Monografias | Cajas de Compensación de Asignación Familiar (C.C.A.F)Cajas de Compensación de Asignación Familiar (C.C.A.F)Resumen: Concepto y objetivo. Desarrollo de las Cajas de Compensación en Chile. Naturaleza Jurídica. Afiliación y Desafiliación de las Cajas de Compensación. Funciones de las C.C.A.F. Prestaciones de las C.C.A.F. Las Prestaciones Particulares. Función de las C.C.A.F. en el Sistema de Arrendamiento de las Viviendas como Promesa de Compraventa. Financiamiento y Patrimonio de las C.C.A.F. Función social e importancia de las C.C.A.F. Las cajas de compensación de asignación familiar(C.C.A.F.)
son corporaciones de derecho privado, con patrimonio propio y sin fines de
lucro, las cuales han tenido un sostenido desarrollo y crecimiento en las
ultimas cuatro décadas principalmente, tanto en nuestro país como en el
extranjero. El objetivo de las Cajas de Compensación originalmente era
la administración de las "prestaciones de seguridad social" las
cuales tendían al desarrollo y bienestar del trabajador y su familia. Hoy en día las Cajas de Compensación entregan una gran gama
de beneficios en materia de seguridad social a sus afiliados, además de los
objetivos básicos antes mencionados. Las nuevas áreas en que han incursionado
las Cajas de Compensación son: vivienda, cultura, salud, capacitación,
recreación, desarrollo personal, perfeccionamiento. Desarrollo de las Cajas de Compensación en
Chile. Las Cajas de Compensación tienen su origen en Francia, país
que alcanzó una alta evolución en materia de Asignación Familiar y
especialmente en el aspecto de Cajas de Compensación. Esta influencia gatillo el nacimiento de las Cajas de
Compensación en Chile, pero específicamente estas se desarrollaron por la
iniciativa de las instituciones de empleadores privadas a favor de los
trabajadores. El año 1937 el Gobierno dictó una ley que establece las
asignaciones familiares como obligatorias para los trabajadores de empresa
privada y el año 1945 los trabajadores del sector público se vieron
favorecidos con la obligatoriedad de la asignación. Las Cajas de Compensación fueron reconocidas legalmente el año
1953 por el D.F.L 245 La ultima ley que se público en materia de Cajas de
Compensación fue la 18.833 que estableció un nuevo estatuto general que, entre
otros aspectos, liberalizó al mercado de estas entidades, amplio la existencia
de beneficios y servicios, simplificó los procesos adhesión de las empresas,
acentuando la competencia y flexibilizó los requisitos para conformar y elegir
Directorio, con lo que se reforzó el carácter autónomo y privado de estas
instituciones. Con la participación del sector privado en las Cajas de
Compensación se estableció un procedimiento de crédito social en el que se
hizo prevalecer la responsabilidad del trabajador para satisfacer sus propias
necesidades. Otras de las iniciativas es la prestación de servicios, a través
de la cual la caja de compensación, desarrolla entre otras actividades de
recaudación de cotización, digitación de datos, procesamiento de información,
pago de pensiones y emisiones de ordenes de atención medica, tanto a las
instituciones del antiguo como del nuevo régimen. Las Cajas de Compensación surgieron como una necesidad
social sin atenerse a reglamentaciones o leyes de ningún tipo. La primera disposición legal corresponde al D.F.L 245 de
1953 que ni siquiera define a la institución. Nuestro ordenamiento jurídico ha establecido que las Cajas
de Compensación son definitivamente "corporaciones de derecho privado sin
fines de lucro", el titulo de corporación se le dio a causa de que la
institución carecía de fines de lucro, pero esta calificación fue objeto de
críticas, ya que algunos críticos estimaron que si bien la institución reunía
algunas características de corporación, también difería en varios aspectos,
como por ejemplo que la corporación, tienen como elemento básico una
colectividad de individuos y además busca el beneficio de sus miembros y la
caja la conforma una sola persona jurídica (asociación patronal), y buscan el
beneficio de personas ajenas a ellas como son los miembros de la familia del
beneficiario. Además las cajas según ley 18.833 son supervigiladas y
fiscalizadas por la superintendencia y por la contraloría general de la república,
debido a que administran recursos provenientes del fisco Todo esto hacen que las cajas de compensación difieran de la
definición de corporación debido a las características antes descritas Afiliación y Desafiliación de las Cajas de
Compensación Afiliación Se define en términos generales como un acto en mediante el
cual un particular se integra a un correspondiente régimen de seguridad social. Podrán incorporarse a una C.C:A:F: cualquier empresa de carácter
privado y adicionalmente el personal docente de las municipalidades o
corporaciones educacionales y mutuales de seguridad. La afiliación de una empresa deberá ser solicitada por
escrito al directorio de la caja, acompañada de los antecedentes que
justifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, en los
cuales se debe incluir entre otros la nomina de trabajadores debidamente firmada
y autorizada, siempre y cuando la mitad mas uno de sus trabajadores así lo
estime conveniente para esto se debe presentar un acta mayoritaria de
desafiliación a la caja anterior y un acta de acuerdo mayoritario de afiliación.
Queda de manifiesto, que la decisión de los trabajadores de afiliarse a una
C.C.A.F. afecta a la totalidad a la empresa Desafiliación La desafiliación de una empresa a una Caja de Compensación
es un acto voluntario el cual, tal como la afiliación, requiere de la voluntad
de sus trabajadores. En este caso, el acuerdo debe ser adoptado por mayoría
absoluta de los trabajadores de la empresa o establecimiento. La fecha de la desafiliación corresponde a la fecha de
afiliación a otra Caja. La desafiliación es, por su parte, de carácter
individual, lo que no obsta a que varias empresas puedan desafiliarse simultáneamente. Por otra parte, las empresas requieren de un período
afiliación mínimo de 6 meses para poder desafiliarse, La razón de este
requisito es impedir el desequilibrio financiero de las Cajas de Compensación
por una constante desafiliación empresas. Tanto la afiliación como la desafiliación de una empresa a
una Caja de Compensaci6n, requiere una solicitud dirigida al Presidente del
Directorio de la Caja. Será precisamente el Directorio el encargado de
pronunciarse acerca de la aceptación o de denegación de dicha solicitud, lo
cual afecta mediante un acuerdo, cuyo quórum ser de simple mayoría. Descripción general de las prestaciones y beneficios entregados por las Cajas de Compensación La ley 18.833, en su artículo 19 señala que las Cajas de
Compensación tienen como función la administración de prestaciones de
seguridad social. Dicha función corresponde a la administración de prestaciones
generales y de prestaciones Particulares. Las Prestaciones Generales Son aquellas prestaciones que son administradas por la Cajas
facultadas por el Estado, según el principio de subsidiariedad, siendo regímenes
de aplicación general, establecidos por la ley, y que se refieren a: asignación
familiar, subsidio de cesantía, subsidio por incapacidad laboral, previa
autorización de la autoridad correspondientes la administración es de estas
prestaciones considera solo a trabajadores afiliados, ya que existen otras
instituciones que también administran estas prestaciones de modo que todos
accedan a los beneficios del sistema Régimen de Prestaciones Familiares Las Cajas de Compensación de Asignación Familiar deben su
nombre a este régimen de prestaciones por que, aunque la ley las ha facultados
para administrar otras prestaciones generales de seguridad social las
prestaciones familiares son las únicas de carácter obligatorio y con ella
deben iniciar su operación. Los beneficios que otorgan las cajas de compensación son la
asignación familiar y la asignación familiar maternal ambos de similar
naturaleza. El beneficio de la asignación familiar es el que caracteriza al régimen
de prestaciones familiares y consiste en una prestación en dinero
complementaria del salario, que se paga por cada carga familiar reconocida como
tal por la legislación vigente, además la mujer trabajadora que se encuentre
embarazada tiene derecho a un beneficio de naturaleza semejante denominado
"asignación familiar maternal" el que se paga por el periodo que dure
el embarazo así mismo los trabajadores tienen derecho a esta asignación
respecto de sus cónyuges que tengan la calidad de carga familiar y estén
embarazadas
Son las personas que tienen derecho a percibir asignación
familiar por las cargas de familia que acepta la ley estos son: - Causantes Son las personas que pueden ser invocadas como cargas
familiares por un beneficiario y que originan el derecho al pago de la asignación
familiar. Estos son:
Para hacer efectiva la asignación familiar, los causantes
deberán: - Financiamiento y Control Las prestaciones familiares forman parte de un Sistema Unico
Prestaciones Familiares. La ley establece que este sistema se financia con cargo
a un fondo único, que se denomina "Fondo Unico de Prestaciones Familiares
y Subsidios Cesantía", constituido con aportes fiscales que se fijan en la
ley de presupuesto. Para formular el presupuesto, las Cajas de Compensación (y
otras instituciones que administren las prestaciones) deberán preparar
presupuestos y programas particulares en los que se establezca el numero
probable de asignaciones a pagar y las necesidades financieras Para gastos de
administración del sistema. La Superintendencia de Seguridad Social calificara
los presupuestos y programas y confeccionara con estos antecedentes un
presupuesto y programa. Posteriormente, la Superintendencia propondrá dicho
programa a la consideración de los Ministerios de Hacienda y del Trabajo el que
será aprobado por decreto supremo. Régimen de Subsidios de Cesantía Este régimen consiste en una prestación general de
seguridad social que administran las Cajas de Compensación y tiene carácter de
facultativo ya que su administración es a solicitud de ellas y con la
autorización de la autoridad correspondiente. El subsidio de cesantía es una prestación de carácter
pecuniario, cuyo propósito es proteger con un subsidio a los trabajadores,
proporcionándoles apoyo económico mientras dure su inactividad y por un lapso
máximo fijado por la ley. Régimen de Subsidios por Incapacidad Laboral Este subsidio consiste en una prestación en dinero en
efectivo y se otorga al trabajador con el objeto de sustituir su remuneración
mientras esté acogido a licencia médica. Se paga por el periodo que dure
incapacidad y permite mantener la continuidad previsional en los regímenes de
pensiones y de salud a los que se encuentre afiliado el trabajador. Las C.C.A.F.
administran este régimen sólo respecto a los trabajadores afiliados a ellas y
excluyendo de éstos a los que están afiliados a su vez en alguna Institución
de Salud Previsional (Isapre). Las prestaciones particulares, son prestaciones que las de
Cajas de Compensación otorgan a sus afiliados con recursos propios,
constituyendo beneficios de carácter social y familiar, existen los regímenes
de: prestaciones de crédito social, de prestaciones adicionales y de
prestaciones complementarias. Estos regímenes, permiten establecer diferencias
entre las diversas Cajas de Compensación. Estas prestaciones particulares, son todas establecidas por
la ley, las prestaciones de crédito social y adicionales, se rigen por
reglamentos especiales de carácter general para todo el sistema de Cajas de
Compensación y por reglamentos particulares dictados por cada institución. En
cambio, las prestaciones complementarias, no tienen una reglamentación general,
sino una especial para cada Caja. La administración de estas prestaciones particulates es
facultativa para las Cajas de Compensación, y abarca a los trabajadores
afiliados a ellas. Régimen de prestaciones de crédito social El régimen de crédito social consiste en prestamos en
dinero que otorgan las Cajas de Compensación a sus trabajadores afiliados,
para cubrir necesidades de estos y de sus causantes de asignación familiar
relativas a: vivienda, bienes de consumo durables, trabajo, educación, salud,
recreación, contingencias familiares y otras necesidades de análoga
naturaleza. Este régimen comenzó a operar, teniendo como propósito el
de permitir que los trabajadores dispusieran de fuentes de financiamiento
permanentes, fundadas en el pago de tasas de interés. De esta forma, el carácter
social de este beneficio se centró en ampliar y facilitar el acceso de todos
los trabajadores, sin discriminación alguna, a un sistema de crédito
permanente e institucional. Las prestaciones de crédito social constituyen una
alternativa ventajosa para el sector laboral frente a otras provenientes del
mercado financiero, lo que se aprecia es la rapidez y oportunidad en el
otorgamiento de los créditos por partes de la C.C.A.F. cuyo monto esta
relacionado con la remuneración del trabajador o afiliado solicitante y su
plazo en función de las condiciones del mercado. El mecanismo de pago del crédito, es ventajoso para el
trabajador y seguro para la caja acreedora, pues la obligaciones se amortizan a
través de descuentos por planillas, aplicándose las mismas normas de pago y
cobro que rigen para las cotizaciones provisionales. Finalmente, para las cajas de compensación, el crédito
social a constituido él mas importante factor de capitalización y la principal
fuente de financiamiento del fondo social Régimen de Prestaciones Adicionales Son aquellas que otorgan las cajas de compensación
consistentes en dinero, en especie y en servicio para los trabajadores afiliados
y sus familias. Estas prestaciones solo pueden ser otorgadas para la satisfacción
de necesidades que no estén cubiertas por otras prestaciones que administren la
C.C.A.F. y que sean causadas por hechos tales como matrimonio, nacimiento,
fallecimiento o escolaridad., Por actividades de carácter cultural, deportivo,
recreativo, artístico o de asistencia social o por otros hechos o actividades
de análoga naturaleza a los expresados. Por otra parte aparecen una serie de prestaciones tendientes
a ayudar al trabajador afiliado y sus cargas que cursen estudios universitarios,
tales como: asignación de matricula universitaria, becas de estudio, etc. El sistema de cajas de compensación presenta, en varias de
sus entidades, prestaciones dentales, así como también diversas prestaciones
de orden cultural, recreativo y social, otorgadas en forma directa por la
entidad o a través de convenios con otras instituciones. Régimen de Prestaciones Complementarias Consiste en prestaciones particulares que otorgan las cajas
de compensación, contenidas en distintos regímenes complementarios a los otros
que administran estas entidades. Estas prestaciones no constituyen un régimen comparable al
de las prestaciones de crédito social o adicionales, pues no se refiere la ley
a un régimen singular de prestaciones sino a " regímenes de prestaciones
complementarias". El desarrollo de éstos regímenes no a sido significativo,
existiendo, algunas iniciativas interesantes en el campo de la administración
de fondos de bienestar de las empresas, el turismo, la protección familiar
frente a situaciones catastróficas, la capacitación y el deporte. Función de las C.C.A.F. en el Sistema de
Arrendamiento de las Viviendas como Promesa de Compraventa. Este es un sistema para la adquisición de viviendas,
conocido en la práctica como "leasing habitacional". Este sistema
autoriza a las C.C.A.F para:
Las Cajas de Compensación en otras palabras comparten
funciones, de igual forma, con los bancos y las sociedades financieras. La adquisición de las viviendas se efectúa por medio del
sistema de arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa en donde el
individuo celebra un contrato con una sociedad inmobiliaria(que son sociedades
anónimas en donde las C.C.A.F. en donde tienen facultades para crear y formar
parte) en donde estas ultimas se comprometen a la adquisición de viviendas
terminadas, nuevas, usadas o en construcción. En este contrato queda
establecido el precio en unidades de fomento al igual que el plazo de pago, El pago se realiza por medio de la apertura de cuentas de
ahorro con el objeto de recibir en ellas el ahorro metódico o voluntario que
efectúen- sus titulares, a fin de pagar las rentas de arrendamiento y acumular
fondos suficientes para financiar la compra de viviendas arrendadas en el plazo
convenido entre las partes (titular de la cuenta y sociedad inmobiliaria).Para
este proceso C.C.A.F. pueden constituir y formar parte de la
"Administradora de fondos para la vivienda", que se constituyen como
sociedades anónimas la que tiene por objeto exclusivo la administración de un
patrimonio que se constituye con los fondos disponibles de los recursos de las
cuentas de ahorro llamado "Fondo para la vivienda"para el
arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa, La Caja debe suscribir un
contrato de administración con esta sociedad en relación con los recursos que
queden en las cuentas de ahorro una vez efectuado los descuentos para las
comisiones de la sociedad inmobiliaria y la C.C.A.F. Ahora se abordaran los
tipos de ahorro:
Financiamiento y Patrimonio de las C.C.A.F. Ingresos Las Cajas de Compensación perciben los siguientes recursos,
comisiones, reajustes e intereses de los capitales dados en prestamos, rentas de
inversiones, multas, intereses penales, producto de venta, bienes y servicios,
donaciones, herencias, legados y demás recursos que establezca la ley. Dichos
recursos constituyen un fondo, denominado por la ley como "Fondo
Social". Los recursos del fondo social son utilizados para financiar los
regímenes de prestaciones de crédito social y de prestaciones adicionales,
adquirir bienes para el funcionamiento de las C.C.A.F. y al financiamiento de
los gastos administrativos de esta. La ley 18.833 regula sólo las comisiones, las cuales se
perciben con cargo a los fondos financieros de las prestaciones generales que
administren las Cajas de Compensación. Estas prestaciones generales son: las
prestaciones familiares, los subsidios- de cesantía y los subsidios por
incapacidad legal. Las prestaciones familiares son las únicas obligatorias de
acuerdo con la ley, el resto son facultativas y previa autorización del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El monto de las comisiones que perciban las Cajas de
Compensación por la administración de las prestaciones generales será
calculado por la Superintendencia de Seguridad Social para cada una de ellas con
relación a cada tipo de prestación (asignación familiar subsidio cesantía,
subsidio por incapacidad legal) considerando los siguientes factores: numero de
prestaciones pagadas, numero de trabajadores afiliados y el promedio de los
trabajadores de las empresas afiliadas. En este calculo la Superintendencia de
Seguridad Social deberá considerar un mecanismo de incentivo para el control de
gasto originado por las prestaciones que administren estas entidades. El monto de estas comisiones será fijado por resolución
conjunta de los Ministerios del Trabajo, Hacienda y el de. Previsión Social Función social e importancia de las C.C.A.F Función social de la C.C.A.F. La función social de las cajas de compensación es muy clara
y definida ya que permite a los empleadores "compensar" o no
discriminar en la contratación de personas casadas y con muchos hijos. De no
existir el sistema descrito, el empleador debería cancelar mayores salarios al
trabajador con mas hijos , en otras palabras, la función social de las cajas de
compensación consistía en mantener un fondo de compensación para no tener
diferencias entre trabajadores casados y solteros con mas o menos hijos El éxito en la gestión del sistema repercutió en una
eficiente administración de recursos lo que permitió enfrentar con éxito
otras contingencias sociales que afectaban a los trabajadores y que fueron mas
halla de una simple compensación familiar. Hoy en día las cajas de compensación apuntan directamente
al bienestar del trabajador y de su familia ayudando a este a enfrentar en forma
digna e infortunios y contingencias sociales Importancia De Las Cajas De Compensación La importancia de las cajas radica del punto tocado
anteriormente, ya que las cajas solucionan contingencias sociales no cubiertas
por otras instituciones, en síntesis, las cajas de compensación son el más
importante sistema de asistencia social dado el numero de personas que resulta
beneficiado de ellas y la multiplicidad de funciones que cumple. Profesor: Claudio Marquez Oyarzun Juan Carlos Albornoz T. Pamela Fernández T. Ramiro Matías Y. Paula Ubeda M. César Urrutia M. Publicación enviada por Claudio Marquez Oyarzun y Otros Autores Contactar mailto:diegueli@hotmail.com Código ISPN de la Publicación EpyAAVZFFAGdIhPpQh Publicado Thursday 27 de November de 2003 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
ilustrados.com nace con el fin difundir el conocimiento publicando trabajos de investigación, monografias, tesis, presentaciones powerpoint y afines. Publicar trabajos en ilustrados.com ha alcanzado prestigio y reconocimiento internacional siendo cada vez más el número de académicos, empresas, investigadores, científicos que consultan las publicaciones de nuestro portal. | |||||||||