Monografias | La influencia de la ONU sobre el conflicto de MalvinasLa influencia de la ONU sobre el conflicto de MalvinasResumen: El presente trabajo pretende relatar con la mayor objetividad posible, debido a que el tema de las Malvinas es sumamente delicado para los ciudadanos argentinos, lo sucedido a partir de la creación de la ONU respecto de la controversia por la soberanía de las Islas Malvinas. Nuestra investigación no pretende tratar el tema específico de la guerra sino, centrarnos en lo sucedido con anterioridad a ésta y así conocer las posibles causas que llevaron al conflicto bélico. Nuestra investigación no pretende tratar el tema específico de la guerrasino, centrarnos en lo sucedido con anterioridad a ésta y así conocer lasposibles causas que llevaron al conflicto bélico. La temática de este trabajo es sumamente complicada ya que en la mayoría delos casos, la bibliografía pertenece a autores que toman parte por alguno decontendientes, o están influyendo ideológica y políticamente en la información,lo que es inevitable. Por ser un tema totalmente subjetivo no creemos que haya una "verdadabsoluta" respecto de los hechos, sino sólo puntos de vista diferentes segúnlas vivencias propias, la nacionalidad o la ideología. Por último creemos que la búsqueda de la verdad tiene que realizarsesiempre sobre la base del respeto mutuo, sobre la aceptación de lospensamientos ajenos, similares o no. Objetivos
1-Características de las Malvinas Las Islas Malvinas son un archipiélago de más de 200 Islasy 200 islotes ubicados dentro de la Plataforma Continental Argentina yrelativamente cortas distancias de puntos notables del continente:
Constituyen, pues, geográfica y geológicamente un apéndice patagónico, desprendido probablemente en ocasión de los grandes movimientos de masas terrestres o placas tectónicas ocurridos entre 200 y 50 millones de años atrás. Por tales causas, las Islas presentan similitud en flora y fauna con respecto a la Patagonia. Estudios recientes, consideran que el archipiélago Malvinas y lo que hoy constituye la meseta o plataforma que despide hacia el Este, formaron parte del llamado minicontinente Malvino que se hundió hace unos 60 millones de años durante el proceso de ruptura del supercontinente Gondwana. La temperatura media no llega a 6° C y el sol brilla solamente unos 60 días al año; los demás son ventosos y lluviosos, con humedad superior al 80%. Dentro del Archipiélago, se distinguen dos grandes Islas: la de la Soledad, o Malvina Oriental; y la Gran Malvina, o Malvina Occidental, separadas por el estrecho de San Carlos. La superficie total del archipiélago es de unos 12.000 Km. cuadrados. La economía se basa principalmente en el ganado ovino, que abunda, aunque también lo hay bovino y equino. La tierra resulta apta para la producción en pequeña escala de legumbres y existe abundante turba que ha sido usada durante muchos años como combustible principal. La fauna marina, presenta numerosas especies de lobos marinos, pingüinos yaves; en las aguas próximas se encuentra una buena cantidad de algas. 2.Características del problema El problema suscitado con respecto a la soberanía sobre las Islas Malvinasdebe ser analizado desde sus orígenes, remontándose a su descubrimiento hacecasi cinco siglos. El problema esta inmerso en un complejo devenir histórico y político a lolargo de los siglos XVI a XX. Está muy influido por las luchas entre España,Portugal, Francia y Gran Bretaña. Ahora la disputa está dada entre Inglaterray Argentina, ha sido llevada a organismos internacionales como lo es la ONU, laintervención de estos organismos han exhortado a buscarle una solución alconflicto. Sin embargo las negociaciones bilaterales no han resuelto la cuestión.El problema, a su vez ha recibido mucha influencia de aspectos geoestratégicosy geoeconómicos Aspectos históricos No está suficiente probado quien descubrió las Islas y cuando, pese a laexistencia de numerosos estudios al respecto. La academia Nacional de Historia no ha tomado una definición al respecto.Podemos entonces establecer que cuatro países asignan el mérito deldescubrimiento a sus navegantes. Son ellos:
La era colonial Hacia 1968 la compañía de pesca del Mar del Sur, conasiento en Saint Maló, Francia, destacó flotillas de pesca que concurrieron envarias oportunidades al archipiélago. Se afirma que, a partir de entonces, lasIslas pasaron a ser consideradas como "Malouinas", de donde derivó elnombre actual. Fueron visitadas el 20 de enero de 1701 por la fragataFelipaux al mando de Villefort. Hacia 1748, el comodoro Anson, de la Armada Británica realizóun periplo por distintos océanos en busca de bases para la expansión británicay a su regreso recomendó al Almirantazgo la ocupación de las Islas, debido asu magnífica ocupación estratégica en la ruta al Pacífico. Sin embargo, laexistencia de los distintos tratados firmados entre España y Gran Bretaña–de paz en 1604, en Madrid en 1670, en Ultrecht en 1713 – negaba a GranBretaña el derecho a navegar, aproximarse a menos de 10 millas marinas ycomerciar con las colonias españolas El 5 de abril de 1764, el marino francés Luis Antonio deBougainville fundó Puerto Luis, el primer asentamiento poblacional de unas 130personas, en la Malvina oriental y un año después, el 23 de enero de 1765, elbritánico Byron, abuelo del poeta, subrepticiamente en la pequeña isla de laTrinidad (Saunders para los ingleses) y fundó Puerto Egmont (de la cruzada paralos españoles), en el que al año siguiente, el 8 de enero de 1766, seestableció la guarnición al mando de John Mc Bride. Cabe señalar que se trata de una isla menor al noroeste dela Gran Malvina. El 4 de noviembre de ese mismo año, Mc Bride se presentófrente al Puerto Luis, pero fue rechazado. Ante la ocupación y asentamiento francés, España reclamaante el gobierno galo, el que reconoce los derechos hispánicos y procede aentregar Puerto Luis al gobierno español, que a su vez paga una indemnizacióna Francia. Establece entonces en el ahora rebautizado puerto de la Soledad elprimer gobernador español, Felipe Ruiz Puente, quien informa a Buenos Airessobre la presencia británica en Puerto Egmont. El entonces gobernador de Buenos Aires, Francisco De PaulaBucarelli envía pues una expedición al mando de Juan Ignacio de Madariaga,quien el 10 de junio de 1770 procede a destruir las instalaciones británicas. Esta acción motivó el reclamo de Gran Bretaña entablándosegrandes negociaciones, al cabo de las cuales se combino en devolver PuertoEgmond sin que ello significara afectación alguna a los derechos hispánicos. Se ha señalado que existió además un pacto secretos en elcual los británicos, una vez salvado su honor, abandonarían definitivamentelas Islas. Si hubo o no tal pacto no lo sabemos, pero el objetivo secumplió, por que el 22 de mayo de 1774, los ingleses se retirarondefinitivamente de las Islas Malvinas, las que siguieron gobernadas por los españoleshasta 1811. Hubo 20 gobernadores, de los cuales sólo 2 fueron civiles, (elresto marinos) y dos fueron criollos. En este periodo, que llamamos "colonial" cabedestacar algunos hechos importantes:
d) Quedó, grabada como fecha histórica el 10 de Junio (de1770), otro 10 de Junio, 59 años después, también sería fundamental en lahistoria de las Malvinas.
La era argentina. Producido el movimiento de 1810 las Islas continuarongobernadas por los españoles hasta 1811, cuando el gobernador Elío, deMontevideo, ordenó abandonarlas. El 30 de mayo de 1810 la Junta de Gobierno deBuenos Aires había ordenado pagar el suelo al gobernador de Malvinas. Dado losmúltiples aspectos que los gobiernos patrios debían atender, a partir deentonces las Islas quedaron desatendidas y semiolvidadas. En 1813 el bergantín Rastrero al mando de enrique Torres lasvisitó para cazar focas y en 1816 el ministerio de Guerra pidió al general sanmartín la provisión de presidiarios para enviarlos a las Islas. En 1818 el archipiélago era visitado por barcos cazadores defocas entremos que se encontraba el Espíritu Santo, el descubridor de la Antártida.Tanto Este como el Rastrero procedían del Puerto de Buenos Aires. Finalmente, hacia fines de 1820, el Gobierno de Buenos Airesenvía la Heroína al mando de David Hewett quien el 6 de Noviembre iza labandera celeste y blanca y comunica a todos lo9 habitantes y capitanes de barcospresentes que retoma la posesión de las Islas en nombre del Gobierno de LasProvincias Unidas del Río de la Plata. Entre otros se encontraba presente elexplorador británico Capital James Wedell. Al regreso de Jewett a Buenos Aires, en enero de 1821, senombra a Guillermo masón posteriormente administraron las Islas Pablo Areguatiy Luis Vernet . Luego del episodio con la Fragata Norteamericana Lexington,el 10 de octubre de 1932 la Sarandi, al mando de José M Pinedo, retoma PuertoSoledad y se nombra Gobernador interino a Juan Esteban Mestivier. Durante este periodo, que culmina el 3 de enero de 1833, conla ocupación británica, ocurren 3 hechos trascendentales:
El atropello norteameamericano Pese a la reiterada presencia argentina y al decreto del 10 de junio de 1879,cada día era mayor la presencia furtiva de barcos pesqueros y foqueros en lasIslas Malvinas, en particular norteamericanos. Así las cosas y ante la evidente infracción y falta de acatamiento de lasordenanzas en tal sentido, el gobernador Luis Vernet procede a detener 3 goletasnorteamericanas embarcándose en una de ellas para conducirlas hasta BuenosAires. La reacción norteamericana es violenta. La fragata Lexington, con asiento enRío de Janeiro, al mando del Capitán Silas Duncan, se presentó en Puerto dela Soledad el 28 de diciembre de 1831, con bandera francesa arrasó lasinstalaciones y capturó a los lugarientes de Vernet. Esta acción prepotente motiva protestas argentinas, que conducen a la roturade relaciones con el país del norte que dura hasta 1844 a pesar la de misiónamistosa del general Alvear en 1839. Cuando en 1841, mediante nueva protesta, el gobierno argentino requiereindemnización, el gobierno norteamericano alega que se trataba de una zonadespoblada u ocupada por salvajes y que no puede dar satisfacción a laArgentina, pues no esta dilucidada su soberanía, al mantener una disputa con laGran Bretaña. Esta posición ha sido mantenida desde entonces por los EstadosUnidos, que tampoco ha considerado la Doctrina de Monroe al caso Malvinas, apesar de que dicha doctrina se estableció en 1823, o sea, antes de la ocupaciónbritánica. Tampoco ha reaccionado Estados Unidos ante el hecho de que el archipiélagoestá dentro de la Zona de Seguridad Americana, establecida en el TratadoInteramericano de Asistencia Recíproca (TIAR) Y hacia 1885, sucumbe en el Trafalgar la flota francesa española batida porla británica al mando de Nelson. Queda abierta definitivamente la puerta para el avance hacia el "Mar Ibérico"(Atlántico Sur) hasta ahora vedado para los ingleses, que solo tenían accesoirrestricto al "Mar Británico" (Atlántico Norte) En 1806, Gran Bretaña captura al cabo de Buena Esperanza y en ese año y elsiguiente se producen las invasiones inglesas a Buenos Aires. En 1815, cae SantaElena, y en 1816, Tristan Da Cuhna. Solo faltaban las Malvinas para completar elesquema de puntos de apoyo que Gran Bretaña necesita para el dominio del AtlánticoSur. En 1829, Lord Aberdden, sostiene la necesidad de apropiarse del archipiélagoy lo mismo habría aconsejado el representante británico en Buenos Aires,Woodbine Parish. Entre el 3 y el 5 de enero de 1836 se produce la captura de lasIslas Malvinas, por intermedio del capitán Onslow, al mando de la Corveta Clio,sin que Pinedo, pese a protestar, resista. Los habitantes son tomados y desalojados y el 9 de enero de 1834, Henry Smithinicia la ocupación capturando a Antonio Rivero que en acción aún hoy sediscute, ha tomado el control de las Islas el 26 de agosto de 1833. Ese personaje y sus compañeros son llevados a Gran Bretaña pero no sonjuzgados por haberse argumentado que los hechos "no ocurrieron enterritorio del imperio". En 1842, luego de dar por cerrado este caso, ante las protestas argentinas,Gran Bretaña establece la administración civil a cargo de Richard C. Moody. Desde entonces el archipiélago argentino permanece cautivo, con la excepcióndel período desde el 2 de abril y el 14 de junio de 1982. Reclamos a la Gran Bretaña Producido este insólito atropello, de inmediato comenzaron las protestasargentinas que inicialmente se efectuaron el 16 de enero de 1833 al encargado denegocios británicos, para trasladarse luego a Londres, mediante presentacionesde nuestro representante Manuel Moreno. Luego de varios intercambios de notas, el 8 de enero de 1934 Gran Bretañarechazó las protestas, aduciendo títulos sobre las Islas derivados deldescubrimiento que se atribuye, de la ocupación efectuada en Puerto Egmont y dela reserva formulada al decreto de 10 de junio de 1829. En 1842, luego de nuevas y reiteradas protesta argentinas, Gran Bretaña dapor cerrado el caso, negando Lord Aberdeen el pacto secreto a que hicimos mención,referente al desalojo de Puerto Egmont. En 1848 se alza en los Comunes la voz de sir Mollesworth, abogando por ladevolución del archipiélago a la Argentina, pero no encuentra ningún eco. La publicación de un Atlas por el Instituto Geográfico Argentino en 1884motiva una protesta británica por haberse incluido las Islas como argentinas. Yen nuestro país el que da las aclaraciones no aceptando responsabilidad oficialpor dicha publicación. Es que los intereses británicos son poderosos pues elimperio es el principal cliente de la Argentina en productos agropecuarios. Eltema Malvinas está silenciado. Se cumplen 43 años de la última protesta,cuando en 1885 se renueva el reclamo sin recibir contestación. Ante un nuevo reclamo en 1887, el marqués Salisbury se digna responder paramanifestar que se trata de una discusión cerrada, la que figura en cambio en lamemoria de nuestra cancillería como una cuestión pendiente. Será solo después de la segunda Guerra Mundial que la disputa recobra lavigencia que nunca debió perder. Breve descripción de la situación mundial en la posguerra. En la estación balnearia de Yalta (Crinea) se lleva a cabo la Conferencia deYalta entre el 4 y el 11 de febrero de 1945. La conferencia se dio entre losjefes de Estado de Estados Unidos, la Unión Soviética y Gran Bretaña y teníacomo objetivo principal definir la zona de influencia de cada potencia en elmundo una vez acabada la guerra. Entre otros planes, los aliados dividieronAlemania en tres que luego pasaría a ser cuatro tras la incorporación deFrancia. En esa ocasión, en el tema que nos compete a nosotros, lo más importantefue la decisión para crear una organización internacional para elmantenimiento de la paz y la seguridad (ONU), con derecho de veto de las grandespotencias. La carta de las Naciones Unidas fue aprobada en la conferencia Fundacional deSan Francisco (entre el 25 de Abril y 26 de Junio de 1945). Los autores de lacarta otorgaron una posición de privilegio en el Consejo de Seguridad y elderecho de veto a las 5 grandes potencias: EE. UU., Reino Unido, URRS, Francia yChina. Dentro del organigrama de la ONU fueron creados otros organismos de actuaciónespecifica, como la corte internacional de justicia (con cede en la haya), laorganización mundial del trabajo (OIT), y la organización de la nacionesUnidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). La carta de la ONU y su Declaración de los Derechos Humanos elaboradas trasfinalizar la Segunda Guerra Mundial fue un intento de las naciones de formar unasociedad basada en la concordia universal, sin embargo su materialización chocócon la doctrina de la disuasión mutua esgrimida por las grandes potenciasmundiales durante la denominada Guerra Fría. Los quince años siguientes bajo el gélido clima de la paz, Europa, desoladocampo de batalla, aceptó la ayuda económica norte americana del Plan Marshallpara reconstruir sus ciudades y su economía al tiempo que fundaba las primerasinstituciones de una comunidad política destinada a afrontar los retos de lamodernidad. En ese contexto, España, a pesar de sus esfuerzos, quedó marginadadel nuevo proyecto de las democracias occidentales y aparte en este mismoperiodo América Latina, agotados los estímulos económicos, nacidos de las crónicascrisis y de la guerra, se encamino hacia una etapa de confrontaciones entregrupos sociales y económicos marcados por la crispación ideológica de laguerra fría. La Argentina y el Movimiento de los No Alineados La Argentina ingresó al Movimiento de Países No Alineados(MPNOAL) en 1973 y se retiró en 1991. En ese lapso, varios fueron los gobiernosque se sucedieron y diversos también los enfoques con que fueron abordadas lasrelaciones de nuestro país con el resto del mundo. Desde posturas aperturistascomo la asumida por el peronismo de los ‘70 y el radicalismo de Alfonsín,hasta posiciones netamente alineadas con los principios de Occidente, como lassostenidas por el Proceso de Reorganización Nacional y el gobierno menemista.Ello habría de influir, lógicamente, en la implementación de nuestra políticadentro del Movimiento, marcando así los diferentes modos y grados departicipación No obstante esas diferencias o matices propios de cadaadministración, Argentina habría de sostener desde su ingreso hasta el retirode dicha organización una conducta política asentada sobre ciertas constanteso líneas directrices, las que habrían de condicionar fuertemente laidentificación plena y la acción con-creta dentro del Movimiento. Ellas puedensintetizarse en: a) la defensa de los postulados básicos del no alineamiento,evitando la toma de posiciones ideológicas; b) la preservación de la identidad nacional, apoyandoprincipios históricamente defendidos por Argentina como el de la no injerenciade otros estados en asuntos internos, el derecho de autodeterminación de lospueblos, etc.; c) el énfasis de la acción argentina puesto en temasprioritarios para el interés nacional como, por ejemplo, la cuestión Malvinas;y d) el evitar tener que tomar participación directa o posiciónactiva en temas que, por razones históricas o de interés nacional, podíancomprometer las relaciones de Argentina con algún estado en particular (casoSudáfrica, Israel, etc.) En este contexto, las Islas Malvinas y el apoyo internacionalnecesario para la causa que ellas representaban, ocuparían el primer lugardentro de las prioridades y los objetivos de Argentina a lo largo de losdieciocho años en que perteneció a los No Alineados La cuestión Malvinas en el Movimiento de los No Alineados (1973-1 991) Como ya ha sido mencionado, los primeros años de posguerrase caracterizaron por un profundo proceso de transformación en el sistema derelaciones internacionales, el que habría de comenzar a estar regido por lapuja de poder entre las dos grandes superpotencias; los Estados Unidos y la UniónSoviética. Al mismo tiempo, una importante cantidad de pueblos afroasiáticos,que habían obtenido recientemente su independencia como consecuencia delproceso de descolonización, vendría a sumarse al vasto escenario de nacionesque aspiraban a quedar al margen de la política de bloques y a orientar susesfuerzos a lograr el desarrollo económico y social. Desde sus albores, en aquel primer encuentro de Bandung enabril de 1955 donde se reunieron veintinueve naciones afroasiáticas, y la 1Conferencia de Países No Adheridos a Bloques, en setiembre de 1961, señalandoel nacimiento del Movimiento de Países No Alineados, la preocupaciónfundamental del Tercer Mundo allí representado seria la de alcanzar un nuevoorden internacional más democrático y justo para todos, sosteniendo una políticaequidistante respecto de los dos bloques en pugna, apoyando la independencia delas naciones y el derecho a la autodeterminación de los pueblos, ycontribuyendo a la superación de los problemas económicos vinculados con elsubdesarrollo, condenando siempre toda forma de imperialismo y colonialismo. Fue dentro de este contexto, en el marco de los No Alineados,donde Argentina defendió con mayor vehemencia y éxito sus incuestionablesderechos soberanos sobre las Islas Malvinas. El principio de la libre determinación no se puede aplicar enel caso de las islas Malvinas ya que es un caso excepcional a los dedescolonización clásica en donde la poblacion no pertenece a las islas sinoque las ocuparon después de 1833. HIPÓTESIS I En el año 1919 se institucionaliza a través del artículo 22 del Pacto dela Sociedad de Naciones un sistema de mandatos sobre los territorios colonialesdependientes de las Potencias vencidas en la Primera Guerra Mundial. La creacióne implementación del régimen de los mandatos se apartó del derecho clásicoaplicable a la terminación de conflictos armados, al reemplazar un mero repartode territorios de las potencias vencidas, por un sistema que garantizaría elbienestar y el desarrollo de las poblaciones afectadas Esas poblaciones, una vezalcanzado un grado de desarrollo que las capacite para conducirse por si solas,legitimarían la existencia de un nuevo Estado. El sistema tutelar que emprenderíala Sociedad de las Naciones fue definido como una misión sagrada de civilización. Una nueva filosofía política y social que maduró en la aplicación delsistema de mandatos, inspiró, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, elestablecimiento dentro del esquema de la Organización de las Naciones Unidas,de un Sistema de Fideicomisos para territorios dependientes. La inclusión de unterritorio como territorio fideicometido dependió salvo para el caso de losterritorios coloniales de las potencias vencidas en la Segunda Guerra Mundial-de acuerdos de voluntades entre los Estados interesados y la ONU. Anteriormente, en 1933, los Estados americanos durante la XII ConferenciaInternacional Americana de Montevideo, consagraron una doctrina fundamental dederecho americano al establecer: "Los Estados contratantes consagran en definitiva como norma de suconducta la obligación precisa de no reconocer las adquisiciones territorialeso de ventajas especiales que se realizan por la fuerza, ya sea que esta consistaen el uso de armas, en representaciones diplomáticas conminatorias o encualquier otro medio de coacción efectiva. El territorio de los estados esinviolable y no puede ser objeto de ocupaciones militares ni de otras medidas defuerza impuestas por otros Estados, indirecta ni indirectamente, ni por motivoalguno , ni aun de manera temporal". Abonados en esta conducta, Argentina suscribe en 1945 la Carta de la NacionesUnidas, no sólo como un mecanismo para mantener la paz y la seguridadinternacional sino también como un sistema para encontrar solución justa a losproblemas internacionales, especialmente los que derivan de la existencia delsistema colonial. Como era de prever en 1945, las grandes potenciascolonialistas no estaban aún dispuestas, mucho menos preparadas, para efectuarla liquidación de sus respectivos imperios. Así la Conferencia de SanFrancisco de 1945 elaboró una serie de pautas referidas a la situación deaquellos territorios no autónomos que no serían incluidos en el sistema defideicomisos. Esas pautas se estructuraron en las normas contenidas en el CapítuloXI de la Carta de la ONU bajo el título de Declaración sobre Territorios noAutónomos. En observancia del artículo 73 e) del Capítulo XI de la Carta,Gran Bretaña incluyó en 1946 a las Islas Malvinas dentro de los Territorios noautónomos a los efectos de transmitir a título informativo, datos sobre lascondiciones económicas, sociales y educativas en el territorio. Cabe recordar,que fue el Reino Unido el que impuso el carácter de declaración al CapítuloXI, pretendiendo así desafectar su carácter vinculatorio para los EstadosParte de la Organización. Ya en la conferencia de San Francisco la delegaciónargentina formuló expresa reserva de los derechos de nuestro país sobre lasIslas Malvinas. Desde la ocupación británica en 1833 pasó más de un siglo sin que GranBretaña, más allá de las buenas relaciones que mantenía con la Argentina,prestara atención alguna a la reclamación de nuestro país. A partir de la vigencia de la Carta de las Naciones Unidas, se produce ungran cambio en los términos de referencia de la disputa. El organismointernacional decidió desarrollar una enérgica acción para eliminar elcolonialismo del mundo de la posguerra. Tal actitud respondía a la corrienteliberal, una de las tendencias permanentes de la conducta exteriorestadounidense, enraizada en las doctrinas que sustentó en la posguerra de 1918Woodrow Wilson. Roosevelt la encabezó y proclamó con fuerza. En este tema,como era de suponer, Roosevelt debió enfrentar a Churchill y a De Gaulle. TantoGran Bretaña como Francia defendían sus colonias, el poder, la riqueza y laszonas de influencia que ellas les otorgaban y en general el status quo colonialde la preguerra. El articulo 73 de la Carta de Naciones Unidas, establece que aquellos paísesmiembros que tengan la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblosno hayan alcanzado la plenitud de un gobierno propio, deben reconocer losintereses de los habitantes por encima de todo. A su vez en el inciso E obliga aaquellos países a transmitir regularmente al Secretario General toda informaciónestadística y de cualquier otra naturaleza que influya en las condiciones económicas,sociales y educativas de los territorios por los cuales son respectivamenteresponsables. En 1946 Gran Bretaña comenzó a brindar información sobre las IslasMalvinas, cumpliendo con lo establecido en el artículo 73, la RepúblicaArgentina hizo conocer a las Naciones Unidas, como ya lo había hecho en elpasado, su reserva de soberanía sobre el territorio. Anualmente la Argentina, através de las Asambleas Generales recordó sus derechos sobre las Islas dejandoconstancia de que la información que proporcionaba el Reino Unido con relacióna las Islas Malvinas en nada afectaban la soberanía argentina sobre dichoterritorio y de que la ocupación que detenta el Reino Unido es en virtud de unacto de fuerza, jamás aceptado por el gobierno argentino. A partir de 1955 las Naciones Unidas tomaron renovado vigor con el ingreso denuevos miembros, particularmente con el ingreso de aquellos que Estados que surgíande los procesos de descolonización, impuesto a las potencias por el nuevopanorama político del mundo. De esa manera surgió un enfoque distinto a lareivindicación argentina sobre las islas. En 1960 se aprobó la Resolución 1514, denominada "Declaración sobrela concesión de independencia a los países y pueblos coloniales". El propósitode esta declaración fue poner fin al colonialismo en todas partes y en todassus formas. Para cumplir con este propósito, en 1961, en la XVI AsambleaGeneral de las Naciones Unidas se crea un Comité especial de 17 miembros parael estudio del problema de descolonización que en 1962 se ampliaría a 24miembros añadiendo también 3 subcomités. A partir de la esta declaración, la Organización de las Naciones Unidaspidió a los estados Miembros que indicaran las posesiones coloniales queestaban dispuestos a descolonizar. Gran Bretaña, al efectuar la presentaciónpertinente, incluyó, por propia determinación, en la lista de territorios quese obligaba a descolonizar, las Islas Malvinas. Los móviles que llevaron alReino Unido a esta declaración no han sido aun aclarados. Este hecho fue muyimportante para nuestro país pues significó: 1- Que el gobierno Inglés no considera a las Islas Malvinas como parteintegrante del Reino Unido, sino como una colonia. 2-Que se obligó ante las Naciones Unidas a descolonizarlas. Sea cual fuere la causa de esta presentación, es muy improbable que el ReinoUnido considerara que las Islas carecían de toda importancia. El Foreign Office (Oficina de Relaciones Exteriores de Gran Bretaña) noadvirtió, o por razones políticas que desconocemos no quiso advertir elproceso que desataba; no percibió, o no quiso percibir que todo proceso dedescolonización se lleva a cabo respecto a la integridad territorial de lasnaciones y pueblos comprometidos en él y no percibió que no le sería fácilimponer de modo alguno el principio de autodeterminación. La carta de las Naciones Unidas establece que todo intento encaminado aquebrantar total o parcialmente la integridad territorial de un país esincompatible con los propósitos de ella. Conforme con esta disposición, eraevidente que en el caso de las Malvinas, la descolonización sólo podíacumplirse teniendo en cuenta el reclamo que argentina siempre había hecho. Recién en 1964 el Comité de Descolonización, también llamado el Comitéde los 24 por el número de miembros, decidió a abocarse al tema de Malvinasque fue incluido dentro del Subcomité III. Sobre las bases sentadas por laAsamblea General de la ONU, Gran Bretaña logra imaginar una solucióndefinitiva a sus viejas controversias territoriales, exigiendo el respeto a lalibre expresión del deseo de la población afectada. Es entonces cuandoArgentina debe asumir en el tema Malvinas, los efectos de una novedosa pretensiónbritánica fundamentada en el contexto del proceso de descolonización, y haceuna presentación ante el comité. La presentación formal ante el comité de descolonización fue llevada acabo por quien era en ese entonces consejero legal del ministro de relacionesexteriores, José María Ruda. Esta presentación sería decisiva y la posiciónque adoptara Argentina en esta oportunidad definiría toda la estrategia futura. La presentación del doctor Ruda estuvo a la altura de las exigencias delmomento y constituye un modelo de alegato jurídico con sólida fundamentaciónhistórica y fina sensibilidad política. Para entender las consecuencias que este alegato tuvo en el tema que nosinvolucra hemos hecho un análisis exhaustivo de los puntos más importantes dedicha presentación y qué es lo que plantea. Según la declaración de J. María Ruda, las Islas Malvinas se encuentran enuna situación diferente a la del caso colonial clásico, ya que pertenecen dehecho y de derecho a la República Argentina y estaban gobernadas porautoridades argentinas y ocupadas por pobladores argentinos cuando en 1833 lasautoridades y los pobladores fueron desalojados por Gran Bretaña haciendo usode la violencia y fueron suplantados por una población ajena al territorio ypor una administración de origen colonial. La población es de aproximadamente 2700 habitantes que se renueva enproporción periódica con un éxodo constante lo que significa que se trata deuna población predominantemente temporaria, que no puede ser utilizada por GranBretaña para aplicar el principio de libre determinación. Este principio de libre determinación que está reconocido en el inciso 2artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas. Debe ser considerado en estos casos excepcionales de acuerdo a lascircunstancias que lo condicionan en su ejercicio. El principio de libre determinación no está bien aplicado en situaciones enlas que parte de un territorio de un Estado independiente, como lo es lasMalvinas respecto de Argentina haya sido separado, contra la voluntad de sushabitantes, en virtud de un acto de fuerza sin que ningún acuerdo internacionalposterior convalidara esta situación de hecho y que por el contrario, el Estadoagraviado ha protestado permanentemente por esta situación. Por otra parte la aplicación indiscriminada del suscitado principio aterritorios tan escasamente poblados pondría el destino del territorio en manosde Gran bretaña quien se ha instalado allí por la fuerza, en violación de lasmás elementales normas del derecho internacional. El principio de la libre determinación no debe ser utilizado paratransformar una ocupación ilegitima, en una soberanía plena, bajo el manto deprotección que le darían a esta soberanía las naciones Unidas. Se debe tener en cuenta en todo momento el propósito de la resolución 1514que es poner fin al colonialismo en todas sus formas. En su articulo 2 reafirmael principio de la libre determinación y que en virtud de este derecho"determinan libremente su condición política y persiguen libremente sudesarrollo económico, social y cultural" Sin embargo el artículo 2 está condicionado claramente por el artículo 6que establece que todo intento de quebrar la unidad nacional y la integridad deun país es incompatible con los propósitos y principios de la Naciones Unidas.Así también en el artículo 7 de la resolución 1514, aclara que todos los paísesdeben tener en cuenta las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, dela declaración de los derechos Humanos y de la Declaración 1514 sobre la basede igualdad, de la no intervención en los asuntos internos de los demásEstados y del respeto de los derechos soberanos de todos los pueblos y de suintegridad territorial. El propósito de la resolución 1514, se ajusta en un todo a la rectainterpretación de del principio de la libre determinación al caso de las IslasMalvinas. Este aclara que se debe terminar con el colonialismo en todas susformas, se debe respetar la unidad nacional y la integridad territotorial, en laaplicación de esta declaración. En América, durante la X Conferencia de Cancilleres, la organizaciónregional adoptó una resolución estableciendo la necesidad de que los paísesextracontinentales que tienen colonias en el territorio americano, no tarden enultimar las medidas comprendidas en la carta de las naciones Unidas para que lospueblos puedan ejercer plenamente el derecho de autodeterminación. Pero se dioespecial importancia a la situación de los Estados cuya unidad nacional eintegridad territorial era afectada por ocupaciones extranjeras. Las Islas se encuentran geográficamente cerca de las costas patagónicasargentinas, gozan de un mismo clima y tienen una economía similar a la del surargentino. Se encuentran enclavadas en plena plataforma continental argentina,que por el derecho internacional, después de las convenciones de ginebra de1958, pertenece al estado costero de pleno derecho. El desarrollo económico de las Malvinas está subordinado al dominiocolonial si se observara los informes que presentaba Gran Bretaña en donde lapropiedad de la tierra está en manos de las Falkland Islands Company Limited,en cuyo directorio en Londres figuraban miembros del Parlamento británico. Estacompañía que puede ser llamada monopólica goza de las mejores tierras en lasque pastan 300.000 ovejas. El propietario que le sigue es la corona inglesa, sinembargo la compañía mencionada anteriormente controla todas las importacionesy exportaciones y cuenta con la principal riqueza de las islas, el monopolio delana. Por otra parte, la dominación británica en este territorio imposibilita eldesarrollo de de un mayor auge económico al no estar unido al territorioargentino, a quien corresponde por la naturaleza y derecho. La Argentina logró con tenacidad y esfuerzo y junto con la solidaridad deLatino América que la Asamblea General tomara en cuenta su pretensión. Laconsecuencia directa de la presentación argentina ante el Subcomité III delComité de Descolonización fue la elaboración de un informe que reconoce laexistencia de un conflicto de soberanía entre Argentina y el Reino Unido. En 1965, teniendo en cuenta los Informes del Comité Especial, la AsambleaGeneral de la ONU aprueba la Resolución 2065 (XX) relativa a la cuestión delas Islas Malvinas por 94 votos a favor, ninguno en contra y sólo 14abstenciones (entre ellas las de Gran Bretaña, EE.UU., Francia, Canadá,Australia y Sudáfrica). En aquella resolución se reconocía una disputa por lasoberanía del territorio, se invitaba a los gobiernos de ambos Estados aproseguir las negociaciones según las disposiciones y objetivos de la Carta delas Naciones Unidas y de la Resolución 1514, así como los"intereses" de la población de las Islas y no sus "deseos"como pretendía Gran Bretaña. Es claro que consultados los habitantes de lasislas y excluidos los argentinos de toda consulta, el resultado habría sido afavor de Gran Bretaña. Conclusión Hipótesis 1 En materia de colonialismo, las Malvinas presentan un caso sui géneris.Habitualmente, cuando un Estado ejerce una actitud de colonialismo, lo hacesobre un territorio determinado y su población. No ha sucedido así en lasMalvinas, porque los británicos, al ocuparlas por la fuerza en 1833, expulsarona los habitantes argentinos e introdujeron una nueva población. Esos habitantesson británicos por su origen -y, cuando no lo son, están fuertementebritanizados-, por la lengua, las costumbres y la ciudadanía, ya que gozan delmismo pasaporte que los residentes en Inglaterra. Además, son empleados delgobierno de ocupación o de las únicas dos empresas existentes en las islas,que son de capital británico. En efecto, según datos de 1990, la FalklandIsland Company (FIC) posee el 46 % de la tierra del archipiélago y además espropietaria del 90 % de los negocios (barcos, almacenes, bancos, depósitos delana, etcétera). El derecho a la autodeterminación de los pueblos encuentra su origeninmediato en la Carta de la ONU y en la Resolución 1514. El problema quepresenta su aplicación consiste, fundamentalmente, en determinar quiénes sonlos sujetos de este derecho. En sentido propio, se entiende generalmente porpueblo a un grupo étnico dotado de características diferenciales objetivas quele dan personalidad y también de conciencia de esa personalidad diferencial. Seutilizan en este caso los términos nacionalidad, pueblo y etnia, que admitenmuchas definiciones, pero, de todos modos, se diferencian claramente de poblaciónque, en derecho internacional, se define como el conjunto de personas que estánsometidas a la jurisdicción personal del Estado. En conclusión, la aplicación del derecho a la autodeterminación no esaplicable en el territorio de las Islas Malvinas. Esto se ve reflejado en laaprobación de la resolución resolución 2065 (XX) la cual representa untriunfo significativo para la posición argentina puesto que reubica la cuestiónde las Islas Malvinas como un conflicto de soberanía, restringiendo de estaforma el resultado de las negociaciones exigidas a las partes, al reconocimientode una mejor titularidad. A su vez, el reconocimiento de un conflicto de soberanía a escalainternacional como lo es la resolución 2065, ayuda a reflejar que las islasMalvinas conforman un territorio ocupado y no una colonia en cuanto que no sedeben tener en cuenta los deseos de los habitantes del territorio sino losintereses, ya que los habitantes son en su mayoría británicos que desplazaronpor la fuerza a la población preexistente. HIPÓTESIS 2 La falta de solidez que tuvo la ONU, al momento de imponerse ante elconflicto de Malvinas, fue una de las causas de la Guerra de 1982. Tras la aprobación de la Resolución 2065 en 1965, Argentina consideraba quelas negociaciones con Gran bretaña, se encaminarían y en algún momento se daríasolución al conflicto de Malvinas. Para comprender lo que ocurrió desde 1965 hasta el comienzo de la Guerra enel Marco de las Naciones Unidas, es necesario llevar a cabo una cronología. 1966 - Se eleva un comunicado conjunto de los cancilleres Zavala Ortiz yStewart por el que Gran Bretaña acepta negociar la disputa. Cuando en Octubrede ese mismo año el canciller Costa Méndez fue a pronunciar su discurso antela Asamblea General, se conoció la noticia de que un avión particular habíaaterrizado en Malvinas (era una avión de Aerolíneas Argentinas en el queviajaba el gobernador de Tierra del Fuego y fue desviado por un grupo armadohacia las Malvinas). Este hecho y los ataques a la embajada de Inglaterradurante la visita del Príncipe Consorte demostraba que mientras el tiempotranscurría y no había progreso 2en las conversaciones, hacía crecer elcansancio y el pesimismo dentro de nuestro país- 1967 - El representante británico en la ONU Lord Carrington afirma"que su país está dispuesto a cumplir con la resolución 2065" y conesto comienzan las negociaciones, sin embargo en diciembre de ese año laAsamblea General de la ONU aprueba un segundo consenso instando a las partes anegociar la disputa 1968 - En vista de que las negociaciones avanzaban de manera favorablepara Argentina, la "Falkland Islands Company" decidió crear unaorganización que defendiera sus intereses pero que a la vez pareciera autónoma,que no tuviera vinculaciones aparentes con ella y se la llamo " FalklandsIslands Emergency Comitte". Como ya hemos mencionado, esta compañía teníael dinero y los contactos necesarios para hacer valer su influencia sobre elgobierno británico. Este Comitte alertó a los parlamentistas y provocó elsurgimiento del debate acerca de la situación de las Malvinas en el parlamentobritánico. Los debates fueron violentos y apasionados, sin embargo el gobiernobritánico sostuvo que su obligación se limitaba a preocuparse de la protecciónde los intereses de la población de las islas, como lo mandaba la resoluciónde la Asamblea General. En agosto de este año se continúa con lasnegociaciones y se llega aun momento clave ya que ambas cancillerías redactanun memorandum que en el artículo 4 dice así: " El gobierno del Reino unido como parte de esa solución final reconocerá la soberanía de la República Argentina sobre las islas a partir de una fecha a ser convenida. Esta fecha será convenida tan pronto como sea posible después de que:1) Los dos gobiernos hayan resuelto la actual divergencia entre ellos respecto del criterio conforme al cual el gobierno del Reino Unido considerará si los intereses de los isleños estarían asegurados por la salvaguardas y garantías d a ser ofrecidas por el gobierno argentino, y 2) el gobierno de Reino Unido se halle entonces satisfecho de que aquellos intereses están asegurados así." Surge evidente de la lectura del proyecto que el gobierno británico no supedita en ese proyecto la trasferencia a o el reconocimiento de la soberanía a la expresión de los deseos de la población, con relación a esa transferencia. Si dice en cambio, y con razón, que la población debe estar satisfecha en cuanto a que sus intereses se encuentren debidamente protegidos por el acuerdo. 1969 - Se continua con las gestiones entre ambas partes, sin embargo, la política británica había cambiado y pretendía que Argentina renunciara a los derechos que le conceden tanto la historia como la decisión de la Asamblea General de , en cuanto al principio de la integridad territorial ante la inaplicabilidad del principio de la libre determinación . En Noviembre de este año Argentina e Inglaterra inician conversaciones sobre "la apertura de comunicaciones entre las islas y el territorio continental argentino." Dos meses más tarde la ONU insta nuevamente a las partes a solucionar definitivamente la cuestión 1970 - Se lleva a cabo la primera rueda de conversaciones especiales sobre comunicaciones en Londres del 14 al 20 de Julio. En Setiembre de ese mismo año el embajador argentino informa ante la ONU acerca de esas conversaciones y queda calificado como "primer paso para la solución de la disputa" La Asamblea General sanciona la Resolución 2621(XXV), que calificaba el colonialismo como un "crimen" contra la humanidad, prohibía a los estados miembros todo apoyo económico a los regímenes colonialistas. 1971 - Se da en Buenos aires, en Junio de este año la "Segunda rueda de conversaciones especiales sobre la comunicación". Lo que pretendía Gran Bretaña era transferir la carga de mantener a los isleños a la Argentina, y así es como se le dio origen al acuerdo de comunicaciones que se suscribe en 1971.conforme a él, la Argentina tomó a cargo las comunicaciones aéreas y marítimas con las islas, así como la prestación de servicios en ellas, entre otros , el suministro de gas, petróleo, la construcción de una pista para aviones, asistencia sanitaria de emergencia y la concesión de becas para los habitantes de las isla que quisieran ir a los colegios ingleses de Buenos Aires. 1972 - Como consecuencia del acuerdo de 1971, se comienza con el turismo. Sin embargo el gobierno argentino no podía tolerar que a sus ciudadanos se les exigiera visa británica para entrar a territorio que consideraban propio; tampoco podía aceptar que los isleños entraran a la Argentina con pasaporte británico. Esto dio lugar a una larga polémica. Fue así como los británicos persuadieron a los argentinos de la conveniencia de separar el tema de la soberanía del tema de las comunicaciones y de aceptar una suerte de congelación del primero a esperas de los progresos que pudieran hacerse a razón y con motivo del segundo modificaran la opinión de los isleños. 1973 - Se lleva a cabo una reunión en Londres en donde Gran Bretaña se niega a tratar el tema de la soberanía. A partir de esta detención de las negociaciones, el reclamo Argentino fue enérgicamente revivido ante la ONU en Julio de ese año y planteaba que "La situación de las islas constituye un intolerable anacronismo". El ministro de relaciones exteriores de ese entonces, embajador Vignes, bregó por una resolución enérgica. Tuvo éxito tras la aprobación de la resolución 3160, que urgía las conversaciones, reconocía los continuos esfuerzos argentinos e incluía una frase, nada grata para los británicos:"insta a los gobiernos… a que prosigan sin demoras las negociaciones para poner termino a la situación colonial" 1974 - Frente a la presión que ponía sobre Gran Bretaña la Resolución 3160, en Enero, el Comité de Defensa británico, considerando también los riegos de una acción económica y militar contra las islas, decidió discutir con el gobernador la posibilidad de un condominio con alternativa de una transferencia de soberanía. Sin embargo los isleños se negaron a participar en las conversaciones y el tema quedó estancado. El acuerdo de comunicaciones aumentaba la presencia argentina en las islas y los isleños temían que con el desarrollo de las comunicaciones llevarían en algún momento a la negociación acerca de la soberanía. Sin embargo tras la presentación argentina en la ONU en Setiembre de este año, en la cual el canciller reiteró una vez más la postura argentina sobre la soberanía de las Islas Malvinas, un mes más tarde, el representante británico comunicó al Secretario general que "no existen a juicio de Gran Bretaña dudas respecto a la soberanía de las islas y que la solución debe estar en consecuencia de los deseos de la población". Una vez más Argentina tendría que poner en claro ante la Asamblea General que deben tenerse en cuenta los intereses de la población y no los deseos. En Diciembre de ese mismo año, el canciller argentino afirmó que se debía continuar con las negociaciones acerca de la soberanía, pues en caso contrario Argentina debería tomar otro camino. 1975 - Las negociaciones nuevamente se interrumpen tras la negativa británica a considerar el tema de las negociaciones. En marzo se lleva a cabo la Conferencia de los Países No Alineados en donde se apoya a la reclamación argentina e insta a Gran Bretaña a negociar. Gran Bretaña, no obstante la ayuda que brindaba Argentina tras el acuerdo de 1971 sobre comunicaciones, no quería soportar el elevado costo que significaba la administración de las islas por lo que pretendió llevar a cabo un proyecto para el desarrollo autónomo de las Islas, al que denominó misión Shackleton. Argentina no expresó su formal oposición a la expedición pero tampoco otorgó acuerdo para su despacho. El gobierno argentino no veía con buenos ojos el intento británico; pero a la vez no quería dar motivo alguno para que pudiera ser invocado por Gran bretaña para dilatar las negociaciones o imputar obstruccionismo a Argentina. 1976 - Argentina informa a la Asamblea General sobre la misión Shackleton y sobre la negativa británica a continuar con las negociaciones. La llegada del buque Shackleton suscitó todo tipo de incidentes tanto que el 4 de Febrero el destructor Almirante Storni de la Armada Argentina abrió fuego sobre la proa del buque británico mientras este navegaba en aguas que consideraba propias y sometidas a su soberanía. En un primer momento el destructor argentino salió al cruce con el buque británico y disparó un tiro para que se detuviera, el Shackleton continuó su navegación y responsabilizó a la Argentina por los daños ocasionados. El comandante de la Armada Argentina decidió no atacar para no llevarla causa a mayores. Pero la tensión aumentó, tanto que el Gobierno de Buenos Aires pidió al de Londres que retirara su embajador y el embajador argentino que se encontraba en buenos aires se abstuvo de regresar a su destino. Esta actitud británica, tuvo por consecuencia anular una misión que era de vital importancia para Argentina y cuyo informe, debidamente utilizado y valorado, pudo haber contribuido a un avance en las negociaciones. Pese a todo, las conclusiones del estudio no fueron desfavorables a la posición y pretensiones argentinas. El análisis adecuado de ellas fundamenta aun más nuestra conducta y nuestros derechos y la inviabilidad de toda solución, que no importe de una manera u otra la incorporación de las islas a Argentina. 1977 – El Sr. Crossland asume en el Foreign Office. Sus ideas pacifistas lo llevaron a ver el peligroso fin a la que podía conducir la disputa con la Argentina y procuran por tanto un entendimiento. Tan pronto estudia el tema de la soberanía y analiza el informe Shackleton y la situación diplomática, comprende que es necesario retomar la discusión acerca de la soberanía. Se reanudan las conversaciones tras la visita del segundo ministro del Foreign Office a las islas en donde dialoga con los pobladores. El 26 de abril de este año Buenos Aires y Londres convocaron simultáneamente la reanudación de las conversaciones. Por primera vez Gran Bretaña acepta a negociar la soberanía de las islas. 1978- Se dan en Lima una onda de negociaciones en las cuales Gran Bretaña intenta plantear en primer término los problemas atinentes a Jurisdicciones Marítimas. A su vez, las conversaciones no progresaron y se llega a un punto muerto nuevamente. El 23 de Agosto nace una posible declaración de Gran Bretaña de crear una zona de 200 millas de jurisdicción marítima alrededor de las Malvinas, pero Argentina protesta enérgicamente ante la ONU y de esta manera, se hace efectiva la detención de la decisión británica. A su vez, los países no alineados reiteran su posición referente a la restitución de los territorios de las Malvinas a la República Argentina. 1979 - Se lleva a cabo una reunión en Nueva Cork que nuevamente no tiene ningún resultado positivo en Malvinas donde sólo se anuncia la intención de restablecer embajadores. Efectivamente el 16 de Noviembre se lleva a cabo la reposición de embajadores. 1980 – En Julio de este año, el Comité de Defensa del Gabinete británico acuerda reanudar las conversaciones e intentar un acuerdo. Durante estos días se pacta en Nueva Cork en ocasión de la Asamblea General de la ONU un plan de reuniones. De embajadores primero, de subsecretarios luego y finalmente de ministros; Gran Bretaña no aceptó este plan, el cual coincide con el propuesto por nuestro país en Febrero de 1982. Por otra parte se lleva a cabo un debate en el parlamento británico, que culmina en una decisión de congelamiento de las negociaciones que constituyó un duro revés para las esperanzas argentinas. 1981 - Nuevamente Argentina recibe apoyo de los Países No Alineados. Por otra parte, el 6 de Enero , los Consejos de las Islas (a los que Gran Bretaña, contra las normas internacionales vigentes, aplicables al caso y con la oposición argentina, había concedido mayores poderes políticos, administrativos y financieros) resolvieron en Reunión Conjunta hacer saber a Londres que en las próximas presentaciones los consejos debían estar representados y la delegación británica debía: "buscar un acuerdo para congelar la disputa acerca de la soberanía por un número determinado de años" La Argentina no debía aceptar la presencia de los isleños en las discusiones; esa presencia atentaba contra el interés nacional y violaba, como se ha dicho, las claras prescripciones de la resolución 2065. 1982 - El gobierno argentino había programado una reunión (que en principio era a fines de Noviembre de 1981 pero fue postergada) para continuar las conversaciones. La nueva fecha fue fijada el día 26 de Febrero de 1982 en Nueva York. También en este año, la Junta Militar había decidido, tan pronto hubo asumido el poder a fines de Diciembre de 1981, otorgar al tema Malvinas y al diferendo con Chile respecto del Canal de Beagle, la primera prioridad en la estrategia exterior. La junta, en la última reunión del año 81, dispuso la preparación de un plan para la defensa de las posiciones argentinas en el Atlántico Sur y la eventual ocupación de las islas, si ello fuera necesario. La Junta había tomado esta decisión frente al endurecimiento de las posiciones de algunos grupos de presión británicos y ante la necesidad de estar debidamente preparados en el orden militar para cualquier intento de modificación de la relación de fuerzas en la zona o para una maniobra británica, tendiente a perjudicar o anular los derechos argentinos o cerrar las negociaciones definitivamente. En esta ocasión la Junta no decidió en modo alguno la ocupación, ni siquiera diferida o condicionada; menos aún fijo fecha para hacerlo. Sólo dispuso de la elaboración de un plan militar alternativo. Podemos observar que a lo largo de todos estos años la política británica no permitía a la Argentina llevar a cabo sus reclamos de soberanía a través de las negociaciones. Cuando el gobierno británico acordaba negociar, luego se retrotraía y el problema debía ser nuevamente planteado ante la ONU CONCLUSIÓN HIPÓTESIS 2 El Secretario de Estado norteamericano, Señor Haig, una vez terminadas las hostilidades de 1982 en una entrevista que concedió a la revista argentina Siete Días, dijo que el gobierno de Londres había levantado una muralla que impedía la negociación. Esta declaración no proviene de un aliado de la Argentina sino más bien de un aliado político y personal del Reino Unido por lo tanto su testimonio cobra valor irrefutable. La verdad es que durante diecisiete años los sucesivos gobiernos británicos perturbaron sistemáticamente toda negociación que pudiera conducir a una solución justa y definitiva. Sólo un grupo reducido de ministros y funcionarios del Foreign Office advirtió las ventajas de una solución pacífica y señaló los riesgos que el aplazamiento del acuerdo y las dilaciones de las tratativas traerían consigo. Desde 1965 en adelante, las opiniones dentro de la cancillería argentina estaban divididas entre los optimistas que creían que se podía llegar a una "solución pacífica de las controversias" basados en la aprobaciones a favor de argentina como lo es la 2065(XX) y por otro lado los pesimistas que observaban que por la carta de la ONU, las Resoluciones de la asamblea general, para hacerse efectivas debían pasar al Consejo de Seguridad en donde tienen derecho de veto los 5 miembros permanentes (el Reino Unido entre ellos). El pesimismo habría predominado en el ámbito de los asesores de los gobiernos de facto. Fundado en él, el ministro de Economía del proceso de Reorganización Nacional, José Alfredo Martínez de Hoz, lanzó la política de la "cooperación", en lugar de la de la "confrontación". Sin embargo este camino ya había sido transitado en tiempos de la dictadura "democrática" del Gral. Lanusse en donde se firmaron los Acuerdos de Comunicaciones de 1971 por los que se establecía provisionar a los habitantes de las islas de gas, petróleo, etc. mientras que la ONU sancionaba resolución 2621 que calificaba al colonialismo como un crimen a la humanidad. Para 1981, ya cundía el más negro pesimismo sobre 17 años de negociaciones inútiles e incontundentes. Uno de los voceros del partido laborista de Inglaterra dijo en el parlamento inglés que "Como todos sabíamos, el gobierno británico había decidido, a partir de Octubre de 1981, que era imposible negociar seriamente con la Argentina." Más precisamente fue en Setiembre de 1981 que los Jefes del Estado Mayor sancionaron, los "Planes de Contingencia" o reestructuración de la "Task Force" y allí comenzaría la etapa bélica. Gran Bretaña sabía que Argentina estaba cansada de "hablar por hablar" y que pronto exigiría concreciones de modo alguno. Están concreciones no habían llegado a través de las negociaciones, y las Resoluciones de las Naciones Unidas, no hacían más que instar a las partes a volver a negociar la cuestión de la soberanía, en donde Gran Bretaña pretendía que Argentina renuncie a sus derechos de soberanía ignorando los reclamos argentinos. Según un informante británico, ellos se vieron sorprendidos por el modo en que Argentina escaló la disputa. Ellos esperaban que la argentina siguiera con los reclamos en los distintos foros internacionales como lo es la ONU mientras la Task Force avanzaba hacia el archipiélago. Con la ayuda de la CIA y la embajada de Estados Unidos en Argentina, los británicos supieron de los planes argentinos. Sin embargo, los servicios de inteligencia argentinos, no detectaron los planes contrarios. Durante el desarrollo de esta hipótesis, se puede observar, que si bien la falta de solidez de las decisiones de la ONU fue un factor desencadenante de la guerra ya que no llegaron a la solución de la controversia por más de 17 años, hubieron errores por parte del gobierno argentino, como el Acuerdo de comunicaciones de 1971, por ejemplo, que contribuyeron con los escasos resultados de las negociaciones bilaterales. Por lo tanto se puede comprobar que la hipótesis es cierta. Creemos que el desarrollo del presente trabajo ha sido enriquecedor y útil. Hemos podido comprender los fundamentos de la reclamación argentina en el tema de las Malvinas, fundados tanto en su historia como heredera de la corona de España, como también a través de las resoluciones de la ONU que favorecieron, o pretendieron favorecer a Argentina en algún momento. También hemos podido conocer los fundamentos en los que se basa Gran Bretaña para ejercer su reclamo en las islas y así también como su manera de operar en los temas de descolonización en donde aplica claramente las normas del derecho anglosajón, el que dice que la ocupación efectiva del territorio, da derechos sobre los mismos. Por último pensamos que el reclamo argentino debe continuar en las foros internacionales, a pesar de que la guerra, que hizo aparentar que Gran Bretaña era la víctima, a dado mucho lugar a controversias. BIBLIOGRAFÍA Costa Méndez, Nicanor: "Malvinas, esta es la historia ". Buenos Aires, Editorial Sudamericana, 1993. Balmaceda, Rey: "Los limites de la Argentina ". Buenos Aires, 1978. Díaz Araujo, Enrique: "Malvinas, 1982 lo que no fue- Cuadernos de Historia no Oficial". Mendoza, Editorial el Testigo, 2001. Pabón, Daniel; Corbetta, Juan Carlos: "El conflicto entre argentina y Gran Bretaña por las islas Malvinas". La plata, 1982. Conles Tizado, Denís: Argentina: "Las Malvinas y el derecho a la autodeterminación" en Revista Cuadernos para la Emancipación, No. 11, diciembre de 1996. Aguilar, Sergio; Cayuela, Ramón; Cruells, Eduardo: "Historia del siglo XX" (La Nación). Barcelona, Ed. Salvat , 1996 Anexo 1 CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS CAPÍTULO XI: DECLARACIÓN RELATIVA A TERRITORIOS NO AUTÓNOMOS Artículo 73 Los Miembros de las Naciones Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio, reconocen el principio de que los intereses de los habitantes de esos territorios están por encima de todo, aceptan como un encargo sagrado la obligación de promover en todo lo posible, dentro del sistema de paz y de seguridad internacionales establecido por esta Carta, el bienestar de los habitantes de esos territorios, y asimismo se obligan: a. a asegurar, con el debido respeto a la cultura de los pueblos respectivos, su adelanto político, económico, social y educativo, el justo tratamiento de dichos pueblos y su protección contra todo abuso; b. a desarrollar el gobierno propio, a tener debidamente en cuenta las aspiraciones políticas de los pueblos, y a ayudarlos en el desenvolvimiento progresivo de sus libres instituciones políticas, de acuerdo con las circunstancias especiales de cada territorio, de sus pueblos y de sus distintos grados de adelanto; c. a promover la paz y la seguridad internacionales; d. a promover medidas constructivas de desarrollo, estimular la investigación, y cooperar unos con otros y, cuando y donde fuere del caso, con organismos internacionales especializados, para conseguir la realización práctica de los propósitos de carácter social, económico y científico expresados en este Artículo; y e. a transmitir regularmente al Secretario General, a título informativo y dentro de los límites que la seguridad y consideraciones de orden constitucional requieran, la información estadística y de cualquier otra naturaleza técnica que verse sobre las condiciones económicas, sociales y educativas de los territorios por los cuales son respectivamente responsables, que no sean de los territorios a que se refieren los Capítulos XII y XIII de esta Carta. ANEXO 2 NACIONES UNIDAS ASAMBLEA GENERAL RESOLUCIÓN 1514(XV) DECLARACIÓN SOBRE LA CONSECIÓN DE LA INDEPENDENCIA A LOS PAÍSES Y PUEBLOS COLONIALES Teniendo presente que los pueblos del mundo han proclamado en la Carta de las Naciones Unidas que están resueltos a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de los derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas y a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad. Consciente de la necesidad de crear condiciones de estabilidad y bienestar y relaciones pacíficas y amistosas basadas en el respeto de los principios de la igualdad de derecho y de la libre determinación de todos los pueblos, y de asegurar el respeto universal de los derechos humanos y libertades fundamentales para todos sin hacer distinción de motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades. Reconociendo el apasionado deseo de libertad que abrigan todos los pueblos dependientes y el papel decisivo de dichos pueblos en el logro de su independencia. Consciente de los crecientes conflictos que origina el hecho de negar la libertad a esos pueblos o de impedirla, lo cual constituye una grave amenaza a la paz mundial. Considerando el importante papel que corresponde a las Naciones Unidas como medio de favorecer el movimiento en pro de la independencia en los territorios en fideicomiso no autónomos. Reconociendo que los pueblos del mundo desean fervientemente el fin del colonialismo en todas sus manifestaciones. Convencida de que la continuación del colonialismo impide el desarrollo de la cooperación económica internacional, entorpece el desarrollo social, cultural y económico de los pueblos dependientes y milita en contra del ideal de paz universal de las Naciones Unidas. Afirmando que los pueblos pueden, para sus propios fines, disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales sin prejuicios de las obligaciones resultantes de la cooperación económica internacional, basada en el principio del provecho mutuo, y del derecho internacional. Creyendo que el proceso de liberación es irresistible a irreversible y que, a fin de evitar crisis graves, es preciso poner fin al colonialismo y a todas las prácticas de segregación y discriminación que lo acompañan. Celebrando que en los últimos años muchos territorios dependientes hayan alcanzado la libertad y la independencia, y reconociendo las tendencias cada vez más poderosas hacia la libertad que se manifiestan en los territorios que no han obtenido aún la independencia. Convencida de que todos los pueblos tienen un derecho inalienable a la libertad absoluta, al ejercicio de la soberanía y a la integridad de su territorio nacional. Proclama solemnemente la necesidad de poner fin rápida e incondicionalmente al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones. Y a dicho efecto declara que: 1._ La sujeción de pueblos a una subyugación, denominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales 2._ Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural. 3._ La falta de preparación en el orden político, económico, social o educativo no deberá servir de pretexto para retrasar la independencia. 4._ A fin de que los pueblos dependientes puedan ejercer pacíficamente y libremente su derecho a la independencia completa deberá cesar toda acción armado toda clase de medidas represivas de cualquier índole dirigidas contra ellos, y deberá respetarse la integridad de su territorio nacional. 5._ En los territorios en fideicomiso y no autónomos y en todos los demás territorios que no han logrado aún su independencia deberán tomarse inmediatamente medidas para traspasar todos los poderes a los pueblos de esos territorios, sin condiciones ni reservas, en conformidad con su voluntad y sus deseos libremente expresados, y sin distinción de razas, credos ni color, para permitirles gozar de una libertad y una independencia absolutas. 6._ Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y a la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. 7._ Todos los Estados deberán observar fiel y estrictamente las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de la presente Declaración sobre la base de la igualdad, de la no intervención de los asuntos internos de los demás Estados y del respeto de los derechos soberanos de todos los pueblos y de su integridad territorial. ANEXO 3 DOCUMENTO N° 11 RESOLUCION 2065 (XX) ASAMBLEA GENERAL Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland Islands) La Asamblea General, Habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland Islands), Teniendo en cuenta los capítulos de los informes del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concernientes a las Islas Malvinas (Falkland Islands) y en particular las conclusiones y recomendaciones aprobadas por el mismo relativas a dicho territorio, Considerando que su resolución 1514 (XV) de 14 de diciembre de 1960 se inspiró en el anhelado propósito de poner fin al colonialismo en todas partes y en todas sus formas, en una de las cuales se encuadra el caso de las Islas Malvinas (Falkland Islands), Tomando nota de la existencia de una disputa entre los gobiernos de Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda de Norte acerca de la soberanía de dichas islas,
1398ª.sesión PLENARIA 16 de diciembre1965 Anexo 4 NACIONES UNIDAS ASAMBLEA GENERAL RESOLUCIÓN 3160 (XXVIII) Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland): La asamblea general, Habiendo estudiado la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland), Recordando su resolución 1514 (XV) del 14 de diciembre de 1960, que contiene la declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, Recordando así mismo su resolución 2065 (XX) del 16 de diciembre de 1965, que invita a los gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña de Irlanda del Norte a proseguir sin demoras las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales a fin de encontrar una solución pacífica al problema de las Islas Malvinas (Falkland), Gravemente preocupado por el hecho de que han transcurrido ocho años desde la adopción de la resolución 2065, (XX) sin que se hallan producido progresos sustanciales en las negociaciones. Consciente de que la resolución 2065 (XX) indica que la manera de poner fin a esta situación colonial es la situación pacífica del conflicto de soberanía entre los gobiernos de Argentina y del Reino Unido con respecto a dichas Islas, Expresando su reconocimiento por los continuos esfuerzos realizados por el gobierno de la Argentina, conforme a las decisiones pertinentes de la Asamblea General, para facilitar los procesos de descolonización y bienestar general de la población de las islas:
2202ª sesión plenaria 14 de diciembre de 1973.
Mariano Valles Adolfo Reynals Publicación enviada por Mariano Valles y Adolfo Reynals Contactar mailto:vallesmdr@yahoo.com Código ISPN de la Publicación EpyuppZlFVHANrEqcf Publicado Friday 19 de September de 2003 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
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