Monografias | Desafíos del Derecho y la Justicia en el Tercer MilenioDesafíos del Derecho y la Justicia en el Tercer MilenioResumen: Es propósito nuestro en calidad de hombres de Derecho, desarrollar algunas reflexiones de una manera didáctica de la realidad vigente en el Derecho. El tema propuesto se enmarca dentro de los paradigmas de investigación de la época, pero hoy en día nos atrevemos a lanzar un desafío a los operadores del Derecho al REPREGUNTARNOS: ¿Qué es el Derecho?, y ¿Qué es la Justicia? “Natura
iuris ab homine repetenda est natura” [1] Cicerón Premisa
Antecedentes
Teoría
de la Justicia en la Actualidad Teoría
de John Rawls Teoría
de Robert Nozick Teoría
de Ronald Dworking Conclusiones Bibliografía PREMISA Es
propósito nuestro en calidad de hombres de Derecho, desarrollar algunas
reflexiones de una manera didáctica de la realidad vigente en el Derecho. El
tema propuesto se enmarca dentro de los paradigmas de investigación de la época,
pero hoy en día nos atrevemos a lanzar un desafío a los operadores del Derecho
al REPREGUNTARNOS: ¿Qué
es el Derecho?, y ¿Qué
es la Justicia? EL
DERECHO.-
Se concebía como el “conjunto de normas
que regulan la conducta en una sociedad”. Hans Kelsen[2]
el milenio pasado, al preguntarse ¿Qué es el Derecho? e intentar una
respuesta, revolucionó el mundo del Derecho, llegando a la Conclusión: Que el
Derecho estaba constituido por las normas positivas, es decir las normas
escritas, asimismo debería estar desvinculada de toda religión y política,
todo ello en su obra “Teoría Pura del Derecho”. Posteriormente se plantea
que el Derecho no solamente son las normas escritas, sino también es parte del
derecho los Valores-la Moral “Teoría Egológica y Tridimensional”[3]
(Cossio, Reale, Sessarego), y surcando el Tercer Milenio nos plantean que el
Derecho es pluridimensional o multidimensional, entendiendo que el derecho esta
constituido por una pluralidad de elementos, como son los hechos,
acontecimientos es decir que el Derecho es TODO y a la vez NADA. Es por ello que
consideramos que existe un gran desafío del Derecho en el Tercer Milenio que es
desentrañar lo que es el Derecho, tratando de encontrar así la luz al final
del túnel. LA
JUSTICIA.-
(Maat para los egipcios) Considerada como la Finalidad del Derecho,
Ha tenido parecido proceso, según
el Gran filósofo PLATON[4],
en su obra política-jurídica “La República” nos señala que la Justicia
es “Dar a cada cual lo que le corresponde, según sus actos y su
naturaleza”, pero hoy en día iniciamos el Tercer Milenio y nos señalan que
“Existen muchas Justicias como pensamientos se realice” es decir una
Justicia realizada por el Órgano Jurisdiccional que se contrapone con la de las
partes, una justicia del pasajero que se contrapone con la del transportista,
una justicia del estudiante que se contrapone con la del docente, de la familia
y los amigos, entonces la realidad se presenta señalando que la Justicia también
es TODO y a la vez NADA. Porque
realmente ¿QUÉ ES EL DERECHO Y QUE ES LA JUSTICIA?, generalmente lo que se
realiza en la universidad es dar a conocer las diversas corrientes, posiciones
doctrinarias que existen, pero no existe una verdad o seguridad en lo que
realmente es. Quizás ignoremos lo que son estos dos pilares de un Estado, y si
esto es así ¿Cómo defendemos un denominado Estado Democrático de Derecho,
que nos debe llevar a la Justicia, si no tomamos en serio lo que es el Derecho y
la Justicia?. Ahí esta nuestro desafío, que desde estas tierras sagradas se
pueden lanzar hacia el mundo, no solamente como crítica, sino sobre todo para
elaborar en forma razonada y creativa una TEORIA que salga del TODO O NADA, como
diría el gran maestro Griego que nos saque de la caverna. Creemos que esa debe
ser la finalidad de una Facultad de Derecho, entregar a la sociedad elementos
indispensables para su Desarrollo. Este también es el trabajo que se viene
desarrollando en el mundo académico de las sociedades mas avanzadas, pero el
Desafío de cada uno de nosotros y de las Facultades de Derecho es frente al tiempo. Planteados
los desafíos, consideramos preponderante, destinar esta exposición a
esclarecer los puntos de partida en la que nos encontramos para enfrentar los
Desafíos del Derecho y la Justicia en el momento actual, para tener la
capacidad de vislumbrar, entender, de guiar y lograr una Justicia acorde con los
tiempos en que nos toca vivir. Teniendo
en cuenta que en los mejores centros académicos del mundo se sostiene que las
IDEOLOGÍAS POLÍTICAS HAN MUERTO, y que la IDEOLOGÍA DEL DERECHO Y LA JUSTICIA
participan también del mismo funeral. Es
por ello que el objetivo de la exposición es dar a conocer, el trabajo que se
viene desarrollando y las discusiones que se encuentran en boga a nivel de la
“Ciencia del Derecho y la Justicia”, en las mejores universidades
norteamericanas y Europeas. Dos
pensadores de la época, Bryan Magee[5] y Ronald Dworking,
llegaron a la conclusión –después de realizar diversos análisis del
pensamiento, acaecida la segunda guerra mundial- “que la humanidad estaba
asistiendo a los Funerales de la Ideología”, es decir que ya no se piensa
o mejor dicho se supone que se piensa, por lo tanto se debe vivir tal
cual se presenta el momento. Creemos que esta es la base de nuestro discurso el
día de hoy. Durante
la Segunda Guerra Mundial[6],
Según dicen una de las pocas obras de Filosofía Política que se publicaron
fue la intitulada “La Sociedad abierta y sus enemigos” de Karl Popper[7]
y en los siguientes dos decenios hubo un consenso liberal como si ya no quedasen
mas discusiones acerca de los fundamentos ideológicos y de cómo llegar a la
justicia. Habiéndose
llegado inclusive a señalar que –La Filosofía políticas esta muerta- y que
había llegado el fin de la ideología. Pero durante los años 1960 a 1969
aproximadamente, comenzó a surgir una reacción de la izquierda y derecha; por
parte de los conservadores decían “que había llegado haber demasiada
libertad para el individuo” (sexo, violencia, pornografía, drogas, etc.) y
que a los jóvenes se les había permitido crecer en esa atmósfera social sin
disciplina alguna; los de extrema izquierda comenzaron a atacar de manera
distinta, acusándoles de hacer intentos pocos serios para redistribuir la
riqueza y por abolir la pobreza, que existía una distinción de clases, que
eran racistas y sexistas. Hechos
que motivaron una vez mas al debate acerca de la validez de las instituciones
democrático liberales que anteriormente se habían aceptado sin mas. Lo
curiosos es que fue en Estados Unidos donde las discusiones fueron más álgidas
y sentidas, que propugnaron una nueva ola de pensamiento llamada “Las Nuevas
Defensas de la Democracia Liberal”. Pero fue en Estados Unidos de Norteamérica
donde se desarrollaron de mejor manera tomando la forma de una nueva defensa de
la democracia-liberal. Uno
de los libros más influyentes es “A Teoría Of Justice” (Teoría de la
Justicia) de John Rawls (Profesor de la Universidad de Harvard, libro publicado
en 1972), Otro texto sería “Anarchy, State and Utopia” (Anarquía, Estado y
Utopía) de Robert Nozick (Profesor de la Universidad de Harvard, libro
publicado en 1974, con una gran aceptación y aclamación), pero un tercer texto
y que fue más difundido es el de Ronald Dworking “Talking Rights
Seriously”, (Tomando en serio los Derechos.- profesor de Yale y Oxford, Texto
publicado en 1977). El texto de Rawls fue una defensa de la idea total de usar
la filosofía para apoyar posiciones políticas. Los
antecedentes especialmente académicos de esta nueva ola de pensamiento, fueron
los de la Economía, los economistas por mucho tiempo se basaron en demostrar lo
que se llamó “La economía formal del bienestar” (se llamaba así al
intento de proporcionar fórmulas, número y grafías para decir cuando, de
hecho, una sociedad se encuentra en mejores condiciones –leer a Kenneth J.
Arrow , Kaldol y Hicks entre otros). Dicha influencia la encontraremos en el
libro de John Rawls. Así
también en Estados Unidos de Norteamérica, se llevó a debate de los
principios políticos constitucionales que hacía la Corte Suprema (al resolver
sus casos) a las escuelas de Derecho, (influencia decisiva que encontramos en
Nozick al considerar las cuestiones sociales) lo que no ocurrió en Inglaterra. Entonces
podemos afirmar que fueron tanto la Economía y el Derecho (específicamente las
leyes) los antecedentes académicos del desarrollo en filosofía política para
alcanzar la Justicia. En
Inglaterra en años anteriores se desarrollo un trabajo importante como son los
realizados por Isaiah Berlin, Stuart Hampshire, John Plamenatz, Michael
Oakeshott, Herbert Hart, considerados filósofos políticos importantes pero que
últimamente no existe un trabajo sistematizado, es decir una teoría esquemática,
llamativa y novedosa, se dice que una de las razones se encuentra en la
diferencia del debate político en Norteamérica y Europa. Estados
Unidos aún se encuentra dominado por lo que se ha venido en llamar la Tradición
Dieciochesca es decir “poner acento en
los derechos individuales, en el INDIVIDUO ENFRENTADO A LA SOCIEDAD”. En
Europa más bien se ha quedado en el debate sobre el carácter del Bienestar
General o Social –que estrategias pondrán a todos en mejor situación-, lucha
de grupos sociales quien ha de subir y quien ha de bajar. Peor de las mismas que
no a habido nuevas ideas, aunque consideramos que en Inglaterra está naciendo
un nuevos interés por el individualismo. Esto
nos lleva a afirmar que en poco tiempo tendremos nuevas teorías políticas de
tipo filosófico europeas, donde el individualismo se encuentra reforzado y no
sea solo preocupación norteamericana su estudio; pero asimismo creemos que
dichas teorías como las existentes hasta hoy no tendrán una repercusión
sustantiva en el desarrollo político, por cuanto las relaciones de los
Gobernantes y Gobernados no sólo exige puntos de vista individualistas sino
también colectivos o sociales. II.-
TEORIA DE LA JUSTICIA EN LA ACTUALIDAD. La
ola con la cual ingresamos a este nuevo milenio, referente al Derecho y la
Justicia, está dada por la influencia Norteamericana sobre nuevas ideas acera
del INDIVIDUALISMO, que repercute en el mundo entero.[8] El
análisis meramente lingüístico de
los temas filosóficos ha llevado a tener una visión estrecha en las tareas
filosóficas, es decir durante mucho tiempo los filósofos Británicos, tendían
a pensar que todo lo que había que hacer respecto a la Política era
proporcionar un esclarecimiento filosófico de los conceptos característicos
del pensamiento filosófico (el mismo que tampoco alcanzó sus objetivos). Papel
que se viene dejando de lado, por considerarse como un punto de vista muy
limitado de la filosofía. Es
la teoría política norteamericana el foco de interés en las Universidades
Inglesas, así como después de muchos años de América del Sur, en sus mejores
Universidades.[9]
1.-
TEORIA DE JOHN RAWLS (A theory of Justice) Es
John Rawls la figura más resaltante e influyente.[10] El tipo de influencia de
Rawls se debe a las siguientes razones: ·
El método que emplea y sugiere ·
Las conclusiones a las que llega Algunos
les impresiona el método y a otros las conclusiones. Rawls
empieza señalando que cuando nos inquietas, es decir nos preocupan cuestiones básicas
de la Justicia, cuando deseamos descubrir aquellas reglas que proporcionarían
la estructura básica de una sociedad justa, se debería proceder de la
siguiente manera (diría que deberíamos contarnos un cuento de hadas): ·
Debemos imaginar un congreso de hombre y mujeres que aun no pertenezcan a
una sociedad particular. ·
Que se hayan reunido en una especie de convención constitucional, para
escoger las reglas fundamentales para una sociedad en formación ·
Esas personas son comunes, del pueblo, tienen identidades específicas,
debilidades específicas, fuerzas específicas e intereses específicos. ·
Sufren un tipo de amnesia de las mas graves, no sabe quienes son, no
saben si son viejos o jóvenes, hombres o mujeres, blancos o negros, talentosos
o tontos. Es
mas, en particular cada uno de los hombres no conocen sus propias creencias
acerca de qué es mas valioso en la vida, realmente cada uno tiene una concepción
de ¿Cómo quiere que sea su vida, cuáles son sus preferencias acerca de la
moralidad sexual, y demás?, pero nadie sabe, de hecho cuáles son sus tesis
acerca de esas cuestiones; (cualquier parecido a nuestra realidad sería pura
coincidencia). Deberíamos
preguntarnos ¿A qué acuerdos llegarían personas en esa situación, acerca de
una Constitución?, serán talvez principios de Justicia. La importancia de este
método radica en que Rawls pone en una situación especial a los hombres, que
se imaginen haciendo elección en su propio interés personal. El
segundo Aspecto del libro es ¿Qué conclusiones proporciona este método?, son
dos y Rawls las denomina “LOS DOS PRINCIPIOS DE LA JUSTICIA” (Realizando una
crítica Dworking señala que dichos principios son pero para una sociedad con
cierto grado de desarrollo económico, como por ejemplo haya bastante comida
para todos). A
la situación descrita en la cual se encuentran los hombres Rawls denominaría
LA POSICIÓN ORIGINAL, en la que se estaría de acuerdo con los siguientes
principios: ·
Primero.-
LIBERTADES LIBERALES CONVENCIONALES,
Libertades básicas protegidas. ·
Segundo.-
NO SE TOLERAN DIFERENCIAS EN RIQUEZAS, a menos que esa riqueza redunde en
beneficio del grupo en peor situación en esa sociedad. (Principio Dramático)
Porque si por un cambio de estructura económica se hace mucho más rico al
rico, mucho mas pobre el de clase media, y en general a la comunidad, el cambio
debe hacerse, si el resultado ha de beneficial al más pobre de los grupos, por
pequeño que sea. Estos
dos principios se encuentran relacionados mediante “El principio de
Prioridad”, donde el primer principio domina al segundo. En tal razón
solamente se cuando se encuentren absolutamente protegidas las libertades que señala
el primer principio, se tiene derecho a considerar las cuestiones económicas
del segundo principio. (para algunos un sutil engaño denominado el cuento de
hadas). Se
ha presentado objeciones a estos principio, porque se señala –con justa razón-
que nunca a habido una sociedad que opere conforme a estos dos principios, ni
siquiera la mas democrática de las democracias liberales, además que vá en
contra de la forma de pensamiento natural. Además que Rawls no tiene derecho a
suponer que las personas actuarán así. Rawls
llegaría a la conclusión que tras la concepción de la Posición Original,
esta la idea de Justicia como IMPARCIALIDAD. 2.-
TEORIA DE ROBERT NOZICK (Anarchy, State and Utopia) Nozick[11]
empieza con una proposición maravillosa y sencilla, dice que los individuos
tienen derechos y estos derechos consisten exclusivamente e que no se dañen sus
personas, que no se limite su libertad o que no se le quiten sus propiedades sin
su consentimiento. Para
Nozick los derechos de PERSONA y PROPIEDAD son absolutos y estos no deben ser
vulnerados, menos aun por el estado, considerando que es una vulneración al
derecho de propiedad inclusive el pagar impuestos. Considera
al Estado como un “Estado Velador”, lo que significa que el estado debe
existir solo para proteger la propiedad y a la persona, para castigar a la gente
en nombre de otra gente. Recalcando el estado no puede hacer nada, excepto
actuar como velador, es decir un estado empequeñecido un “Estado Mínimo”.
Por ejemplo señala que no se puede cobrar impuestos con ningún otro propósito
de pagar a la policía y otros servicios similares.
Por esto muchas personas sienten simpatía por esta teoría. Elabora
una teoría de la Distribución Justa de Bienes, que denomina TEORIA HISTORICA.
Es decir el que sea justa una distribución particular de las pertenencias, que
es el término que Nozick usa para bienes, dependerá de cómo cada persona llegó
a adquirir sus pertenencias. Conforme a esta teoría
LA JUSTICIA ES UNA CUESTION DE HISTORIA. Nozick
entra a un pensamiento del Todo o Nada, pero dichos argumentos están alejados
de la realidad, que ningún estado los puede poner en práctica de manera
absoluta, teniendo en cuenta que es absolutamente INDIVIDUALISTA. 3.-
TEORIA DE RONALD DWORKING.-(TAKING RIGHTS SERIOUSLY) Dworking[12]
trata de rebatir el supuesto que las libertades básicas convencionales que se
llaman Derechos en cualquier nivel fundamental, se encuentran en conflicto con
la Igualdad. Considera
que los derechos individuales tienen mayor sentido si los consideramos
necesarios para cualquier teoría defendible de lo que requiere la igualdad. El
considera necesaria la siguiente pregunta ¿ES NECESARIO ESTE DERECHO PARA
PROTEGER LA IGUALDAD? y ya no la pregunta ortodoxa
¿A cuanta igualdad debemos renunciar para respetar adecuadamente sus
derechos?. Y de esa manera liberarse de la acusación al Liberalismo que
defiende sus derechos a costa del bienestar del estrato más bajo de la
sociedad. Argumenta
que la igualdad económica y los derechos individuales familiares, surgen de la
misma concepción de igualdad como independencia, de tal manera que la igualdad
es el motor del liberalismo, y toda defensa del liberalismo es también, una
defensa de la igualdad. Para
R. Dworking los Derechos son
“Cartas de Triunfo” que tienen los individuos sobre el bienestar general o
promedio. Dworking
es autocrítico cuando señala que el liberalismo necesita una teoría de la
Educación y otra de apoyo cultural que no la tiene. Quizás
Dworking en lo que acierta es en señalar que toda la filosofía Política,
Filosofía del Derecho y la Justicia, debe estar conectada a la Filosofía
general en su sentido más amplio como lo hicieron los grandes filósofos del
pasado Platón, Aristóteles, Kant etc. El señalaría que la Filosofía Política
ha renacido y esta muy viva pero lo que no ha sucesito es la Reintegración al
cuerpo de la Filosofía. CONCLUSIONES 1.
El Derecho y la Justicia hoy en día esta basada en concepciones
Liberales, en el sentido que la Justicia debe ser independiente de cualquier
idea de excelencia humana o de la buena vida. Pero que nos lleva a un
desconcierto de tal naturaleza que llegamos al punto del Todo o Nada, que en el
fondo es una ignorancia, no de tipo superior. 2.
Rawls Presenta sus dos principios de Justicia, parece que
superficialmente tratase de establecer un compromiso entre la Libertad e
Igualdad. Pero carece de fundamento válido, porque se basa en supuestos. 3.
Nozick toma una posición extrema, salta los límites por un lado. Dice
que la Libertad lo es todo, y que la Igualdad no es nada, excepto cuanto resulte
como derivado accidental de los intercambios libres, lo cual es muy improbable. 4.
Dworking, señala que el liberalismo requiere de la igualdad, visión
poco atractiva. 5.
Requerimos en las nuevas teorías una visión humana y social del hombre,
pero dicha actitud comienza por cada uno de nosotros, porque quizás no nos
demos cuenta hasta ahora que casi la totalidad de nuestros actos son
Individualistas. 6.
Debe Tenerse en cuenta lo expresado por De Trazegnies, cuando señala que
el Derecho en el Perú es un instrumento político que se utiliza para evitar
que las ideas modernizadoras puedan corroer los fundamentos de la estratificación
tradicional. Agradecimiento:
A Dios, a los Maestros, mis padres, hermanos y todos que comparten los bellos
momentos de la vida. BIBLIOGRAFIA
BASICA 1.
Araujo, María. García Yagué, Francisco y otros.- PLATON Obras
Completas, Aguilar Ediciones, 1974, España. 2.
Balaguer Callejon-
Francisco, Camara
Villar - Gregorio y otros.- Derecho Constitucional Tomo I-II
Edit. Tecnos S. A. Madrid España 1999. 3.
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Brian, Barry. - La teoría liberal de la justicia.
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Cappeletti, Mauro. - Proceso -Ideologías y Sociedad.
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Juríd. Bs. As. 1974. 6.
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Rawls, John.- Teoría de la Justicia. Edit. Fondo de Cultura Económica,
1997. España 14.
Reale, Miguel. - Introducción al Derecho.
Edit. Pirámide 6ta. Edic-1994-Madrid España Dr.
Richard Quispe Salazar Maestría
Derecho Civil y Comercial-UPT Doctorado
– Universidad de Granada España Docente
Universitario – UNU - PERU (29
años) e-mail:
rqsabog@hotmail.com [1]
Cicerón.- Busquemos el elemento fundamental del Derecho en el examen mismo
de la naturaleza Humana, al ser aquél una expresión o dimensión de la
vida humana como intersubjetividad y convivencia ordenada. El derecho tiene
una base tradicional y milenaria. [2]
Hans Kelsen.- ( Praga 1881-1973) La ‘Teoría Pura del derecho’ de Kelsen
se expuso por primera vez en 1911. El derecho no debía tener otro
fundamento de validez y ordenación que la propia teoría del derecho,
entendida como «pura» en cuanto a que habría de sostenerse por si misma y
no depender de valores extralegales. [3]
Teoría Tridimensional.- El derecho es la ordenación heterónoma, coercible
y bilateral atributiva de las relaciones de convivencia según una integración
normativa de hechos y valores. Introducción al Derecho Pag. 69 Miguel
Reale. [4]
Platón (427 a.c.- 347 a.c). Se dedico a estudiar, viajar y escribir. Fue
discípulo de Sócrates, fundo la Academia, uno de sus estudiosos expresaría
“Agradable hablador, rival de las cigarras, que hace retumbar con sus
cantos armoniosos las sombras de academos” [5]
Bryan Magee.- Investigador y periodista Inglés, publicó libro Modern
British Philosophy. Muchos expresaron que sus programas televisivos “trece
conversaciones con Filósofos” devolvieron la fe en la televisión. [6]
Muchos consideraron que los aliados occidentales, estaban luchando por la
libertad del individuo, que en la práctica quería decir defender las
instituciones liberales democráticas [7]
Publicada en 1945.- Karl Popper
(1902-1994) forma parte de una vigorosa tradición filosófica austríaca
que en este siglo ha centrado su interés en la tarea científica y en sus
resultados. A ella pertenecen, por ejemplo, Carl Hempel, Herbert Feigl,
Rudolf Carnap. Popper ha sido contemporáneo de otros pensadores
significativos en distintas áreas de la ciencia, como Kurt G”del, Karl Bühler,
Philipp Frank o Richard Von Mises, miembros de la misma tradición filosófica. [8] Las mayores teorías
sobre individualismo inglés fueron Locke, Hobbes. Aunque
modernamente tenemos a Karl Popper y H. L. A. Hart. [9]
Aun cuando en muchas Facultades de Derecho y Ciencias Políticas de nuestro
país, se desconozca el debate y el pensamiento de los autores citados
anteriormente. [10]
Rawls (1921) Ha sido uno de los teóricos políticos más importantes del
pasado siglo. Su principal aportación fue Una teoría de la Justicia, que
buscó dar un apoyo moral a la redistribución de rentas. En cada tratado o
texto serio en política se encuentra citado Rawls aun sin haberse entendido
su planteamiento. [11]
Robert Nozick.- (1938-2002) Filósofo Político norteamericano, defensor de
la idea del estado mínimo. En su juventud miembro de la Izquierda radical,
luego mediante las enseñanzas de Hayek, Rothbard y Friedman, pasó a ser
para muchos el principal ideólogo de la Derecha. Su libro Anarquía, Estado
y Utopía, fue escrito como respuesta al libro “Teoría de la Justicia”
de su colega de Harvard John Rawls, ideólogo de la social democracia. [12]
Dworking.- Filósofo y político norteamericano,
profesor de Oxfor, su libro citado publicado en 1977,
obtuvo una aclamación que se extendió desde la más severa aceptación
académica hasta la publicación de un artículo principal en la revista
Time. Dr.
Richard Quispe Salazar Doctorado
– Universidad de Granada España Docente
Universitario e-mail:
rqsabog@hotmail.com Publicación enviada por Dr. Richard Quispe Salazar Contactar mailto:rqsabog@hotmail.com Código ISPN de la Publicación EpZulEAVuFXqUiPpqY Publicado Thursday 22 de January de 2004 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
ilustrados.com nace con el fin difundir el conocimiento publicando trabajos de investigación, monografias, tesis, presentaciones powerpoint y afines. Publicar trabajos en ilustrados.com ha alcanzado prestigio y reconocimiento internacional siendo cada vez más el número de académicos, empresas, investigadores, científicos que consultan las publicaciones de nuestro portal. | |||||||||