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Monografias | Historia de México - Las Leyes de ReformaHistoria de México - Las Leyes de ReformaResumen: El período denominado la Reforma en México en un proceso altamente dinámico que abarcaba largos años, pues germina desde la Independencia y tiene su etapa más brillante a partir de 1854, en que inicia la Revolución de Ayutla, y más en concreto en los años 1855 a 1859, culminado en el momento en que Sebastián Lerdo de Tejada promulga las leyes de Reforma, primero la del 25 de septiembre de 1873 y finalmente la del 14 de diciembre de 1874. El movimiento reformista es parte del proceso que tiene a lograr el afianzamiento de la nacionalidad El período denominado la Reforma en México en un proceso
altamente dinámico que abarcaba largos años, pues germina desde la
Independencia y tiene su etapa más brillante a partir de 1854, en que inicia la
Revolución de Ayutla, y más en concreto en los años 1855 a 1859, culminado en
el momento en que Sebastián Lerdo de Tejada promulga las leyes de Reforma,
primero la del 25 de septiembre de 1873 y finalmente la del 14 de diciembre de
1874. El movimiento reformista es parte del proceso que tiene a lograr el
afianzamiento de la nacionalidad mediante la conquista plena de la soberanía y
la transformación de sistema político, económico y social reinante,
establecido uno nuevo bajo un régimen democrático, representativo y popular. En una circular de 5 de mayo de 1858 dirigida a os
gobernadores de los estados, Melchor Ocampo señaló el pensamiento, objetivos y
alcances de Juárez y sus ministros tenían a ese respeto: "Se harán
nuevos esfuerzos para consumar la reforma radical y completa que es necesaria en
todos los ramos de la administración pública..., pues ésta y no otra es la
resolución que tienen los que actualmente forman el gabinete". Las
principales leyes de reforma dictadas a partir de 1855, de gran contenido político,
afectaban la actividad del país en sus aspectos económicos, cultural, social,
y religioso. Entre las más importantes mencionamos las siguientes: Ley sobre administración de Justicia y Orgánica de los
Tribunales de la nación, del distrito y territorios, llama Ley Juárez, de 23
de noviembre de 1855. Ley de desamortización de fincas rústicas y urbanas
propiedad de corporaciones civiles y eclesiásticas, llamada ley de Lerdo, de 25
de junio de 1856. La Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, de
5 de febrero de 1857. La Ley sobre obvenciones parroquiales, llamada Ley Iglesias,
de 11 de abril de 1857 Ley sobre nacionalización de los bienes eclesiásticos del
clero secular y regular, de 12 de junio de 1859. La Ley del 28 de julio de 1859, que estableció el Registro
Civil, y la del 31 de julio del mismo año, sobre la reglamentación de los
cementerios. Las finalidades esenciales de los reformistas y de sus
disposiciones puede enmarcase como sigue:
Manifiesto del Congreso Constituyente a la
nación al ser promulgada la Constitución federal de los Estados Unidos
mexicanos, sancionada y jurada por el Congreso General Constituyente el día 5
de febrero de 1857. EL CONGRESO CONSITITUYENTE A LA NACIÓN Mexicanos: Queda hoy cumplida la gran promesa de la
regeneradora revolución de Ayutla, de volver al país al orden constitucional.
Queda satisfecha esta noble exigencia de los pueblos, tan enérgicamente
expresada por ellos, cuando se alzaron a quebrantar el yugo del más ominoso
despotismo. En medio de los infortunios que les había sufrir la tiranía,
conocieron que los pueblos sin instituciones que sea la legítima expresión de
su voluntad, la invariable regla de sus mandatarios, la invariable regla de sus
mandatarios, están expuestos a incesantes trastornos y a la más dura
servidumbre. El voto del país entero aclamaba por una Constitución que
asegurara las garantías del hombre, los derechos de ciudadano, el orden regular
de la sociedad. A este voto sincero, íntimo del pueblo esforzado, que en
mejores días conquistó su independencia; a esta aspiración del pueblo, que en
el deshecho naufragio de sus libertades, buscaba ansioso una tabla que lo
salvara de la muerte y, de algo peor, de la infamia; a este voto, a esta
aspiración debió su triunfo la revolución de Ayutla, y de esta victoria del
pueblo sobre sus opresores, del derecho sobre la fuerza bruta, se derivó la
reunión del Congreso, llamado a realizar la ardiente esperanza de la República;
un código político adecuado a sus necesidades y a los rápidos progresos que,
a pues de sus desventuras, ha hecho en la carrera de la civilización. Bendiciendo la Providencia Divina los generosos esfuerzos que
se hacen a favor de la libertad, ha permitido que el Congreso dé fin a su obra
y ofrezca hoy al país la prometida Constitución, esperada como la buena nueva
para tranquilizar los ánimos agitados, calmar la inquietud de los espíritus,
cicatrizar las heridas de la República, ser el iris de paz, el símbolo de la
reconciliación entre nuestros hermanos y hacer cesar esa penosa incertidumbre
que caracteriza siempre los períodos difíciles de transición. El Congreso que libremente elegisteis, al concluir la ardua
tarea que él encomendó, conoce él deber experimentar la necesidad de
dirigirlos la palabra, no para encaminar el fruto de sus deliberaciones, sino
para exhortarnos a la unión, a la concordia y a que vosotros mismos seáis los
que perfeccionéis vuestras instituciones, sin abandonar las vías legales de
que jamás debió salir la República. Vuestro representante a ha pasado por las
más críticas y difíciles circunstancias; han visto la agitación de la
sociedad, han escuchado el estrépito de la guerra fratricida, han contemplado
amagada la libertad, y en tal situación, para no desesperar del porvenir, los
ha alentado su fe en Dios, en Dios que no protege la iniquidad ni la injusticia,
y, sin embargo, han tenido que hacer un esfuerzo supremo sobre sí mismos, que
obedecer sumisos los mandatos del pueblo, que resignarse a todo género de
sacrificios para perseverar en la obra de constituir al país. Tomaron por guía la opinión pública, aprovecharon las
amargas lecciones de la experiencia para evitar los escollos de lo pasado, y les
sonrió halagüeña la esperanza de mejorar el porvenir de su patria. Por esto, en vez de restaurar la única carta legítima que
antes de ahora han tenido los Estados Unidos mexicanos; en vez de revivir las
instituciones de 1824, obra venerable de nuestros padres, emprendieron la
formación de un nuevo código fundamental, que no tuviera los gérmenes
funestos que, en días de luctuosa memoria, prescribieron la libertad en nuestra
patria y que correspondiese de entonces acá por el espíritu del siglo. El
congreso estimó como base de toda prosperidad, de todo engrandecimiento, la
unidad nacional, y, por tanto, se ha empeñado en que las instituciones sean un
vínculo de fraternidad, un medio seguro de llegar a establecer armonías, y ha
procurado alejar cuanto producir pudiera choques y resistencia colisiones y
conflictos. Persuadido el Congreso de que la sociedad para ser justa, sin
el que no puede ser duradera, debe perpetras los derechos concedidos al hombre
por su Criador; convencido de que las más brillantes y deslumbradoras teorías
políticas son torpes engaño, amarga irrisión, cuando no se goza de libertad
civil, ha definido clara y precisamente las garantías individuales, poniéndolas
a cubierto de todo ataque arbitrario. El acta de derechos que va al frente de la
Constitución es un homenaje tributado, en vuestro nombre, por vuestros
legisladores a los derechos imprescriptibles de la humanidad. Os quedan, pues,
libres, expeditas, todas, las facultades que del Ser Supremo recibisteis para el
desarrollo de vuestra inteligencia para el logro de vuestro bienestar. La igualdad será de hoy más la gran ley en la República;
no habrá más mérito que el de las virtudes; no manchará el territorio
nacional la esclavitud, oprobio de la historia humana; el domicilio será
sagrado; la propiedad, inviolables; el trabajo y la industria, libres; la
manifestación del pensamiento, sin más trabas que el respeto a la moral, a la
paz pública y a la vida privada; el tránsito, el movimiento, sin dificultades;
el comercio, la agricultura, sin obstáculos; los negocios del Estado,
examinados por los ciudadanos todos: no habrá leyes retroactivas, ni
monopolios, ni prisiones arbitrarias, ni jueces especiales, ni la confiscación
de bienes, ni penas infamantes, ni se pagará por la justicia, ni se violará la
correspondencia; y en México, para su gloria ante Dios y ante el mundo, será
una verdad práctica a inviolabilidad de la vida humana, luego que con el
sistema penitenciario pueda alcanzare el arrepentimiento y la rehabilitación
moral del hombre que el crimen extravía. Tales son, ciudadanos, las garantías que el Congreso creyó
deber asegurar en la Constitución, para hacer efectiva la igualdad, para no
conculcar ningún derecho, para que las instituciones desciendan solícitas y
bienhechoras hasta las clases más desvalidas y desgraciadas, a sacarlas de su
abatimiento, a llevarles la luz de la verdad, a vivificarlas con el conocimiento
de sus derechos. Así despertará se estimularás su actividad, que paralizó la
abyección; así entrará en la comunión social y dejando de ser ilotas
miserables, redimida, emancipadas, traerán nueva savia, nueva fuerza a la República. La federación, bandera de los que han luchado contra la
tiranía, recuerdo de épocas venturosas, fuerza de la República para sostener
su independencia, símbolo de los principios democráticos, es la única forma
de gobierno que en México cuenta con el amor de sus pueblos, con el prestigio
de la legitimidad, con el respeto de la tradición de la República. El
Congreso, pues, hubo de reconocer como preexistentes los Estados libres y
soberanos; proclamó sus libertadores locales y, al ocuparse de sus límites, no
hizo más alteraciones que las imperiosamente reclamadas por la opinión o porra
convivencia pública para mejorar la administración de los pueblos. Queriendo
que en una democracia no haya pueblos sometidos a pupilaje, reconoció el legítimo
derecho de varias localidades a gozar de vida propia como Estados de la federación. Gozando los Estados de amplísima libertad en su régimen
interior, y estrechamente unidos por el lazo federal, los poderes que ante el
mundo han de representar a la Federación quedan con las facultades necesarias
para sostener la independencia, para fortalecer la unidad nacional, para
promover el bien público, para atender a todas las necesidades generales; pero
no será jamás una entidad extraña que esté en pugna con los Estados, sino
que, por el contrario, serán la hechura de los Estados todos. La obra de la Constitución debe naturalmente, lo conoce el
Congreso, debe resentirse de las azarosas circunstancias en que ha sido formada,
y puede también contener errores que se hayan escapado a la perspicacia de la
asamblea. El Congreso sabe muy bien que en siglo presente no hay barrera que
pueda mantener estacionario no se estanca, que las leyes inmutables son frágiles
valladar para el progreso de las sociedades, que es vana empresa querer legislar
para las edades futuras, que el género humano avanza día a día necesitando
incesantes innovaciones en su modo de ser político y social. Por esto ha dejado
expedito el camino a la reforma del Código político. Enciclopedia "Historia de México", Primera edición, México
D.F 1978, Editorial: Salvat Mexicana de editores, Tomo VIII, P.p. 2181 – 2204. Autor: Iván Escalona M. Estudios de Preparatoria: Centro
Escolar Atoyac (Incorporado a la U.N.A.M.) Estudios Universitarios: Unidad
Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería y Ciencias sociales y
Administrativas (UPIICSA) del Instituto Politécnico Nacional (I.P.N.) Ciudad de Origen: México,
Distrito Federal Fecha de elaboración e
investigación: Noviembre de 1998. Profesor que revisó trabajo: Adrián Gutiérrez
(Profesor de Historia del Atoyac y alias: Chico Homo) Publicación enviada por Ivan Escalona Moreno Contactar mailto:ivan_escalona@hotmail.com Código ISPN de la Publicación EpyAFyluVlDreWdufG Publicado Thursday 20 de November de 2003 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
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