Monografias | Forma de Estado en Thomas Hobbes, y mirada a la política democrática colombiana

Forma de Estado en Thomas Hobbes, y mirada a la política democrática colombiana

Resumen: Introducción. Concepción del Contrato Social. Concepto de Estado en Thomas Hobbes. Legitimación de la democracia. Conclusión

Publicación enviada por Samuel Darío Moreno Rincón


 

Pontificia Universidad Javeriana

Bogotá Colombia

 

Samuel Darío Moreno Rincón

 

 

Forma de Estado en Thomas Hobbes,

y mirada a la política democrática colombiana

 

Tabla de contenido

 

                 Introducción

 

I.                    Concepción del Contrato Social

II.                  Concepto de Estado en Thomas Hobbes

III.                Legitimación de la democracia

               Conclusión

 

Decía Rodrigo Romero, profesor de filosofía en la Universidad del Valle, en Cali, que el gran drama de América Latina consiste en que los filósofos son kantianos, las constituciones, rawlsianas, porque las redactan expertos enviados a Harvard con esa misión; pero el pueblo es hobbesiano, o todavía menos que hobbesiano.

 

Un pueblo hobbesiano –decía Rodrigo Romero– se daría cuenta de que le interesa entrar en el pacto político y cumplir las leyes para generar una situación de paz, en la que sea posible vivir sin temor a la muerte, al secuestro, al atraco o a la violación. Hasta un pueblo de demonios –aseguraba Kant en La paz perpetua– querría instaurar un Estado de derecho, con tal que tuvieran inteligencia.

 

Adela Cortina

 

Introducción

La estructura de este razonamiento está fundamentada, sobre la base del Contrato Social, especialmente la teoría expuesta en Thomas Hobbes y su propuesta de Estado, con una mirada a la política colombiana, especialmente a lo que fue el pacto del Frente Nacional. Cuando hablo del contrato social, lo hago desde el punto de vista de Hobbes, Locke, Kant y Rousseau. Pues, aunque todo el trabajo gira en torno a la teoría hobbesiana, creo pertinente referirme en algún momento a lo que dicen los otros contractualistas citados anteriormente, con el fin de mirar otras perspectivas y sacar de allí elementos que me permitan ver más ampliamente la perspectiva Hobbesiana.

 

Es preciso advertir, que no se trata de establecer o decir la última verdad que solucione de una vez por todas la misma democrácia; sino que se trata es de mirar el proyecto hobbesiano y luego hacer una mirada comparativa para saber dónde y de qué manera Hobbes anticipó de alguna manera lo que podría llegar a ser una forma de estado, partiendo necesariamente de un pacto como lo fue el Frente Nacional, en Colombia en los años cincuenta a setenta. Aunque, tampoco se puede afirmar radicalmente que Hobbes pretendía un Estado democrático, pues la finalidad de su propuesta es en últimas, el Estado Absoluto expresado en su obra El Leviatán.

 

Lo que se propone mirar con este trabajo es que la filosofía hobbesiana es portadora de elementos que podrían abrir el horizonte hacia una democrácia que legitimaría la forma de Estado en Colombia, ya sea para decir que la política colombiana cumplió con el paradigma democrático establecido, (Frente Nacional) o para  darle la razón a Hobbes, de por qué no pretendía un Estado Democrático sino un Estaddo Absoluto. Es evidente que en algún momento Hobbes se refiere a la democracia, pero no lo hace con el fin de decir que es lo mejor para un Estado, y que a ésta se llegaría a partir del Contrato Social. Pues si se refiere a la democracia, es para decir, que es también una forma de Estado, pero de ahì a que Hoobes quiera proponer un Estado democrático, no sería posible, pues ante todo su propuesta está enfocada en un Estado Absoluto.

 

Por otra parte, me parece recurrente hablar del pacto democrático que se llevó a cabo entre los años 1958 – 1974 y que se  llamó Frente Nacional,  con una mirada desde la perspectiva hobbesiana. Pues en su teoría Hobbes, tiene elementos muy parecidos al momento coyuntural por el que pasaba Colombia en la época de los años cuarenta y cincuenta (estado de confrontación y luchas por el poder). En ese entonces, Colombia pasaba por una crisis política debido a la competencia desatada por los que querían sustentar el poder (partido liberal y conservador) y que hubo la necesidad de hacer un pacto para evitar que siguiera en el desorden causado por la guerra fría.

 

Según lo que decíamos más arriba, es necesario hacer un recorrido por los ámbitos de la teoría del Contrato Social en Thomas Hobbes y en su momento brevemente a la propuesta de otros contractualistas. El fin de hacerlo, es para poder dilucidar elementos que nos lleven a encontrar que la teoría y los elementos del pensamiento Hobbesiano, de alguna manera, antecedieron los principios de los cuales iba a formarse la democracia y que en este caso se aplicaría a la política del sistema colombiano en los años cincuenta a los setentas.

 

La pretención de hacer un paralelo entre el Contrato Social, el concepto de Estado  de Hobbes, y el pacto democrático del Frente Nacional es con el fin de contrastar elementos catagoriales propios del estamento político colombiano que se hace legítimo en un pacto firmado entre el año 1958 hasta 1974, en el cuál se cotempló como una forma de cambio en el regimen político.

 

Este momento se vivió, a raíz de la crisis coyuntural por la que pasaba el sistema político, y que por lo tanto, era necesario un pacto para buscar salidas y restablecer el orden y la armonía, ya que la sociedad se encontraba sumergida en un “caos” donde era dificil diferenciar la gobernabilidad, por carecer de prinncipios totalmente democráticos y en la práctica parecía más a formas totalitarias o absolutas, con el agravamen de estar mezclada con elementos del Estado de Naturaleza del que habla el mismo Hobbes en su obra El Leviatán. 

 

Hobbes, en su obra El Leviatán, expone principios que son propios del Estado Natural. De igual manera del Estado Civil, el cual es creado cuando el hombre ha hecho el Contrato Social y ha entregado los derechos que le pertenecían en el Estado Natural.

 

En este ámbito, si tenemos presente el significado que se le ha dado en filosofía política a cada uno de los principios de que debe gozar la democracia, encontraremos que su definición no está muy lejos de la que expone Hobbes cuando habla del Estado Natural y del Estado Civil. Esto es pertinente hacerlo, con el fin de confrontarlos y así poder tener elementos comparativos que nos ponen de cara al razonamiento sobre el cual, nuestra sociedad pretende hacer legales sus derechos otorgándoselos al Estado, para que éste a cambio le garantice el bienestar y la convivencia, pues sólo en ella, puede encontrar la forma de realizarse “libre y plenamente”.

 

I. Concepción del Contrato Social

 

Mucho se ha dicho sobre el escepticismo de Hobbes con respecto a la condición humana, y sobre la ausencia total de ilusión acerca de la posibilidad de que esa condición de agresividad y violencia del ser humano, pueda desaparecer como consecuencia de la transformación de su condición y de la superación del Estado de Naturaleza. El Estado de Naturaleza no puede ser superado, pero sí, sometido mediante la organización de un poder lo suficientemente fuerte que nace de la voluntad de la propia comunidad, del contrato social que es la fuente del poder absoluto.

 

Sin embargo, en la formulación de Hobbes existe un tácito reconocimiento en la capacidad del ser humano de identificar sus propios límites y crear un sistema de poder que habrá de impedir por la fuerza que el Estado de naturaleza, continúe imponiéndose. De alguna manera esa autoconciencia de la propia negatividad se transforma, en virtud del principio dialéctico, en un hecho positivo que lo induce a organizarse y hacer la paz mediante el contrato social. También Locke, en el Ensayo sobre el Gobierno Civil parte de la conciencia de la necesidad de superar el estado de naturaleza que impide una vida pacífica y civilizada.[1]

 

El contrato social del que surge la sociedad y el Estado, refleja de alguna manera, la existencia de una conciencia esperanzada en la condición humana de transformar el Estado de Naturaleza, con toda su carga instintiva y violenta, en una comunidad pacífica y democrática, regida por las leyes y las instituciones mediante la razón que se expresa en esas leyes y esas intuiciones, concreción objetiva de la voluntad social.

 

La idea de Locke, funda la democracia moderna a diferencia de la de Hobbes que inaugura para la modernidad un neoabsolutismo racional y contractual. La Monarquía Constitucional Parlamentaria Inglesa que se inspira en sus ideas, es el sistema jurídico y político en el que la razón se realiza y en el que se produce la superación del Estado de Naturaleza. La idea de la propiedad privada y del sistema jurídico encargado de protegerla, constituyen aspectos esenciales de su teoría.

 

Por otra parte, la idea de  Contrato Social en Kant, según Ernst Cassirer, es  el acto por medio del cual el pueblo se constituye en Estado. Es el contrato originario por el cual, todos renuncian en el pueblo a su libertad externa, y que la recuperan después pero ya como miembros de una colectividad, es decir, del pueblo como Estado. “No puede decirse que el hombre ha sacrificado su libertad exterior innata, sino hay que decir, que ha abandonado la libertad salvaje y sin ley, para recobrar sin menoscabo su libertad general en una dependencia sujeta a la ley, es decir a un régimen jurídico, pues ésta dependencia nace de su propia voluntad legislativa”.[2]

 

El Contrato Social en Kant, es un acto de razón en el que se fundamenta el derecho universal, de la universalidad de la razón que produce la voluntad social. Sólo la voluntad general que se forma del nexo contractual entre todos y cada uno, y mediante el cual, se sustituye la libertad natural propia del estado de naturaleza, por una libertad civil fruto del Contrato, tutelada por una instancia (el derecho y el Estado, que no participa del Contrato pero que es consecuencia de él), puede garantizar la legitimidad del poder y la universalidad del derecho.

 

Rousseau por el contrario, piensa en el Estado de Naturaleza como una situación de armonía en la cual se realiza la condición universal del ser humano. “La propiedad privada rompe con este Estado universal y divide a la comunidad en clases a partir de la posesión y propiedad de la tierra”.[3] La ruptura de la comunidad natural a consecuencia del establecimiento de la propiedad que para Rousseau fue un acto de fuerza, inicia la historia como violencia, como lucha entre poseedores y no poseedores, antecediendo así su pensamiento a la teoría de la lucha de clases de Marx.

 

Por otra parte, la tesis de Rousseau expuesta en el Discurso sobre la Desigualdad de los Hombres, es una apelación nostálgica al buen salvaje y al Estado de Naturaleza, que lejos de constituir la causa de la violencia, es el ámbito de la armonía que será destruida por el acto de fuerza del que surgirá la apropiación originaria y la propiedad privada.

 

Por tanto, en la visión rousoniana del Discurso la solución al problema de la violencia está en el regreso al estado de naturaleza, lo que pasaría necesariamente por la abolición de la propiedad privada y de las clases sociales que nacen de ella. La sociedad de clases es el reino de lo particular; el Estado de Naturaleza es el reino de lo universal.

 

A diferencia de Hobbes, Rousseau, no piensa que la armonía sea una paz forzada impuesta desde un Estado Absoluto  y un poder autoritario al que se le ha transferido la soberanía en virtud del Contrato Social, ni de que haya que someter al Estado de Naturaleza por la fuerza organizada en forma de derecho y de Estado absoluto. El Estado de Naturaleza en Rousseau no sólo fue una realidad pasada sino que es una posibilidad futura.

 

El futuro a diferencia de Locke, la propiedad privada, lejos de ser un derecho natural revestido en Derecho Humano Fundamental, es para él la causa del conflicto. Además está muy lejos de aceptar que en el sistema jurídico institucional se encuentre la superación del estado de naturaleza por un estado cualitativamente más avanzado, y menos aun cuando este sistema jurídico y político se expresa en la democracia representativa.

 

Para Rousseau, como para los griegos, la democracia no se ejerce por medio de representantes a los que se les ha delegado la soberanía, pues en cuanto se produce la delegación para que un grupo de personas represente a la comunidad y ejerza el poder a nombre de ella, la democracia desaparece.

 

El Contrato Social es la Fundamentación de la democracia en el principio de la soberanía popular ejercida directamente, en la voluntad general que es la fuente legitimadora del poder. La idea de Rousseau de la voluntad general, puede transformar la idea de la democracia en su contrario y llevarnos a la situación límite pensada por Aristóteles en la Política hace dos mil quinientos años, que la democracia puede llegar a ser la dictadura de las mayorías.

 

Sin perjuicio de las diferencias que entre sus teorías existen, hay cuando menos ciertos puntos comunes que permiten estudiarlos como un movimiento propio de la modernidad. En efecto, todos los contractualistas modernos asumen el Contrato Social como el punto de partida del nacimiento de la sociedad, el derecho y el Estado. Todos abandonan la idea del origen divino del poder y asumen que la soberanía reside en el pueblo, fuente última de la legalidad y la legitimidad. Todos coinciden en que el contrato es el primer paso, fundamento de los demás, en el abandono del estado de naturaleza, que es para todos (sobre todo para Hobbes y salvo para Rousseau) el estado de guerra de todos contra todos en que el hombre es lobo del hombre.

 

No obstante las coincidencias iniciales, hay también entre ellos, diferencias notables de la que derivan consecuencias también notables. Por ejemplo, habría que señalar que en Hobbes, (que es sobre el cual descansan las bases de este trabajo) el contrato social desemboca en el Leviatán, ese Estado absoluto que deviene el depositario de la soberanía transferida por el pueblo en el contrato social. La consecuencia fundamental de la teoría hobbesiana del contrato social es el nacimiento del Estado Absoluto, única garantía para dominar el estado de naturaleza y organizar las condiciones imprescindibles para que pueda existir la paz.

 

II. Concepto de Estado en Thomas Hobbes

La concepción hobbesiana del Estado de Naturaleza se aparta del sentido paradisiaco, que a ese estado asigna el pensamiento teológico. Hobbes separa con claridad dos etapas: una situación de barbarie y de guerra de todos contra todos, un mundo sin germen ni derecho; y por otra parte, un Estado creado por el derecho, un Estado con suficiente poder para iniciar y reformar su estructura.

 

Hobbes, para centrar su vista en el comportamiento humano, parte de una antropología que incluye teorías sobre las pasiones, sobre el valor, sobre la motivación, etc. Su argumento le conduce a una de las más completas defensas del absolutismo. Este es un hecho clave, porque equivale a decir que un poder absoluto está racionalmente justificado para cualquier ser humano bien informado, y racionalmente justificado en general. Ahora bien, aunque su argumento está centrado en el absolutismo, no por eso se podría pensar que está lejos de una democracia, pues aunque, él mismo no la proponga, sabemos de alguna manera que los principios antropológicos, naturales, políticos y sociológicos que expone Hobbes, son componentes de la democracia.

Sin embargo, Hobbes, dice que las pasiones que inclinan a los hombres a buscar la paz son, el deseo de las cosas que son necesarias para una vida confortable, y la esperanza de obtenerlas por miedo a la muerte.[4] En otras palabras, la pasión inclina a los hombres a desear y conseguir los bienes y privilegios del prójimo. Esto sería entonces la necesidad del hombre, pues su naturlaeza es estar en guerra los unos con los otros. Mientras tanto, y por otro lado, la razón los hace pensar que sin seguridad y duración, los bienes y privilegios deseados no tienen sentido porque no se pueden disfrutar. La razón sugiere entonces normas adecuadas de paz, a las cuales pueden llegar los hombres por mútuo consenso. Estas normas son las que Hobbes llama leyes de la naturaleza, las cuales serviran para que el hombre salga de ese estado de guerra.

Hobbes define diecinueve leyes de la naturaleza, sin embargo, aquí expondremos dos fundamentales de las cuales se derivan las restantes. La primera de ellas se refiere a que cada hombre debe esforzarse por la paz, mientras que tiene la esperanza de lograrla y cuando no puede obtenerla, debe buscar y utilizar todas las ayudas y ventajas de la guerra[5]. Es decir, buscar la paz y seguirla defendiendo por todos los medios posibles.

 

La segunda ley dice que “el hombre debe acceder (si los demás consienten también y mientras se cosidere necesario para la paz y defensa de sí mismo) a renunciar al derecho de todas las cosas y satisfacerse con la misma libertad, frente a los demás con respecto al mismo”.[6] De la segunda ley de la naturaleza según la cual los hombres están obligados a transferir a otros los derechos que perturban la paz, se deduce una tercera ley que se refiere a que los hombres cumplan con los pactos que han celebrado. Entonces mientras las pasiones enfrentan a los hombres, la razón los hace pactar.

 

Para Hobbes, “cuando los pactos se respetan y se llevan a cabo hay justicia, pues quiere decir que hay una voluntad constante de dar a cada uno lo suyo”.[7] Todos los hombres tienen derecho a todas las cosas y por ende son iguales ante la ley. Esta inclinación de pactar lleva a los individuos a convenir un contrato, que implica la renuncia de todos sus derechos que poseían en el estado de naturaleza para otorgarselos a un soberano que a cambio les garantizará el orden y la seguridad. Con el contrato se renuncia a la libertad y a cualquier derecho que pudiera poner en peligro la paz.

 

El ser humano requiere de algo más que pactar, que haga su convenio constante y obligatorio; y ese algo es un poder común que los mantenga a raya y dirija sus acciones hacia el beneficio colectivo. “Los pactos no descansan en la espada, no son más que palabras, sin fuerza para proteger al hombre de algún modo.”[8] Por consiguiente, a pesar de la ley de la naturaleza, si no se ha instituido un poder, cada uno confiará en su propia fuerza para protegerse contra los demás hombres.

 

Hay que decir que la justificación del estado totalitario que realiza Hobbes en el Leviathan no es sólo una teoría política; es además una teoría moral. El estado de naturaleza del que parte su argumento es un estado pre-moral. La moral se genera mediante el mismo pacto que sirve de base al poder político, y tiene su misma justificación. La moral es otro instrumento para garantizar la seguridad y la paz necesarias para que cada individuo realice sus deseos en completa libertad. Por tanto,  poder político absoluto y Moralidad están al servicio del individuo. Pero, para ello el poder político carece de límites, y la moral tiene demasiados, pues, es una moral de mínimos.

 

En Hobbes aparece explícitamente lo que en Maquiavelo estaba supuesto: que el estado es una institución separada del individuo; éste se siente ajeno a la organización estatal. El estado, es para Hobbes, una coacción perpetua sobre el hombre-individuo (aunque aceptada por el sujeto racional como medio para la seguridad y la paz). La consecuencia del pensamiento de Hobbes, aunque probablemente no fuese esta su intención, se resume en que el individuo ya no será más que un hombre en o para el estado, sino un hombre frente al estado.

 

De otra parte, encontramos que Hobbes, es admirador del método analítico-sintético de Galileo, pues, se propuso descomponer la sociedad en sus elementos y recomponerlos luego en un todo lógico sistemático. Su filosofía política es pues, más racionalista que empirista, obsesionada muy cartesianamente por la necesidad de nociones exactas y definiciones claras y rigurosas que le sirvieran de base, por más que también aquí se negase a admitir ideas innatas y se guiase por situaciones muy empíricas.

 

En Hobbes también encontramos elementos de tipo Antiaristotélico pues, sus tesis coinciden con el maestro griego en el propósito de promover una “vía media” entre las tensiones partidarias extremas, y en el poner el lenguaje como base de la sociedad y del Estado: “Sin el lenguaje no hubiera habido entre los hombres ni Estado, ni Sociedad, ni Contrato de Paz, como tampoco lo hay entre los leones, los osos y los lobos”.[9] El lenguaje hizo del hombre un ciudadano, es decir, le hizo hombre, pues, sin el contrato, el hombre es un lobo para el hombre.

Las dos afirmaciones centrales que organizaron su pensamiento, al imponerle deductivamente la necesidad del cálculo racional como razón de ser del Estado, serán éstas (que, en su opinión, reflejan dos hechos de la mayor importancia): En primer lugar, la igualdad natural biológica de los hombres: La naturaleza ha hecho a los hombres tan iguales en sus facultades corporales y mentales que. aún el más débil tiene fuerza suficiente para matar al más fuerte, ya sea por maquinación secreta o por federación con otros. En segundo lugar, la escasez de los bienes que todos los hombres apetecen, como consecuencia de sus necesidades. Y así, de la igualdad en las fuerzas en competición procede la inseguridad, y de la inseguridad la guerra.

 

Su clásica defensa del poder absoluto no será la defensa del monarca autócrata que hacían los partidarios de éste, basada en la proclamación del derecho divino (un recurso no menos sobrenatural que el recurso al demonio): será una tesis utilitaria, a la que llegará por el camino del individualismo burgués y laico, y tendrá como objetivo la conservación de la paz en interés de los integrantes de la sociedad civil sobre todo, de los integrantes menos favorecidos por las estructuras tradicionales, pero que tampoco fueran de los que no tenían nada que perder.

 

El derecho del soberano se funda en el contrato (contrato entre iguales, no pacto entre el soberano y los súbditos); porque el Estado no es una realidad “por naturaleza” que se imponga de suyo, sino al contrario, es el resultado de la puesta en común de los intereses de sus componentes. Se trata desde luego, de un supuesto lógico, no histórico, como si hubiera habido un verdadero convenio fundacional; y no se refiere a los hombres primitivos (ni a una presunta “naturaleza humana universal”) sino a los hombres tal como Hobbes los conoce.

 

El “estado natural de los hombres “antes” del Estado debe entenderse pues, como la condición hipotética en que esos hombres se hallarían necesariamente si no hubiera un poder como el del Estado. El “hombre natural”, como todo cuerpo, tiende a autoafirmarse y autoconfirmarse (“primera ley del movimiento”). Tiene, en consecuencia, un derecho natural a hacerlo: lo que los escritores llaman comúnmente jus naturale es la libertad que cada hombre tiene de usar su propio poder como él quiere para la preservación de su propia naturaleza, es decir, de su propia vida, y por consiguiente, de hacer toda cosa que en su propio juicio y razón conciba como el medio más apto para aquello

 

La segunda ley no se opone en modo alguno a la primera, antes bien, la confirma, porque “el motivo y el fin del que renuncia a su derecho o lo transfiere no son otros que la seguridad de su propia persona, en su vida y en los medios de preservarla”[10], es decir, en la propiedad.

 

Hobbes dice que un principio natural es la igualdad entre todos los hombres; y si hay desigualdad es porque ha sido producida por la ley civil[11]. De otra parte, Hobbes cree “que todos aspiran a lo mismo; y cuando no lo logran, sobreviene la enemistad y el odio;”[12] el que no consigue lo que apetece, desconfía de otro y, para precaverse, lo ataca de ahí la concepción pesimista del hombre que tiene Hobbes; el hombre es un lobo para el hombre. Los hombres no tienen un interés directo por la compañía de sus semejantes, sino sólo en cuanto los pueden someter.

 

Por su parte, Hobbes dice que los tres motores de la discordia entre los humanos son según su teoría, “la competencia, que provoca las agresiones por la ganancia; la desconfianza, que hace que los hombres se ataquen para alcanzar la seguridad, y la vanagloria, que los enemista por rivalidades de reputación”.[13]

 

Esto se produce en el ambiente de  situación natural que define un estado de perpetua lucha, de guerra de todos contra todos, según la fórmula de Hobbes. Pero no se trata de unos actos de lucha, sino de un atentado -un tiempo, dice Hobbes- en que se está, una disposición permanente en que no hay seguridad para el contrario.

 

Para Hobbes, el hombre está dotado de un poder del cual dispone a su arbitrio; tiene ciertas pasiones y deseos que lo llevan a buscar cosas y querer arrebatárselas a los demás. Como todos conocen esta actitud, desconfían unos de otros; el estado natural es el ataque. Pero el hombre se da cuenta de que esta situación de inseguridad es insostenible; en este estado de lucha se vive miserablemente, y el hombre se ve obligado a buscar la paz.

 

Hobbes distingue entre derecho, que interpreta como libertad, y ley, que significa obligación. El hombre tiene libertad, es decir, “derecho para hacer cuanto pueda y quiera”;[14] pero con un derecho se pueden hacer tres cosas: ejercerlo, renunciar a él o transferirlo. Cuando la transferencia del derecho es mutua, a esto se llama pacto, contrato o convenio. Esto lleva a la idea de la comunidad política.

 

Para conseguir seguridad, el hombre intenta sustituir el estado natural por un estado civil, mediante un convenio en que cada uno transfiere su derecho al Estado. En rigor, no se trata de un convenio con la persona o personas encargadas de regirlo, sino de cada uno con cada uno. El soberano representa, simplemente esa fuerza constituida por el convenio; los demás hombres son sus súbditos.

 

Al despojarse los hombres de su poder, lo asume íntegramente el Estado, que manda sin limitación; es una máquina poderosa, un monstruo que devora a los individuos y ante el cual no hay ninguna otra instancia. Hobbes no encuentra nombre mejor que el de la gran bestia bíblica. Leviatán; eso es el Estado, superior a todo, como un dios mortal.

 

El Estado de Hobbes lo decide todo; no sólo la política sino también la moral y la religión. Si la religión no ésta reconocida por el Estado, no es más que superstición. Este sistema, agudo y profundo en muchos puntos, representa la concepción autoritaria y absolutista del Estado fundada a la vez en el principio de la igualdad y en un total pesimismo respecto a la naturaleza humana. Frente a las ideas de espiritualidad y libertad, el sistema político de Hobbes está dominado por el mecanismo naturalista y la afirmación del poder omnímodo del Estado.

 

“No hay ley injusta. La ley está hecha por el Poder Soberano y todo lo hecho por tal poder está garantizado”[15] por su parte, John Keane[16] hace una reflexión frente a los acontecimientos de Europa del Este en los años ochentas, y dice que asiduo al modelo del Estado de seguridad se le puede atribuir a Thomas  Hobbes, en su obra El Leviatán, cuyo capítulo es The Matter, Frome and Power of a Commonwealth, Eclesiastical and Civil.[17] Hobbes conectó el vocablo Commonwealth (Comunidad de riqueza) a los poderes eclesiásticos y de la sociedad civil, que encauzaban y disciplinaban a la multitud recien salida de la servidumbre

 

Tal poder “civilizatorio” lo extrajo la casta burguesa dominante de la sangrienta guerra civil inglesa librada bajo el ropaje de la rebeldía religiosa. El Estado de seguridad hobbesiano respondía a la revolución social instrumentando el miedo a la multitud libre, fruto del ajusticiamiento de un monarca y de no pocos nobles a manos del parlamento inglés[18]

 

El Estado hobbesiano “subraya que no puede haber paz y confort material en la tierra a menos que los individuos, que no tienen respeto natural hacia sus semejantes, estén sometidos a un Estado soberano bien visible y muy armado, cuya función es imponer el orden y pacificar permanentemente a esos individuos”.[19] Entonces, los individuos modernos, en su condición natural prepacto social, son iguales en la libertad.

 

La multitud busca preservar su vida y poseer los medios necesarios para su existencia hasta donde su propia fuerza se lo permita. Pero la competencia violenta no producía utilidad económica alguna, menos una reproducción estable de la existencia de los trabajadores libres. Ello justificaba crear un orden que trascendiera la pugna molecular del homo- homini lupus para que existiera la sociedad civil, la comunidad del homo – homini deus. Así Hobbes, resolvió “la confusión y violencia del Estado de Naturaleza”, procurando “la existencia pacífica, social y confortable” de la sociedad civil

 

Para Hobbes, la seguridad resultaba del sometimiento de los libres a la soberanía absoluta, bien por adquisición, cuando un Estado invade a otro; o por institución cuando los individuos sujetos al miedo, consentían ser gobernados por uno o por pocos[20]. La última vía exigía dos pactos para instituir la sociedad civil, es decir, una comunidad política estatal. Primero venía el pacto de asociación entre individuos libres (Pactum associationis), y luego el pacto de sujeción (Pactum subjectionis), un mando legítimo a cargo del Leviatán. La férrea bisagra entre la libertad y la obediencia que hace un goce estable de toda posesión egoísta.

 

En el Contrato Social moderno de Hobbes, “los individuos renuncian para siempre a sus derechos y poderes de autogobierno a favor de un ente que monopoliza medios de violencia, impuestos, formación de la opinión pública, adopción de decisiones políticas y administración”[21]. Hay una supuesta auto- renuncia de la multitud como cuerpo político a su autogobierno a cambio de la seguridad individual de vidas y bienes.

 

Sin embargo, hay que recordar que la arbitrariedad estatal hobbesiana también permite la rebelión de la multitud para preservar su vida, cuando la pobreza y la miseria la ponen en riesgo inmediato. “Porque la vida la gobierna la ley natural, que es un estatuto diferente  y superior al derecho y al Estado, según lo entendió Hobbes. Lo dicho conduce en los términos de hoy al enfrentamiento teórico entre dos lógicas: la de los que tienen propiedad de tierra y la de los que no la tienen, ambos en disputa por la construcción y el sentido de un Leviatán en obra negra, que unos llaman Estado comunitario y otros insiten en definir como Estado Social de Derecho”.[22]

 

Entonces, si el Leviatán soberano no es capaz en los hechos de proteger a todos los subditos, separados por una notable división y precarización social del trabajo, sí sería posible invocando al mismo Thomas Hobbes que ellos ejerciten la rebelión o la revolución para auto preservar sus vidas contra el Estado.[23]

                                             

III. Legitimación de la democracia

 

La filosofía Hobbesiana, es portadora de elementos importantes que nos podrían ubicar en el contexto de un análisis sobre el tema democrático en el  Estado colombiano, que tiene como columna central los principios que rigen la democracia. Los elementos de los que habla Hobbes son reconocidos por él mismo, como leyes naturales del hombre, o que han sido creados necesariamente por el mismo hombre para hacer el pacto social pues de lo contrario, estaría condenado a vivir constantemente en guerra, y la guerra según Hobbes, trae consigo, consecuencias que, convierten a la vida del hombre en solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta[24].

 

Ya veiamos anteriormente que para Hobbes, existe un principio natural en el hombre que se llama igualdad, término que  según Hobbes es del estado natural, pero que, ha sido acuñado por la filosofía política, como principio de la democracia. Cuando Hobbes, habla de igualdad, expone que  La naturaleza ha hecho a los hombres tan iguales en sus facultades de cuerpo y de alma, que aunque puede encontrarse en ocasiones a hombres Físicamente más fuertes o mentalmente más ágiles que otros, cuando consideramos todo junto, la diferencia entre hombre y hombre no es tan apreciable como para justificar el que un individuo reclame para sí cualquier beneficio que otro individuo no pueda reclamar con igual derecho”.[25]

 

También  argumenta Hobbes, que del principio de igualdad es de donde procede la confianza, pues gracias a ella el hombre tiene la esperanza de conseguir los fines, sin el temor de ser arrebatados por otro, ya que dos o más hombres pueden estar deseando el mismo fin, y esto es razón suficiente para que se despierte la desconfianza, al convertirse en enemigos y por lo tanto hay guerra. [26]

 

Pues bien, mirando que la igualdad es principio fundamental de la democracia y analizando la crisis política por la que ha pasado el Estado colombiano, nos vemos de cara a un problema que nos envuelve a nosotros como ciudadanos partícipes del sistema político en un Estado que se ha legitimado como Estado Democrático, donde, no se pueden pasar por desapersividos los problemas de orden social y político que se vivieron antes de que se hiciera el pacto democrático llamado Frente Nacional que en sus avatares, fue un pacto en el que la democracia se vió limitada, pero sin embargo era una salida a la crisis que se venía presentando por causa de la guerra fría.

 

Ahora bien, aunque hemos dicho anteriormente que en el Frente Nacional la democracia fue limitada, no por eso tenemos que decir que no contribuyó a la conformación o mejor dicho, transición hacia la democracia en colombia. Por tal motivo, he querido tomar como ejemplo el Frente Nacional para mostrar un poco la forma de Estado a partir de un pacto que se instituyó para buscar horizontes de salida a la crisis que se vivía en ese entonces. Pero, para hablar del Frente Nacional, hay que hacer un breve recorrido por el ámbito  histórico, y para esto, es necesario dirigirse diez años atrás, y llegar hasta la época denominada la "Violencia", la cual comenzó en 1948 y originó una gran ruptura entre los tejidos políticos y sociales del país.

 

Después del asesinato de Jorge Eliécer Gaitán, los partidos liberal y conservador buscan persuadirse los unos a los otros. No logran la persuasión que se quería, y entonces, se desata un sentimiento de aniquilaciòn fìsica de un partido a otro, para así lograr convertirse, uno de los dos partidos en un partido de mayorías. Este período de la violencia, desconocido en el exterior deja después de una larga guerra civil en la que no mueren los políticos ni sus familias, sino sólo el pueblo, aproximadamente 350.000 muertos.

 

Posterior al derrocamiento del general Rojas Pinilla en 1957, una junta militar toma el mando del país, y se produce un acuerdo entre los dirigentes de los partidos para lograr que el país se conduzca a través de la democracia representativa.

 

Para esto se reunieron Laureano Gómez, jefe del partido conservador, y Alberto Lleras Camargo, jefe del liberal, y convinieron un acuerdo que permitiera garantizar la estabilidad de los partidos, sin temor a no acceder a cargos públicos o a ser derrocados por un golpe de Estado.

 

Entonces, se hizo la reforma constitucional plebiscitaría de 1957, con la que se  estableció el Frente Nacional bajo la fórmula de la representación paritaria o equivalente de los partidos liberal y conservador en las tres ramas del poder público y en todos los niveles del Estado. A su vez estableció que en las corporaciones públicas, la mayoría para todos los efectos legales sería de las dos terceras partes de los votos. Esta reforma se complementó con el acto legislativo No. 1 del 15 de septiembre de 1959, que estableció la alternación de los partidos en la presidencia de la República.

 

Se suspendió así la competencia de los partidos liberal y conservador por el poder político, pero se hizo más clara y decisiva la lucha de las diferentes facciones al interior de éstos, de tal forma que se  propició coaliciones entre las élites  de los dos partidos tradicionales, pero mediado por los líderes de las principales corrientes. La  anterior circunstancia, entre otros aspectos, fue decisiva  en la composición de los gabinetes ministeriales.

 

Los parámetros legales establecían que cualquier manifestación política debía realizarse dentro de acuerdos partidistas; es así como, el plebiscito de diciembre de 1957, en su artículo cuarto, obligaba al Presidente a dar participación en el ministerio, a los partidos políticos, en la misma proporción en que estaban representadas en las cámaras legislativas que eran paritarias; tal régimen paritario se preserva por el acto legislativo No. 1 de 1968, hasta el 7 de agosto de 1978 y la misma reforma constitucional señala que de esta fecha en adelante el nombramiento de los ministros se haría en forma tal que se diera participación adecuada y equitativa al partido mayoritario distinto al del presidente de la República.

 

Lo anterior, no fue obstáculo para que  las coaliciones entre las facciones de las elites de los dos partidos tradicionales, tuvieran un papel fundamental en el escenario político de aquel momento: “El frente Nacional al establecer la paridad entre los partidos liberal y conservador, restó importancia a la integración del Gabinete desde el punto de vista partidista, pues se sabía de antemano que la mitad de este correspondía a cada uno de los partidos tradicionales. La lucha se centro así dentro de las facciones que dentro de los partidos buscaron, ya mediante alianzas con otras facciones del mismo partido, ya con las del contrario, tener representación en los distintos ministerios”[27]

 

Así se crea el pacto llamado el "Frente Nacional", fenómeno único en el mundo, creado para que durara veinte años, pero que en sentido estricto duró 16 años (1958-1974), y que fue concebido como un pacto de no agresión entre los partidos, además de asegurar la paridad en los puestos del Estado. El principio firmado por los dos dirigentes de los partidos tenía como premisa: "Sentar las bases para una política conjunta de los partidos, encaminada a terminar con la dictadura y devolver al país al pleno imperio de las instituciones", además se buscaba recuperar la conducción de la sociedad civil.

 

De esta manera podemos constatar que el pacto del Frente nacional, logró en algunos aspectos, la salida a la crisis, pero desde otro punto de vista, aun queda cojeando la democracia, puesto que la libertad para elegir por parte del ciudadano estaba condicionada, pues tenía que hacerlo sólo por el gobernante que en esos momentos debiara asumir las riendas del poder. Aunque si reflexionamos sobre la libertad del ciudadano en el Estado democrático colombiano, ésta nos deja mucho que desear, porque, o el ciudadano no la tiene, o si la tiene la interpreta erradamente y piensa que libertad es hacer desenfrenadamente lo que le dicten las pasiones empíricamente y no la razón.

 

Así pues, para observar la realidad de nuestro sistema con elementos comparativos y analíticos desde Hobbes, es necesario tener en cuenta lo que él nos dice sobre cada uno de los elementos que la conforman. Según Hobbes, la libertad es entendida como la ausencia de impedimentos que, a menudo pueden quitarle a un hombre parte de su poder para hacer lo que quisiera, pero que no le impiden hacer uso de su juicio y razón.[28] Ahora bien, en la democracia el principio de libertad se aplica como, que todos los ciudadanos pueden hacer aquello que no les prohíba la ley.

 

Hobbes en su obra Diálogo entre un Filosofo y un Jurista afirma lo siguiente “Así pues, puesto que sin ley humana todas las cosas serían comunes, y esa comunidad es causa de usurpación, envidia asesinatos y continua guerra de unos contra otros, la misma ley de la razón dicta al género humano, para su propia preservación, una distribución de tierras y bienes, de modo que cada cual pueda saber qué le es propio, para que ningún otro pueda pretender un derecho sobre ello, o perturbarle en el uso del mismo”.[29]

 

Aquí encontramos otra razón más que nos permite ver que Hobbes, a lo largo de su filosofía ha propuesto elementos lógicos para la conformación del Estado que pretende, es decir, el Estado absoluto, pero también por otra parte, hay que decir que, aunque él no pretenda un Estado Democrático, sí hay por lo menos elementos que han sido acuñados en la modernidad a la democracia, pero dadas las condiciones por las que pasa la democracia y que han sido expuestas anteriormente, es motivo suficiente para decir que Hobbes no está de acuerdo con ella.

 

La democracia también se legitima a tra vés de la representatividad, pues es, elemento importante en un Estado democrático, porque es donde los ciudadanos tiene derecho a elegir y ser elegidos a través del voto, mecanismo que permite la representación a los ciudadanos, en cabeza de unos pocos para que se puedan hacer cargo de la dirección de la misma. En el siglo XIX, la democracia fue entendida específicamente como la designación de los gobernantes por medio del sufragio; pero ya vemos que la democracia es más que eso, pues se trata de la participación de la ciudadanía en el poder, y, entre más alta sea la participación de los ciudadanos en un país, se puede decir que es más alto el grado de democracia en éste.

 

Cuando Hobbes se refiere a la democracia dice que, “al pueblo no le basta para conservar el poder supremo el que se pongan fechas y lugares de reunión, sino que en el intervalo de tiempo debe elegir a un hombre o a una asamblea para que tenga el uso del poder supremo en ese intervalo de tiempo, puesto que, si no se hace, se pone en peligro al Estado, y no se ha provisto a la paz y a la defensa de cada uno y por falta de seguridad, cada individuo puede recuperar el derecho de defenderse a su propio arbitrio”[30]

 

Por su parte y según el principio de filosofía política, la oposición es también un mecanismo legitimo de la democracia, ya que, es necesareia la oposición para la confrontación de ideas, pero, ya hemos constatado que en el pacto democrático, Frente Nacional no hubo oposición, sino, lo que se hizo fue un acuerdo entre gobernantes, para sucederse el poder, lo que dio lugar para que la democracia fuera limitada.

 

En la mayoría de los países democráticos, esta oposición y confrontación ideológica tiene en los partidos  políticos y movimientos sociales a sus representantes. Según los principios modernos de filosofía política, la democracia no acaba con la dominación política, pero intenta controlarla mediante la división de los poderes, la vigencia de los derechos humanos, el derecho a la oposición y la oportunidad de una oposición de ser gobierno.

 

Según Hobbes, el compromiso político hace benéfico al poder, y por eso insiste en que el hecho de ejercer el poder político legitima. Ahora bien, es necesario pensar que, si en la práctica de la democracia, hay un verdadero compromiso coherente, entre los que sustentan el poder político y el pueblo soberano como el principal implicado dentro de la democracia, entonces podríamos decir que se está haciendo una verdadera democracia.

 

El problema, es que esa coherencia no ha sido posible y no pareciera ponerse en práctica en el Estado colombiano, lo que se puede pensar que hay serios cuestionamientos sobre la fortaleza y legitimación de un Estado democrático en Colombia o por lo menos, asì lo muestra la época en que se estableció el  Frente Nacional, porque el pacto fue entre las dos èlites que sustentaban el poder (partido liberal y conservador) y el pacto con el  pueblo era de participación, pero no libremente, sino acordada, para que eligieran a aquel que le correspondìa tomar el poder, pero de ahí a que hubiera una libre elecciòn, sería una proposición muy ambigua.

 

El período del Frente Nacional presentó las características de un sistema de partido único y de un sistema pluripartidista, así como de un sistema bipartidista. Al existir el requisito de que los presidentes fuesen de un partido designado, en cada una de las elecciones que se celebraron entre 1958 y 1970 era necesario que los dos partidos se pusieran de acuerdo.

 

No obstante, como consecuencia de una profunda transformación socio-económica (fruto de la urbanización, el crecimiento demográfico y el incremento de la alfabetización) que se vivía en aquel período, así como del propio acuerdo del Frente Nacional, la identificación sectaria de la población del país con los dos partidos políticos disminuyó de forma significativa.

 

Por eso, cualesquiera que sean los cambios experimentados en la realidad y cualquiera los desajustes entre teoría y práctica democráticas, la idea esencial de la democracia sigue siendo la representación; sin ella podremos hablar de cualquier cosa menos de un verdadero sistema democrático. Para Hobbes, es claro que en todo pacto deben existir primero las personas que pactan, antes que el pacto mismo, por eso en la democracia, antes que un pacto debe existir el pueblo como principal protagonista de la democracia, de esta manera podremos decir que se ha legitimado la democracia en el Estado Colombiano.

 

Conclusión

 

Despues de haber hecho un recorrido por la filosofía hobbesiana y su propuesta a la formaciòn de Estado, comparada con la forma de Estado en Colombia, especialmente lo que fue el Frente Nacional, podemos concluir diciendo, que ha sido de gran importancia, puesto que hemos encontrado en ella, elementos que nos hacen reflexionar el porqué es necesario que se cumplan los principios que componen cualquier estado llamese absoluto, democrático etc. Pues en cualquiera que sea, debe haber pacto entre los hombres para recuperar la confianza y garantizar  la convivencia, evitando así que los hombres en un momento dado, actuen como si se encontraran en Estado de naturaleza donde cada cual lucha por defenderse de los ataques de otro, debido a la competencia, la desconfianza y la gloria.

 

De otra parte hemos visto que para Hobbes, es la razón la que hace reflexionar a los hombres, puesto que su estado de naturaleza no puede ser superado, pero sí sometido mediante la organización que nace de la voluntad de la comunidad, al reconocer sus propios límites y mediante el principio dialéctico logra buscar la paz mediante el Contrato Social. Lo mismo veíamos al exponer brevemente la teoría de Contrato Social en Locke y Kant; caso que no se daba en Rousseau, porque, éste afirmaba que el Estado de Naturaleza es la situación de armonía donde se realizaba la condición del ser humano.

 

Entonces, según los avatares que hemos visto por los que ha pasado la democracia, se podría afirmar que la razón última de la democracia, es la participación que en ella tenga el pueblo soberano; pero hay un componente racional que hace que la democracia se halle siempre agitada por movimientos que en vez de hacerla legítima, lo que se produce dentro de ella es una agitación contradictoria, impulsada por numerosos intereses particulares, de clase, de grupo o de una forma más evidente, la lucha por el poder que se disputan los dirigentes de turno.

 

Por tanto, si en un Estado Democrático, los gobernantes o encargados de liderar, hacen en teoría pactos con el pueblo soberano, pero en la práctica la aplicación es deferente a lo pactado, y mientras tanto, el pueblo soberano experimenta el debilitamiento del Estado como democrático, cabe pensar que el sistema político como sistema democrático, es ambiguo y débil, puesto que el ciudadano carece de una politización cabal para sentirse parte de un Estado que le garantice sus derechos y así mismo, él (el ciudadano) pueda cumplir con sus deberes que favorecen la convivencia y la realización como persona dentro de una comunidad democrática.

 

La politización del hombre en Hobbes, ocurre en el paso del súper anarquista Estado de Naturaleza humana, al Estado social de no-agresión mediante acuerdos, eso lo exponíamos al reflexionar sobre el Contrato Social. Pues bien, cuando se pactó el Frente Nacional en la democracia colombiana, se plantearon acuerdos como un supuesto, para legitimarla y politizar al hombre en una forma teórica, mientras que en la práctica, se presentaban una serie de matices de índole monárquico, totalitario y en otras veces, de Estado natural.

 

Desde otro ámbito, nos podemos encontrar con que en la propuesta hobbesiana hay una paradoja, con respecto a la politización de la naturaleza.  Esta consiste en que, primero politiza la naturaleza humana, viendo en el hombre un ser que en Estado de Naturaleza o Estado Social persigue siempre cada vez más poder. Pero restringe luego lo político a una esfera concreta relativamente reducida, fuera de la cual queda el amplio margen de los intereses privados, por los que verdaderamente se mueven los hombres, y bajo su amparo crece la sociedad burguesa, [31] ese caso es muy paralelo al pacto del Frente Nacional.

 

Según lo veíamos, Hobbes en su obra El Ciudadano, anota “que la democracia no se constituye por acciones de cada uno con el pueblo sino mediante pactos mutuos de  cada individuo con cada uno de los restantes”[32] Para Hobbes cuando hay un pacto, el hombre recupera la confianza puesto que hay un acuerdo para que en él rijan una serie de principios que permiten la convivencia. Pues bien, con el pacto democrático Frente Nacional, lo que se pretendía era de alguna manera  que la sociedad colombiana recuperara la confianza perdida por situaciones causadas por la guerra fría.

 

La consecuencia fundamental de la teoría hobbesiana del contrato social es el nacimiento del Estado Absoluto, única garantía para dominar el estado de naturaleza y organizar las condiciones imprescindibles para que pueda existir la paz. La condición fundamental de lo que se propuso en El Frente Nacional era el nacimiento y transición a un verdadera democracia para salir del caos en que la sociedad estaba sumergida a raíz de la guerra fría.

 

Finalmente, puedo decir que esta reflexión desde la perspectiva hobbesiana, me lleva a anotar que la democracia colombiana es ideal y muy subjetiva, puesto que a la hora de hacer objetivo el discurso, se encuentra una brecha notable en lo que se ha prometido y los resultados que deben concretizarse en la participación del pueblo y los compromisos que se han hecho con los mimos. Cómo establecer una teoría de la democracia que sea capaz de conciliar el aspecto teórico y práctico, es uno de los desafíos de la filosofía política contemporánea.

BIBLIOGRAFÍA

 

Escritos de Hobbes

HOBBES, Thomas. Leviatán. Alianza Editorial. Madrid, 1989.

 

HOBBES, Thomas, El Ciudadano, Edición de Joaquín Rodríguez Feo. Editorial. Debate S.A., Madrid 1993

 

HOBBES, Thomas. Leviatán, Tomo I.  Ediciones Altaya,  Barcelona 1994.

 

HOBBES, Thomas. Diálogo entre un Filósofo y un Jurista, Editorial. Tecnos

 

HOBBES,  Elementos de Derecho Natural y Político. Centro de Estudios Constitucionales. Madrid, 1979

 

HOBBES, Thomas, Antología de textos Políticos. Selección de textos por Enrique Tierno Galván. Editorial Tecnos, S. A. Madrid, 1965

 

Escritos sobre Hobbes

ZARKA, Yves Charles. Hoebbes y el Pensamiento Político Moderno, Versión  castellana de Luisa Medrano de la obra de Yves Charles Zarka, Hobbes et la pensée politique moderne, Presses Universitaires de France, Paris 1995. Editorial Herder

 

Textos sobre otros contractualistas

LOCKE, John. Ensayo Sobre el Gobierno Civil. Fondo de Cultura Económica. México 1994

 

ROUSSEAU, Jean- Jacques. Del Contrato Social. Del dominio real, Alianza Editorial, S. A. Madrid, 1980

 

ROUSSEAU, Jean- Jacques, La Desigualdad entre los Hombres. Traducción española por J. C. Posada. Editorial Tor, Buenos Aires. [ s, f,]

 

CASSIRER Ernst, Kant, Vida y Doctrina,  Breviario, Fondo de Cultura Económica. Universidad de México. México D. F., 1978.

 

Otros textos de ayuda

KEANE, John. Democracia y Sociedad Civil. Versión española de Antonio Escohotado. Alianza Editorial. Madrid, 1994

 

ZGAIB, Miguel Ángel Herrera, La Participación y Representación Política en Occidente. Editorial. CEJA, Universidad Javeriana, Bogotá 2001

 

LADRÓN, Andrés Dávila. Democracia Pactada. El Frente Nacional y el proceso constituyente de 1991

 

URIBE, María Teresa, Nación Ciudadano y Soberano. Editorial Corporación Región. Medellín, Colombia 2001

 

BLANCO, Josefina y otros: “Los gabinetes ministeriales como élites políticas, Colombia (1930 – 1990)”, Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Estudios Interdisciplinarios, Magister en Estudios Políticos y en Relaciones Internacionales; Bogotá, 1991, SERIE MONOGRAFÍCA No. 6.

 

HENAO HIDRÓN, Javier. Constitución Política de Colombia, XIV Edición. Editorial Temis S.A. Bogotá Colombia 200



[1] Locke, John. Ensayo Sobre el Gobierno Civil. Pág. 9. Fondo de Cultura Económica. México 1994

[2] CASSIRER Ernst, Kant, Vida y Doctrina, Pág. 465.  Breviario, Fondo de Cultura Económica. Universidad de México. México D. F., 1978.

[3] ROUSSEAU, Jean Jacques. Del Contrato Social. Del dominio real, Pág. 30. Alianza Editorial, S. A. Madrid, 1980

[4]HOBBES, Thomas. Leviatán. Capitulo 13, de la condición natural de la humanidad en lo concerniente a su felicidad y a su miseria, Pág. 109. Alianza Editorial. Madrid, 1989.

[5] Ibíd. Pág. 111

[6] Ibíd. Pág. 111

[7] Ibíd. Pág. 122

[8] Ibíd. Pág. 122

[9] HOBBES, Thomas, Antología de textos Políticos, Pág. 71. Selección de textos por Enrique Tierno Galván. Editorial Tecnos, S. A. 1965

[10] HOBBES, Thomas. Leviatán. Capitulo 14, De las Leyes Naturales Primera y Segunda, y de los Contratos, Pág. 113. Alianza Editorial. Madrid, 1989.

[11] HOBBES, Thomas, El Ciudadano, Edición de Joaquín Rodríguez Feo. Pág. 17, Edit. Debate S.A., Madrid 1993

[12] Ibid. Pág. 18

[13] HOBBES, Thomas. Leviatán. Capitulo 13, de la condición natural de la humanidad en lo concerniente a su felicidad y a su miseria, Pág. 107. Alianza Editorial. Madrid, 1989.

[14]Hobbes, Thomas, Leviatán, Pág. 110. de las Leyes Naturales Primera y Segunda, y de los Contratos

[15] HOBBES, Thomas. Leviatán, Pág. 338. Alianza Editorial. Madrid, 1989.

[16] John Keane es docente investigador de la Universidad de Westminter, en Londres, donde orienta un Centro de Estudios sobre la Democracia y los derechos humanos

[17] La traducción es El asunto o materia, Forma y Poder de una Comunidad

[18] La otra República como se recordará  fue instaurada como fruto de la revolución holandesa que liberó a las Provincias Unidas de la dominación española

[19] KEANE, John. Democracia y Sociedad Civil. Pág. 61. Versión española de Antonio Escohotado. Alanza Editorial. Madrid, 1994

[20] Esta reflexión está anclada en los primeros discursos modernos sobre el institucionalismo donde se reconoce a Thomas Hobbes como uno de los fundadores

[21] Miguel Ángel Herrera Zgaib, La Participación y Representación Política en Occidente. Edit. CEJA, Universidad Javeriana, Bogotá 2001

[22] Miguel Ángel Herrera Zgaib, director de Unijus. Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales. Universidad Nacional de Colombia

[23] Ver Leviatán Págs. 272 y 276

[24] HOBBES, Thomas. Leviatán, Tomo I. Cáp. 13, De la condición natural de la humanidad en lo concerniente a su felicidad y su miseria. Pág. 105.  Ediciones Altaya,  Barcelona 1994.

[25] Ibíd. Pág. 105

[26] Ibíd. Pág. 106

[27] BLANCO, Josefina y otros: “Los gabinetes ministeriales como élites políticas, Colombia (1930 – 1990)”, Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Estudios Interdisciplinarios, Magister en Estudios Políticos y en Relaciones Internacionales; Bogotá, 1991, SERIE MONOGRAFÍCA No. 6. P.487.

 

[28]HOBBES, Thomas. Leviatán, Tomo I. Pág. 110. Ediciones Altaya,  Barcelona 1994.

[29] Hobbes, Thomas. Diálogo entre un Filósofo y un Jurista, Pág. 10. Edit. Tecnos

[30] HOBBES, Thomas, El Ciudadano, Edición de Joaquín Rodríguez Feo. Pág. 71, Edit. Debate S.A., Madrid 1993

[31] Ibíd. Pág. 59

[32] Ibíd. Pág. 71

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Publicación enviada por Samuel Darío Moreno Rincón
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Publicado Saturday 10 de April de 2004

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