Monografias | Fabricando el consenso de la mentiraFabricando el consenso de la mentiraResumen: La mentira deliberada con la intención de manipular a la audiencia y manufacturar un consenso no es nada nuevo. Este fenómeno social sigue siendo un arma de desinformación masiva utilizada constantemente por quienes promueven la política desvergonzada que persigue como meta principal el control de la humanidad. Resumen
de la ponencia presentada en las XIX Jornadas Nacionales de Derecho Civil, en
Rosario desde el 25 al 27 de setiembre de 2003. En fecha 11 de diciembre de 2001
se promulgó la ley 25.509 que agrega al art.2.503 del Código Civil un nuevo
derecho real: el denominado "derecho real de superficie forestal".
Esta nueva normativa encubre propósitos disvaliosos para el futuro de nuestro
país. En
fecha 11 de diciembre de 2001 se promulgó la ley 25.509 que agrega al art.2.503
del Código Civil un nuevo derecho real: el denominado "derecho real de
superficie forestal" Esta
nueva normativa encubre propósitos disvaliosos para el futuro de nuestro país. Para el
lector no versado en materia legal, se puede definir escuetamente el derecho
real de superficie forestal -tal cual lo hace la ley 25.509 en su art.2º- como,
"un derecho real autónomo sobre cosa propia temporario, que otorga el uso,
goce y disposición jurídica de la superficie de un inmueble ajeno con la
facultad de realizar forestación o selvicultura, y hacer propio lo plantado, o
adquirir la propiedad de plantaciones ya existentes, pudiendo gravarla con
derecho real de garantía." A mayor
abundamiento, este derecho "recae sobre cosa propia, pues su objeto no es
el inmueble sino las plantaciones que se realicen en el mismo, a partir de la
constitución de la superficie, o las ya existentes a esa fecha." (Beatriz
Arean. "Derechos reales" ed.2003, pág.697) A lo
dicho debemos agregar que, conforme a lo dispuesto por el art.6º de la ley
25.509 este derecho tendrá un plazo máximo de cincuenta años de duración.
Nada más ni nada menos que medio siglo. La
misma ley modifica el art.2.614 del C.C. que limitaba a cinco años la
constitución de estos derechos de superficie extendiéndolo al medio siglo. Durante
ese largo lapso, al dueño se le prohíbe constituir sobre el inmueble de su
propiedad cualquier otro derecho real de disfrute o garantía, ni perturbar los
derechos del superficiario. (art.4º) Salta a
la vista que ningún propietario de un inmueble destinado a la forestación o
silvicultura, va a cometer el despropósito de enajenar durante un tiempo tan
enorme la explotación de su campo, haciendo que otro se apodere de su
producido. No
queda duda de que nuestros políticos presurosos sancionaron la ley 25.509 con
el propósito aparente de fomentar la forestación, pero al mismo tiempo con la
evidente intención de entregar ese negocio a quienes históricamente lo
ejercieron en perjuicio del país, con cuyos predios fiscales se quedaban y
también con los ahorros de los incautos que invertían a larguísimo plazo en
un negocio que sólo resultó fructuoso para los que se apoderaron del dinero de
los inversores, como ocurrió con el antecedente del "fideicomiso
forestal" como lo fue el caso de Eucaliptus S.A., hace ya más de cuarenta
años. En el
caso de la ley 25.509, que nos ocupa, siendo imposible hallar a un propietario
tan falto de razón que entre en el nefasto negocio de vender la superficie y
regalar su producto al superficiario, no queda duda de sí, es posible, hallar
políticos mañosos, que regalen los bosques fiscales ubicados en la perspectiva
de la nefasta ley referida. Habida
cuenta de que en nuestro país existen más de veinte millones (20.000.000 hs.)
de hectáreas de tierras vírgenes y treinta y tres millones ciento noventa mil
cuatrocientos cuarenta y dos hectáreas (33.190.442 hs.) de bosques nativos -según
datos de la "Agencia de Desarrollo de Inversiones" del Ministerio de
Economía de la Nación, y Primer Inventario Nacional de Bosques Nativos,
(diciembre 2002), de la Dirección de Bosques, se tendrá la pauta de que la
inmensa mayoría de esas tierras vírgenes y bosques nativos son de propiedad
fiscal. En su página
web (http://www.inversiones.gov.ar) puede leerse: "Sectores donde
invertir"; en "Agroindustria", con la indicación
"NUEVO", refiere a la "Foresto-Industria". Cliqueamos y como
Pancho por su casa nos introducimos en un magnífico documento titulado
"Invertir en Argentina. Foresto-Industria", en el que ante la pregunta
"¿Por qué invertir en forestación en Argentina?", se nos informa
que en nuestro país la velocidad de crecimiento de las especies es muy superior
a la de los principales países competidores, por lo que los turnos de corte son
menores a la mayoría de los países productores; que el marco jurídico es
propicio a la inversión en razón de la ley 25.080 que prevé la estabilidad
fiscal para inversiones forestales por 30 años; que existe una amplia
disponibilidad de tierras aptas a bajo costo: 20 millones de hectáreas e
inexistencia de restricciones para la adquisición de grandes extensiones; que
existe variedad de climas, suelos y especies, tratándose de tierras vírgenes
de alta respuesta y profundidad de hasta 2,5 m. La base forestal es
diversificada, evitado los riesgos de monocultivo; existe un desarrollado
servicio de silvicultura; bajo costo de producción: Argentina cuenta con
importantes ventajas competitivas en los costos de tierra, insumos y mano de
obra en términos de dólares; por último se nos informa respecto de la demanda
de materia prima con alto potencial en industrias derivadas, amplia
disponibilidad de materia prima forestal: corto período de maduración de la
inversión forestal en comparación con los tiempos necesarios en el hemisferio
norte; desarrollo de industrias papelera y maderera y oportunidades para
exportar productos con valor agregado. Cada
una de las ventajas es ampliamente tratada en el documento y vemos que dentro
del Marco Jurídico además de la ya nombrada ley 25.080 se incluye la 25.509
que nos ocupa, indicando: "Habilita tratar separadamente los derechos del
propietario del inmueble forestado y los del forestador (dueño del
bosque)". Y esas
tierras son ofrecidas a los inversores extranjeros sin restricción alguna y
dentro de un marco jurídico de "liquidación" del patrimonio estatal
y también de los derechos de los trabajadores, a quienes la referida Agencia
ofrece el módico salario de $1.200 a $2.000 para los Ingenieros forestales, de
$15 a $25 de jornal bruto diario para el personal semiclasificado y de $13 a $20
para el personal obrero. Este
despojo a nuestros derechos soberanos se realiza mediante acciones combinadas
entre entidades extranjeras y funcionarios nacionales, que actúan de consuno,
con el pretexto de combatir el cambio climático en el mundo. Así,
leemos en el suplemento ambiental de Mario F. Valls (mariovalls@infovia.com.ar )
una nota de la Comisión Europea, que nos comunica la adopción de una nueva
iniciativa para combatir el cambio climático en el mundo, expresando en una de
sus párrafos el siguiente concepto: "La aplicación conjunta" (A.C.)
y "el mecanismo para un desarrollo limpio" (M.D.L.) son dos mecanismos
creados por el Protocolo de Kioto para permitir a los gobiernos que cumplan con
parte de sus compromisos de reducción de los gases de efecto invernadero
mediante el desarrollo de proyectos de reducción de emisiones en otros países.
Los proyectos de "Aplicación conjunta A.C." deberán llevarse a cabo
en los países con objetivos cuantitativos de reducción de emisiones, con
arreglo al Protocolo de Kioto, esto es en los países industrializados. Los
proyectos "Mecanismo para un desarrollo limpio (M.D.L.)" deberán
lanzarse en países en desarrollo que no tienen objetivos cuantitativos. Ambos
tipos de proyectos permitirán la transferencia de tecnologías limpias en los
países en que se lleven a cabo, lo que también les ayudará a alcanzar sus
objetivos en materia de desarrollo sostenible". Traducida
esta terminología al sencillo romance, advertimos que, en verdad, se trata de
un diluvio de palabras que pretende justificar una virtual invasión de los países
del llamado Primer Mundo sobre los del Tercero, para apoderarse de sus riquezas
forestales y silvícolas. Sintetizando
lo dicho en una sola oración, podemos afirmar que -como lo sostenemos en
nuestra ponencia que aquí se sintetiza- la Argentina no ingresa a un nuevo
negocio como sujeto activo, sino como objeto de enriquecimiento para los países
industrializados, que podrán seguir degradando el planeta pagando con 'Bonos
Verdes', obtenidos mientras recaudan jugosas ganancias. Aclaremos
que estos "Bonos Verdes" (o "certificados de oxígeno")
constituyen una nueva moneda sin respaldo. Los países del Primer Mundo, no
acostumbran a pagar con dólares o con euros. Se limitan a hacerlo con papeles
verdes, que por supuesto no tienen el mismo valor que los billetes del mismo
color del gran imperio del Norte. La ley
25.509 adolece de graves falencias de técnica legislativa que vulneran los
caracteres de integralidad, irreductibilidad, coherencia, correspondencia y
realismo, que son esenciales para el dictado de toda norma jurídica que merezca
llevar ese nombre. Y tales
defectos no son casuales, sino que se vinculan estrechamente con otras leyes,
como la 25.080 que permite a las personas físicas o jurídicas hacer sus
inversiones en las tierras fiscales argentinas que son -reitera- inalienables.
(art.22 de la ley 13.273 de "Defensa de la Riqueza Forestal" t.o. por
Decreto 710/95, Anales LV-E 1995, pág.5987) Además
"Las compañías extranjeras pueden transferir libremente su capital y sus
ganancias en cualquier momento sin tener que pagar cargas o impuestos sobre
dichas transferencias. Tampoco existen restricciones de acceso al mercado
cambiario" Y a
mayor abundamiento, existe una total desgravación de impuestos sobre los
activos afectados a la explotación forestal; exención impositiva para las
operaciones relacionadas con el desarrollo societario de las personas jurídicas
alcanzadas por la referida ley y hasta apoyo económico no reintegrable. Por último
se elimina el límite temporal para la constitución de fideicomisos. (Del libro
"Guía para la inversión en la industria forestal argentina"
publicado por la Gerencia de Desarrollo de Inversiones del Ministerio de Economía
(www.mecon.ar ) Prosiguiendo
con nuestra investigación hallamos el ascendiente de la ley 25.080 en la ley
23.697 de emergencia económica, complemento necesario e imprescindible de la
ley 23.696 de "Reforma del Estado y Reestructuración de Empresas Públicas",
que consagró la "Privatización" como sistema. Preparando
la entrega total del país, la ley 23.697 consagró el derecho a la "piedra
libre" para el capital extranjero. El
"modelo" impuesto en la década del noventa, iniciado con las leyes
23.696 y 23.697, continúa actuando con toda eficacia, a pesar de que, en
apariencia, hemos abjurado de ese sistema nefasto que hace depender nuestra
economía de los servicios de la deuda externa o de la reformulación de las
tarifas con las empresas privatizadas. La
ultraactividad de las leyes 23.696 y 23.697, las hace más peligrosas hoy que al
momento de ser dictadas. Porque antes, disolvimos, concesionamos, privatizamos y
provincializamos empresas, entregando puertos, transporte terrestre, aéreo. marítimo,
caminos, medios de difusión, recursos energéticos y mineros. Ahora, con la ley
25.509 privatizamos el subsuelo argentino y no ya con la forma de la concesión,
sino con la del "derecho real de superficie forestal." Se
pretende el logro de enajenar lo inenajenable, como lo son las tierras públicas.
Los argentinos debemos refrescar la memoria recordando los tristes antecedentes
de "La Forestal" que taló nuestros bosques comprando con papeles sin
valor las tierras, a las que convirtió en páramos, diezmó a la población
humana afectada por brutales trabajos, sin atención médica, ni social y cometió
uno de los más atroces crímenes ecológicos exterminando el quebracho
colorado, sin beneficio para el país. Como
siempre la historia comienza con un empréstito que no se paga. Luego, con la
emisión de papeles llamados Bonos del Tesoro, que son entregados al Estado en
pago de tierras públicas; la entrega de éstas en cantidades enormes; la exención
de impuestos a los explotadores de la tierra y por último, bajo la apariencia
de conchabar colonos extranjeros, someter a la explotación más inicua a los
criollos, sin ley de accidentes de trabajo que los protegiera y originando la
temprana muerte de un alto porcentaje de los explotados. Ahora,
los del Primer Mundo pretenden repetir la historia pagando la tala de nuestros vírgenes
bosques fiscales con sus "Bonos Verdes" Otro
antecedente es el de "Eucaliptus S.A. que inventó un supuesto "Plan
de Forestación y Venta Autorizada y Fiscalizada por el Ministerio de
Agricultura y Ganadería", embaucando a los inversores que creían comprar
hileras de eucaliptus, cuyo producto se obtendría en ocho años. Los que se
transformaron en una eternidad, pues los miembros de esa sociedad no entregaron
a los pobres inversores ni una simple pastilla del producto de esos árboles. Y, para
terminar vayamos a la causa de un desastre reciente: la inundación de la ciudad
de Santa Fe y la puesta en peligro de muchas otras ciudades y pueblos de nuestra
Provincia, cuyos estragos, aún subsisten. ¿A qué
se debió ese desastre? El Ing.
Forestal Martín Simón, en un artículo aparecido en "El Litoral" de
fecha 21/7/03, pág.14, titulado: "¿El río Salado, un enemigo?", nos
revela la causa del estrago. "Este
río, que nace en Salta con el nombre de Juramento y después entra en Santiago
donde comienza a llamarse Salado, termina desembocando en tierras santafesinas,
captando en Calchaquí las aguas del arroyo Golondrina y finalmente llega a la
ciudad de Santa Fe." "A
lo largo de todo su cauce -dice el Ing. Simón- el Salado, desde Salta a Santa
Fe, cruza bosques propios de la Región Chaqueña, riquísimos en especies
vegetales y animales y hábitat de decenas de miles de familias campesinas y
aborígenes" Y aquí
el narrador nos revela la verdad de lo acaecido, "...este paisaje del río
ha sido modificado. En la provincia de Santiago del Estero, donde se desarrolla
aproximadamente un 50% de su recorrido, nos encontramos con que estos bosques
han sido arrasados, 'gracias a lo cual' esta Provincia se ha convertido en el
2002 en la tercera productora de soja del país. Esto, que en términos de
competitividad parece bueno, es un enorme desastre en conceptos ecológicos. Con
la misma violencia que vimos llegar el agua a la ciudad de Santa Fe, en esta
zona se puede ver el trabajo de las empresas inmobiliarias (así se
autodenominan). Su oficio es comprar grandes extensiones de tierra, poner a
trabajar en ellas 30 ó 40 topadoras simultáneamente y luego vender la tierra
como campos 'limpios', que por esto valen más. 'Limpios de monte y limpios de
pobladores'. Después de esta 'limpieza', el suelo, despojado de su abono
natural, o sea el monte, sólo produce por unos años y después es abandonado
para ir a realizar un nuevo desmonte. Y mientras tanto los pobladores fueron
expulsados hacia los cinturones de la ciudad, bajos e inundables" Lo
mismo que en Santiago está ocurriendo en algunos lugares de Santa Fe. A todas
estas destrucciones, no sólo de inmensas extensiones de bosques en todo el país,
sino también de su suelo, que originan un terrible desastre ecológico, debemos
agregar el drama de la selva pedemontana de Yungas en Salta y la tala de bosques
de lengas en Chubut, merced a un convenio firmado en 25 de noviembre de 1999,
por la entonces Secretaria de Medio Ambiente María Julia Alsogaray y el
Gobernador de esa Provincia Carlos Maestro, con la Fundación Alemana Prima
Klima. El objetivo declarado era "compartir un área natural" y para
los inversores europeos "colaborar con la preservación de un área no
contaminada de los lagos Fontana y la Playa. La
Fundación alemana sólo se comprometió a aportar algo más de un millón de
pesos ($1.000.000) para compartir el manejo de más de cincuenta mil hectáreas
(50.000 has.) de bosques de un valor incalculable y por un período de cincuenta
años. Las
lengas de Tierra del Fuego también sufrieron los efectos del "Modelo"
(Clarín 31 de agosto de 2.000) Hay
algo así como un reparto del botín entre los más fuertes, ya sea
exteriorizado en la lucha cruenta como ocurrió en Irak, ya sea embozado en el
poder que les otorgan las trasnacioales, que los más débiles se resignan a
obedecer. Analizando
estos nefastos precedentes se tendrá la pauta de que es necesario una toma de
conciencia de toda la población, pues lo que está en peligro es nuestra
soberanía y con ella el futuro de nuestra Patria, en tanto no se rearme, en su
verdadera dimensión, ese Estado, desertor de sus funciones específicas,
reintegrándolo a su tarea primigenia de custodiar la soberanía de su
territorio y el bienestar de sus habitantes. "Como
alguien dijo: 'la memoria llega hasta donde comienza el olvido' y en nuestro
caso, el olvido suele comenzar demasiado rápido. Argentina tiene por delante un
gran esfuerzo para invertir las tendencias al desmembramiento social"
(Mininistro Roberto Lavagna, discurso pronunciado en el acto de apertura del
Seminario Internacional' Componentes Macroeconómicos Sectoriales y Microeconómicos
de una Estrategia Nacional de Desarrollo, organizado por la CEPAL,
www.mecon.gob.ar/basehome/temas_profundidad.htm.) Publicación enviada por P. Luis Barrios Contactar http://www.ecoportal.net Código ISPN de la Publicación EpZVFkpllpwqzDuOEP Publicado Wednesday 28 de January de 2004 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
ilustrados.com nace con el fin difundir el conocimiento publicando trabajos de investigación, monografias, tesis, presentaciones powerpoint y afines. Publicar trabajos en ilustrados.com ha alcanzado prestigio y reconocimiento internacional siendo cada vez más el número de académicos, empresas, investigadores, científicos que consultan las publicaciones de nuestro portal. | |||||||||