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Fusiones, adquisiciones y quiebra
Resumen: Conceptos de fusión. Fusiones Bancarias. Mecánica de las fusiones. Quiebra y reorganización. Arreglos voluntarios.(V)
Publicación enviada por María Jesús Larrasoaín
Indice
1. Introducción
2. Conceptos De Fusión
3. Fusiones Bancarias
4. Mecánica De Las Fusiones
5. Quiebra Y Reorganización
6. Arreglos Voluntarios
7. Conclusiones
8. Bibliografía
1. Introducción
En el área de las finanzas corporativas no existe una actividad más dramática
y controversial que la adquisición de una empresa o la fusión de varias. Son
fuente asombrosa de escándalos. Cuando una empresa adquiere a otra, realiza una
inversión que, desde luego, se hace en condiciones de incertidumbre. En este
caso se aplica el principio básico de valuación: una empresa puede ser
adquirida si genera un valor presente neto positivo para los accionistas de la
empresa que hace la adquisición. Sin embargo, toda vez que este valor presente
neto de un prospecto de adquisición es muy difícil de determinar,
las fusiones y adquisiciones son, con todo derecho, temas relevantes y
novedosos.
Los beneficios provenientes de las adquisiciones reciben el nombre de sinergias,
es difícil estimar las sinérgicos mediante la utilización de flujo de
efectivo descontado. Para ello, existen complejos métodos contables, fiscales y
legales cuando una empresa realiza una adquisición. Las adquisiciones y
fusiones son importantes dispositivos de control para los accionistas. Es
posible que algunas sean consecuencia de conflicto fundamental entre los
interesas de los administradores actuales y de accionistas involucrados; adquiriéndose
la empresa los accionistas pueden cambiar las políticas, modificar la
estructura organizativa, entre otros de la empresa adquirirla.
En ocasiones, las fusiones y adquisiciones implican realizar transacciones no
muy amigables, por ello, es necesario poner en practica un plan completo de las
tácticas, estrategias, causas y consecuencia de una posible negociación entre
las partes.
2. Conceptos De Fusión
- La Fusión constituye una operación usada para unificar
inversiones y criterios comerciales de dos compañías de una misma rama o de
objetivos compatibles.
- Constituye una Fusión la absorción de una sociedad por otra, con
desaparición de la primera, y realizada mediante el aporte de los bienes de
ésta a la segunda sociedad.
- La Fusión puede hacerse igualmente mediante la creación de una nueva
sociedad, que, por medio de los aportes, absorba a dos o más sociedades
preexistentes
- La Fusión es la reunión de dos o más compañías independientes en una
sola. El jurisconsulto francés Durand expresa que la Fusión "es la
reunión de dos o más sociedades preexistentes, bien sea que una u otra sea
absorbida por otra o que sean confundidas para constituir una nueva sociedad
subsistente y esta última hereda a título universal los derechos y
obligaciones de las sociedades intervinientes.
- Hay Fusión cuando dos o más sociedades preexistentes se disuelven sin
liquidarse, para constituir una nueva, o cuando una ya existente absorbe a
otra u otras que, sin liquidarse, quedan disueltas.
- Roberto Montilla Molina opina que "un caso especial de la disolución
de las sociedades, lo constituye la Fusión, mediante la cual una sociedad se
extingue por la transmisión total de su patrimonio a otra sociedad
preexistente, o que se constituye con las aportaciones de los patrimonios de
dos o más sociedades que en ella se fusionan.
- La Directiva creada por el Consejo de Ministros de la Comunidad Económica
Europea, define la Fusión como la "operación por la cual una sociedad
transfiere a otra, seguida de una disolución sin liquidación, el conjunto de
su patrimonio, activo y pasivo, mediante la atribución a los accionistas de
la (s) sociedad (es) absorbida(s) de acciones de la sociedad absorbente".
- Es el acuerdo de dos o más empresas jurídicamente independientes, por el
que se comprometen a juntar sus patrimonios y formar una nueva sociedad.
Cualquier combinación que resulta en una entidad económica a partir de dos o
más entidades anteriores a la combinación.
Características De La Fusión
- Puesta en común por dos o más sociedades de todos sus activos con la
toma del pasivo, ya produciendo la creación de una sociedad nueva, ya
realizando aportes consentidos a una sociedad preexistente (absorbente) y
aumentando su capital en el caso de que el activo neto exceda su capital
suscrito.
- La desaparición de la (s) sociedad (es) aportante (es) o absorbida (s).
- La atribución de nuevos derechos sociales a los asociados de las
sociedades desaparecidas.
- De acuerdo con la opinión del Dr. José Luis Taveras, "la Fusión se
caracteriza por:
Disolución de la sociedad absorbida que desaparece en tanto persona moral.
- Transmisión de la universalidad de los bienes de la sociedad absorbida a
la sociedad absorbente.
- Los accionistas de la sociedad absorbida devienen en socios de la
absorbente.
- Las Fusiones son operaciones generalmente practicadas en períodos de
expansión económica o de crisis
- Tomando en cuenta la definición de Fusión dada por la Directiva creada
por el Consejo de Ministros de la Comunidad Económica Europea, pueden
establecerse las siguientes características:
- La transferencia de todo el patrimonio activo y pasivo de las sociedades
absorbidas a la sociedad absorbente o de las sociedades a fusionarse a la
nueva sociedad.
- La disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas a fusionarse.
- La atribución inmediata a los accionistas o de las sociedades absorbidas
o de las sociedades fusionantes de acciones de la sociedad absorbente o de
la sociedad nueva y eventualmente de una indemnización o compensación en
especie que no sobrepase el 10% del valor nominal de las acciones atribuidas
o, en defecto de valor nominal, por su parte contable.
Clasificacion de las fusiones
- Según el Código de Comercio francés, la Fusión puede ser de dos
tipos:
- Fusión Pura. Dos o más compañías se unen para constituir una nueva.
Estas se disuelven, pero no se liquidan.
- Fusión por Absorción. Una sociedad absorbe a otra u otras sociedades que
también se disuelven pero no se liquidan.
- Según Tellado hijo (1999) considera que la Fusión puede llevarse a
cabo de dos maneras:
- Fusión "Por Combinación". Denominada también Fusión
propiamente dicha, consiste en que dos o más compañías se unen para
constituir una nueva. Estas se disuelven simultáneamente para constituir
una compañía formada por los activos de las anteriores, mediante la
atribución de acciones de la compañía resultante a los accionistas de
las disueltas. La disolución de las compañías fusionadas, si es
anterior a la formación de la compañía nueva, se puede convenir bajo la
condición suspensiva de la Fusión.
- Fusión "Por Anexión". Una o varias compañías disueltas
para ello, aportan su activo a otra ya constituida y con la cual forman un
solo cuerpo. La compañía absorbente ha aumentado su capital mediante la
creación de acciones que atribuye a los accionistas de las compañías
anexadas, en representación de los aportes efectuados para la Fusión.
Las Fusiones pueden reunir sociedades de la misma forma o de formas
diferentes. Pero una Fusión entre una sociedad y una asociación no sería
posible.
- Según la competencia e interés comercial, existen tres tipos de
Fusiones:
- Fusión Horizontal. Dos sociedades que compiten ambas en una misma rama
del comercio. Las empresas ocupan la misma línea de negocios, y básicamente
se fusionan porque:
- Las economías de escala son su objetivo natural.
- La mayor concentración en la industria
- Fusión Vertical. Una de las compañías es cliente de la otra en una rama
del comercio en que es suplidora. El comprador se expande hacia atrás,
hacia la fuente de materia primas, o hacia delante, en dirección al
consumidor.
- Conglomerado. Estas compañías ni compiten, ni existe ninguna relación
de negocios entre las mismas. Los arquitectos de estas fusiones han hecho
notar las economías procedentes de compartir servicios centrales como
administración, contabilidad, control financiero y dirección general.
Formas básicas de adquisiciones
- Fusión o consolidación: La consolidación es lo mismo que una fusión
excepto por el hecho de que se crea una empresa totalmente nueva, pues tanto
la que adquiere como la adquirida terminan su existencia legal anterior y se
convierten en parte de la nueva empresa. En una consolidación, la distinción
entre la empresa que hace la adquisición y la empresa que adquirida no es
de importancia; sin embargo, las reglas que se aplican son básicamente las
mismas que las fusiones. También, en ambos casos, las adquisiciones dan
como resultado diversas combinaciones de los activos y pasivos de las dos
empresas.
- Adquisiciones de acciones: consiste en comprar las acciones con derecho a
voto entregando a cambio efectivo, acciones de capital y otros valores. El
procedimiento de compra suele comenzar con una oferta privada afectada por
la administración de una empresa a otra. La oferta es comunicada a los
accionistas de la empresa fijada como blanco de adquisición por medio de
anuncios públicos, tales como la colocación de avisos en los periódicos.
- Adquisición de activos: estas adquisiciones implican la transferencia de
títulos de propiedad. Los procedimientos pueden resultar costosos. Una
empresa puede adquirir otra compañía comprando la totalidad de sus activos
y para ello se requerirá del voto formal de los accionistas de la empresa
vendedora.
- Fusión por Incorporación: Es cuando dos o más Instituciones
existentes se reúnen para constituir una Institución de nueva creación,
originando la extinción de la personalidad Jurídica de las
Instituciones incorporadas y la transmisión a título Universal de sus
patrimonios a la nueva sociedad.
- Fusión por Absorción: Es cuando una o más instituciones son
absorbidas por otra institución existente, originando la extinción de
la personalidad jurídica de las instituciones absorbidas y donde la
institución absorbente asume a título universal de sus patrimonios a
la nueva sociedad.
3. Fusiones Bancarias
Es la Unión de 2 o más entidades bien sea por Incorporación o Absorción,
en beneficio de una nueva sociedad que sustituya a otras ya existentes, o bien
se puede decir que es la unión de 2 o más patrimonios sociales cuyos titulares
desaparecen para dar nacimiento a uno nuevo o cuando sobrevive un titular este
absorbe el patrimonio de todos y cada uno de los demás; en ambos casos el ente
está formado por los mismos socios que constituían los entes anteriores y
aquellos reciben nuevos títulos en sustitución de los que poseían.
Toda Fusión Bancaria que se realiza en Venezuela emerge como una solución para
los problemas de las Instituciones y del sistema financiero. Estas fusiones son
positivas para la consolidación del sistema financiero el cual se encuentra tan
deteriorado y esto hace desde aproximadamente algunos siete años, ello aún es
más notorio en un mercado tan pequeño en Venezuela si lo comparamos con otros
países.
Las fusiones no constituyen ser una solución milagrosa frente a las
ineficiencias bancarias. Si no existe una confiable solidez en las
organizaciones que deseen fusionarse quizás apuntarían solo a la sumatoria de
ineficiencias en una organización que al ser mayor, sería redondamente
inmanejable.
Las fusiones resultan convenientes en casos que las entidades exhiban
previamente un grado indispensable de salud en sus balances (es decir, no lo
maquillen como muchas veces lo han hecho y se ha comprobado), efectiva
racionalización de los gastos de transformación, excelente gerencia del
riesgo, capacidad para responder apropiadamente con mínimos costos y máxima
efectividad a los cambios del entorno, solidez patrimonial calidad del servicio
y reducción de costos.
Solo entonces puede llevarse a cabo las fusiones traducibles en una estructura
eficiente que racionalice los costos y aporte beneficios al público ahorrista y
a la estabilidad del mercado.
Ventajas y desventajas de las fusiones bancarias
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Ventajas
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Desventajas
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- Mejora la calidad del Servicio Bancario.
- Bajan los costos de Transformación.
- Bajan los costos de operación y producción.
- Solidez y Prestigio en el Mercado Financiero.
- Competitividad en el Mercado Financiero.
- Administración más metódica y fiscalización centralizada.
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- Bajan los Pasivos Laborales (Despidos Masivos)
- Dependiendo como este la Economía del país la Fusión será una
buena estrategia.
- Creación de monopolios y oligopolios
- Posible pánico y confusiones del público
- La cartera de Crédito en litigio y demorada a la hora de
fusionarse.
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Efectos de las fusiones bancarias
- Creación de una nueva razón social, resultante de la disolución de
dos o más entidades solicitantes de la Fusión, que implique el traspaso
en conjunto de sus respetivos capitales de la entidad con la nueva razón
social, la cual también adquirirá la totalidad de los derechos y
obligaciones de las instituciones fusionadas.
- Absorción de una o más instituciones por otra, lo cual conllevará la
desaparición de la (s) entidad (es) absorbida (s) y el traspaso de la
universalidad de su (s) capital (es), activos y pasivos a la entidad
absorbente.
- Compra de la totalidad de las acciones de la entidad absorbida por parte
de la entidad absorbente. Como consecuencia de esta operación, y luego de
la comprobación del hecho mediante acta notarial y de haberse cumplido
con las formalidades establecidas en el Código de Comercio y en las
disposiciones legales vigentes, los activos y pasivos de la entidad
absorbida se integrará al capital de la entidad absorbente, quedando la
primera disuelta y liquidada de pleno derecho.
Fuente se sinergia en las fusiones y adquisiciones.
Dentro de las posibles fuentes de sinergia existen cuatro categorías básicas,
a saber:
- Mejoramiento de los ingresos:
Una razón importante de las adquisiciones es que una empresa
combinada puede generar mayores ingresos que dos empresas separadas.
Los incrementos de ingresos pueden provenir de las ganancias por
comercialización, de los beneficios estratégicos y del poder de
mercado.
- Ganancias por comercialización: con frecuencia se afirma que
las adquisiciones y las fusiones pueden producir ingresos
operativos mayores como resultado de las actividades de
comercialización. Dichas mejoras pueden hacerse en las siguientes
áreas:
- Sobre la anterior ineficiente programación en los medios de comunicación
y los esfuerzos de la publicidad.
- En las débiles redes de distribución actual.
- En la mezcla de productos no equilibrada.
- Beneficios estratégicos: algunas adquisiciones presagian una
ventaja estratégica. Esta es una oportunidad para sacar ventaja el
medio competitivo si ciertas situaciones llegan a materializarse. El
beneficio estratégico es más una opción que una oportunidad de
inversión estándar. Michael Power (1985) utiliza el ejemplo de la
adquisición de la empresa Carmín Paper Company de Procter &
Gamble como un punto de avanzada que le permitió a esta ultima
desarrollar un conglomerado altamente interrelacionado de productos de
papel: pañales desechables, toallas de papel, productos de higiene
femenina y papel de seda.
- Poder de mercado o monopólico: un empresa puede adquirir a otra
para reducir la competencia. En caso de ser así, los precios pueden
incrementarse para lograr utilidades monopólicas. Las fusiones que
reducen la competencia no benefician a la sociedad. Las evidencias empíricas
no indican que el creciente poder de mercado sea una razón
significativa de las fusiones. Si el poder monopólico se incrementa a
través de una adquisición, todas empresas de la industria deberían
beneficiarse a medida que aumente el precio del producto de la misma.
- Reducción de Costos: Una de las razones básicas para realizar una
fusión es que una empresa puede operar más eficientemente que dos
empresas separadas. De tal modo, por ejemplo, cuando el Bank of América
estuvo de acuerdo en adquirir la empresa Security Pacific, citó como
razón principal la posibilidad de tener costos más bajo. A través
de una fusión o adquisición, una empresa puede obtener una
eficiencia operativa mayor en diversas áreas o funciones.
- Economías de escala: Si el costo de producción disminuye a medida
que aumenta el nivel de producción, se dice que se ha logrado una
economía de escala. Las economías de escala crecen hasta su nivel óptimo.
Después de ese punto, se producen deseconomías de escala, o sea
aumenta el costo promedio una vez superado ese punto.
- Economías de integración vertical: a partir de combinaciones
verticales así como horizontales, se pueden obtener economías
operativas. El principal propósito de las adquisiciones verticales es
facilitar la coordinación de las actividades operativas estrechamente
relacionadas. La transferencia de tecnología es otra razón de las
integraciones verticales.
- Recursos complementarios: algunas empresas adquieren a otras para
hacer un mejor uso de los recursos actuales o para contar con los
elementos que faltan para el éxito.
- Eliminación de la administración eficiente: existen ciertas
empresas cuyo valor puede aumentar con cambio de administración. En
algunos casos, los administradores no entienden la naturaleza de las
condiciones cambiante, no pueden abandonar las estrategias y los
estilos que han formulado a lo largo de los años.
- Ganancias Fiscales:
Las ganancias fiscales pueden ser un poderoso incentivo para realizar algunas
adquisiciones. Entre las mismas se pueden mencionar:
- Uso de las pérdidas fiscales derivadas de pérdidas operativas netas:
algunas veces las empresas tienen pérdidas fiscales que no pueden
aprovechar, éstas reciben el nombre de pérdidas no operativas netas.
- Utilización de una capacidad de endeudamiento no usada: debido a que se
produce algún grado de diversificación cuando las empresas se fusionan,
es probable que el costo de la reorganización financiera sea inferior
para la empresa combinada de lo que es la suma de sus valores para las dos
empresas separadas. Por lo tanto, la empresa adquiriente podría
incrementar su razón de deuda a capital después de una fusión, con lo
que generaría beneficios fiscales adicionales y un valor adicional.
- Empleo de superávit: otra de las lagunas de las leyes se refiere a los
fondos de superávit. Se presenta en el caso de una empresa, por ejemplo,
tenga un flujo de efectivo libre de costos, es decir, disponible después
del pago de los impuestos y después de que se hayan considerado todos los
proyectos con valor presente neto positivo. En esta situación, la compra
de valores en renta fija, la empresa tendría varias formas de gastar ese
excedente, como: pago de dividendos, readquisición de acciones o
adquisición de acciones de otra empresa.
- Costos de capital:
Con frecuencia el costo de capital se puede reducir cuando dos
empresas se fusionan debido a que los costos de la emisión de
valores se encuentran sujetos a economías de escala. Los costos de
una emisión tanto de deudas como de capital son mucho más bajos
tanto para las emisiones más grandes como para las más pequeñas.
Cálculo De La Sinergia Proveniente De Una Adquisición
Suponga que la empresa A planea adquirir la empresa B. El valor de A
es VA y el de B es VB . La diferencia entre el
valor de una empresa combinada (VAB) y la suma de los
valores de las empresas como entidades separadas es la sinergia que
resulta de la adquisición:
Sinergia = VAB – (VA + VB)
Es común que la empresa adquiriente deba pagar una prima por la
empresa adquirida. Por ejemplo, si las acciones de la empresa fijada
como blanco de adquisición se negocian a 50 dólares cada una, el
comprador pudiese pagar 60, lo cual implicaría una prima de 10 dólares,
es decir 20%. Obviamente, la empresa A deseaba determinar la
sinergia antes de comenzar las negociaciones con B en lo referente a
la prima. La sinergia de una adquisición puede determinarse a
partir del modelo general de flujo de efectivo descontado.
T CFt
Sinergia =
(1 + r)t
t = 1
donde CFt es la diferencia entre los flujos de efectivo
en el momento t de la empresa combinada y la suma de los flujos de
efectivo de las dos empresas separadas. En otras palabras, CFt es
el flujo de efectivo adicional en la fecha proveniente de la fusión.
El término r es la tasa de descuento ajustada por el riesgo
apropiado de los flujos de efectivo adicionales. Por lo general, se
considera que ésta es la tasa requerida de rendimiento sobre el
capital contable de la empresa fijada como blanco de adquisición.
4. Mecánica De Las Fusiones
Para realizar una Fusión bancaria deberá existir un plan de Fusión que
contendrá lo siguiente:
- Cronograma de ejecución del plan de Fusión, indicando en forma
clara y precisa las etapas y lapsos en que se cumplirá y el
responsable de su ejecución.
- Fundamentos económicos financieros de la Fusión.
- Análisis del impacto de la Fusión en las áreas legal,
financiera, contable y legal.
- Diagnóstico y programas de las áreas de tecnología, recursos
humanos, administración y operaciones.
- Estados financieros proforma de Fusión, esto es como se estime
comenzar después de realizada la Fusión.
- Estructura accionaria que tendrá en ente financiero resultante de
la Fusión una vez llevado a cabo este proceso.
- Relación de los nexos o vinculaciones de cualquier tipo
incluyendo, parentesco de consanguinidad o afinidad existentes entre
los accionistas.
- Copia del proyecto de estatutos sociales del ente resultante de la
Fusión.
Acuerdo Base de la Fusión.
Constituye el primer paso para realizar la Fusión. Este deberá ser aprobado
mediante el consentimiento unánime de los accionistas de las sociedades a ser
fusionadas; esta aprobación surge como consecuencia de que la Fusión conlleva
el traslado a otra empresa de los capitales aportados por los accionistas; o por
la Junta Directiva, cuando la faculten los estatutos de la sociedad para ello.
Se deberá hacer un original, de idéntico tenor, por cada sociedad interesada
del Contrato Base de Fusión y también un número de originales necesario para
el registro y la publicación.
Proyecto, Ante Proyecto, Tratado Provisional o Protocolo de Fusión. Los pasos
de la Fusión empiezan con la existencia de actos anteriores al acto definitivo
propiamente dicho.
Los Administradores o los Directores de las sociedades que participan en la Fusión,
habrán de redactar y suscribir un Proyecto de Fusión, supeditado a la aprobación
de la Junta General de Accionistas de las sociedades a ser fusionadas. Sin
embargo, cuando sea aprobada por la Asamblea Extraordinaria, automáticamente se
convierte en el Contrato definitivo de la Fusión.
El Proyecto de Fusión debe cumplir con las formalidades de publicidad y con
otras formalidades exigidas a cualquier modificación estatutaria de las
sociedades por acciones. El contenido del Protocolo de Fusión debe, por lo
menos, contener las siguientes menciones y asuntos:
- Exposición de los motivos a que obedece la operación proyectada, así
como el fin , las condiciones y los fundamentos que persigue la Fusión.
- Tomar en cuenta los balances de los aportes de las sociedades absorbidas,
la entrega de acciones, el aumento de capital de la sociedad absorbente y
los términos o plazos que se prevén para realizar las distintas
operaciones.
- Levantamiento del balance del valor de las dos sociedades, incluyendo
claramente sus activos y pasivos, con miras a proteger a los acreedores y
los socios.
- Fechas de los estados financieros de las sociedades involucradas.
- Indicar la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad
absorbida deberán ser consideradas como realizadas por la sociedad
absorbente.
- Información a los accionistas sobre la Fusión. Los accionistas deben
tener conocimiento de los siguientes documentos: Proyecto de Fusión,
Informes de los expertos contables sobre el Proyecto de Fusión, Informes de
los Administradores o Consejo de Administración de cada una de las
sociedades sobre el Proyecto de Fusión, Balance de cada una de las
sociedades, Proyecto de la nueva constitución y Estatutos vigentes de las
sociedades que participan en la Fusión.
Disolución de las Sociedades Absorbidas.
La Fusión equivale a una disolución anticipada de la sociedad absorbida.
Se requieren los siguientes consentimientos:
- Accionistas. Que toman su decisión en Asamblea Extraordinaria, apoyándose
en los informes del Consejo de Administración y de los Comisarios de la
compañía.
- Acreedores.
- Asamblea General. El representante de la sociedad absorbida realizará los
aportes activos de dicha sociedad con el compromiso de pagar su pasivo, si
esto es lo pactado, a condición de una atribución de nuevas acciones de la
sociedad absorbente que serán creadas a título de aumento de capital
social. Este aporte constará en un acto auténtico, bajo declaración
notarial, en varios originales y será aprobado provisionalmente por un
representante de la sociedad absorbente.
- Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad absorbente,
deliberará y decidirá sobre el aumento de capital para la creación de
acciones en representación de los aportes en naturaleza de la sociedad
absorbida y votar sobre las modificaciones que tienen como causa, el aumento
del capital.
- Publicación del Aumento de Capital. Se deben observar las formalidades de
publicidad establecidas en los artículos 42, reformado por la Ley 1041, y
46 del Código de Comercio. Cuando la compañía a ser absorbida tenga
inmuebles, su transferencia deberá ser inscrita o transcrita con las
deliberaciones y documentaciones relacionadas con esos aportes.
Fusión Por Absorción. Fase Preparatoria de la Fusión Por Absorción
Formalidades. Cuando la Fusión se realiza por vía de la absorción de una
sociedad por acciones por otra ya existente, se deben aplicar para la compañía
absorbente, las mismas formalidades prescritas por la ley para el aumento de
capital, con aporte en naturaleza de una compañía, que son las siguientes:
- Se convoca una Junta General Extraordinaria, la cual decidirá el aumento
y creará las acciones que serán atribuidas en representación del aporte
efectuado por la compañía absorbida.
- Hará también las modificaciones estatutarias que sean la consecuencia
del aumento.
- Las formalidades a cumplir por parte de la compañía que se anexa a la
otra, son las siguientes:
La Junta General Extraordinaria de Accionistas pronuncia la disolución
anticipada de la compañía. Designa los liquidadores y les da poderes para que
aporten el activo de la compañía a la absorbente, mediante la atribución a
los accionistas de acciones de la subsistente.
Fusión por la Constitución de una Sociedad Nueva
Formalidades. Cuando la Fusión se realiza por la vía de la creación de una
sociedad por acciones nueva, se debe cumplir las mismas formalidades prescritas
por la ley para la constitución de una sociedad por acciones.
- Acuerdo Base. Acuerdo provisorio que interviene por lo regular entre los
Consejos de Administración o los apoderados de las sociedades a fusionarse.
Puede hacerse en forma auténtica o bajo firma privada. La Asamblea de
accionistas puede decidir por los aportes de los activos y pasivos, que la
sociedad quede disuelta y nombrar por adelantado a los liquidadores.
- Proyecto de Fusión. Debe ser redactado por los Administradores de las
sociedades a ser fusionadas y debe ser aprobado por la Junta General de
dicha sociedad; de lo contrario, si los estatutos no le otorgan esa
facultad, será necesario el consentimiento unánime de los accionistas.
- Se puede resolver, además, que por el sólo hecho de la Fusión la compañía
quedará disuelta y la junta designará los liquidadores, o, si es
preferible, se puede acordar la disolución anticipada de la compañía, dándoseles
poder a los liquidadores designados para operar la Fusión. Este Proyecto
debe contener, por lo menos, las mismas menciones que para el Proyecto de
Fusión de la Fusión por Absorción.
- Estatutos. Se deberán establecer los estatutos de la nueva sociedad a la
cual los representantes de cada sociedad harán sus aportes a cambio de una
atribución de acciones. Esta compañía estará integrada por los activos
de las fusionantes, aportados por sus representantes mediante la atribución
de acciones a los accionistas de las compañías fusionantes, en la proporción
convenida.
- Capital en Numerario. Las acciones representativas de este capital deberán
ser suscritas y libradas en los términos fijados por la ley y las
suscripciones y verificaciones deberán ser constatadas por una declaración
notarial.
- Asamblea General. Una Asamblea General de Accionistas nombra los primeros
Comisarios, a menos que los estatutos los nombren. Los liquidadores de las
sociedades disueltas y en liquidación, están calificados para ejecutar los
actos de Fusión sin que haya necesidad de que intervengan los accionistas
personalmente.
- Los accionistas de las sociedades fusionadas deberán ser considerados
como accionistas de la nueva sociedad y podrán ser nombrados
Administradores.
- Publicación y Registro. La Fusión requiere de la publicidad dispuesta
por los artículos 42, modificado por la ley No. 1041, y 46 del Código de
Comercio. Al documento constitutivo de la compañía se anexarán:
- Compulsa del documento otorgado ante notario que acredite la suscripción
del capital social y el pago de las acciones.
- Copia certificada de las deliberaciones acordadas por las Juntas Generales
Constitutivas, verificando la verdad de las declaraciones de los fundadores.
Esto según los artículos 51, 56 y 57 del Código de Comercio.
- Lista nominativa de las suscripciones, certificada.
5. Quiebra Y Reorganización
Las empresas que no pueden cumplir con los pagos contractuales pactados ante
los acreedores o que toman la decisión de no hacer tales pagos tienen dos
opciones básicas: la liquidación o la reorganización.
La liquidación se refiere al finiquito de una empresa como un negocio en
marcha: implica la venta de los activos del negocio a su valor de rescate. Los
fondos obtenidos, después de deducir los costos de los procedimientos
judiciales, se distribuyen entre los acreedores en el orden de las prioridades
establecidas.
La reorganización es la opción de mantener a la empresa como un negocio en
marcha; algunas veces implica la emisión de nuevos títulos para reemplazar los
títulos antiguos.
La liquidación y la reorganización formal pueden realizarse por medio de una
quiebra. La quiebra es un procedimiento legal que puede realizarse de manera
voluntaria cuando la corporación presenta una petición al respecto o
involuntariamente cuando los acreedores presentan dicho pedido.
Causas Y Síntomas De La Quiebra
Se considera que una compañía esta técnicamente insolvente si se encuentra en
imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones actuales; sin embargo, esta
insolvencia tal vez sea temporal y se pueda remediar. Por lo tanto, la
insolvencia técnica solo demuestra una falta de liquidez. Por otra parte, la
insolvencia en la quiebra significa que los pasivos de una compañía exceden
sus activos; en otras palabras, el capital contable de la compañía es
negativo. El fracaso financiero incluye la escala completa de posibilidades
entre estos extremos.
Los remedios para salvar una compañía en problemas varían en severidad de
acuerdo al grado de dificultad financiera. Si las perspectivas son
suficientemente desesperadas, la liquidación puede ser la única alternativa
factible. Con algo de esperanza (y suerte) muchas compañías en problemas se
pueden rehabilitar para beneficio de los acreedores, de los accionistas y de la
sociedad. Aunque el propósito principal de una liquidación o rehabilitación
es proteger a los acreedores, también se toman en cuenta los intereses de los
dueños. A pesar de ello, los procedimientos legales favorecen a los acreedores.
De lo contrario, vacilarían en conceder crédito y la asignación de fondos a
la economía no seria eficiente.
Aunque las causas de la dificultad financiera son numerosas, muchos fracasos son
atribuibles en forma directa o indirecta a la administración. Es muy raro que
una mala decisión sea la causa de la dificultad; normalmente la causa consiste
en una serie de errores y la dificultad va evolucionando en forma gradual.
Debido a que los avisos de probables problemas son evidentes antes de que se
llegue al fracaso, el acreedor tiene que estar en posibilidades de tomar
acciones correctivas antes de que ocurra el fracaso. Muchas compañías se
pueden conservar como negocios en marcha y pueden realizar una aportación económica
a la sociedad. En ocasiones la rehabilitación es dura, de acuerdo con el grado
de la dificultad financiera. Sin embargo, quizá estas medidas sean necesarias
si la empresa desea prorrogar su vida.
6. Arreglos Voluntarios
Una prorroga no es mas que la posposición por parte de los acreedores del
vencimiento de sus obligaciones. En casos de insolvencia temporal de una compañía
que por lo demás es sana. Los acreedores quizás prefieran resolver el problema
con la compañía. Al no forzar el problema con procedimientos legales, los
acreedores evitan importantes gastos legales y la posible disminución del valor
en liquidación.
Más aún, mantienen sus derechos totales contra la compañía de que se trata;
no acceden a un arreglo parcial. La posibilidad de que los acreedores recuperen
el valor total de sus derechos depende por supuesto de que la compañía mejore
sus operaciones y su liquidez. En una situación de prorroga, los acreedores
existentes con frecuencia o están dispuestos a conceder crédito adicional en
las nueva ventas e insisten en que las compras actuales se paguen en efectivo.
Es obvio que ningún acreedor va a conceder la prorroga de una obligación si
los demás no lo hacen también. Por consiguiente, normalmente se forma un comité
e acreedores por parte de los principales acreedores para negociar con la compañía
y formular un plan que sea satisfactorio para todos los involucrados.
Ningún acreedor esta obligado a seguir el plan. Si existen acreedores
descontentos y sus derechos son pequeños, quizá los demás les liquiden con el
fin de evitar los procedimientos legales. El numero de descontentos no pueden
ser demasiado grande, puesto que los acreedores restantes en esencia tienen que
asumir sus obligaciones. Es evidente que los acreedores pueden crear controles
sobre la compañía que le aseguren una administración apropiada y aumenten la
probabilidad de una recuperación rápida. Además peden escoger asegurarse si
existen activos negociables. La amenaza final por parte de los acreedores es
iniciar los procedimientos de quiebra contra la compañía y obligar a su
liquidación. Al conceder una prorroga muestran una inclinación a cooperar con
la empresa.
Composición
La composición incluye una liquidación prorrata de los derechos de los
acreedores en efectivo o en afectivo y pagares. Es necesario que los acreedores
estén de acuerdo en aceptar una liquidación parcial como pago de su derecho
total.
Al igual que en la prorroga, todos los acreedores tienen que estar de acuerdo
con la liquidación. Es necesario pagar la totalidad de su adeudo a los
acreedores descontentos o ellos pueden forzar a la compañía a declararse en
quiebra. Pueden representar un importante problema y evitar un arreglo
voluntario. En general, los arreglos voluntarios pueden ser ventajosos para los
acreedores, así como para los deudores, pues se evitan los gastos legales y las
complicaciones.
Liquidación Mediante Un Arreglo Voluntario
En ciertas circunstancias, los acreedores pueden sentir que la compañía no se
deba conservar puesto que parece inevitable que se siga deteriorando su situación
financiera. Cuando la liquidación es la única solución realista, se puede
llevar a cabo a través de un acuerdo privado o mediante los procedimientos de
quiebra. Es probables que la liquidación privada ordenada sea mas eficiente y
que de cómo resultado un pago bastante mas alto. Este tipo de liquidación
voluntaria se conoce como una cesión. El acuerdo privado también se puede
realizar a través de la cesión formal de activos a un fideicomisario
designado. El fideicomisario liquida los activos y distribuyes los ingresos
provenientes de su venta a los acreedores sobre una base de prorrateo. Debido a
que el convenio voluntario tiene que ser acordado por todos los acreedores, por
lo general queda restringido a compañías con un numero limitado de acreedores
y con valores que no estén en poder del publico.
Procedimiento De Reorganización
Lo más conveniente para todos los interesados podría ser reorganizar una compañía
en lugar de liquidarla. Desde un punto de vista conceptual, una empresa se debe
reorganizar si su valor económico como una entidad de operación es mayor que
su valor de liquidación. Se debe liquidar si es cierto lo contrario, es decir,
si vale mas muerta que viva. La reorganización es un esfuerzo por mantener en
operación una compañía mediante cambos en su estructura de capital. La
rehabilitación incluye la reducción de los cargos fijos por la sustitución de
capital y valores de ingresos limitados por valores de ingresos fijos.
Procedimientos
El deudor o los acreedores presentan una solicitud y comienza el caso. La idea
en una reorganización es mantener en marcha el negocio. En la mayor parte de
los casos, el deudor continuara dirigiendo el negocio, aunque un fideicomisario
pueden asumir la responsabilidad operativa de la compañía. Una de las grandes
necesidades en la rehabilitación es el crédito provisional.
Si no se nombra un fideicomisario, el deudor tiene el derecho único de elaborar
un plan de reorganización y presentarlo dentro de los 120 días. De lo
contrario, el fideicomisario tiene la responsabilidad de asegurarse que se
presente un plan. Puede ser elaborado por el fideicomisario, el deudor, el comité
de acreedores o acreedores individuales y se puede presentar mas de un plan.
Todos los planes de reorganización tienen que ser presentados a los acreedores
y accionistas para su aprobación. El papel del tribunal es revisar la información
en el plan, para asegurar de que la exposición sea completa.
Es una reorganización, el plan tiene que ser justo, equitativo y factible.
Estos significa que todas las partes tienen que ser tratadas de un modo justo y
equitativo y que el plan sea realizable con respecto a la capacidad de obtener
utilidades y la estructura financiera de la compañía reorganizada, así como a
la capacidad de la compañía para obtener crédito mercantil y, quizá,
prestamos bancarios a corto plazo.
Cada clase de tenedores de derechos tiene que votar sobre un plazo. Para que sea
aceptado el plan tienen que votar a favor de él mas de la mitad en numero y dos
terceras partes en importantes de los derechos totales en cada clase y los
tenedores de derechos pueden aceptar mas de un plan.
El siguiente paso es que el tribunal de quiebra celebre una audiencia de
confirmación. Si los tenedores de derechos aceptan mas de un plan, el tribunal
tiene que seleccionar el mejor. También puede confirmar un plan que haya sido
aprobado por una clase pero no por todas las clases de tenedores de derechos. En
todos los casos el plan de reorganización tiene que cumplir con ciertos estándares
para ser confirmado por el tribunal. Estos estándares tienen que ver con que
sea justo, equitativo y factible. Una vez confirmado el plan por el tribunal de
quiebre, el deudor tiene que desempeñarse de acuerdo con las condiciones del
mismo. Más aún, todos los acreedores y accionistas, incluyendo los
descontentos, quedan obligados por el plan.
Reorganización en estado de quiebra
El aspecto difícil de una reorganización es la reconstrucción de la
estructura de capital de la compañía para reducir la cantidad de cargos fijos.
Al elaborar un plan de reorganización existen 3 pasos. Primero, se tiene que
determinar la valuación total de la compañía reorganizada. Tal vez este paso
sea el mas difícil y el mas importante. La técnica favorecida por los
fideicomisarios es la capitalización de las probables utilidades.
La cifra de valuación esta sujeta a considerable variación, debido a la
dificultad de estimar las probables utilidades y determinar una tasa de
capitalización apropiada. Por lo tanto, la cifra de valuación no representa
mas que el mejor estimado del valor potencial. Aunque la capitalización de las
probables utilidades es el enfoque generalmente aceptado para valuar una compañía
en reorganización, la valuación se puede ajustar hacia arriba si los activos
tienen un importante valor de liquidación. Por supuesto que a los accionistas
comunes de la compañía les gustaría ver una cifra de valuación tan alta como
sea posible. Si la cifra de valuación que propone el fideicomisario se
encuentra por debajo en la liquidación de la compañía, los accionistas
comunes insistirán en la liquidación en lugar de la reorganización.
Una vez que se ha determinad una cifra de valuación, el siguiente paso es
elaborar una nueva estructura de capital para la compañía para reducir estos
cargos se disminuye la deuda total de la empresa desplazándola en parte hacia
bonos amortizables con utilidades, acciones preferentes y acciones comunes. Además
de reducirla, los términos de la deuda se pueden cambiar. Se puede ampliar el
vencimiento de la deuda para reducir el importe de la obligación anual del
fondo de amortización. Si se estima que la compañía reorganizada necesitará
nuevo financiamiento en el futuro, el fideicomiso puede sentir que se necesita
una razón mas conservadora de deuda a capital con el fin de obtener
flexibilidad financiera futura.
Una vez que se ha establecido la nueva estructura de capital, el ultimo paso
incluye la valuación de los antiguos valores y su intercambio por otros nuevos.
En general, todos los derecho garantizados sobre activos tienen que ser
liquidados por completo antes de que se puede liquidar una reclamación sin
derechos preferentes. En el proceso de intercambio, los tenedores de bonos
tienen que recibir el valor par de sus bonos en otros valores antes de que se
pueda realizar distribución llego en el paso 1 establece un limite superior
sobre el importe de valores que se pueden emitir.
Los accionistas comunes de una compañía bajo reorganización sufren bajo la
regla de prioridad absoluta, mediante la cual los derechos tienen que ser
liquidados en el orden de su prioridad legal. Desde su punto de vista, ellos
preferirían mucho mas que las reclamaciones se liquidaran sobre una base de
prioridad relativa. Bajo esta regla, los valores se asignan sobre la base de los
precios de mercado relativo de los valores. Los accionistas comunes nunca podrían
obtener valores con garantía preferente en una organización, pero tendrían
derecho a algunas acciones comunes si sus acciones actuales tuvieran valor.
Debido a que la compañía en realidad no están siendo liquidada, los
accionistas comunes argumentan que la regla de la prioridad relativa es
realmente la mas justa.
7. Conclusiones
Toda Fusión permitirá ampliar su potencial de negocios sin realizar
esfuerzos técnico adicional, cada vez que la misma contará con un portafolio
de servicios ampliado obtenido de la conjunción de los instrumentos de ambas
entidades.
Al fusionarse se busca mantener la cartera de clientes y a su vez tratar de
captar los mismos, fortaleciéndose en dicha Fusión, mientras no se presente
una atención personalizada a todos los clientes en un 100%, seguirán siendo más
de lo mismo, otro banco en el montón. La experiencia nos dice que un cliente
por muy pequeño que sea, es decir que no sea un cliente corporativo, que es
donde el Banco se enfoca más y tiene la razón, pero esos clientes pequeños
también hay que tratar de mantenerlos contentos y la atención personalizada es
lo primordial.
Una empresa puede adquirir a otra de diferentes maneras. Las tres formas legales
de las adquisiciones son: fusiones y consolidados, adquisiciones por acciones y
compra de activos. Las fusiones y consolidaciones son las menos costosas de
acordar desde el punto de vista legal, pero requieren de un voto de aprobación
por parte de los accionistas. Las adquisiciones por medio de acciones no
requieren de ese voto y de ordinario se llevan a cabo a través de una oferta
directa; sin embargo, es difícil obtener el control total mediante una oferta
directa. Las adquisiciones de activos son comparativamente costosas, porque la
transferencia de la propiedad de las acciones es más difícil. Las fusiones y
adquisiciones requieren de una amplia comprensión de diversas reglas fiscales y
contables complicadas, debido a que pueden ser transacciones gravables o exentas
de impuestos.
La sinergia proveniente de una adquisición se define como el valor de la
empresa combinada menos el valor de las dos empresas como entidades separadas.
Los accionistas de la empresa adquiriente ganarán si la sinergia proveniente de
la fusión en mayor que la prima.
8. Bibliografía
Ángel Redondo, CURSO PRACTICO DE CONTABILIDAD GENERAL, undécima edición.
Capitant, Henri. Vocabulario jurídico. 6ta. Reimpresión. Ediciones Buenos
Aires, Argentina.
Código de Comercio, Gaceta Nº 475 Extraordinaria del 21 de diciembre de 1955.
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Capitales, Bolsa de Valores de caracas, Profesor: José A. Torres L.
(Consultor), 2000
Durand rt. J. Latsha. Fusions, scissions et apports partiels d’actifs. 3era.
Edición, 1972. París.
Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5480 del 18-07-2000
James C. Van Horne, Fundamentos de Administración Financiera. 6ta. Edición,
Prentice Hall.
Montilla, Roberto l. Derecho mercantil.
Stephen A. Ross, Randolph W. Westerfield y Jeffrey F. Jaffe. Finanzas
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www.el-nacional.com
www.eud.com
www.monografias.com
Trabajo enviado por:
María Jesús Larrasoaín
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Publicado Friday 12 de March de 2004
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