Monografias | Estudio comparativo entre modificaciones de la Ley de IVA - El titulo del presente trabajo de grado en "Estudio comparativo entre la ley al impuesto al Valor agregado modificado parcialmente en gaceta oficial Nº 37.200, del 28 de julio del 2000 y la leEstudio comparativo entre modificaciones de la Ley de IVA - El titulo del presente trabajo de grado en "Estudio comparativo entre la ley al impuesto al Valor agregado modificado parcialmente en gaceta oficial Nº 37.200, del 28 de julio del 2000 y la leResumen: Este trabajo puede servir de base para iniciar cambios profundos dentro de los procesos de recaudación, y como complemento para los Lic .en contaduría publica de manera documental y bibliográfica, de manera de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. El titulo del presente trabajo de grado en "Estudio
comparativo entre la ley al impuesto al Valor agregado modificado parcialmente
en gaceta oficial Nº 37.200, del 28 de julio del 2000 y la ley al impuesto al
valor agregado del 26 de agosto del 2002 de gaceta oficial Nº5.600, este
trabajo puede servir de base para iniciar cambios profundos dentro de los
procesos de recaudación, y como complemento para los Lic .en contaduría
publica de manera documental y bibliográfica, de manera de mejorar la calidad
de vida de los ciudadanos, para su mejor comprensión se estructura con un
capitulo I, el cual presenta un planteamiento del problema, la justificación
del problema, el objetivo general , dos objetivos específicos y los alcances y
limitaciones; un capitulo II, con antecedentes, bases teóricas y bases legales;
un capitulo III marco metodológico, diseño de la investigación, técnicas e
instrumentos para la recolección de datos y procedimientos; un Capitulo IV;
donde se desarrolla una matriz de análisis comparativo y un Capitulo V, donde
se desarrollan las conclusiones y recomendaciones. Las conclusiones abarcan un
aspecto general sobre las dos leyes y las recomendaciones son propuestas
dirigidas para efectuar cambios profundos dentro de la ley. Venezuela en una comunidad humana en transformación, donde
el ciudadano debe compartir e interactuar con nuevas normas legales. En el campo
impositivo, no se trata tan sólo de la norma misma, se trata de un cambio, una
transformación racional del ciudadano que debe comenzar a utilizar
adecuadamente la ley para pagar menos impuestos, pero no para eludirlos. Este estudio introduce una nueva perspectiva en el análisis
de la prosecución de una mejor recaudación tributaria desde el punto de vista
de las normas jurídicas como indicadores de gestión. En el caso particular del
Impuesto al Valor Agregado (IVA), la baja productividad del impuesto puede ser
explicado fundamentalmente por lo estrecha de su base y el alto nivel de
incumplimiento. El régimen del IVA del año 2000 poseía un gran número de
exenciones y exoneraciones que hacia que la capacidad de recaudación del
impuesto fuese reducida. Esta ley permitía la exclusión del pago de impuesto a
29 bienes y 12 servicios para un total de 41 rubros. Se plantea no sólo un cambio en el orden sustantivo, sino un
avance como causa inmediata de un régimen impositivo eficaz y susceptible de
incrementar la recaudación tributaria y como ultima causa, coadyuvar a los
gastos públicos. La situación descrita amerita de un estudio del
comportamiento normativo del Impuesto al Valor agregado para destacar la
importancia funcional de la norma sustantiva como herramienta que asegura la
interacción entre propósitos y metas con los instrumentos legales que
propicien los cambios personales, sociales y culturales de la dinámica
socioeconómica vigente en un ambiente con reglas claras y acordes a los
objetivos del proyecto de país a desarrollar. Este estudio pretende dar respuesta esta situación a través
del estudio comparativo entre la Ley al Impuesto al Valor Agregado modificado
parcialmente en Gaceta Nº 37.002, del 28 de julio del 2000 y la Ley al Impuesto
al valor agregado del 26 de agosto del 2002 de Gaceta Oficial Nº 5.600. El estudio se desarrolla a través de capítulos, en el capítulo
I se expone el problema a estudiar, el objetivo general y los específicos que
se persiguen para dar solución al problema, la justificación e importancia y
por ultimo el alcance de dicho estudio. En el Capítulo II, se presenta la revisión de literatura
conformado por trabajos realizados que sirven de referencias al problema
planteado, las bases teóricas que fundamentan el trabajo y el marco teórico
que delimita los fundamentos para establecer posteriormente las conclusiones y
recomendaciones. En el Capítulo III, se muestra la metodología empleada en
la realización del proyecto, la Operacionalización de los objetivos y el campo
de aplicación del mismo, esto con el objeto de darle solución al problema
planteado. En el Capítulo IV, se presentan las matrices de análisis, y
los resultados del análisis pragmático de los textos consultados. Finalmente, se acotan las Conclusiones de la investigación y
del investigador, así como las recomendaciones pertinentes derivadas del
estudio. CAPÍTULO I Planteamiento del Problema Lo que se conoce actualmente como IVA (Impuesto Al Valor
Agregado), en las antiguas civilizaciones como la egipcia y ateniense se
denominaba impuesto a las ventas, después de la primera guerra mundial apareció
en loa legislación de muchos países y se fue generalizando. Desde 1967 se
impuso en los países por exigencia de la Comunidad Económica Europea. En
Venezuela comenzó a regir a partir de enero de 1975 por la Ley 20.631. El IVA
reemplazó al impuesto nacional a las ventas, también debía reemplazar los
impuestos locales de actividades lucrativas. Los cambios profundos que trae aparejados cualquier proceso
de transformación, han requerido la adopción de ciertas estrategias que
permitan lograr eficientemente los objetivos planteados, la primera de dichas
estrategias se inició en el año 1929, con la propuesta de una administración
para el impuesto del valor agregado, que luego fuera asumiendo paulatinamente el
control del resto de los tributos que conformaban el Sistema Impositivo Nacional
para ese momento. Desde 1989 se encuentra en proceso en Venezuela la reforma
tributaria. En 1992 se adquieren compromisos con el Banco Mundial y el Banco
Interamericano de Desarrollo. Surgen los proyectos de Mejoramiento de la
Recaudación y Modernización y Fortalecimiento de las aduanas sustentados en un
nuevo diseño tributario que intenta transformar la tributación con la
propuesta de cuatro ejes transversales: el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto
a los Activos Empresariales, el Impuesto al Valor Agregado y, el Régimen
Simplificado de Tributación para pequeños contribuyentes. Los principios que
lo rigen son el mejoramiento y dominio de la recaudación, la función
socio-económica de los impuestos, los Proyectos de Remisión Tributaria y el Código
Orgánico Tributario. El Estado venezolano para el año 2000 obtuvo un ingreso
fiscal no petrolero menos al 9% del PIB (OAEF, 2001), tal cifra lo ubica entre
los países con niveles de ingresos tributarios internos más bajos del mundo.
De hecho, según la OEA (2002), los países de América Latina poseen un nivel
que oscila entre el 13% y 20% del PIB y los países del mundo desarrollado entre
el 33% y el 50% del PIB. En el caso venezolano según Rivas (2002), este bajo nivel de
recaudación interna, sumado a la caída de la renta petrolera en los últimos años,
ha obligado a los diferentes gobiernos a incurrir en altos déficit cuyo
mecanismo de financiamiento, en muchos casos, ha sido la devaluación, el
aumento de la deuda publica y la disminución del gasto social e inversión del
sector publico. En el caso particular del Impuesto Al Valor Agregado (IVA),
la baja productividad del impuesto puede ser explicado fundamentalmente por lo
estrecha de su base y el alto nivel de incumplimiento. El régimen del IVA del año
2000 poseía un gran número de exenciones y exoneraciones que hacía que la
capacidad de recaudación del impuesto fuese muy reducida. Esta Ley permitía la
exclusión del pago de impuesto a 29 bienes y 12 servicios para un total de 41
rubros. Se plantea no solo un cambio en el orden sustantivo, sino un
avance como causa inmediata de un régimen impositivo eficaz y susceptible de
incrementar la recaudación tributaria y como última causa, coadyuvar a los
gastos públicos. Tal como dispone la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (1999) en su articulo 133 "toda persona tiene el
deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y
contribuciones que establezca la ley", de aquí la importancia de la
reforma fiscal: aumentar la capacidad de inversión para incentivar el empleo,
optimizar el servicio de la educación y la salud, fomentar los programas
sociales, etc., y en general mejorar la calidad de vida del venezolano. El Ministerio de Producción y Comercio (M.P.C., 2002) plantea "la
simplificación de la reglamentación y de los impuestos es una herramienta
fundamental para el desarrollo de las actividades de recaudación, puesto que
permite contextualizar cualquier proceso referido al conocimiento de la
realidad" (p. 19). La situación descrita amerita de un estudio del comportamiento normativo del
Impuesto al Valor Agregado para destacar la importancia funcional de la norma
sustantiva como herramienta que asegura la interacción entre propósitos y
metas con los instrumentos legales que propicien los cambios personales,
sociales y culturales de la dinámica socio-económica vigente en un ambiente
con reglas claras y acordes a los objetivos del proyecto de país a desarrollar. Por consiguiente, el presente aporte atiende al desarrollo de las normativas
legales sobre el IVA; puesto que se observa un desfase entre las normas
existentes y las pautas recaudatorias reales; falta de vocabulario apropiado al
contexto socio cultural, problemas de comprensión de los alcances de las
reformas, falta de estrategias para la toma de decisiones, confusión de términos,
información y comunicación a nivel profesional, además la falta de atención
al uso de la norma jurídica. Monagas (2001), expone que "lamentablemente, casi
siempre la Ley va a la zaga de toda clase de cambios... quedando en manos del
propio individuo bien sea una escogencia valorativa no siempre orientada por las
pautas establecidas en su grupo social, o un vacío en el sentido de las
valoraciones colectivas". (Pág. 12) En este sentido la pertinencia de la Ley está en estrecha relación con la
adecuación a las distintas realidades que se presentan en el ámbito impositivo
en referencia al sentido de la pertinencia de las reglas, por tal razón debe
reforzarse la actualización permanente como instrumento fundamental de la
interrelación entre la norma y la realidad social y económica del país. Desde esta óptica, la calidad de la Nueva Ley del Impuesto al Valor Agregado
(2002) está vinculada a nuevos paradigmas con un fuerte contenido ideológico
que facilite la adquisición de valores para una convivencia fructífera en el
seno de la sociedad. Dentro de este marco de consideraciones las exenciones y
exoneraciones se integran como eje transversal fundamental en el desarrollo de
la norma impositiva puesto que tiene incidencias específicas en el desarrollo
de la conciencia moral de los ciudadanos, desarrollo crítico del pensamiento
impositivo – acciones y como contenido presente en todas las áreas de su
actividad, determinando su éxito como instrumento recaudador. Este estudio pretende dar respuestas a esta situación a través
del estudio comparativo entre la Ley al Impuesto al Valor Agregado modificado
parcialmente en Gaceta Oficial nº 37.002, del 28 de julio del 2000 y la Ley al
Impuesto al Valor Agregado del 26 de agosto del 2002 de Gaceta Oficial nº 5.600 Desde este punto de vista, los hechos y reflexiones
planteadas hasta ahora hacen surgir las siguientes interrogantes: ¿Las modificaciones realizadas al marco legal del Impuesto
al Valor Agregado se orientan a incrementar la recaudación? ¿El régimen de exoneraciones y exenciones permite
consolidar la recaudación y aumentarla cualitativa y cuantitativamente? El siguiente estudio se hace con el fin de diferenciar las
modificaciones realizadas a la ley del IVA del 2000 que dio origen a la Ley del
IVA del 26 de agosto del 2002, tomando en consideración los aspectos legales y
comprender las características de las exencionas y exoneraciones de ambos
documentos. Objetivos de la Investigación Objetivo General Realizar un estudio comparativo entre la Ley al Impuesto al Valor Agregado
modificado parcialmente en Gaceta oficial Nº 37.002, del 28 de julio del 2000 y
la Ley Al Impuesto Al Valor Agregado del 26 del agosto del 2002 de Gaceta
Oficial Nº 5600. Objetivos Específicos Resaltar los aspectos legales del Impuesto al Valor agregado del 28 de julio
del 2000 y el Impuesto al Valor agregado del 26 de agosto del 2002. Identificar
las características de las exenciones y exoneraciones de ambas leyes IVA de
fecha 28 de julio del 2000 e IVA de fecha 26 de agosto del 2002. Justificación del Estudio Este estudio introduce una nueva perspectiva en el análisis de la prosecución
de una mejo recaudación tributaria desde el punto de vista de las normas jurídicas
como indicadores de gestión. Es decir, evaluar al hecho impositivo desde los
objetivos que son la visión y misión de la tributación, y desarrollados bajo
la filosofía de gestión que sustenta el plan estratégico de la Nación. Este
punto acredita la importancia teórico-científica de la investigación. La modificación parcial de la ley del IVA del 28 de julio del 2000 reduce
los beneficios fiscales en términos de exenciones y exoneraciones, aumenta el
universo de contribuyentes, también introduce una mayor precisión técnica al
instrumento legislativo lo cual, seguramente, incidirá positivamente en la
recaudación al hacer posible reducir la elusión del tributo. Por otro lado, coadyuvando en el combate a la evasión fiscal, la reforma
perfecciona los mecanismos de administración y control del tributo. Se elimina
el límite mínimo de ingresos brutos anuales para declarar el IVA, con lo cual
solo se busca abrir paso al desarrollo de nuevos instrumentos de recaudación,
como es el caso del régimen de impuesto simplificado, el monotributo. Siendo los mas beneficiados los estratos de bajos ingresos, ya que el estado
se encarga de devolver los ingresos fiscales en forma de subsidios o inversión
social, es dar la capacidad financiera al estado de proveer bienes y servicios públicos
y ser un agente de redistribución equitativa de la riqueza, brindando el
impulso que requieren aquellos grupos de la población con mayores necesidades. En este sentido los instrumentos de recolección de datos de esta investigación
podrán ser utilizados para la evaluación de los indicadores de gestión de
cualquier otra norma jurídica tributaria, diferente al IVA, por cuanto se trata
del mismo marco conceptual. Por otra parte, posteriores investigaciones en otras
leyes podrá utilizar el modelo metodológico presentado mediante la actualización
de los indicadores de gestión propios de la ley objeto de análisis. Como argumentación práctica, el resultado de esta investigación ayudará a
conocer mejor el sistema impositivo asociado al Impuesto al Valor Agregado, y de
esta manera redundará en la resolución de problemas organizacionales que
permitirán incrementar el rendimiento operativo y la productividad de personas
naturales y jurídicas. Venezuela es una comunidad humana en transformación, donde el ciudadano debe
convivir, compartir e interactuar con nuevas normas legales. En el ampo
impositivo, no se trata tan solo de la norma misma, se trata de un cambio, una
transformación racional del ciudadano que debe comenzar a utilizar
adecuadamente la ley para pagar menos impuestos, pero no para eludirlos. De esta manera se evidencia la trascendencia social del presente estudio, al
contribuir al conocimiento de la realidad socio jurídica del Impuesto al Valor
Agregado, ayudando a profundizar los aspectos que lo integran a Nación en sus
objetivos, y a la comunidad en su bienestar, confiriéndole significancia y
relevancia a la investigación. El otro gran objetivo de la comparación es el mejoramiento continuo del
ordenamiento jurídico. Mediante la evaluación de contenido, que es una de las
fases de evaluación jurídica, junto con la evaluación de usuarios y
profesionales, es posible determinar las fortalezas y debilidades del
instrumento legal, que merecen atenderse con reformas. La educación tributaria
apunta a mejorar el conocimiento de las operaciones básicas de la Ley, así
como el fortalecimiento de la conciencia impositiva en el ciudadano, que
comprende las demandas de la Nación. El conocimiento de las características de la norma en relación a las
exenciones y exoneraciones hace al profesional de contaduría y administración
capaz de absorber con facilidad cualquier variación en los rubros y magnitudes
específicas del IVA, porque dominan muy bien el sentido y los alcances de ese
conocimiento. La Nación requiere ahora el diseño de indicadores de gestión
que visualicen los resultados de la recaudación y su efectividad en los planes
estratégicos, en la mejora de procesos, en la simplificación de
procedimientos, en la creación de nuevos productos y servicios, en la mayor
satisfacción del ciudadano, etcétera. Cómo cuantificar esos logros es un reto
técnico para el Ministerio de Hacienda y para el grupo legislador. El hecho impositivo dejará de ser un fin en si mismo para transformarse en
el medio necesario logrando las metas que el Estado se propone en su función de
redistribuidor de la renta, en su intervención solidaria en la realidad de
todos los entes empresariales. En cuanto a la justificación institucional de esta investigación, para que
los contadores alcancen las competencias y perfil enunciado es necesario
implementar dispositivos de formación y entrenamiento que los comprometa a
aumentar sus capacidades de observación, agudizar prácticas reflexivas, de
fortalecer el sentido de su propia capacitación, de desarrollar inteligencias múltiples,
de atender a los valores. Indudablemente la forma en que se adquiere el
conocimiento y cómo se aprende sin lugar a dudas está cambiando. Este proyecto
plantea comparar el paso a otro paradigma sorteando una serie de problemas donde
es necesario diseñar nuevas reglas y normas que promuevan el incremento de la
recaudación desde la Ley misma permitiendo la formación de competencias no
solo en los profesionales de Contaduría Pública, en docentes y alumnos. Esta línea de investigación permite integrar al profesional de Contaduría
con su contexto de actuación profesional. Para reconstruir la profesión del
Contador Público que la sociedad venezolana del siglo XXI amerita, es necesario
aceptar el desafío de ampliar el horizonte cognoscitivo y operacional e
intervenir activa y comprometidamente. Alcances y Limitaciones La finalidad fundamental de esta investigación es poner al
alcance de los profesionales de Contaduría Pública, y otros
profesionales que así lo ameriten para su desempeño, las diferencias
normativas y procedimentales entre entre la Ley al Impuesto al Valor Agregado
modificado parcialmente en Gaceta oficial Nº 37.002, del 28 de julio del 2000 y
la Ley Al Impuesto Al Valor Agregado del 26 del agosto del 2002 de Gaceta
Oficial Nº 5600. Como resultado de la investigación se identificarán los elementos
indispensables que permitan resolver con sentido práctico, pero con justicia y
eficacia, los diferentes problemas que actualmente se plantean en el
asesoramiento tributario de la empresa y de cada uno de los múltiples aspectos
que ella ocupa. El objetivo de esta investigación está dado por la necesidad de contar con
las bases conceptuales que permitan al profesional tener una visión completa de
las diferencias entre los dos marcos legales en el peritaje tributario, para que
comprenda esta ciencia como una actividad racional y objetiva. Sobre la base de
ese conocimiento, el contador estará en condiciones de buscar solución a los
problemas planteados por la teoría y la práctica contable, es decir, buscar la
verdad para describir, explicar, controlar y predecir los hechos o fenómenos
contables. Es propósito de esta investigación proporcionar al contador los
conocimientos necesarios para la adecuada comprensión de la planificación
tributaria estratégica como proceso para examinar el ámbito externo e interno
de la empresa para identificar y seleccionar las estrategias de la empresa en el
contexto de los impuestos y su proceso de puesta en práctica. Es importante destacar que la investigación se limita al estudio de ambas
leyes en el ámbito netamente documental y por ser también un tema reciente o
novedoso que del cual existen pocas referencias bibliográficas nacionales. CAPÍTULO II Antecedentes En este proyecto se describen investigaciones realizadas por algunos autores,
quienes se han interesado en aportar sus conocimientos para el estudio de las
normas jurídicas relacionadas con el régimen del Impuesto al Valor Agregado,
las cuales se destacan a continuación: Suárez (1997) en su investigación titulada Efectos de los Cambios
Normativos en la Interacción Impuesto-Recaudación en la adquisición de
competencias y valores de los Contadores Públicos; utiliza un estudio
descriptivo tipo campo con el objeto de analizar las diferentes maneras de
relacionarse en un marco normativo cambiante. De acuerdo al análisis de los
datos, los resultados relevaron que existe cierta discrepancia entre la opinión
de los contadores, con respecto a los cambios normativos de la interacción
Impuesto-Recaudación en la adquisición de las competencias valorativas. De acuerdo con este autor existen fallas en la aplicación de métodos de
interacción directa en la adquisición de los competencias instrumentales y
operacionales en el profesional de Contaduría Pública; por lo cual se hace
necesario que los profesionales mantengan una base cognoscitiva actualizada y
coherente de manera que sirva como instrumento para el mejoramiento de los
resultados de su actividad. Méndez (1998) en su tesis de grado Marcos Normativos de los Tributos en un
escenario descentralizado, utilizó un estudio de carácter descriptivo con el
objetivo de determinar los ordenamientos jurídicos en el ámbito tributario y
su instrumentación en la administración pública descentralizada. Concluye el
autor que para lograr condiciones favorables al acatamiento de las normas
tributarias entre los ciudadanos, la pregunta no es si se causan o no, porque la
acción causante es inherente al funcionamiento de una organización; más bien
la disyuntiva se ubica en la forma como se está dirigiendo esta interacción
entre los miembros de la misma, y como interpretan la relación impositiva los
diferentes actores De allí se evidencia que la norma objetiva forma parte de las conductas que
caracterizan a los ciudadanos y le permiten conectarse con el medio jurídico
que los regula a través de recolección e interpretación de reglas que
establecen una forma de actuar aceptada y promotora del bienestar colectivo. Aguirre (1999) en su trabajo que lleva por título La Norma Objetiva y el
Peritaje Contable Judicial en el Marco de la nueva ley de Impuesto al Valor
Agregado del 2002 en el Estado Lara, en una investigación de campo de carácter
descriptivo y cuyo objetivo estuvo en determinar las normas objetivas
institucionales derivadas de la aplicación del IVA. Los resultados obtenidos
permiten afirmar que la aplicación de la norma no es efectiva en un alto
porcentaje, pero existe un esfuerzo por parte del personal de la organización
por crear un clima de entusiasmo y dedicación a pesar de sus esfuerzos no son
reconocidos y recompensados. Así mismo agrega el autor que los resultados dan la pauta para afirmar que
el Contador Público no está ejerciendo una dirección efectiva, entendiéndose
ésta como una capacidad de transmitir pensamientos, sentimientos y
conocimientos, como fenómeno global y multidimensional, que ocurre a través de
la aplicación de las normas y principios. Puede destacarse que la mayoría de profesionales no están en capacidad de
promover una base cognoscitiva que permita generar cambios en su actuación, lo
que dificultaría para desarrollar habilidades en el lenguaje judicial, uso
correcto de los recursos institucionales; y poca participación en las
actividades en el proceso; por ello se hace necesario un proceso inductivo que
desarrolle los principios y valores del profesional de Contaduría Pública y
que garantice su quehacer en concordancia con las condiciones sociales actuales
y los objetivos a largo plazo del hecho judicial. En este particular, esa
investigación aporta elementos operativos en la instrumentación de normas
objetivas. De los anteriores antecedentes se demuestran los aportes que los referidos
autores establecen de la importancia de establecer comparaciones objetivas en
cuanto a la aplicación de los instrumentos legales de tributación. El
resultados de tales comparaciones aportará reglas mínimas de capacitación
cognitiva en la comunidad profesional de la Contaduría; éstos vienen
expresados a través de métodos de comunicación directa, aplicación de
estrategias de carácter tributario; además del desarrollo de actividades para
una instrumentación del conocimiento; lo cual puede brindar muchos beneficios
en la realización de la investigación. De los antecedentes presentados se desprende que la falta de actualización
constante en el ámbito tributario del profesional de Contaduría Pública
origina que existan asuntos que los rebasan como tales y que son de interés
colectivo o público. Al constituirse como gremio surge la necesidad de crear un
conjunto de bases teóricas que regulen las relaciones entre los individuos que
lo conforman y que atienda primordialmente a incrementar la valoración del
Contador Público. Bases Teóricas El Impuesto al Valor Agregado El IVA es un impuesto que según el Ministerio de Finanzas (2002), se aplica
sobre los bienes y prestación de servicios y sobre las importaciones
definitivas de bienes, en todo el territorio de la nación. El organismo que lo
recauda es el SENIAT (Sistema Nacional Integrado de Administración Tributaria). Características del IVA Generalidad y Uniformidad Al ser un impuesto plurifásico se exige en todas las fases de la producción
y distribución; y el incidir solo sobre la parte de valor añadido en cada
fase, la cuota constituye un porcentaje uniforme del precio de venta.
(Ministerio de Finanzas, Ob. Cit.). Es decir, el IVA exige simplicidad, por lo
que las propuestas tendentes a introducir mes exenciones que las estrictamente
necesarias, tipos impositivas diversificadas o cualquier otra especialidad,
constituyen siempre un elemento perturbador dentro del sistema. Abundante Recaudación La recaudación es una nota presente en todas las formas de imposición a las
ventas (González, 1999). Como contrapartida deben tenerse también presentes
los riesgos de elevación de precios e incremento de la inflación que la
introducción del IVA suele ocasionar. Estimulo a la Inversión A través de las diversas formas que en IVA puede adoptar en cada caso (tipo
renta o tipo consumo, fundamentalmente), no solo se evita la doble imposición
de los bienes de equipo que los impuestos acumulados normalmente comportan, sino
que se favorece su adquisición mediante la practica de las deducciones
legalmente previstas. (Ministerio de Finanzas, Ob. Cit) Agiliza el Comercio Exterior En la medida que permite calcular con exactitud tanto el impuesto incorporado
al precio del producto importado, a efectos de la oportuna compensación de
cargas respecto a los productos nacionales, como el que recae sobre los
productos exportados, a efectos de la desgravación correspondiente , es decir,
en los países donde esta establecido el IVA solo se desgrava el impuesto
efectivamente soportado (González, Ob. Cit.), evitándose así las diferencias
entre presión efectiva y desgravación a la exportación propias de los
impuestos plurifásicos de carácter acumulativo o en cascada. Facilita la Gestión Tributaria Siempre que el IVA se apoye, como es imprescindible, en un adecuado nivel de
información contable, la comprobación e inspección del tributo se facilita
mediante el recurso a sistema de contabilidad cruzada elemental (Ministerio de
Finanzas, Ob. Cit.). Reseña Histórica del Sistema Tributario A mediados del siglo XIX y bajo el imperio de las ideas liberales, los
sistemas tributarios de los diversos países asumen determinadas características,
con el predominio de los impuestos de tipo sujetivo. Señala Jackson (1991):
"que los sistemas se valen, para llegar a las fuentes tributarias, de los
objetos que sirven para obtener utilidades, sin tener en cuenta a las personas a
quienes favorecen esas utilidades". Esta forma de imposición concordaba con las ideas de la época, que deseaban
evitar, en lo posible la intromisión del estado en los asuntos particulares de
los ciudadanos, tales sistemas se mantuvieron durante casi todo el siglo XIX
hasta la primera guerra mundial, pero posteriormente comenzó a modificarse el
pensamiento en materia tributaria, principalmente porque estos impuestos de tipo
objetivo no consultaban la capacidad contributiva. Cuando avanza la industrialización y el estado amplio su campo de acción,
surgen numerosas razones que hacen variar las características objetivas de los
sistemas tributarios. Se observa, así, que pierde importancia relativa el
impuesto objetivo y comienza a desarrollarse el impuesto general y progresivo a
la renta de tipo subjetivo, que es de gran rendimiento, y se considera que
consulta la equidad, la capacidad contributiva y es de útil instrumento de
redistribución de la riqueza. Los diversos países comienzan a adoptar estos
impuestos de tipo subjetivo, basándose en la imposición que tiene por mira la
persona, y no los objetos gravados. Los sistemas tributarios adoptan, en general, como espina dorsal, el impuesto
progresivo a la renta de las personas físicas, que se asocia a gravámenes al
patrimonio y a la herencia, como complemento, se mantienen los impuestos a los
consumos en general. En la actualidad todo parece indicar que se inicia la decadencia relativa del
Impuesto directo a la renta como "espiral dorsal" de los sistemas
tributarios, con respecto al primer tributo, que es el impuesto general al
gasto, se lo incorpora a los precios de coste de los productos cuya venta se
realiza a precios imperativamente fijados por el estado, pero en la realidad
recae sobre la población, por ser los consumidores quienes en definitiva
satisfacen el impuesto que se va incorporado al precio del articulo. La administración que asumió el poder en 1989 intento introducir varias
reformas en el sistema tributario. Las propuestas más importantes fue la adopción
de un impuesto al valor agregado (IVA) el cual fue rechazado por el Congreso en
1990 y desplazado. La implementación del IVA en 1993 y su sustitución por el
impuesto a las ventas al mayor (IVM) en 1994 , luego en el año 1999 sustituida
por la ley del IVA nuevamente que fuera publicada en la gaceta oficial Nº 5341,
extraordinaria del 5 de mayo de 1999 que a su vez fuera modificada parcialmente
en gaceta oficial Nº 37.002 del 28 de julio del 2000, esta reforma parcial, básicamente,
consiste en: introducir las diversas correcciones y preescisiones del
articulado, a simplificar y facilitar la comprensión de las reglas de aplicación
del tributo por parte de los contribuyentes. Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria
(SENIAT) El SENIAT es creado por el decreto Nº 310 del 10-08-94 según Gaceta Oficial
Nº35.525 del 16-8-94, como un servicio autónomo, sin personalidad jurídica,
con autonomía funcional y financiera, y con su propio sistema profesional de
recursos humanos. Se organiza como una entidad de carácter técnico,
dependiente del Ministerio de Hacienda, cuyo objetivo principal es la
administración del sistema de los ingresos tributarios nacionales. Su misión es la de contribuir en forma activa con la formulación de la política
fiscal-tributaria, modernizar y administrar eficaz y eficientemente el sistema
de recaudación de los tributos nacionales, propiciando el desarrollo de una
cultura tributaria, bajo los principios de legalidad, honestidad, equidad y
respecto al contribuyente con el fin de mejorar la calidad de vida de la población.
El Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT) tiene
competencia sobretodo el territorio nacional, su sede principal esta en la
ciudad de caracas. Bases Legales En la actualidad se vive un momento de revolución en diferentes estratos de
la sociedad y por supuesto, el régimen fiscal y tributario no es ajeno a esta
situación. Se plantea una reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y al Código
Orgánico Tributario, a la Ley de Remisión Tributaria, y otras normativas
legales referidas a la tributación así como a los medios de recaudación. Por
supuesto, que estos cambios deben estar fundamentados en las necesidades,
expectativas y requerimientos de la sociedad venezolana en cuanto a la
pertinencia y factibilidad de los mismos. No es redundante señalar la importancia que reviste el proporcionar
herramientas que integren a la conformación de una estructura económica que no
sea dependiente del petróleo. Ningún plan, ni macro, ni micro puede obviar
este hecho. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), establece
el marco general del régimen impositivo venezolano. Los Artículos a saber son
los siguientes: Artículo 133: Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos
mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley. (Pág.
21). Ahora bien, en relación a la creación de impuestos, la Constitución
establece: Articulo 156 Ordinales 12. Toda creación, organización, recaudación,
administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones,
donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor
agregado, los hidrocarburos y minas; de los gravámenes a la importación y
exportación de bienes y servicios; de los impuestos que recaigan sobre el
consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás
manufacturas del tabaco; y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas
a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley.(Pág. 22) Seguidamente la Carta Magna, establece las potestades tributarias: Ordinal 13: La legislación para garantizar la coordinación y
armonización de las distintas potestades tributarias; para definir principios,
parámetros y limitaciones, especialmente para determinar de los tipos
impositivos o alícuotas de los tributos estadales y municipales; así como para
crear fondos específicos que aseguren la solidaridad ínter territorial Ordinal 14: La creación y organización de impuestos territoriales o
sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias, cuya recaudación y
control corresponderá a los municipios, de conformidad con esta Constitución
(Pág. 23). En cuanto a los fines de la tributación: Articulo 316: El sistema tributario procurara la justa distribución
de las cargas publicas según la capacidad económica del o la contribuyente,
atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía
nacional y la elevación del nivel de vida de la población; para ello se
sustentara en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos.(Pág.
32) El carácter mismo de los impuestos es regulado en el artículo 317: No podrán cobrarse impuestos, tasas, ni contribuciones, que no estén
establecidos en la ley, ni concederse exenciones o rebajas, ni otras formas de
incentivos fiscales, sino en los casos previstos por las leyes. Ningún tributo
puede tener efecto confiscatorio. (Pág. 33) Los principios que sustentan el régimen tributario son establecidos en el
artículo 317: Los Principios de la Administración Tributaria: La administración
tributaria nacional gozara de autonomía técnica, funcional y financiera de
acuerdo con lo aprobado por la Asamblea Nacional y su máxime autoridad será
designada por el Presidente de la Republica, de conformidad con las normas
previstas en la ley. (Pág. 33) Del Código Orgánico Tributario vigente a partir del 01 de julio de 1994 fue
se toma como referencia obligada por estar contemplado las sanciones y los
deberes formales del contribuyente el siguiente articulado; Sección Cuarta
Sanciones: artículos 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90,91 y 92. El referido Código (1994), esta estructurado en: Capitulo 1 Normas tributarias siguiente artículos: 1, 2; Capitulo 2 Impuestos, Contribuciones y Tasas: artículo 13; Capitulo 3 Deberes formales de los contribuyentes, responsables y terceros;
los artículos son los siguientes: artículo 126, 127 y 128; Capitulo 1 Disposiciones transitorias artículo: 225; Específicamente lo relativo al Impuesto al Valor Agregado es regulado, en
principio, por la Ley del Impuesto al Valor agregado para el 28 de julio del
2000 según gaceta oficial 37.002 en lo que compete algunos de sus articulados:
1,2 73 y 74. En cuanto a las exoneraciones y exenciones, el Código Orgánico Tributario
(1994) en su Capitulo I Disposiciones transitorias: de las exoneraciones (artículo
67); y .Capitulo II de las exenciones: del artículo 17 al 19, establece la
cualidad y características de las mismas. Glosario de Términos Alícuota de Impuesto: Es el porcentaje que se carga al hacer
cualquier tipo de operación. Base Imponible: Es el precio a que se vende y sobre el cual se calcula
el impuesto. Exención: Es la disposición legal que exime del pago total o parcial
del impuesto a ciertas y determinadas rentas. Dice el Código Orgánico
Tributario (1994) "Exención es la dispensa total o parcial del
cumplimiento de la obligación tributaria". Fisco: Es la Hacienda Publica Nacional que goza de una serie de
privilegios y ventajas procesales, tales como: a) Liquidaciones del impuesto; b)
No se le exige caución ni garantía; c) Los bienes de la nación están exentos
de cualquiera de medidas preventivas. Hecho Imponible: Es aquel acontecimiento o hecho que da origen a la
obligación de pagar impuesto en los casos y circunstancias en que se dan los
supuestos establecidos en la ley para tipificar el tributo. Impuestos: Es el tributo que impone el Estado a los contribuyentes con
la finalidad de proveer a su propia existencia, a la de las instituciones que
integran y para poder atender adecuadamente a las necesidades de la
colectividad. Leyes: Son actos que sancionan las Cámaras (asamblea Nacional) en
todos los casos en que actúen como cuerpo colegislador. Sujeto Activo: Es el ente publico que se encarga de controlar y
recibir el tributo mediante una ley. Sujeto del Impuesto: Son todas las personas susceptibles de ser
acreedor o deudor del tributo. Sujeto Pasivo: Es la persona que por expresa disposición de la ley
esta obligada al pago de los impuestos y al cumplimiento de las obligaciones
tributarias, ya sea como contribuyente o como responsable tributario. Tarifa: Son tablas en donde se agrupan los distintos enriquecimientos
netos junto con sus correspondientes tasas impositivas, determinándose el
impuesto mediante la multiplicación del enriquecimiento por la tasa que le
corresponda. Tributos: Son los impuestos, contribuciones y tasas que le impone el
Estado a los particulares, ya sean personas naturales o jurídicas o entes
colectivos, con carácter estrictamente obligatorio y cuando se cumplen los
supuestos establecidos en la ley. Texto: material bibliográfico previamente revisado y catalogado como
relevante, pertinente y atinente, que contiene la información que va ser objeto
del análisis de contenido. Naturaleza de la Investigación La investigación realizada es de tipo documental ya que se obtendrá la
información de documentos, principalmente de carácter legal es también una
investigación descriptiva y explicativa donde los datos son obtenidos son
sometidos a un análisis comparativo. El carácter de investigación documental se sustenta en la definición que
hace el Manual de Trabajos de Grado de Especialización y Maestría y Tesis
Doctorales de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (1998) cuando
define: Se entiende por Investigación Documental, el estudio de problemas con el
propósito de ampliar y profundizar el conocimiento de su naturaleza, con apoyo
principalmente, en trabajos previos, información y datos divulgados por medios
impresos, audiovisuales o electrónicos. (Pág. 6) Por su parte Hernández Sampieri (1998) puntualiza: Los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades importantes de
personas, grupos, comunidades o cualquier otro fenómeno que se ha sometido a un
análisis. Los estudios explicativos permiten explicar las causas que originaron
el fenómeno objeto a estudio para determinar si existe o no una causalidad. (Pág.
56). La investigación tiene como objeto efectuar un estudio comparativo entre la
ley IVA de 2000 y la ley IVA para septiembre del 2002 y conocer los cambios que
presentan y determinar si existe un sacrificio fiscal por parte de las
exenciones y exoneraciones. Diseño de la investigación El presente estudio se refiere al análisis pragmático de la Ley al Impuesto
al Valor Agregado modificada parcialmente en Gaceta Oficial nº 37.002, del 28
de julio del 2000 y la Ley al Impuesto al Valor Agregado del 26 de agosto del
2002 de Gaceta Oficial nº 5.600 presente en las fuentes documentales. Es un
estudio de tipo descriptivo analítico, por cuanto se desglosó el texto con la
finalidad de realizar un análisis sintagmático del mismo, a través de la
revisión documental mediante la cual se recopiló, analizó, revisó, seleccionó
y extrajo información de diferentes fuentes referidas al tema especifico, y
como resultado estableciendo las referencias, presuposiciones, implicaciones e
inferencias del texto. Como investigación descriptiva contiene definiciones y explicaciones sobre
el Impuesto al Valor Agregado, sus elementos y teorías que sirven a la
interpretación del régimen de exoneraciones y exenciones. Como investigación
analítica, se definen los criterios para elabora la matriz con la categorización
de análisis, las reseñas históricas del texto y la descripción del contexto. Se trata de las referencias documentales existentes acerca de la Ley al
Impuesto al Valor Agregado modificada parcialmente en Gaceta Oficial nº 37.002,
del 28 de julio del 2000 y la Ley al Impuesto al Valor Agregado del 26 de agosto
del 2002 de Gaceta Oficial nº 5.600. Las fuentes documentales que versan sobre la operacionalidad del concepto de
exoneraciones y exenciones en ambos textos legales. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos Técnicas En la revisión documental, como técnica de investigación se utilizó el análisis
de contenido, con la finalidad de estudiar y analizar el texto de una manera
objetiva, sistemática y cuantitativa, Hurtado (1999), y para hacer inferencias
validas y confiables de los datos con respecto a su contexto, Sánchez (1999). Específicamente se utilizará el análisis de contenido para: Como se realizó el análisis de contenido El análisis de contenido se efectuó mediante la codificación, que es según
Sampieri (1991), el proceso a través del cual las características relevantes
del contenido de un mensaje son transformados a unidades que permiten su
descripción y análisis preciso. El objeto del análisis de contenido es el texto. En el ámbito de esta
investigación texto es el material bibliográfico previamente revisado y
catalogado como relevante, pertinente y atinente, que contiene la información
que va ser objeto del análisis de contenido. Lo importante del mensaje presente en el texto se convierte en algo
susceptible de describir y analizar. Para poder codificar es necesario definir
el universo a analizar, su muestra, las unidades de análisis y las categorías
de análisis. Unidades de estudio Las unidades de estudio se dividieron en episodios, término usado por Van
Stubs y otros (1998) para referirse a unidades semánticas del discurso,
definidas en base a secuencias específicas de proposiciones. Esta unidad tiene
propiedades semánticas y gramaticales, en el sentido de que cada episodio puede
ser identificado por señales en el texto y, a la vez, corresponde a un segmento
interpretado como coherente e importante. Las unidades de estudio constituyen segmentos del contenido de los mensajes
caracterizados para ubicarlos dentro de las categorías, Sabino (2000),
distribuidos en dos planos: PLANO SEMANTICO: significado del texto. La palabra: Como micro estructura funcional pragmática se midió
cuantitativamente cuantas veces aparece la palabra Impuesto al Valor Agregado y
la palabra contabilización en su misma acepción semántica para realizar el
estudio de su relación en la estructura lingüística en la relación de texto
y contexto, mediante un enfoque pragmático, considerando el entorno en que se
usa la palabra y su proyección comunicacional decantada en una variedad de análisis
y significados. El tema: En cuanto a la micro estructura semántica se utilizó el
enfoque analítico para analizar el rol del Régimen de exoneraciones y
exenciones como agente en la contabilización, estudiando su relación tanto con
la sintaxis de acuerdo con el contexto como la forma y semántica respecto a su
significado. PLANO GRAMATICAL: coherencia del texto El ítem: Dentro del análisis documental, se seleccionó el capitulo
como macro estructura funcional o pragmática para llevar a cabo la necesaria
correlación pragmática de la macro estructura semántica del uso de la Ley al
Impuesto al Valor Agregado modificada parcialmente en Gaceta Oficial nº 37.002,
del 28 de julio del 2000 y la Ley al Impuesto al Valor Agregado del 26 de agosto
del 2002 de Gaceta Oficial nº 5.600 que originan presuposiciones, inferencias e
implicaciones, que como contenidos del acto del habla, poseen una
interdependencia de texto y de contexto que se manifiesta en su coherencia semántica. El personaje: el objeto del estudio es la comparación del régimen de
exoneraciones y exenciones en el marco de la contabilidad tributaria, y la
investigación la toma como referencia para establecer el carácter informativo
de los signos lingüísticos acerca del ambiente y circunstancias en los que se
origina el texto analizado, así como el sentido y orientación de los conceptos
a fin de poder establecer la coherencia global del texto con los objetivos de la
investigación. Medidas de espacio: se seleccionó el episodio como unidad de medida
de espacio en cuanto al análisis de la coherencia lineal y global, para que en
conjunción con la coherencia pragmática analizada en las unidades de análisis
anteriores determine las proposiciones o enunciados según los actos del habla
en el contexto adecuado. De esta manera se puede establecer la interdependencia
entre las secuencias de oraciones y las secuencias de actos de habla
concordantes con el contexto y el tema, y determinar la coherencia local y
global del texto. Categorías de análisis Las categorías son los niveles donde son caracterizadas las unidades de
estudio. En el presente estudio se utilizó el modelo de Hurtado (1999) adecuado
a la investigación documental: De asunto o tópico: Se refiere al uso de la Ley al Impuesto al Valor
Agregado modificada parcialmente en Gaceta Oficial nº 37.002, del 28 de julio
del 2000 y la Ley al Impuesto al Valor Agregado del 26 de agosto del 2002 de
Gaceta Oficial nº 5.600, y su correlación con la contabilización de la
contabilidad tributaria, y por tanto en cuanto al análisis pragmático del
texto se considera la siguiente categoría: Referencia: En el análisis del discurso se considera la referencia como una
acción del hablante en la que establece una relación entre las palabras y las
cosas en un contexto donde describe esta acción. En el estudio las referencias
están dadas por el uso semántico de la palabra Impuesto al Valor Agregado y de
la palabra contabilización. De dirección: Esta categoría se refiere a como es tratado el tema,
en cuanto al análisis pragmático del texto se considera la siguiente categoría: Presuposición: son aquellos actos del habla que el autor toma como terreno
común entre si y el lector. Se refiere a lo que supuestamente conocen los
participantes del tema y que determina la forma en que se expone. En el estudio
las presuposiciones están dadas por las consideraciones acerca del uso del Régimen
de exoneraciones y exenciones en el contexto específico del peritaje contable a
cargo del contador público. De valores: se refiere a categorías que indican valores, intereses,
metas, creencias, en cuanto al análisis pragmático del texto se considera la
siguiente categoría: Implicaciones: Dan cuenta de lo que un autor puede implicar, sugerir o querer
decir cuando esto es distinto de lo que se dice literalmente en el texto. Para
ello el autor apunta al proceso de socialización del lector, con su carga de
valores y creencias a fin de que derivado del significado literal de un
enunciado se alcance un conocimiento referencial en un contexto especifico común
al autor y al lector. En la investigación las implicaciones se refieren a los
valores conceptuales del contador público en cuanto a su interés por la gestión
de la contabilidad tributaria. De receptores: esta categoría se relaciona con el destinatario de la
comunicación, en cuanto al análisis pragmático del texto se considera la
siguiente categoría: Inferencias: inferir significa suministrar información adicional para
comprender el texto. La necesidad de inferir depende de las expectativas del
lector porque es proporcional al grado de información del texto. La
contabilización originada por el Régimen de exoneraciones y exenciones es un
concepto muy críptico y por ello proclive a diversas y variadas inferencias. Instrumentos Sampieri (1991), define instrumentos como "aquel que registra datos
observables que representan verdaderamente a los conceptos o variables que el
investigador tiene en mente" (p.242). Para el análisis de contenido se
utilizará la tabla de registro pragmático que se muestra en el Anexo A. Validez Según Ruiz (1998), "la validez se refiere al grado en que un
instrumento realmente mide el rasgo que se pretende medir" (p.57). La
validez del instrumento valorada fue de contenido, definida por Sampieri (1991)
como "el grado en que un instrumento refleja un dominio específico de
contenido de lo que se mide" (p.243). Confiabilidad Se confirmará la confiabilidad del instrumento a través de la aplicación
de una prueba piloto a un grupo de siete (07) unidades de análisis con características
similares a los de la muestra de esta investigación. Según Hernández (1998),
"la confiabilidad de un instrumento se refiere al grado en que su aplicación
repetida al mismo sujeto u objeto produce iguales resultados" (p.235).
Debido a las características de los instrumentos se valorará la confiabilidad
en juicio de expertos. Procedimientos En su fase inicial, esta investigación se emprendió con el reconocimiento
del tema, su contextualización y delimitación, desglosándose luego los
objetivos generales y específicos, así como la definición conceptual y
operacional de las variables. Posteriormente, se desarrolló la recopilación,
clasificación y valoración del material bibliográfico relacionado con el tema
de investigación, lo cual alimentará el marco teórico que fundamenta el
problema en estudio. A la información recopilada se le realizará un análisis
de contenido a través del estudio pragmático de la misma. Este instrumento será validado a través de juicio de expertos. Para la
valoración de la confiabilidad se aplicará una prueba piloto a siete (7)
contadores públicos. Se aplicará el cuestionario a todas las fuentes documentales que conforman
la muestra. Los datos recolectados serán codificados y clasificados para su
procesamiento mediante la matriz de unidades de análisis. En último término, esta investigación establece comparaciones y
conclusiones acerca de ambos textos jurídicos. Asimismo, propone aquellas
recomendaciones que se consideran pertinentes y atinentes en el marco de la
investigación y sus objetivos. CAPÍTULO IV ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS Matriz de Unidades de Análisis
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