o medio
vacía? El empate debe ser visto en el contexto de actualidad. Así la euforia
institucional del regreso a la democracia de 1983, con un Alfonsín recitando el
Preámbulo ante las multitudes, esa mitad hubiese significado que la botella
estaba media vacía. Creemos que en nuestro hoy la botella está medio llena.
Pese al descrédito de la clase política, de “lo político” en forma genérica,
la mitad de los encuestados considera que, la Constitución simboliza la
Justicia. Y que de diversas formas está presente en su vida cotidiana. Y la
inmensa, la abrumadora mayoría muestra un asimétrico respeto por nuestra
sesquicentenaria Carta Magna. “No se le anima” a la misma. Agregarle o
sacarle artículos no es tarea de los encuestados. Tal vez de nadie. El tiempo
anquilosa y sacraliza a la Constitución Nacional. Ciento cincuenta años de una
Vieja Dama Indigna que a diferencia de la que creara el dramaturgo Bertold
Brecht,[vii]
no contribuye a modificar el sentido común del que, muy a menudo, la gente se
siente orgullosa pero que puede responder a la costumbre, los prejuicios y las
falsas apreciaciones. Costumbres,
prejuicios y falsedades cimentando un imaginario largamente elaborado desde el
arriba y al que el abajo (en este caso, todos nosotros) debemos darle un nuevo
sentido. Porque (en obvia paráfrasis serratiana)
detrás de los preámbulos, de los convencionales, detrás de los incisos y el
articulado, detrás…detrás esta la gente. BIBLIOGRAFIA ANSALDI,
Waldo. Disculpe el señor, se nos llenó
de pobres el recibidor. BONAUDO, Marta y
SONZOGNI, Elida; Cuando disciplinar fue
ocupar (Santa Fe 1850-90) en Mundo
Agrario. Revista de estudios rurales, Nº 1. BORDA,
Guillermo A. Manual de Derecho Civil. BOTANA,
Natalio. El Orden Conservador. GONZALEZ
ARZAC, Alberto. Vida, pasión y muerte del
artículo 40. En Revista Todo es
Historia, Nº 31. HALPERIN
DONGHI, Tulio. Revolución y Guerra. RAMOS,
Jorge Abelardo. Revolución y
Contrarrevolución en la Argentina, Tomo III La
Bella Época (1904-1922). ROSA,
José M. Nos los representantes del pueblo. SABSAY,
Daniel A. y
ONAINDIA, José M. La Constitución de los
Argentinos. SCHMITT,
Carl. La Dictadura. YANNUZZI,
María de los Angeles. Política y
Dictadura. Fernando
Cesaretti y Florencia Pagni Escuela
de Historia. Universidad Nacional de Rosario [i]
Los
Constituyentes del 53
de Antonio Alice. Representa la sesión del 20 de Abril de 1853 en la que el
diputado Seguí (en primer plano) obtiene de sus pares en un ambiente de
gravedad, la sanción de la Constitución. [ii]
La ciudad de Rosario fue declarada
en dos oportunidades por el Congreso Nacional, capital de la Nación
Argentina. En ambos casos, 1867 y 1871, esta decisión
fue vetada por los respectivos presidentes, Mitre y Sarmiento. [iii]
Ansaldi, Waldo. Ponencia
presentada en las Jornadas Internacionales Lo público y lo privado: Construcción de una nueva sociedad civil,
organizadas por la Facultad de Humanidades y Artes de la Universidad
Nacional de Rosario en el año del cincuentenario de su creación, 1997. [iv]
Son los que transcurren entre 1891, año de la fundación de la Unión Cívica
Radical y 1916, año en que el radicalismo accede al Gobierno Nacional. [v]
La mujer quedará excluida por mucho tiempo. Con la honrosa excepción de la
provincia de San Juan donde obtendrá el derecho al voto en 1928, recién
una ley nacional se lo dará en 1947. Así y todo con excusas inadmisibles
(supuestamente no estaban listos los padrones) no se le permitirá votar ni
ser elegida para Reformar la Constitución en 1949. [vi]
Dentro de los servicios que se brindaron a los convencionales estuvieron los
“nada convencionales” que ofertó un prostíbulo flotante regenteado por
la “actriz” Pata Villanueva. Se volvía a repetir la historia de 1853,
aunque ya no eran las pobres chinitas provistas por las élites santafesinas
sino “profesionales” porteñas las que servían de solaz a los
esforzados legisladores Constituyentes. [vii]
Por mera coincidencia el gran dramaturgo alemán escribe “Los cuentos del
almanaque” donde aparece la Vieja Dama Indigna en 1953, en el centenario
de nuestra Constitución. Publicación enviada por Fernando Cesaretti y Florencia Pagni Contactar mailto:grupo_efefe@yahoo.com.ar Código ISPN de la Publicación EEkZEyAluAQlXnkWVR Publicado Monday 19 de September de 2005 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
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