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Monografias | Derecho CooperativoDerecho CooperativoResumen: Antecedentes del cooperativismo. Importancia, Trascendencia y Oportunidad para las Cooperativas y el Derecho. El hombre en sus gestos y expresiones gregarias produce hechos y genera actos que el derecho cuida de regular actualizando sus cuerpos normativos. Hablar del cooperativismo es hablar de una actividad humana solidaria de fecundo desarrollo secular en nuestro país. El hombre en sus gestos y expresiones gregarias produce
hechos y genera actos que el derecho cuida de regular actualizando sus cuerpos
normativos. Hablar del cooperativismo es hablar de una actividad humana
solidaria de fecundo desarrollo secular en nuestro país. La cooperativa es una empresa ética y eficaz, jurídica y
económica, gestionada democráticamente por sus asociados e integrada por
personas que inspiradas en la solidaridad, persiguen la satisfacción de
aspiraciones, necesidades e intereses comunes, sin intermediarios ni fines de
lucro. La eficacia de esta formula jurídica socioeconómica quedó
sobradamente acreditada mediante la satisfacción de diversas necesidades,
aspiraciones e intereses en distintos sectores de la Comunidad Nacional y
Latinoamericana. El cooperativismo no es una ideología sino un sistema
correctivo de eventuales distorsiones del mercado o del Estado. Antecedentes del cooperativismo.- Mucho antes que la cooperación fuese planteada técnicamente
como una fórmula económica-social de actividad regida por principios
peculiares y propios y como empresas de características nuevas y diferentes,
existían ya "realidades cooperativas", en el sentido de grupos
humanos elementales que ejercían alguna o varias y conexas actividades económicas,
en asociación, en participación y cooperación. En conexión con este supuesto pueden citarse otros
posteriores pero muy semejantes a él: las explotaciones mancomunadas de los
Bacheos en España, la trilla en común –bel fd- del Marruecos primitivo, las
asociaciones de trabajo -artel- en Rusia, etc.
En la Republica Argentina, las cooperativas, se encuentran organizadas,
generalmente, en comunidades pequeñas para cumplir una función sustitutiva del
Estado o de las grandes empresas comerciales. Por ejemplo, las cooperativas eléctricas se
fueron constituyendo, ya a partir del año 1926 en la localidad de Punta Alta,
Provincia de Buenos Aires, para competir con otras empresas privadas -en su
mayoría de capital extranjero- que actuaban "cartelizadas" e
imponiendo condiciones de prestaciones lesivas al interés del usuario pero al
amparo de la prácticamente nula existencia de regulaciones y controles.
Las cooperativas eléctricas, en ese sentido, han sido elementos insustituibles
de la expansión del servicio eléctrico, no sólo en zonas aisladas o alejadas
de los grandes centros de consumo, sino también en muchas zonas urbanas.
En esa perspectiva y prospectiva, las cooperativas en general y las cooperativas
agrícolas, pesqueras, mineras, de vivienda, de trabajo, de crédito, de
servicios públicos, escolares, entre otras, en particular, han sido artífices
del desarrollo urbano y rural argentino y latinoamericano.
Por otro lado no puedo dejar de señalarle que tales cooperativas representan
importantes fuentes de trabajo en zonas que, por su relativo aislamiento, no
suelen proporcionarlas con amplitud.
Todo eso y mucho más, logró que las cooperativas en general fueran valorizadas
constitucionalmente en Brasil, Ecuador, Italia, España, etc. En
Argentina, se consagra el fomento y estímulo de tal actividad, garantizándose
la constitución y funcionamiento en el ámbito constitucional en: Buenos Aires,
art. 41; Córdoba, art. 36 y 75; Catamarca, art. 58 inc. 3); Corrientes, art.
163 -las municipalidades patrocinarán la creación de cooperativas de vecinos
para fines de interés general, o las integrarán; Chubut, art. 87; Formosa,
arts. 40 y 41; Jujuy, art. 72; La Rioja, art. 58; Neuquen, art. 216 -con
especial referencia a considerarlas fuera del alcance impositivo de la que gozarán
las cooperativas; Río Negro, art. 100; Santa Cruz, art.50; Santa Fe, art. 26;
San Luis, art. 85; Santiago del Estero, art. 98; Tierra del Fuego, art. 30; etc. Importancia, Trascendencia y
Oportunidad para las Cooperativas y el Derecho:
Obsérvese la relevancia, trascendencia y oportunidad que significa cada
cooperativa genuina, aspecto que ha sido concretamente valorado por el Informe
sobre Argentina del PNUD -diciembre 2002. Ciertamente que el mercado en general siempre fue una
prueba a superar por las cooperativas pero, la globalización en particular
significa una durísima prueba para la competitividad, productividad, calidad y
eficiencia del cooperativismo. No obstante, el contexto socioeconómico actual se presenta
como una ventana de oportunidad de lujo para el desarrollo y creación de
empresas cooperativas, mutuales y otras organizaciones asociativas de lo que
también da cuenta el citado Informe PNUD para la Argentina de diciembre de
2002. La oportunidad en lo que a cooperativas se refiere, requiere
todo del factor humano pero, asimismo, sin demora superar la problemática
cooperativa más preocupante... y algunos desafíos... 1)Simplificar los procedimientos de constitución y
funcionamiento cooperativos. 2)Es necesaria una legislación cooperativa nueva, la
reestructuración de estatutos y reglamentos, disponiendo limite razonable y
repartibilidad para las reservas legales actualmente irrepartibles, legislando
en lo demás tomando como modelo, v.g., la nueva legislación chilena, excepto
lo referido allí a impuestos, tasas o tributos, de los que definitivamente,
las cooperativas quedan fuera de su alcance, atento su origen, funcionamiento
y objetivos de servicio y bien común e introducir lo atinente a cultura
ambiental (México). 3)Informatizar documentos, control de los mismos, tele
conferencias para veedurías, consultas, capacitación, extensión, etc. 4)Asimismo, se debe potenciar cuanto favorezca el
desarrollo de la actividad empresarial de las cooperativas. 5)Ante la marcada tendencia a la autorregulación
cooperativa, la función de la sindicatura necesariamente debe estar asesorada
jurídicamente acompañada de una regulación y control por parte de la propia
federación de cooperativas. 6)Perfeccionar o crear los sistemas que estimulen en las
cooperativas el incremento de los recursos financieros propios. 7)Fortalecer las garantías de los asociados y de terceros
en sus relaciones económicas con las cooperativas. 8) Optimizar la administración cooperativa. 9) Ampliar los mecanismos de control sobre la gestión. 10) Aceptar con pragmatismo las realidades del mercado
implementando estrategias de integración cooperativa y alcanzado alianzas
estratégicas, situaciones e iterativas. 11) Plantear un programa que identifique la particular
concreción de los principios cooperativos en un contexto de economía de
mercado. 12) Posicionarse mejor frente a alternativas de innovación
tecnológica, desregulación o comercialización. 13) Estar abiertas a las nuevas evoluciones en el campo de
los servicios, a los novedosos métodos de venta o de financiación (v.g.;
emisión de títulos cooperativos TI.CO.PA y obligaciones negociables, etc)
debiendo permanecer flexibles para poder adaptarse a los marcos regulatorios,
a la legislación y a las actuaciones de la eventual competencia, mejorando
para ello su eficacia. A modo conclusivo, el contexto socioeconómico y político
nunca debe ser ignorado por el derecho, el que, en el marco de la justicia y de
la ley, lo incorpora, lo aplica y lo proyecta. Finalmente, estamos cada día mas convencidos que mediante la
resolución satisfactoria de la problemática planteada y con una adecuada
superación de los desafíos, el derecho cooperativo ha de recuperar su
protagonismo propio en incumbencias propias. Lo cierto es que la fórmula socioeconómica que encierra la
cooperación genuina, pueda no sea toda la solución pero, sin dudas, es buena
parte de ella y el derecho debe admitirlo cabalmente. p. Roberto F. Bertossi (*) Publicación enviada por p. Roberto F. Bertossi (*) Contactar mailto:robertossi@hotmail.com Código ISPN de la Publicación EpyAkpFpylKZzRjlQz Publicado Tuesday 18 de November de 2003 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
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