Monografias | La delincuencia en la era de la globalizaciónLa delincuencia en la era de la globalizaciónResumen: Tipos de delincuencia. Modelos de legitimación de la delincuencia organizada. Recursos tecnológicos de la delincuencia organizada. Si el delincuente es el "sujeto que delinque", o lo que es igual, "sujeto activo o agente del delito", entonces la delincuencia es la "calidad de delincuente", la "comisión de un delito" o un "conjunto de delitos en general, o referidos a un país o época". A su vez, un diccionario puede decir que delito es la "culpa, crimen o quebrantamiento de la ley". Dicho de manera más precisa, es la "acción u omisión voluntaria, imputable a una persona que infringe el Derecho, y que es penada por la ley"...
El crimen organizado surge históricamente bajo las formas de acumulación de capital originario, para la génesis y desarrollo de la gran industria moderna. CECILIA LOZANO MERAZ Si el delincuente es el "sujeto que delinque", o lo
que es igual, "sujeto activo o agente del delito", entonces la
delincuencia es la "calidad de delincuente", la "comisión de un
delito" o un "conjunto de delitos en general, o referidos a un país o
época". A su vez, un diccionario puede decir que delito es la
"culpa, crimen o quebrantamiento de la ley". Dicho de manera más
precisa, es la "acción u omisión voluntaria, imputable a una persona que
infringe el Derecho, y que es penada por la ley". El Maestro Eduardo García Maynez señala que "se da el
nombre de delitos a ciertas acciones antisociales prohibidas por la ley, cuya
comisión hace acreedor al delincuente a determinadas sanciones conocidas con el
nombre específico de penas". En cuanto a la delincuencia, una definición elemental señala
que "delincuencia es la conducta resultante del fracaso del individuo en
adaptarse a las demandas de la sociedad en que vive". A su vez, Herrero
Herrero define la delincuencia como "el fenómeno social constituido por el
conjunto de las infracciones, contra las normas fundamentales de convivencia,
producidas en un tiempo y lugar determinados". En un comunicado de prensa emitido por el Consejo Europeo de
Tampere, realizado en octubre de 1999, y luego de la Conferencia de alto nivel
celebrada en Praia da Falésia el 4 y 5 de mayo del 2000, la Comisión Europea
llegó a la conclusión de que se "define la delincuencia como todo acto
punible cometido por individuos o asociaciones espontáneas de personas. No
obstante", indica el mismo documento, "esta definición engloba
distintas realidades como:
Ahora bien, el delito cometido por el delincuente no es del
todo espontáneo, sino que puede ser premeditado y programado. Sin embargo,
dependiendo del número de personas que lo cometa y ejecute, de los
procedimientos que siga, de los recursos que utilice y de los objetivos que
persiga, podrá haber, esencialmente, dos tipos de delincuencia:
En las próximas secciones de este capítulo se hablará de
ellas, definiéndolas y explicando sus características particulares y ámbito
de acción e influencia. Sin embargo, antes se hace obligado explicar que, por
su escala de acción, también se puede hablar de una delincuencia
estratificada: menor, intermedia y mayor, como la clasifica Leticia Salomón,
del Foro Ciudadano de Honduras. Como ya se verá, la delincuencia menor o delincuencia común
es la más visible y temida, pero constituye la punta del iceberg. Al hablar de
delincuencia intermedia y mayor se está hablando, de facto, de delincuencia
organizada, y aunque todas ellas requieren de una mayor preparación de las
fuerzas de seguridad pública, la organizada requiere, además, recursos tecnológicos
e intelectuales muy avanzados. 1.1 Características y ámbito de acción de la delincuencia
menor El Maestro Eduardo García Maynez, y citando a Afallón y
García Olano, señala que "el delito representa, generalmente, un ataque
directo a los derechos del individuo (integridad física, honor, propiedad,
etc.), pero atenta siempre, en forma mediata o inmediata, contra los derechos
del cuerpo social". Ello atañe a cualquier delincuente y a cualquier tipo de
delincuencia, pues el sólo hecho de contravenir la ley –que por antonomasia
busca la protección y salvaguarda de la integridad y tranquilidad del
individuo– ya implica un atentado contra el orden social regulado por la ley. La delincuencia menor es la cometida por un individuo, y
cuando mucho, por dos, y que tiene por objetivo la comisión de un delito que
podría ser ir desde una falta menor hasta una grave y calificada, pero que no
trascienden su escala y proporciones, es decir, no son cometidos por bandas, no
hay una gran planeación en los hechos delictivos, o no se pretende operar
permanentemente a gran escala. Leticia Salomón señala que "en la delincuencia menor
se puede incluir algunos carteristas, asaltantes de buses, estafadores. Esa es
la delincuencia más común, más popular, la que vemos y a la que le tenemos
miedo. Entonces los ciudadanos comunes piensan que es un problema cuando
transitan por determinadas zonas en que pueden asaltados y la gente asocia
inseguridad con esto". Esa es la delincuencia callejera, la más ordinaria:
Ahora bien, éstos y otros delitos pueden ser cometidos en
grandes proporciones y por muchos individuos, con lo cual ya se convierte en una
delincuencia organizada, tanto de nivel intermedio como mayor. Cuando se
convierten en tales, se ha dado en decir que se convierten en la "industria
del robo", "la industria del secuestro", la "industria del
robo de vehículos", etc. Por supuesto, la delincuencia menor tiene las
siguientes características, en términos generales:
1.2 Características y ámbito de acción de la delincuencia organizada En general, hoy –en palabras de Cecilia Lozano Meraz– el
crimen organizado significa un mecanismo de acumulación, robo y redistribución
de capital propio de la economía informal, que también llega a formar parte de
la economía formal local, nacional y global. Evidentemente, en opinión personal, tiene serias
implicaciones del orden económico, pues constituye una importante derrama de
recursos, pues todo el capital generado y distribuido se cubre en efectivo. Un
análisis estadístico y una investigación de campo precisarían mejor esta
aseveración, aunque en este momento se toma como una premisa definitiva. El crimen organizado se puede definir como "la
delincuencia colectiva que instrumentaliza racionalmente la violencia
institucional de la vida privada y pública, al servicio de ganancias
empresariales con rapidez. Necesariamente vincula jerarquías de la burocracia
política y judicial mediante la corrupción y la impunidad". La investigadora jalisciense Cecilia Lozano Meraz señala
algunas características concretas de la delincuencia organizada o crimen
organizado, como también se le denomina, y que a continuación se describen en
forma de lista junto con otras características observadas en otro análisis
sobre el tema:
Cecilia Lozano Meraz indica que como resultado del histórico
esfuerzo de la humanidad por su supervivencia surgió el capitalismo, el cual
presenta una doble dimensión dialéctica en sus formas de acumulación de
capital que no necesariamente se implican desde el punto de vista de las
relaciones jurídicas, aunque sí desde el punto de vista económico, a saber:
Sin embargo, al constituir una actividad (o actividades)
ilegales, aun cuando pudieran parecer licitas, caen de facto en el campo del
derecho penal y, por ende, merecen especial estudio y análisis, a efecto de
detectar, controlar, contrarrestar, disminuir y erradicar la acción y efectos
de ésta o éstas, así como a los individuos y grupos que las llevan a cabo. El sitio web de la Procuraduría General de la República
(PGR) señala que "el concepto "delincuencia organizada" fue
empleado por primera vez por el criminólogo norteamericano John Ladesco en
1929, para designar a las operaciones delictivas provenientes de la mafia". En México, en 1993 al reformarse el artículo 16
Constitucional, se introduce por primera vez el concepto de "delincuencia
organizada"; el 1° de febrero de 1994 entran en vigor importantes reformas
al Código Penal Federal y a los Códigos de Procedimientos Penales, Federal y
del Distrito Federal, en los que también se hace referencia a este concepto. Este tipo de delincuencia –señala la PGR– fue designada
con la palabra "organizada", ya que se refiere a la "asociación",
a la "sociedad", a la "corporación", al "grupo",
al "sindicato", a la "liga", al "gremio", a la
"coalición", en sí a la "unión", como forma de conjuntar
esfuerzos en grupo; y con el empleo de la violencia, soborno, intimidación y
fuerza, los delincuentes llevaban a cabo sus actividades ilegales. Ahora bien, es bastante común referirse a la delincuencia
organizada bajo el sinónimo de mafia (o mob, como se le llama en Estados Unidos
y Asia), y a los delincuentes en gran escala se les llama entonces mafiosos o gángsters.
Ya se habló de la voz mafia. A su vez, el término gángster deriva de la voz inglesa
gang, que significa banda, siendo común llamarle gángster al miembro de
cualquier banda en cualquier país de habla inglesa, independientemente de que
sea criminal o no. Sin embargo, en México se ha tomado el término para
connotar esa relación entre el gángster como miembro de una agrupación
criminal. En cuanto al término mafia, otra fuente informa que éste
apareció por vez primera en un texto siciliano de 1658, pero su uso se extendió
y se hizo común en toda Italia hasta el siglo XIX y, posteriormente, para el
resto del mundo, según se explicó, gracias a John Ladesco. De acuerdo con la definición etimológica de la palabra
mafia, ésta proviene del idioma italiano, y significa "Red de asociaciones
secretas sicilianas dispuestas a tomarse la justicia por su mano y a impedir el
ejercicio de la justicia oficial por medio de un silencio concertado". Así, a la luz de los sentidos que poseen las palabras gang,
gángster y mafia, se puede ver que la delincuencia organizada, efectivamente,
consiste en redes de grupos criminales con fines comunes y bien definidos y
acordados, ya sea con presencia local o internacional. Ahora bien, en relación con el tema que ha motivado el
presente estudio, una de las mafias más famosas y, al mismo tiempo, de gran
peligro, son las dedicadas al tráfico internacional de drogas. Si bien todas
están armadas y no tienen contemplaciones hacia aquellos que amenazan su
seguridad, las más conocidas actualmente son los llamados "cárteles",
que son redes de traficantes de drogas principalmente de origen latinoamericano
y, más específicamente, las colombianas y las mexicanas. Así, en lo que toca a la geografía de la delincuencia y, más
específicamente en materia de drogas, la atención del mundo está fijada desde
finales de la década de los 1980 y principios de los 1990 en Colombia. Ello se
debe esencialmente a las actividades ilegales de los cárteles colombianos en
cuanto a:
Y precisamente una vez que se sabe lo que es una mafia, una
gang, etc., se puede concluir que la actividad exclusiva o central de los cárteles,
a diferencia de otras bandas internacionales, es el tráfico de drogas, en
cualquiera de sus modalidades (heroicas, cannabis, etc.). La fuerza de la delincuencia organizada radica en el
establecimiento de "alianzas y vínculos" que logra en todos los
niveles, incluyendo el político y el militar; con la ayuda de actos de corrupción
logran su impunidad. Por ello, la delincuencia en su manifestación organizada
constituye uno de los más graves y vitales problemas que dañan y perjudican a
la humanidad. Otro concepto sobre delincuencia organizada lo da la
Corporación Euroamericana de Seguridad –con sede en España–, que indica
que "se entiende por delincuencia organizada cuando más de tres personas
acuerdan organizarse para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas
que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno de los
delitos penados por las leyes nacionales e internacionales". Una variante de esta definición señala que "se
considera como delincuencia organizada la asociación de tres o más personas
para realizar, de forma permanente o reiterada, conductas a fin de cometer
algunos delitos". Esta definición se encuentra contenida en el artículo
282 Bis de la Ley Orgánica 5/1999, de 13 de enero vigente para España. A su vez, la Comisión Europea señala que "la
delincuencia organizada se define, de acuerdo con la acción común 98/733/JAI
del 21 de diciembre de 1998, como una asociación estructurada, de más de dos
personas, establecida y que actúa de manera concertada, con el fin de cometer
infracciones punibles con penas privativas de libertad o de una pena más
grave". Aquí, la pena de prisión puede ir desde uno a cuatro años, como
mínimo, y la pena más grave puede llegar incluso al castigo con la muerte. Siguiendo la clasificación de Leticia Salomón, ya citada
antes, se hablaba de delincuencia intermedia y delincuencia mayor. Estas ya son
formas de delincuencia organizada. "La delincuencia intermedia que se
relaciona con asaltos a vivienda y con robos de automóviles especialmente para
repuestos que significa cierto nivel de planificación, trabajo en equipo,
especialización, recursos, labores de inteligencia, etc. La delincuencia mayor
está vinculada a secuestros, asaltos de bancos, bandas de narcotraficantes. Esa
delincuencia es la peor pero es la menos visible para la ciudadanía". 1.3 Tipos de delincuencia organizada y delitos cometidos por ésta La delincuencia organizada, sin embargo, parece ser algo más
antigua que el capitalismo como tal, y se inicia desde las formas y prácticas
del imperialismo occidental y puede ser que en las formas imperialistas de la
cultura humana en general. "En un principio", señala Cecilia Lozano, "se
dieron las prácticas del saqueo y el tráfico de aborígenes en América y África,
procesos de despojo de medios de vida y de trabajo y la expropiación de tierras
que usufructuaba consuetudinariamente la población campesina-sierva; y el robo
o esclavización de niños para los talleres manufactureros". Por supuesto, el saqueo, el tráfico de personas, el robo y
otras formas de delincuencia ya existían desde el origen de la civilización
misma: recuérdense las hordas de bárbaros que asolaban Europa Central y Asia
en tiempos del Imperio Romano –Atila y los Hunos es un ejemplo– y aun antes. Evidentemente, éstas ya constituían formas de delincuencia
organizada puesto que existían jerarquías definidas –el jefe, su
lugarteniente, sus matones personales, etc.–, funciones y atribuciones
conforme a dichas jerarquías, reglas para sus integrantes, derechos y
obligaciones, métodos de acción y formas de operación, cuotas, modos de
impunidad, etc., aunque se hace más notoria en el colonialismo occidental
posterior a los siglos XVII y XVIII. Posteriormente, las formas de piratería dieron origen a
nuevas formas de delincuencia organizada, una de ellas incluso premiada por los
gobiernos de las naciones en pugna. Así, surgió el pirata, que era un
"ladrón de mar, cruel y despiadado", que destruía barcos pero que
trabajaba para sí mismo y para sus propios fines, sin ley ni bandera. Asimismo, había piratas que se hacían llamar corsarios;
otros, bucaneros, y otros más, filibusteros. La palabra filibustero proviene
del holandes ‘vrij bouiter’, ‘el que va a capturar botin’, que en inglés
será ‘freebooter’ y en francés ‘filibustier’. Para España serán bandidos y piratas; para las naciones
adversarias del poder peninsular son bandidos... o aliados. Nada de eso preocupa
a los filibusteros mismos, por esencia libertarios a quienes nada importa como
no sea su condición de hombres libres, en el mar que es la libertad, y
agrupados". En cuanto al concepto de bucanero, esta palabra tuvo su
origen hacia inicios del siglo XVII, en el norte de la isla de La Española (hoy
Santo Domingo), explorada y ocupada desde los tiempos de Colón pero con poco
valor e interés para los españoles. Ahí se radicaron numerosos aventureros, esclavos blancos y
negros, fugitivos, prisioneros huidos, que aprendieron de los indios arawacos a
preparar el "bucan", la carne ahumada de jabalí y otros animales que
cazaban en la boscosa región. Su negocio era comerciar carne ahumada y frutos varios con
los barcos en travesía. Pero en 1620 los españoles les atacaron para hacerse
de ese comercio y desarticular a ese núcleo extranjero y no católico. La
derrota es fácil, pero no su captura. Un gran numero cruzó el canal que separa a la isla La Española
de la isla de La Tortuga (en Costa Rica) y se refugiaron allí, donde la
residencia fue permanente, volviendo a la isla mayor a cazar, pero no a
quedarse. El ataque trajo otra consecuencia: la necesidad de defenderse en
conjunto y organizarse. Así, en la legendaria isla Tortuga nació la Cofradía
después de 1620 y sobrevivió hasta 1700. Estos, sin embargo, no eran delincuentes organizados en
flotas navales con fines de pillaje y saqueo, sino una gran comunidad de hombres
libres organizados para defenderse y mantener su calidad de vida en una época
en la que ser diferente de los cánones requeridos por la corona española era
sinónimo de ser su enemigo. Por tanto, no puede ni debe confundirse con una
forma de delincuencia. Una primera definición señala que "un corsario era
aquel quien, al mando de una embarcación o grupo de ellas, se dedicaba a la
piratería en nombre de su rey". Sin embargo, otras fuentes atribuyen su
surgimiento al fenómeno naval de la Isla Tortuga de Costa Rica. Por ejemplo,
que la consolidación del capitalismo y de los poderes imperiales europeos en el
Caribe acabó con la experiencia de los Hermanos de la Costa, radicados en la
Tortuga. Entonces, "el filibustero se hizo ‘corsario’
–agente de potencias europeas con patente de corso para asaltar enemigos del
país al que servía–. Otros cayeron en un mero bandidaje naval que perdió
todo matiz anarquizante". Uno de los corsarios más famosos fue Sir Francis
Drake, quien incluso fue nombrado Caballero de la Reina por sus servicios a
Inglaterra. Existen, según se ha podido observar durante la investigación,
los siguientes tipos de delincuencia organizada:
Delincuencia organizada local.- Por deducción,
se puede definir como la delincuencia –consistente en una banda o varias
bandas vinculadas– que opera en una escala territorial menor, ya sea una
comunidad, municipio o estado, y que generalmente opera en esa demarcación
y rara vez fuera de ella. Delincuencia organizada nacional.- Como la
anterior, puede consistir en una sola banda de grandes proporciones o
varias bandas asociadas, que opera dentro de una escala relativamente
mayor, y ya se le reconoce como una delincuencia mayor, pues actúa en
varias ciudades y provincias o estados y, potencialmente, puede llegar a
tener nexos con otras bandas nacionales e internacionales. Delincuencia organizada transnacional.- Cuando
la delincuencia organizada construye conexiones con organizaciones
similares formando redes en todo el mundo, la Organización de las
Naciones Unidas la identifica como delincuencia organizada transnacional.
También se le denomina delincuencia organizada transfronteriza, como le
denomina la Comisión Europea. Así, las organizaciones dedicadas a la delincuencia
organizada emprenden operaciones ilegales de tipo financiero, mercantil,
bancario, bursátil o comercial; acciones de soborno, extorsión;
ofrecimiento de servicios de protección, ocultación de servicios
fraudulentos y ganancias ilegales; adquisiciones ilegítimas; control de
centros de juego ilegales y centros de prostitución. La Corporación Euroamericana de Seguridad señala que
algunos delitos cometidos por las bandas organizadas de criminales, tanto
en el nivel local como en el nacional e internacional, son los siguientes: 1.4 Modus operandi de la delincuencia organizada La Procuraduría General de la República señala que
la delincuencia organizada funciona de la siguiente manera:
2. Modelos de legitimación de la
delincuencia organizada Según el art. 1.2 de la Ley 19/1993 Española de fecha
28 de diciembre de 1993, se entiende por blanqueo de capitales, "la
adquisición, utilización, conversión o transmisión de bienes que
procedan de alguna de las actividades enumeradas en el apartado anterior o
de participación en las mismas, para ocultar o encubrir su origen o ayudar
a la persona que haya participado en la actividad delictiva a eludir las
consecuencias jurídicas de sus actos, así como la ocultación o
encubrimiento de su verdadera naturaleza, origen, localización, disposición,
movimientos de la propiedad o de otros derechos sobre los mismos, aun cuando
las actividades que las generen se desarrollen en territorio de otro
Estado". Este es, actualmente, el medio más utilizado de
legitimación que la delincuencia organizada utiliza para la legitimación
de sus bienes, y en México se le conoce como "lavado de dinero".
Este medio, que a su vez es considerado también un delito, encuentra sus
principales hechos generadores en otros tres delitos: Dichos delitos, desde hace varios años, han encontrado
en México el sitio ideal para florecer, pues las condiciones económicas,
políticas y sociales por las que este país ha atravesado durante al
menos los últimos 25 años, han permitido su desarrollo. Así, el lavado de dinero no se desarrolla en unos
pocos países, sino en muchos, pues la corrupción no se circunscribe a
unas cuantas naciones sino que la fomentan las naciones grandes al oprimir
de facto a otras –generando pobreza y, por ende, encontrando los pueblos
el delito como única fuente de ingresos–, mientras que las naciones
pequeñas o pobres la cultivan bajo el supuesto de que es una de sus pocas
oportunidades de sobresalir y paliar la miseria. El lavado de dinero, como delito, no es nuevo dentro de
los negocios tanto ilegales como ilegítimos, pues los antecedentes más
cercanos sobre su comisión se remontan a apenas la primera mitad del
siglo XX y, a manera de ironía, en el país que se ha convertido en su
principal perseguidor: los Estados Unidos de América. Así, los primeros capitales lavados se efectuaron,
como ya se dijo, en la Unión Americana, durante la década de los años
1930 y 1940, en el período conocido como "La Ley Seca", ya que
en esos tiempos la venta y distribución de alcohol se consideró ilegal. De tal forma, legendarios criminales –como Al Capone
y Lucky Luciano– crearon compañías con el fin de ocultar el dinero
obtenido de sus actividades delictivas y hacerlo aparecer como el fruto
del trabajo honrado. Para mayor detalle, estas compañías fueron,
esencialmente, lavanderías. Asimismo, otras teorías indican que el lavado de
dinero se generó durante la Segunda Guerra Mundial, pues se establecía
que tanto Italia como Alemania enviaban oro a diversos bancos existentes
en Suiza para generar divisas por concepto de intereses. Dicho oro era obtenido básicamente a través del
saqueo realizado por las tropas de estas naciones en los distintos países
que eran dominados por ellos. Asimismo, se obtenía de las incautaciones
que las tropas nazis realizaban sobre los bienes de los judíos que
eventualmente eran enviados a los campos de exterminio. Posteriormente, el
oro se fundía y se vendía en lingotes a destinatarios desconocidos
contactados por los bancos suizos. "Al concluir la Segunda Guerra Mundial, Suiza se
pobló de bancos, los cuales, con el fin de obtener recursos para poder
operar, recibieron grandes sumas de capitales cuyos orígenes eran
inciertos y, siguiendo el sigilo bancario, los inversionistas no
encontraron impedimento alguno para realizar sus depósitos. Sin embargo,
es preciso destacar que este problema cobró cada vez más relevancia a
partir no sólo de la globalización de los mercados financieros, sino del
incremento en el tráfico de drogas, negocio en considerable crecimiento,
pues en la actualidad, después de la venta de armas, el de las drogas es
la industria más rentable del planeta". A partir de esto, la necesidad de sancionar las
conductas tendientes a legitimar el dinero ilícitamente obtenido, como un
intento de neutralizar los beneficios económicos derivados del tráfico
de drogas, pues este negocio, al empezar a producir ganancias
exorbitantes, también requirió de importantes contactos en el mundo
financiero legalmente operante para legitimar dichas ganancias. Así, en México, la autoridad normalmente se ha dado
en perseguir los grandes cargamentos de droga a través de carreteras,
transportación aérea o embarques navales, siendo que debería haber sido
de otra manera esa persecución desde el principio, o bien, establecer
estrategias alternas tendientes a dicha labor. Por ejemplo, desde el principio se debieron haber
perseguido los capitales financieros reciclados a través de las
actividades de bancos y casas de crédito y finanzas, por medio de una
permanente e intensa evaluación de la actividad de dichas instituciones
así como de la procedencia de los fondos que obtenían. Por supuesto, los vacíos legales así como otras
cuestiones (el derecho al secreto bancario) constituyeron fuertes
impedimentos a tal labor. Sin embargo, cada vez hay más naciones que han
establecido mecanismos legales y creado normas en materia de lavado de
dinero. Asimismo, han establecido líneas de comunicación numerosas y
eficientes en el ámbito internacional dentro del orden económico y
financiero para detectar este tipo de actividades. El propósito de ello es reforzar y extender los
mecanismos de cooperación internacional así como los acuerdos específicos
con respecto al estudio y persecución de las distintas formas de
actividad criminal, entre las que se pueden contar el terrorismo y el
lavado de dinero. "A diferencia de lo ocurrido en la mayoría de los
países, el lavado de dinero había carecido en nuestra nación de un
ordenamiento jurídico específico. Es hasta hace relativamente poco que
lo encontramos en México. Podemos decir que el lavado de dinero se ha
originado de tres formas". La primera, considerada la más importante, es el
narcotráfico; la segunda se refiere al traslado de dinero a Estados
Unidos de Norteamérica por maniobras de evasión fiscal o fraudulentas, y
la tercera, de magnitud considerable que involucra prácticamente a
componentes del sector público, se encuentra representada por la corrupción,
actividad a través de la cual los responsables obtienen grandes
cantidades de dinero, mismas que son canalizadas hacia negocios con los
que, de la noche a la mañana, surgen prósperos empresarios, cuando sus
ingresos reales declarados no serían capaces de permitirles desarrollar
este tipo de vida o actividad económica. Casos como los mencionados son los de Carlos Cabal
Peniche, Raúl Salinas de Gortari e Isidoro Rodríguez, alias "El
Divino" y otros tantos y tantos personajes contenidos en las listas
negras del Fobaproa y otros expedientes fraudulentos como el llamado
Pemexgate, Los Amigos de Fox y otros de triste memoria. Ahora bien, el lavado de dinero no es sino resultado de
las ganancias obtenidas por la actividad ilegal de los cárteles así como
de su complejidad como microsociedad, pues al operar a manera de una
empresa transnacional, observa los principios inherentes a éstas, tales
como: Ahora bien, la estructuración de los especialistas de
acuerdo con las necesidades del cártel, no sigue un patrón específico,
pues recuérdese que es, ante todo, una organización criminal y, por
tanto, clandestina. No obstante, es posible, tras la observación, afirmar
que tiene la siguiente distribución, más o menos aproximada:
Por su parte, el lavado de dinero observa el siguiente
ciclo: 3. Recursos tecnológicos de la
delincuencia organizada En su obra "El Leviatán", el filósofo inglés
Thomas Hobbes, respecto a las causas que generan al Estado, expone que "la
causa final, fin o designio de los hombres (que naturalmente aman la libertad y
el dominio sobre los demás) al introducir esta restricción sobre sí mismos
(en la que los vemos vivir formando Estados) es el cuidado de su propia
conservación y, por añadidura, el logro de una vida más armónica". Posteriormente, el mismo autor señala que "la misión
del soberano (sea un monarca o una asamblea) consiste en el fin para el cual fue
investido con el soberano poder, que no es otro sino el de procurar la seguridad
del pueblo". Pero, además, especifica que, "por seguridad no se
entiende aquí una simple conservación de la vida, sino también de todas las
excelencias que el hombre pueda adquirir para sí mismo por medio de una
actividad legal, sin peligro ni daño para el Estado". Tal es el fin del gobierno como parte de la ecuación del
Estado moderno; sólo que, en los últimos tiempos, la violencia y los crímenes
se han salido de los esquemas tradicionales: Dejó de ser una delincuencia
menor, una delincuencia doméstica, para convertirse en una delincuencia
organizada, en una delincuencia transnacional, con influencias provenientes del
extranjero, incluyendo la tecnología. Así, ciudadanía y autoridades se
enfrentan a una delincuencia más preparada tanto en lo técnico como en lo
intelectual. Podría decirse que ésta también fue bañada por la globalización. Para los Doctores Víctor F. Olea y Abelardo Flores,
"globalización es el nombre genérico que las ideologías dominantes
atribuyen al actual proceso de mundialización capitalista, y que tales
estrategias responden a diversas estrategias para internacionalizar el
capital". Por tanto, "la globalización –junto a la regionalización–
es una forma peculiar que asume la internacionalización del capital en la
actualidad", según palabras de Víctor Manuel Rodríguez Ramírez,
egresado de la Universidad Madero. Así, la delincuencia, junto con sus técnicas, métodos,
ideología –si es que se puede hablar de que el crimen tenga una ideología o
una filosofía reales y en el sentido correcto de dichos términos–, etc.,
dijo, también fue alcanzada por los beneficios de la globalización, al poder
asociarse con bandas internacionales y organizaciones dedicadas al terrorismo,
el secuestro, el narcotráfico, la trata de blancas, el robo de autos y una
lista aún más larga y terrible. De esta forma, los gobiernos contemporáneos, si es que
desean triunfar en el combate a la delincuencia, deben emplear todos sus
recursos –y disponer de muchos otros nuevos– así como recurrir a nuevas técnicas
de investigación y análisis, o incluso, crearlas. Para ello, deben estar en
condiciones no sólo de adquirir tecnología o nuevos métodos, sino aplicar una
nueva mentalidad en tal labor: una visión más crítica, un pensamiento más
analítico, una mente más lógica –que, por supuesto, no descarte incluso
aquello que parezca ilógico o descabellado–, mayor capacidad de juicio, etc. EMILIO VELAZCO GAMBOA Mexicano. Licenciado en Ciencias Políticas por la
Universidad del Desarrollo del Estado de Puebla (UNIDES). Tiene los Diplomados
en Derecho Electoral y en Derecho Constitucional, por la Universidad Cuauhtémoc.
Actualmente es consultor académico e investigador independiente. http://www.gratisweb.com/emilio_velazco/Investigador-Escritor Publicación enviada por Emilio Velazco Gamboa Contactar mailto:emiliovelazco@hotmail.com Código ISPN de la Publicación EpyyupFlZkOGCsDmHh Publicado Friday 17 de October de 2003 Ultimas Publicaciones en ilustrados.com
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