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Libertad y Salud Mental
Resumen: En el presente trabajo, se hace una revisión al conflicto de valores entre la libertad y la llamada salud mental, a la ética de las intervenciones médicas, a las justificaciones del internamiento psiquiátrico; y se sugiere que las intervenciones médico-psiquiátricas involuntarias pueden violar algunas normas constitucionales, lo que debe revisado y debatido en la actualidad.
Publicación enviada por Fernando Luis Gómez
RESUMEN
En el presente trabajo, se hace una revisión al conflicto de valores entre la libertad y la llamada salud mental, a la ética de las intervenciones médicas, a las justificaciones del internamiento psiquiátrico; y se sugiere que las intervenciones médico-psiquiátricas involuntarias pueden violar algunas normas constitucionales, lo que debe revisado y debatido en la actualidad.
PALABRAS CLAVES
Derecho. Ética médica. Medicina. Psiquiatría. Internamiento psiquiátrico. Trastorno mental. Enfermedad mental. Derechos constitucionales. Constitución Política de Colombia.
Si, tal como apunté en artículos previos, el concepto de trastorno mental es acientífico, anticuado y dañino, nos toca hacer una revisión crítica de las consecuencias de dicho concepto. Una de ellas es el internamiento psiquiátrico involuntario que, por el simple hecho de ser a la fuerza, plantea inmediatamente una serie de dudas e inquietudes sobre su justificación ética y su utilidad social.
ÉTICA MÉDICA ELEMENTAL
¿Cuáles son las justificaciones éticas del tratamiento médico? Hay tres tipos:
1. Justificación por el diagnóstico: el paciente consulta al médico, quien elabora la historia clínica, hace un examen físico y ordena unos exámenes complementarios para llegar a un diagnóstico.En los exámenes complejos o riesgosos, el paciente debe firmar lo que se conoce como consentimiento informado sobre los beneficios y riesgos del procedimiento.
2. Justificación por el tratamiento: el médico le informa al paciente(y a los familiares) que el paciente tiene tal o cual patología y recomienda tal o cual terapia.
3. justificación por el consentimiento(en los casos pediátricos los
padres autorizan o no): en las terapias complejas o riesgosas, el paciente firma también un consentimiento informado sobre los beneficios o riesgos de la terapia.
Aunque las dos primeras pueden ser médica y técnicamente ajustadas a la realidad de la situación médica, es la tercera la que se constituye en la justificación moral de las intervenciones médicas.
Supongamos a una mujer con cáncer de mama en la que el médico recomienda la mastectomía. Sería horrible (y jurídicamente demandable) que el médico extirpara el seno de la mujer sin su consentimiento. Más adelante, veremos que algo similar está ocurriendo en psiquiatría.
¿QUÉ ES LA SALUD MENTAL?
Los ideólogos de la salud mental pontifican a diario sobre la salud mental como si se refirieran a hechos médicos de la salud, pero tienen dificultades para definir con claridad lo que denominan salud mental. Un afiche del “Programa plurimodal para la promoción de la Salud Mental y prevención de la farmacodependencia”, del Servicio de Salud del Atlántico, República de Colombia, puede servirnos de evidencia de que se trata de un conjunto de valores morales que suenan muy poco científicos:
“Con salud mental tú logras lo que quieras. Ama y educa a tus hijos. Diviértete sanamente. Dialoga con los mayores. Estimula tu creatividad. Manifiesta tus sentimientos. Practica deportes. Convive con la naturaleza. Participa y colabora. Sé constante en el amor. Trabaja con alegría. Estudia y progresa.”
¿Qué tiene que ver todo eso con la ciencia médica? Eso no tiene nada que ver con lo que investigan los médicos genuinos.
Por otra parte, se ha puesto en boga por parte de los psiquiatras hablar de los derechos de los pacientes, del derecho al tratamiento e incluso del ¡ derecho al tratamiento involuntario! Cabe entonces la pregunta: ¿ derecho al tratamiento o derecho a tratar? Los abogados, legisladores y juristas tienen la palabra.
JUSTIFICACIONES DEL INTERNAMIENTO PSIQUIÁTRICO
¿ Cuáles son las justificaciones del internamiento psiquiátrico, inclusive involuntario? En todo el mundo, típicamente las siguientes:
1. La persona tiene una enfermedad o trastorno mental. Ya postulé en publicaciones anteriores que el concepto de enfermedad o trastorno mental es acientífico, anticuado y dañoso. No voy a repetir aquí los argumentos.
2. El individuo puede beneficiarse de un tratamiento psiquiátrico.
Tomando la analogía de la paciente con cáncer de mama, es como si el cirujano internase a la brava a la paciente y le extirpase el seno sin su consentimiento. El médico se ganaría un demanda judicial.
3. Peligrosidad para sí mismo o para los demás. Tocamos aquí los temas del suicidio y del homicidio o intento de homicidio, temas controversiales que pertenencen a la medicina, la psicología, el derecho y la ética. Salta a la vista una pregunta que debe ser respondida por toda la sociedad: ¿ tiene el médico psiquiatra derecho a internar a la brava al llamado paciente mental suicida para prevenir el suicidio?
LIBERTAD Y SALUD MENTAL
Uno de los derechos fundamentales, consagrado en las constituciones de todos los países civilizados, es el derecho de todos los ciudadanos a gozar de la libertad, excepto en los casos previstos por las normas del derecho penal.
Con bastante frecuencia, la llamada salud mental entra en conflicto con la libertad. ¿Qué es más importante, la salud mental o la libertad? Los psiquiatras, por lo general, alegan que la salud mental es más importante y que las intervenciones forzadas se justifican para preservar la vida y la salud de los actores en conflicto; en tanto que yo postulo que la libertad-en una sociedad democrática, civilizada y libre- es más importante que la llamada salud mental.
En la Constitución Política de Colombia(1991), por ejemplo, el artículo 12 dice:
“Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.”
Pues bien, me atrevo a sugerir que los internamientos e intervenciones psiquiátricos forzados, con electrochoques, celdas de confinamiento y dosis masivas de drogas psiquiátricas pueden ser vistos como torturas médicas, en vez de auténticas terapias, y como tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
El artículo 13 señala:
“El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en condiciones de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se comentan.”
¿ Y qué ocurre cuando es el mismo Estado Terapéutico, dueño de las instituciones psiquiátricas estatales, el que comete los abusos?
El artículo 18 afirma:
“Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas no obligado a actuar en contra de su conciencia.”
Partiendo del principio elemental de que la Constitución es para todos, ¿qué pasa cuando el loco, por ejemplo(llamado psicótico) es internado o tratado a la fuerza por razón de su convicciones o creencias(definidas como delirios por los psiquiatras)?
El artículo 28 dice:
“Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.”
¿Se cumple esto en los internamientos a la brava? Aunque la Constitución no menciona para nada a los mal llamados enfermos mentales, en Colombia la ley 100 de Seguridad Social habla también de salud mental como si tratase de un asunto médico, y el Código Penal menciona las enfermedades mentales. La Constitución es muy imprecisa al respecto(véase más adelante) cuando habla de disminuidos psíquicos.
Esto, por supuesto, debe ser revisado y puesto al día por los legisladores y por toda la sociedad, a la luz de los recientes avances científicos sobre está temática compleja.
El artículo 47 anota:
“El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran.”
¿Qué es eso de disminuido psíquico? ¿ Se refiere al angustiado, o al deprimido o al fóbico, o al inhibido? A lo mejor. Pero, por ejemplo, el loco que alega que es Jesucristo no es un disminuido sino un aumentado psíquico.
CONCLUSIONES
En esta revisión crítica de la llamada salud mental en sus aspectos científicos y jurídicos, podemos concluir que, a menudo, los valores morales promovidos como salud mental entran en conflicto con la libertad, otro valor moral y político fundamental en un Estado de Derecho. Si el concepto de enfermedad mental está científicamente mandado a recoger y es socialmente inaceptable, nos corresponde a los profesionales, docentes y estudiantes del derecho, la comunicación social, la filosofía, la medicina, la psicología, la política y la sociología someter esta temática a una discusión científica con las metas de actualizarnos y lograr avances en la sociedad.
REFERENCIAS
Constitución Política de Colombia(1991). Editorial Unión, Bogotá, 1998
Gómez, F.L., La libertad y el psicoanálisis. Editorial Antillas, Barranquilla, 1998
Gómez, F.L., Asilo de cuerdos. Editorial Antillas, Barranquilla, 2000
Gómez, F.L., En www.ilustrados.com:
La enfermedad mental: un concepto anticuado, 7 de julio de 2004
El internamiento psiquiátrico involuntario: ¿tratamiento o tortura?, 13 de agosto de 2004
La represión psiquiátrica, 4 de septiembre de 2004
Cuando el hospital es una prisión, 19 de octubre de 2004
Lejos del manicomio pero cerca de los psiquiatras, 11 de enero de 2005
El falso frente de los trastornos mentales, 2 de marzo de 2005
AUTOR
Fernando Luis Gómez
Médico Psicoanalista
Especialista en Estudios Pedagógicos
Barranquilla, Colombia
drfernandoluisgomez@yahoo.es
Tel. (57-5) 3561982 y 315-3585019
Enero de 2007
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Publicado Monday 8 de January de 2007
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