Monografias | Derecho empresarial, Derecho de los negocios, Derecho de la empresa, Derecho Corporativo y Derecho comercialDerecho empresarial, Derecho de los negocios, Derecho de la empresa, Derecho Corporativo y Derecho comercialResumen: Como primera parte del presente trabajo realizaremos la introducción del mismo para tener una idea previa del tema materia de estudio en el cual es de vital importancia la empresa y además en el mismo desarrollaremos las características del derecho empresarial, derecho de los negocios o derecho de la empresa. SUMARIO DERECHO EMPRESARIAL, DERECHO DE LOS NEGOCIOS, DERECHO DE LA EMPRESA,
DERECHO CORPORATIVO Y DERECHO COMERCIAL
Fernando Jesús Torres Manrique[1]. SUMARIO:
1.
Introducción.- 2. Definición de
empresa.- 3. Definición de derecho
empresarial.- 4. Derecho
corporativo.- 5. Diferencias del
derecho empresarial con el derecho corporativo.- 6.
Diferencias del derecho empresarial con el derecho comercial.- 7.
Ramas del derecho empresarial.- 8.
Enseñanza del derecho.- 9. Enseñanza
del derecho empresarial.- 10. El
derecho empresarial si existe.- 11.
El derecho empresarial no se relaciona con ninguna rama del derecho.- 12.
Características del derecho empresarial.- 1.
INTRODUCCION Como
primera parte del presente trabajo realizaremos la introducción del mismo para
tener una idea previa del tema materia de estudio en el cual es de vital
importancia la empresa y además en el mismo desarrollaremos las características
del derecho empresarial, derecho de los negocios o derecho de la empresa. Las
cuales no han sido desarrolladas por parte de los tratadistas que son los
creadores de la doctrina. Es
decir, el derecho de la empresa es lo mismo que el derecho de los negocios y que
el derecho empresarial. Lo cual no ha sido tratado por parte de los tratadistas.
Tema de vital importancia para poder tener en cuenta la terminología correcta a
utilizarse. Y no ser inducidos a error por comentarios poco técnicos a los
lectores del presente que pueden ser juristas y estudiantes del derecho. Y
son distintas al derecho comercial y al derecho corporativo, lo cual
desarrollaremos en el presente trabajo. Sin embargo, muchos abogados confunden
estas ramas del derecho, por lo cual dicho tema o tópico no puede pasar
inadvertido. Conviene
que todo trabajo tenga introducción a fin de tener una idea previa del trabajo
de investigación, motivo por el cual en el presente incluimos introducción. El
derecho se divide en ramas del derecho (entre las cuales podemos citar el
derecho público, privado y social, y dentro de éstas se ubican otras ramas del
derecho como el derecho civil, comercial, procesal, constitucional, laboral,
tributario, entre otras), dentro de las cuales algunas han aparecido primero
como el derecho civil y otras posteriormente como el derecho empresarial o
derecho de los negocios, o derecho de la empresa, derecho comercial y derecho
corporativo. Estas últimas ramas del derecho no son tradicionales sino que son
de reciente creación. Lo
que pretendemos con el presente trabajo es dar a conocer las características
principales del derecho empresarial, dejando constancia que es sinónimo de
derecho de los negocios y que derecho de la empresa. Además
debemos dejar constancia que el derecho corporativo forma parte del derecho
empresarial y que el derecho comercial forma parte de ambos en consecuencia no
se puede discutir su importancia, pero en todo caso el derecho empresarial tiene
mayor importancia que las otras dos ramas del derecho. La
empresa es necesario tener en cuenta al momento de estudiar estas ramas del
derecho, sin embargo, es claro que desde cierta perspectiva es necesario
precisar que el derecho empresarial no es una rama del derecho, sino un área
del derecho que abarca a varias ramas del derecho. En
el presente trabajo desarrollaremos la empresa, definiendo para tal efecto la
misma. Luego
definiremos el derecho empresarial, brindando sólo una definición del mismo. Posteriormente
definiremos el derecho corporativo, precisando que esta disciplina jurídica
aparece después que el derecho empresarial. En
el subtítulo quinto se desarrolla las diferencias del derecho empresarial con
el derecho corporativo. Luego
en el subtítulo sexto se desarrolla las diferencias del derecho empresarial con
el derecho comercial. Posteriormente
en el subtítulo séptimo precisaremos las ramas del derecho empresarial. En
el subtítulo octavo haremos referencia a la enseñanza del derecho citando la
teoría pluridimensional del derecho. Luego
en el subtítulo noveno se desarrolla la enseñanza del derecho empresarial. Posteriormente
en el subtítulo décimo se precisa que el derecho empresarial si existe,
rebatiendo para efecto algunas posiciones doctrinarias en contra de esta rama
del derecho. En
el subtítulo undécimo desarrollamos que el derecho empresarial no se relaciona
con ninguna rama del derecho. Luego
en el subtítulo duodécimo se desarrolla el tema titulado las características
del derecho empresarial. Es
decir, el presente trabajo da a conocer las principales características del
derecho empresarial y lo distingue del derecho comercial y del derecho
corporativo, haciéndose notar también que el derecho empresarial es lo mismo
que el derecho de los negocios y que el derecho de la empresa. Motivo
por el cual este trabajo será de mucha utilidad para los lectores que pueden
ser juristas o estudiantes de derecho. 2.
DEFINICION DE EMPRESA Antes
de desarrollar el derecho de la empresa conviene para nuestros propósitos
definir la empresa, brindando con ello solidez en nuestra explicación,
institución que por cierto es poco tratada por parte de los tratadistas. Es
decir, la empresa es poco estudiada y poco se ha escrito sobre ella por parte de
los tratadistas, motivo por el cual conviene dedicarnos a desarrollar la misma. En
el tema materia de estudio es importante tener en cuenta a la empresa, la cual
es estudiada por el derecho empresarial, derecho de los negocios o derecho de la
empresa y por el derecho corporativo. La
empresa es la unión de trabajo, administración y capital dedicados a
satisfacer una necesidad en el mercado. Esta
no es la única definición de empresa, sino que existen muchas otras las cuales
pueden servir para estudiar la empresa a cabalidad, en tal sentido recomendamos
un estudio mas profundo de este
tema que importa al derecho empresarial. Las
diferentes definiciones de empresa se clasifican en definiciones jurídicas,
económicas, contables y de administración. Por lo cual antes de tomar en
cuenta una definición resulta importante determinar el tipo de definición a
fin de tener un enfoque mas completo de la empresa que es un agente económico
en el mercado. El mercado es donde se unen la oferta y la demanda. 3.
DEFINICION DE DERECHO EMPRESARIAL El
derecho empresarial es la rama del derecho que regula la actividad empresarial
de las empresas, siendo una de sus principales ramas el derecho comercial. El
derecho comercial es la rama del derecho que regula y estudia la actividad
comercial de las empresas. Motivo
por el cual debemos dejar constancia que al momento de definir estas dos ramas
del derecho se asemejan bastante, lo cual es necesario precisar que en la
definición no se puede encontrar la diferencia sino al momento de estudiar las
ramas que comprende el derecho empresarial y en todo caso primero aparece el
derecho comercial y luego recién aparece el derecho empresarial. 4.
DERECHO CORPORATIVO En
el presente también será materia de estudio el derecho corporativo, por lo
cual a continuación nos referiremos al mismo. El
derecho corporativo es la rama del derecho que regula la actividad empresarial
de las grandes empresas o corporaciones. Esta
rama del derecho ha desarrollado muy poco en el derecho peruano ya que su
desarrollo ha sido por lo general dentro del derecho empresarial y en todo caso
es claro que el derecho corporativo aparece después que el derecho empresarial. Es
decir, el derecho corporativo no es lo mismo que el derecho empresarial, en tal
sentido tienen algunas diferencias, a las cuales nos referiremos a continuación,
a fin de tener un enfoque global del tema materia de estudio y no ser inducidos
a error por enfoques parciales. 5.
DIFERENCIAS DEL DERECHO EMPRESARIAL CON EL DERECHO CORPORATIVO Cuando
se realizan investigaciones conviene diferencias las ramas del derecho que son
parecidas a fin de evitar confusiones y también para que las investigaciones
sean mas confiables y nos puedan servir de mejor manera para nuestros propósitos. El
derecho corporativo se diferencia con el derecho empresarial en que el primero
regula y estudia sólo las grandes empresas mientras que el segundo hace lo
propio respecto de todas las empresas sea cual fuere su tamaño o envergadura. En
tal sentido podemos afirmar que el derecho empresarial estudia y regula todas
las empresas, es decir, las micro empresas, pequeñas empresas, medianas
empresas, grandes empresas o corporaciones. Sin
embargo, la diferencia no es sólo el tamaño, sino también las ramas del
derecho involucradas, por ejemplo el derecho corporativo se caracteriza por
abarcar al derecho bursátil, el cual si bien también es abarcado por el
derecho empresarial, pero es mas propio del derecho corporativo. 6.
DIFERENCIAS DEL DERECHO EMPRESARIAL CON EL DERECHO COMERCIAL El
derecho empresarial se diferencia con el derecho comercial en que el primero
abarca al segundo, en tal sentido el derecho
comercial es una parte del derecho empresarial. Sin
embargo, pocos comprenden esta
diferencia ya que estudian a ambas como si fueran lo mismo, pero con otro
nombre, lo cual es necesario tener en cuenta a efecto de advertir el
correspondiente error, ya que no son lo mismo e incluso aparecen en distintos
periodos de tiempo. Es
decir, no son lo mismo por referirse a temas distintos, en consecuencia es claro
que el derecho comercial forma parte del derecho empresarial. 7.
RAMAS DEL DERECHO EMPRESARIAL Cuando
se estudia las diferentes disciplinas jurídicas es conveniente que se estudie
también las ramas del derecho que las conforman o a las cuales abarca a fin de
poder comprender la importancia de la rama del derecho materia de estudio o en
mención. Es
en este orden de ideas que estudiaremos las ramas del derecho empresarial a fin
de tener un enfoque global de esta rama del derecho, la que desde cierto enfoque
no es una rama del derecho sino un área del derecho. Las
ramas y áreas que forman parte del derecho empresarial son: derecho civil
patrimonial, comercial, societario, cambiario o cartular, bursátil, concursal
antes conocido como derecho de quiebras, laboral,
tributario, registral, notarial, penal de la empresa, constitucional económico,
bancario, cooperativo, procesal civil, aduanero, industrial, seguros, la
propiedad industrial (patentes, marcas, entre otras) y el derecho de la
competencia, marcario, seguridad social, contractual, minero, el arbitraje
comercial y la negociación, los contratos empresariales modernos, las garantías,
los organismos supervisores (derecho regulador), regulación económica y
organización industrial, infraestructura de transporte, comercio electrónico,
derecho de transporte, responsabilidad de la empresa, telecomunicaciones,
servicios de saneamiento, economía del sector eléctrico, hidrocarburos y
electricidad, derecho internacional privado y regulación del sector eléctrico. Estas
ramas del derecho también forman del derecho corporativo, y algunas del derecho
comercial. Es
decir, nótese que estas ramas del derecho abarcan a casi todo el derecho, en
tal sentido no se puede negar su importancia ya que involucran parte importante
del mismo. El
derecho empresarial no es lo mismo que el derecho corporativo, pero abarcan a
las mismas ramas del derecho, en tal sentido al estudiar derecho empresarial
estudiamos derecho corporativo. Una
de las características del derecho empresarial es que abarca a bastantes ramas
del derecho, lo que también ocurre en el caso del derecho corporativo, pero no
en el caso del derecho comercial, ya que este último abarca a pocas ramas del
derecho que son societario, cartular o cambiario, bursátil, concursal,
telecomunicaciones, de defensa de la libre competencia, bancario, seguros y
reaseguros, marcario, entre otras. En
tal sentido podemos afirmar que el derecho comercial es mas reducido que el
derecho empresarial y que el derecho corporativo. Y que el primero forma parte
de los segundos. Sólo
estudiando las ramas del derecho empresarial podemos comprender la verdadera
importancia del mismo. 8.
ENSEÑANZA DEL DERECHO Del
derecho se hace pedagogía jurídica (sin embargo, es claro que la pedagogía no
es lo mismo que la enseñanza, y por tanto, la pedagogía jurídica no es lo
mismo que la enseñanza jurídica o del derecho, en consecuencia es claro que no
se refieren a lo mismo) generalmente por universidades y debe tomarse en cuenta
la teoría pluridimensional del derecho (por la cual el derecho se encuentra
conformado por muchos elementos), la cual supera a la teoría tridimensional del
derecho. Es
decir, el derecho no es sólo legislación, ni tampoco legislación, valores y
realidad social, ya que el derecho va mas allá. En
tal sentido en los centros de enseñanza debe programarse estudios tomando en
cuenta todos los elementos del derecho. Es
decir, no es lo mismo el derecho que el derecho positivo o legislación. Ya que
el primero abarca al segundo. Las
normas empresariales son abundantes entre las cuales podemos citar la ley de la
empresa individual de responsabilidad limitada, la ley de bancos, la ley general
de sociedades, la ley de títulos valores, la ley general del sistema concursal,
el código penal, la constitución, la ley del mercado de valores, el código de
comercio, la ley del impuesto a la renta, la ley de actividad empresarial del
estado, entre otras. Es decir, no son todas las normas empresariales, pero las
citamos a fin de tener en cuenta que son abundantes y que merecen ser estudiadas
por parte de los juristas. Sin embargo, debemos repetir que las mismas son sólo
una parte del derecho, ya que como se precisó el derecho no es lo mismo que el
derecho positivo o legislación,. En tal sentido estudiando estas normas si bien
es cierto podremos conocer algunas partes del derecho también es cierto que
implica un conocimiento muy limitado, ya que deja de lado las ejecutorias,
jurisprudencia, doctrina, principios generales del derecho, realidad social y
manifestación de voluntad, entre otras fuentes del derecho, es decir, estas no
son todas las fuentes del derecho, pero dejamos constancia de las mismas para
tener una idea de las referidas. 9.
ENSEÑANZA DEL DERECHO EMPRESARIAL Al
momento de estudiarse toda disciplina jurídica o rama del derecho debe
estudiarse también la enseñanza de la misma, a fin de tener un enfoque global
o completo del tema y no ser inducido a error por enfoques parciales que son
propiamente enfoques poco serios. Es
importante tener en cuenta la enseñanza
del derecho empresarial, por lo cual a continuación nos referiremos a la misma. El
derecho empresarial generalmente es enseñado en nuestro medio a nivel de maestrías,
por lo cual en pregrado casi no se tocan estos temas, sin embargo, es claro que
en estos temas la Universidad de Lima se distingue en dictar derecho empresarial
a nivel de pre grado. Esta
rama del derecho debe estudiarse al servicio de los agentes económicos, y debe
reducir los costos de transacción (que comprende los costos de información,
costos de negociación, costos de celebración de un contrato, costos de
constitución de una garantía, costos de otorgamiento de
un acto jurídico que no es un contrato como los testamentos y los
poderes y costos de cumplimiento de un contrato), por lo cual en caso de no
hacerlo debe ser modificado o sustituido. Hace
poco se organizó en Lima un doctorado en derecho empresarial por una
universidad española, el cual es de vital importancia para especializarse en el
derecho empresarial. Es decir, la pedagogía del derecho empresarial no sólo se
hace a través de maestrías, sino también a través de doctorados en derecho
empresarial, lo cual constituye una facilidad para especializarse en esta rama
del derecho que no es lo mismo que el derecho corporativo. Ya que este último
forma parte del derecho empresarial. 10.
EL DERECHO EMPRESARIAL SI EXISTE Toda
disciplina jurídica o teoría o método tiene sus detractores y es en este
orden de ideas que el derecho empresarial tiene sus detractores, a los cuales
nos referiremos a continuación a fin tener un enfoque global del tema materia
de estudio que constituye el derecho empresarial, derecho de los negocios o
derecho de la empresa. En
el presente trabajo queremos brindar conocimientos desde todos los enfoques
posibles, incluso desde el enfoque de los detractores del derecho empresarial,
los cuales precisan que el mismo no existe ya que es sólo un conjunto de ramas
del derecho. Sin
embargo, es claro que esta característica también la tiene el público,
privado, social, derecho civil, derecho procesal y el derecho comercial, en tal
sentido no la podemos tener en cuenta y debemos dejarla de lado. El
derecho tiene diversas ramas, dentro de las cuales desde cierto punto de vista
podemos clasificar al derecho empresarial, por lo cual algunos consideran que
esta rama del derecho no existe, sin embargo, es claro que esta afirmación es
poco seria y desafortunada, ya que la misma si existe, e incluso es autónoma. Por
lo cual antes de estudiar un texto debemos tener en cuenta la seriedad del mismo
y no ser inducidos a error por documentos que no han merecido un estudio
completo del tema tratado. 11.
EL DERECHO EMPRESARIAL NO SE RELACIONA CON NINGUNA RAMA DEL DERECHO Las
distintas disciplinas jurídicas se caracterizan por relacionarse con otras
ramas del derecho. Es
este sentido que el derecho comercial (esta rama del derecho se encuentra
conformada por societario, cartular o cambiario, concursal, bursátil,
telecomunicaciones, de comercio internacional, bancario, seguros y reaseguros,
marcario, de defensa de la libre competencia, entre otras, es decir, abarca
también a otras ramas del derecho, sin embargo, el tema no constituye únicamente
el estudio del derecho comercial, motivo por el cual no queremos dedicarle
muchas líneas a este tema o mas propiamente tópico, pero en todo caso es claro
que el derecho comercial no se relaciona con estas ramas del derecho sino que
las abarca, por lo cual debemos distinguir las ramas del derecho que abarca o
comprende con las que se relaciona, por constituir dos grupos de ramas del
derecho que se refieren a temas distintos) se relaciona con el derecho notarial,
registral, constitucional, civil, procesal, entre otras. Lo
mismo ocurre en el caso del derecho civil (esta rama del derecho abarca a
personas, acto jurídico, familia, reales, obligaciones, contratos o fuentes de
las obligaciones, derecho internacional privado, registral, entre otras) que se
relaciona con el derecho comercial, procesal civil, constitucional, societario,
cartular, concursal, entre otras. Es
decir, es normal que las ramas del derecho se relacionen con otras, sin embargo,
esta es sólo la regla general y por tanto tiene excepciones como el derecho
empresarial que no se relaciona con otras ramas del derecho sino que las abarca,
la cual constituye una característica que debe tenerse muy en cuenta por parte
de los tratadistas y estudiantes del derecho. Esta
característica del derecho empresarial la advertimos en nuestro primer libro
publicado sobre la materia titulado derecho empresarial, es decir, ha sido poco
tomada en cuenta por parte de los tratadistas. Sin
embargo, poco a poco se tomará en cuenta a la misma por parte de los mismos. Y
en todo caso no se puede desconocer las características del derecho empresarial
y del derecho corporativo. 12.
CARACTERISTICAS DEL DERECHO EMPRESARIAL Es
un tema muy trascendente estudiar las características de la rama del derecho
que nos ocupa, motivo por el cual dedicaremos unas líneas al estudio de las
mismas. Sin lo cual el presente trabajo no puede estar completo o terminado a
cabalidad ya que esto es reclamado por la realidad social que también es fuente
del derecho, en consecuencia es claro que la importancia de una rama del derecho
no sólo se puede advertir estudiando las ramas del derecho que abarcan sino
también estudiando sus características. Es
un tema descuidado las características del derecho empresarial, lo cual
justifica su estudio a fin de permitir un mayor dominio de esta rama del
derecho, en consecuencia desarrollaremos las mismas sin dejar de lado el estudio
del derecho comercial y del derecho corporativo. Todas
las ramas del derecho tienen características, por lo cual en esta sede
corresponde estudiar las mismas del derecho empresarial, a fin de tener una idea
o noción completa del tema
estudiado o mas propiamente rama del derecho estudiada. Motivo
por el cual a continuación estudiaremos las características de esta rama o área
del derecho. Recurriremos
a citar características de otras ramas del derecho como el derecho corporativo
y el derecho comercial, que tienen mucha importancia en el presente trabajo. Y
así poder tener una idea completa del tema materia de estudio en el cual se
conjugan no sólo temas jurídicos sino también económicos, por lo cual para
estudiar derecho empresarial y corporativo es necesario estudiar economía
(sobre todo microeconomía y análisis económico del derecho, áreas del
conocimiento que forman parte del derecho empresarial y del derecho
corporativo), si queremos tener un enfoque global del tema materia de estudio. El
derecho empresarial tiene las siguientes carácterísticas: La
primera característica es que no se relaciona con ninguna rama del derecho sino
que las abarca. En tal sentido el derecho empresarial no se relaciona con el
derecho comercial sino que la abarca. Igualmente ocurre esto con el derecho
empresarial y las otras ramas del mismo. El derecho comercial por su parte no se
relaciona con el derecho societario, cartular o cambiario, concursal, bursátil,
telecomunicaciones, bancario, marcario, de defensa de la libre competencia,
entre otras ramas que forman parte del derecho comercial. En tal sentido es
necesario tener en cuenta esta característica a fin de tener una idea completa
del tema estudiado en el presente trabajo de investigación. La
segunda característica es que abarca a varias ramas del derecho. En tal sentido
el derecho empresarial abarca a comercial, societario, cartular o cambiario,
concursal, bursátil, penal de empresa, laboral, tributario, procesal
empresarial, constitucional económico, entre otras (en esta oportunidad no
desarrollamos todas las ramas del derecho empresarial, porque las hemos
desarrollado con anterioridad en este mismo trabajo, es decir, no las
desarrollamos por que no queremos repetir el tema ya desarrollado). Lo mismo
ocurre en el caso del derecho comercial que abarca a societario, cartular o
cambiario, concursal, bursátil, telecomunicaciones, marcario, de defensa de la
libre competencia, seguros y reaseguros, bancario, de comercio internacional,
entre otras. Es decir, esta también es una característica del derecho
comercial, por lo cual debemos dejar constancia que la misma es común a ambas. La
tercera característica es que no se ubica sólo en una rama del derecho, es
decir, no se ubica en el derecho privado, público ni social solamente sino que
se ubica en todas ellas. Se ubica en derecho privado porque abarca a comercial y
a derecho civil patrimonial. Se ubica en derecho público porque abarca a
tributario, penal de la empresa y procesal empresarial. Se ubica en derecho
social porque abarca a derecho laboral o de trabajo. Siendo estas dos últimas
disciplinas lo mismo. La
cuarta característica es que aparece en la edad contemporánea, por tanto no
existió en el derecho romano antiguo. El derecho romano para algunos es derecho
muerto o no vigente, pero para otros es derecho vivo o vigente. Y para estos últimos
el derecho existente en la antigua Roma se puede denominar como derecho romano
antiguo. El derecho comercial y el derecho corporativo tampoco existieron en el
mismo. En el derecho romano antiguo no existió derecho procesal, pero si existió
algunas instituciones del mismo, pero en cambio si existió derecho civil. La
quinta característica es que es una disciplina jurídica autónoma. Ya que
existen libros de derecho empresarial como los trabajos de Pinkas Flint titulado
Derecho Empresarial, de Daniel Echaiz Moreno titulado La Empresa en el derecho
moderno (este autor confunde el derecho moderno con el derecho contemporáneo,
por tanto, su libro debió haber incluido la palabra contemporáneo en lugar de
moderno, a fin de no inducir a error a los lectores que pueden ser juristas o
estudiantes de derecho) y de Teresa de Jesús Seijas Rengifo titulado Derecho de
la Empresa. Estos libros son sólo algunos del derecho empresarial los cuales
son citados por ser los mas conocidos, sin embargo existen otros que desarrollan
algunas ramas del derecho empresarial como el libro de Ulises Montoya Manfredi
titulado Derecho Comercial del cual se han publicado varias ediciones en el
derecho peruano. Además otro fundamento para calificar al derecho empresarial
como disciplina autónoma es que existen maestrías y doctorados dedicados al
estudio de esta rama del derecho contemporáneo. Como las maestrías organizadas
por la Universidad de Lima, Esan, Pontificia Universidad Católica del Perú,
Universidad San Martín de Porres, Universidad Nacional Federico Villareal,
Universidad Católica San María de Arequipa, entre otras. Es decir, estamos
ante una disciplina notoriamente autónoma, en tal sentido se justifica el
estudio de dicha rama del derecho. La
sexta característica es que es la rama del derecho que abarca a la mayor
cantidad de ramas del derecho, es decir, no existe otra rama del derecho que
abarque a tantas ramas del derecho. Lo mismo ocurre con el derecho corporativo,
lo cual es necesario tener en cuenta por parte de los abogados dedicados al
quehacer empresarial y al derecho corporativo. Incluso es necesario tener en
cuenta que el derecho empresarial y el derecho corporativo abarcan a todo el
derecho privado, entre otras zonas, o áreas del derecho, es decir, aquí no
agotan su estudio. Es
necesario tener en cuenta que estas características no son sólo del derecho
empresarial, sino también del derecho corporativo, en consecuencia es claro que
al estudiar el derecho corporativo, debemos tomarlas cuenta, a fin o para tener
un enfoque completo, en consecuencia esto si bien no ha sido desarrollado por
parte de los tratadistas, es necesario y conviene su estudio, por parte de los
juristas que asesoran a los agentes económicos, comerciantes o empresarios. Los
cuales son conceptos distintos, diferenciados en otra sede, motivo por el cual
no nos ocuparemos de dichos conceptos que tanta falta hace en el derecho
empresarial. Son
todas las características que nos hemos permitido extraer del derecho
empresarial, sin embargo, es
posible encontrar otras características con lo cual el trabajo se verá
enriquecido. Es decir, debemos dejar constancia que un trabajo nunca finaliza,
sino tan sólo constituye una etapa en el desarrollo del derecho. En
tal sentido el anterior libro del mismo autor del presente titulado derecho
empresarial para su tiempo fue un gran avance, pero para estos tiempos ya es
dejado de lado por este trabajo por ser mas amplio y mas técnico, en
consecuencia todo trabajo tiene una vida y una muerte, lo cual permite avanzar
en los avances jurídicos y esto ocurre en todas las áreas del conocimiento
como son no sólo el derecho, sino también otras áreas del conocimiento como
la contabilidad, economía, administración, marketing, reingeniería,
medicina, ingenierías, entre otras. Habiendo
estudiado las características del derecho empresarial recién podemos tener una
idea cabal de esta rama del derecho, que de la cual es necesario su estudio y
desarrollo, a fin de mejorar la legislación aplicable a los agentes económicos. Estas
características no son estudiadas por parte de los tratadistas, motivo por el
cual las estudiamos a fin de brindar una mayor comprensión por parte de los
lectores, que pueden ser juristas o estudiantes de derecho. Estudiando
las características de las ramas del derecho se puede comprender mejor una
disciplina, lo cual nos motiva a seguir estudiando para poder comprender la
verdadera importancia del derecho empresarial. Las
características del derecho empresarial son de vital importancia para poder
comprender la importancia del mismo, motivo por el cual ha sido conveniente el
estudio de las mismas. El
derecho empresarial se caracteriza por tener características propias en tal
sentido se justifica el estudio de las mismas. Motivo por el cual esperamos
haber cumplido con las expectativas de los lectores que pueden ser juristas o
estudiantes de derecho. Estudiando
las características de esta rama del derecho es que realmente podemos
comprender la importancia del derecho empresarial y corporativo. Dejando
constancia que primero apareció el derecho civil, luego el derecho comercial,
posteriormente el derecho empresarial y finalmente el derecho corporativo. Sin
embargo, es claro que es difícil su estudio, lo cual ha motivado pocos trabajos
de investigación. En
el desarrollo del derecho las disciplinas jurídicas poco a poco aparecen y se
constituyen en novedades jurídicas, igual ocurre en el caso de las
instituciones, por ejemplo en la actualidad en el derecho peruano constituye una
novedad la responsabilidad precontractual. Tema sobre el cual sólo hemos
ubicado una publicación la cual pertenece al autor del presente trabajo. Es
decir, las orientaciones cambian en el tiempo y ya es dejada de lado la teoría
por la cual se dividía a la responsabilidad civil en contractual y
extracontractual, sino que existen ahora seis tipos de responsabilidad civil,
siendo sólo una de ellas la responsabilidad precontractual. Es
decir, el derecho no es algo estático, sino que es dinámico y si no seguimos
sus pasos poco a poco dejamos de ser abogados, ya que dejamos de estudiar sus
novedades que por cierto no son sólo legislativas. Las
novedades jurídicas pueden ser legales o extralegales como son por cierto las
novedades doctrinarias, jurisprudencias, de ejecutorias, de realidad social, de
manifestación de voluntad, entre otras. En
tal sentido pocos abogados se convierten en juristas, que son profesionales del
derecho con la capacidad de estar al tanto con las últimas novedades jurídicas
de la doctrina y no sólo de la legislación y también de la jurisprudencia y
ejecutorias. Por
ejemplo si un abogado dejó de leer en los últimos años desconoce lo que es el
mercado de capitales que es de vital importancia para el desarrollo de un estado
y que debe ser estudiado cuando se estudia las finanzas corporativas por parte
de los abogados y economistas. Es
decir, algunas oportunidades los temas jurídicos son interdisciplinarios, que
deben ser estudiados no sólo por abogados o juristas, sino también por otros
profesionales. [1]
Juez Mixto Titular Decano de Moyabamba. Ex Registrador Público Titular de
la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari, en las Sedes
Registrales de Ica, Pisco, Huanta, Huancavelica y Nasca. Ex Jefe Titular de
la Oficina Registral de Huancavelica, Ex Presidente de la Comisión de
Transferencia del Registro de Propiedad Vehicular de la Sub Dirección
Regional de Transportes Comunicaciones Vivienda y Construcción al Sistema
Nacional de los Registros Públicos. Ex Miembro de la Comisión Especial de
Transferencia del Registro de Vehículos Menores de la Dirección Regional
de Transportes Comunicaciones Vivienda y Construcción a la Oficina
Registral Regional Los Libertadores Wari. Ex Representante del Procurador Público
a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia en los procesos
en los que era parte la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari en
el distrito judicial de Huancavelica. Ex Apoderado de la Oficina Registral
Regional Los Libertadores Wari. Estudios de Post grado en Derecho
Administrativo, Laboral, Contratos Modernos, Derecho Procesal, Derecho
Registral y Notarial, Derecho Comercial y Derecho Civil, Despacho Judicial,
Derecho Procesal Civil, Diplomado en Función Jurisdiccional, Negociación,
Arbitraje, Pedagogía Universitaria y Conciliación Extrajudicial. Egresado
del V Programa de Formación de
Aspirantes de la Academia de la Magistratura. Estudios de especialización
en el Perú y en el extranjero. Expositor en importantes eventos académicos
en el Perú y en el extranjero. Autor de abundantes artículos jurídicos
publicados en el Perú y en el extranjero (en Revista Jurídica del Perú,
Revista Normas Legales, Revista Peruana de Jurisprudencia, Suplemento Hechos
y Derechos, Suplemento Legal Express de la Editorial Gaceta Jurídica,
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, Diario Oficial El Peruano, Derecho
y Cambio Social, Monografías.com, Elnotariado.com, Revista Temas de Derecho
Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Hechos
de la Justicia, Revista Juris & Marcs revista de derecho y medios
alternativos de resolución de conflictos, Revista Ofired de la Oficina
Registral Regional Los Libertadores Wari, Revista Electrónica Astrolabio,
Ilustrados.com, Diario Voces de San Martín, Diario Ahora de San Martín,
Diario Ecos de San Martín, Diario Visión Regional de Huancavelica,
FaQmania, entre otras) y de los siguientes libros: Derecho Empresarial
(agotado), Garantías (agotado), Derecho Comparado y Sistemas Jurídicos
(agotado), La Enseñanza del Derecho (agotado), Introducción al Derecho y
Latín Jurídico (agotado), Tratado de Derecho Empresarial (por publicar),
Tratado de Derecho Registral (en prensa), Personas Jurídicas (por
publicar), Tratado de las Garantías (por publicar), Derecho Procesal Civil
(por publicar), Garantías Mobiliarias (por publicar), Diccionario de
Derecho Registral y Notarial (por publicar), Derecho Civil (por publicar),
Derecho Comparado (por publicar), Ejecutorias Comentadas (por publicar),
Derecho Registral (por publicar) y Calificación Registral de Documentos
Judiciales (por publicar). Segundo Puesto como expositor en el Taller de
Investigación Jurídica organizado por la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos en la categoría maestristas. Un semestre en la Maestría en Derecho
Empresarial en la Universidad Católica Santa María de Arequipa. Maestría
en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
(Lima – Perú). Ha estudiado en la Escuela Nacional de Control de la
Contraloría General de la República. Estudios de contabilidad,
administración, economía, marketing y reingeniería. Con artículos
aprobados a ser publicados en la Enciclopedia Jurídica OMEBA tales como
Responsabilidad Precontractual y Codificación. Consejero de la Revista
Electrónica Derecho y Cambio Social.fhernandotorres@hotmail.com Publicación enviada por Fernando Torres Contactar mailto:fhernandotorres@hotmail.com Código ISPN de la Publicación EEyAuAEFyZbNfnWUBg Publicado Monday 22 de January de 2007 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
ilustrados.com nace con el fin difundir el conocimiento publicando trabajos de investigación, monografias, tesis, presentaciones powerpoint y afines. Publicar trabajos en ilustrados.com ha alcanzado prestigio y reconocimiento internacional siendo cada vez más el número de académicos, empresas, investigadores, científicos que consultan las publicaciones de nuestro portal. | |||||||||