Monografias | ComodatoComodatoResumen: Habrá comodato cuando una persona entregue gratuitamente a otra una cosa inmueble o mueble no fungible ni consumible para que ésta la use devolviéndole luego la misma cosa. Concepto "Habrácomodato
cuando una persona entregue gratuitamente a otra una cosa inmueble omueble no
fungible ni consumible para que ésta la use devolviéndole luego lamisma
cosa." Caracteres 1. Es un contrato real: sólo se perfecciona con
la entrega de la cosa. 2. Es un contrato gratuito: el comodante no recibe
retribución alguna 3. En el derecho romano se consideraba unilateral,
pero hay autores quedicen que es un contrato bilateral, como por ejemplo Larenz
o Toullier, porqueambas partes resultan obligadas: el comodante a permitir el
uso de la cosa porel tiempo pactado, y el comodatario a cuidarla y devolverla en
su momento. 4. Las cosas no fungibles pueden ser objeto del
comodato,. Los consumiblesestán excluidos, a menos que se presten para un uso
momentáneo que no exigeconsumo (por ejemplo, para exhibición). Elementos 1. El contrato nace con la entrega de la cosa 2. Es gratuito y con facultad de usarla en favor
del comodatario. 3. El comodatario debe devolver la misma cosa en
el mismo estado. Comparacióncon
otros contratos 1. Comodato y locación: ambos tienen por objeto
el uso de cosas nofungibles. La diferencia es que el contrato de locación no es
real. Haycontrato de locación desde que se celebra, aún cuando no se entregue
el bien,con todos sus efectos. 2. Comodato y usufructo: en ambos no se puede
alterar la sustancia de lacosa. Pero en el usufructo la persona que recibe la
cosa tiene derechos sobreella. 3. Comodato y mutuo: La diferencia esencial está
en la clase de cosas y eldestino respectivo. En el mutuo es el consumo, siendo
su obligación larestitución de una idéntica cantidad de cosas de la misma
especie y calidad; yen el comodato es el uso, devolviendo exactamente lo mismo
prestado, en lasmismas condiciones. 4. Comodato y donación: El contrato de donación
es consensual y quedaperfeccionado por el simple consentimiento y la cosa es
transferida del donanteal donatario. El comodato se cumple con la entrega de la
cosa y la transferenciano existe; sólo el comodante permite el uso gratuito de
la cosa entregada. Formacióndel contrato Lapromesa
del comodato Elart.
2256 determina que "la promesa de hacer un empréstito de uso no daacción
alguna contra el prominente" Lanorma
se justifica por ser un contrato real y gratuito, y desde el punto devista económico
no hay movimiento. Sin embargo, esto no implica que por vía deotras normas no
se atiendan situaciones específicas; por ejemplo, si el futurocomodatario
hiciere gastos o inversiones sobre la cosa, tendrá derecho arecuperarla por vía
de enriquecimiento sin causa. Enconsecuencia,
el Cód. Civil excluyó posibles consecuencias jurídicas a lapromesa del
comodato y su incumplimiento no dará acción alguna a quien hayasido
perjudicado por tal incumplimiento. Elcomodato
no sólo es un contrato gratuito, sino que es una prestaciónde cortesía.
Es un acto de buena voluntad y solidaridad humana. Quiénespueden ser
comodantes: Noes
indispensable ser propietario de la cosa que se da en comodato, basta tenersobre
ella un derecho real o personal de uso y goce. No pueden prestar la cosalas
personas que se encuentran en posesión de una cosa con derecho a usarla,cuando
la posesión les ha sido entregada no con la finalidad de que la gocensino con
otra distinta. (por ejemplo, un administrador, un comprador en la ventaa prueba,
etc.). Capacidad Sediscute
si para dar una cosa en comodato se requiere capacidad para disponer delos
bienes o basta con la de administrarlos. A favor de la primera opinión sehace
notar que se trata de un acto gratuito, cuyo significado económico puedeser a
veces muy importante; a favor de la segunda, que el préstamo esesencialmente un
acto de cortesía, que no empobrece al comodante, quien siempreconserva la
propiedad de las cosas. Elart.
2257 expresa la nulidad del comodato "si el comodante esincapaz".
Puede exigir al comodatario "la restitución de la cosaantes del tiempo
convenido". El comodatario capaz no puede oponerle lanulidad al comodante
capaz o incapaz. Elart.
2259 dispone que "si el comodatario incapaz fuese menor impúber
suincapacidad no lo autoriza para anular el contrato". Objeto Elcomodato
debe tener por objeto una cosa inmueble o mueble no fungible o noconsumible (en
caso de ser sólo para exhibición y no para consumir). Elobjeto
debe ser lícito. El Código dice que es prohibido prestar cualquier cosapara
un uso contrario a las buenascostumbres. Conel
comienzo de la "fabricación en serie" se generó un nuevo tipo
defungibilidad. Así, si el objeto es una cosa fabricada en serie, es posible
ladevolución de "otra cosa idéntica", y podría existir una
nuevaforma de comodato. Aunqueel
concepto de comodato deja bien claro que es el préstamode una cosa, se
cuestiona si es posible prestar los derechos.Hay autores que lo afirman.
En algunos casos es posible, como por ejemplo laentrada a un teatro, el boleto
de un viaje, etc. Formay
prueba Norequiere
forma alguna; basta con el consentimiento verbal. Encuanto
a la prueba, se admite cualquier medio "aunque la cosa prestadavalga más
que la tasa de la ley" (tasa de la ley: menor de $10.000.-) Efectos Obligacionesdel
comodatario · Usode la cosa: el comodatario no puede hacer
otro uso de la cosa que el que sehubiera expresado en el contrato, o aquello a
lo que está destinada la cosa segúnsu naturaleza o costumbre. · Deberde conservación de la cosa: el
comodatario está obligado a poner todadiligencia en la conservación de la
cosa, y es responsable de todo deterioroque ella sufra por su culpa. · Responsabilidadpor deterioro total y parcial;
soluciones legales: si por su deterioro la cosano puede emplearse en su uso
ordinario, el comodante podrá exigir el valoranterior de ella, y la devolución
de la cosa. Si es por deterioro parcial, elcomodante debe recibir la cosa y
obtener la reparación de los daños. Si eldeterioro es total el comodatario
debe pagar el valor actual y real de la cosa. · Restituciónde la cosa: el art. 2271 dice que
al terminar el contrato la cosa prestada"debe ser restituida al comodante
en el estado que se halle, con todos susfrutos y accesorios". · Enajenaciónde la cosa mueble prestada: si los
herederos del comodatario, no teniendoconocimiento del préstamo, hubieren
enajenado le cosa prestada, el comodantepodrá exigir de los herederos el precio
recibido. · Faltade restitución de la cosa prestada: si el
comodatario no restituyere la cosaprestada, pagará al comodante el valor de
ella. Obligacionesdel
comodante · Permitirel uso de la cosa durante el tiempo
convenido: si la cosa no es entregada, sólohay una promesa de comodato. · Responsabilidadpor vicios o defectos ocultos de
la cosa: el comodante es responsable de los dañosy perjuicios ocasionados al
comodatario por los vicios o efectos ocultos de lacosa de los cuales tenía
conocimiento, si no avisó de su existencia. · Gastosextraordinarios (de conservación): el
comodante debe pagar las expensasextraordinarias causadas durante el contrato
para la conservación de la cosaprestada, siempre que el comodatario lo ponga en
su conocimiento antes dehacerlas. Los gastos ordinarios realizados por el
comodatario para servirse dela cosa son a su cargo. · Nohay derecho de retención: el comodatario no
puede retener la cosa en garantíade lo que deba el comodante por razón de
gastos hechos en la cosa. Extincióndel comodato Cesacióndel
comodato:las causas de la cesación
del comodato son la extinción del plazo fijado porlas partes, por cumplimiento
del fin específico del préstamo, por defunción odesaparición con declaración
de ausencia del comodatario, por el uso distintode la cosa, por la necesidad
urgente e imprevista del comodante, por elrequerimiento de restitución en el
caso de préstamo precario, imposibilidad deuso, por su estado u otras
circunstancias, extinción material o jurídica de lacosa. Casosmás usuales: · Transcursodel plazo: es la principal causa de
conclusión del contrato. El art. 2271 diceque "cesa el comodato por
concluir el tiempo del contrato, o por haberseterminado el servicio para el cual
la cosa fue prestada". · Supuestafalta de plazo: si no hay una fecha
indicada de la devolución de la cosa, elcomodante puede pedir la devolución de
ésta cuando él quiera. En éste caso,el comodato se denomina precario. · Muertedel comodatario: el derecho adquirido del
comodatario se extiende a susherederos, excepto que la cosa prestada fuese sólo
para el uso del comodatario. · Pérdidade la cosa: si falta el objeto,
concluye el comodato. Si la pérdida de la cosafuere por fuerza mayor, el
comodatario no tiene responsabilidad alguna. Si, encambio, fuere por otra causa,
el comodatario debe pagar el valor de la cosa alcomodante. Si después de
haberle pagado el comodatario el valor de la cosa perdida, la recuperara él
o el comodante, elcomodante tiene derecho a reclamarla y devolverle el dinero al
comodatario. · Voluntadunilateral del comodante y del
comodatario: cuando, por ejemplo, el comodantereclama (con autorización de la
ley) la devolución anticipada, cuando elcomodato sea precario Aplicaciónen
materia comercial Noexisten
dentro del Código de Comercio disposiciones referidas al contrato decomodato. Eluso
del comodato de bienes muebles es frecuente y de empleo generalizado. Unejemplo
diario es la venta de productos envasados cuyo envase debe devolverse.En este
caso estaríamos frente a dos contratos diferentes: por un lado la ventadel
producto, y por el otro el comodato (también llamado préstamo de uso)respecto
del envase que debe ser devuelto o reintegrado al comerciante. Accionesque
nacen del contrato de comodato 1. Acción para obtener la devolución de la cosa
dada en comodato 2. Acción ante el uso indebido de la cosa, de
devolución y daños yperjuicios 3. Acción de daños y perjuicios por deterioro o
pérdida de la cosaimputable al comodatario 4. Acción de reivindicación contra el tercer
adquiriente de la cosa 5. Acción contra los herederos del comodatario
que de buena fe vendieron lacosa para obtener su valor. 6. Acción contra los herederos que de mala fe
vendieron la cosa paraobtener el valor actual de ella y los perjuicios 7. Acción de daños y perjuicios causados por los
vicios ocultos de lacosa. Publicación enviada por ilustrados Contactar Código ISPN de la Publicación EpypAZlkFZKAMTYKzD Publicado Friday 15 de August de 2003 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
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