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Maltrato infantil
El maltrato infantil es una realidad que no se puede ignorar, por ello resulta indispensable poseer información adecuada para reconocerlo y actuar. A nosotras como futuras docentes nos inquieta este tema y es por ello que realizamos esta investigación para contar con las herramientas necesarias para enfrentar cualquier situación de maltrato teniendo en cuenta el marco legal argentino. 2.1. DEFINICIÓN: Maltrato infantil es toda conducta que, por acción u omisión, produzca daño físico y/o psíquico en una persona mayor de 18 años, afectando el desarrollo de su personalidad. Esta conducta es intencional y reiterada. El maltrato se produce cuando la salud física, emocional, o la seguridad de un niño, están en peligro por acciones o negligencias de las personas encargadas de su cuidado. 2.2. TIPOS DE MALTRATO * MALTRATO FÍSICO: Implica el uso de la fuerza física, que va desde una cachetada (aceptada culturalmente como forma de corrección de conductas), seguida de distintos tipos de golpes, empujones y/o hasta lesiones graves, que pueden provocar la muerte. * MALTRATO EMOCIONAL: Implica conductas que desvalorizan, humillan, crean miedos y culpas en los niños/as. Cuáles serían esas conductas? - no respetarlos como personas - insultarlos/as - quitarles o romperles sus juguetes - encerrarlos en habitaciones, como forma de corrección de conductas - lastimar o matar a sus animales - ser indiferente a las demandas del niño /a (alimentación, sueño, juegos) - hacerlo partícipe de las peleas entre adultos - falta de comprensión - sobreexigirlo/a (ser el mejor alumno y/o deportista) - hacerle realizar trabajos que impliquen riesgo para su edad - obstruir su desarrollo (sobreprotección) * ABUSO SEXUAL: Son aquellas situaciones en las que un adulto utiliza su relación con un niño/a o adolescente para obtener satisfacción sexual. Las conductas abusivas pueden implicar o no contacto físico. El contacto físico incluye toda conducta en la que el agresor toque zonas de claro significado sexual (caricias en pechos y/o genitales, sexo vaginal, anal u oral). Otras como el exibicionismo, el pedido de realizar actividades sexuales o de participar en material pornográfico. 2.3. CÓMO IDENTIFICAR SI UN NIÑO/A ES MALTRATADO? El maltrato y el abuso no siempre presentan huellas físicas fácilmente visibles, pero siempre dejan su marca en la conducta. La observación sensible, la actitud receptiva y la escucha atenta, son los mejores recursos para identificar al niño/a maltratado. Los maestros requieren de especial sensibilidad para detectar si un niño es objeto de maltrato, porque frecuentemente éste por vergüenza o para proteger a otros miembros de la familia, encubre la situación. Deben tener presente que para quien está creciendo en un ambiente violento, la violencia no es cuestionada incluso, puede parecer el único modo de expresar los afectos. Un padre o una madre agresivos y/o abusadores, significan un peligro real para la salud y la vida del niño, pero generalmente son su principal o único referente afectivo y además, la violencia de los padres produce un sentimiento contradictorio de afecto, rechazo y dependencia emocional en el niño. A veces, el niño/a denuncia explícitamente el maltrato que sufre. La actitud receptiva de los docentes puede animar a estos niños/as a confiarse. En estos casos es indispensable disponer una escucha atenta y sobre todo:
Teniendo en cuenta estos aspectos, a continuación ofrecemos algunos indicadores que pueden orientar la observación: LAS MARCAS DE CASTIGOS CORPORALES Con frecuencia se advierten a simple vista e incluso, delatan la forma en que fueron provocados. Los dedos sobreimpresos en las mejillas, los hematomas en los ojos, las marcas de golpes con cintos u objetos duros o cortantes, las quemaduras provocadas por cigarrillos o planchas, los moretones y/o escoriaciones en muñecas y tobillos, son signos bastante evidentes de maltrato físico, pero en otros casos, pueden confundirse con lesiones accidentales. Se debe tener presente que en sus juegos normales los chicos suelen lastimarse las partes expuestas del cuerpo (frente, rodillas, mentón, cara externa del brazo o de las piernas) pero difícilmente se lastiman las partes no expuestas del mismo (cara interna de brazos y piernas, ojos, cuello). Las lesiones en esas zonas deben mirarse con sospecha. LOS ACCIDENTES FRECUENTES Los familiares, y a veces también las víctimas, justifican las lesiones producidas por el maltrato hablando de "accidentes". Cuando éstos se reiteran es importante profundizar la investigación. LA ALTERACIÓN DE LOS PATRONES NORMALES DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO Salvando las variaciones individuales normales, un niño que crece poco está enviando una señal de alerta. Si bien es necesario considerar entre las causas del problema los factores socioeconómicos que afecten a la familia, es imprescindible indagar el caso antes de descartar la posibilidad de maltrato o negligencia. El escaso crecimiento es -a veces- el único indicio físico que presenta un niño maltratado emocionalmente. LA PERSISTENTE FALTA DE HIGIENE Y CUIDADO CORPORAL Con las salvedades anteriores, puede ser un indicador de negligencia y acompañar otras formas de maltrato, sobre todo en los niños pequeños que no pueden valerse por sí mismos. INDICADORES EN LA CONDUCTA El niño/a muestra:
INDICADORES EMOCIONALES El niño/a puede presentar: - pasividad, timidez, problemas de aprendizaje - inhibiciones en los juegos - comportamientos regresivos: succión del pulgar, pérdida del aprendizaje del control de esfínteres (enuresis -hacerse pis y/o encopresis -hacerse caca-) - comportamientos autodestructivos (intentos de suicidio, fugas hogar). INDICADORES DE ABUSO SEXUAL - el niño/a comenta situaciones de abuso de una persona de su confianza - posee conocimientos sexuales inusuales para su edad - presenta lastimaduras en genitales externos, vagina o área anal - dificultad para caminar o sentarse - pobre relación con niños de su edad - se fuga frecuentemente - grave desestructuración de la personalidad - el embarazo precoz puede ser indicio de abuso sexual y/o incesto. Debe tenerse presente que el acto sexual de un adulto con una niña de 15 años constituye delito de estupro y siempre se debe observar con especial cuidado. CÓMO SE PRODUCE UNA RELACIÓN DE ABUSO DE UN ADULTO HACIA UN NIÑO/A O ADOLESCENTE? El agresor es, generalmente, un miembro de la familia o allegado, que emplea la "seducción" para hacerle creer al niño/a que lo que propone es legítimo y natural. Si el niño/a se resiste, el adulto utiliza amenazas o fuerza física ( fase en envolvimiento).
2.4. CICLO DEL MALTRATO INFANTIL El maltrato infantil se puede comprender a través de un ciclo que a continuación se desarrolla esquemáticamente: Expectativas de los padres Los hijos no logran en relación a las conductas, cubrir las expectativas actitudes y logros de los hijos
Renovación de las Frustración expectativas de los padres Castigo a los niños/a El rasgo más frecuente en las historias de familias que maltratan a sus hijos es la repetición de una generación a otra de una pauta de actos violentos, negligencia y pérdida o privación de progenitores. Casi siempre la frustación de los padres deriva en castigos hacia sus hijos. En muchos casos el sujeto activo (padre golpeador) en su infancia conoció la humillación, el desprecio, la crítica destructiva, el maltrato físico, transformándose en una persona adulta sin autoestima y confianza, con mucho recelo y agresividad reprimida, que posteriormente, cuando fracasa en la vida social, laboral, profesional, etc., la proyecta en forma violenta hacia su mujer e hijos. CARACTERÍSTICAS DE LOS PADRES AGRESIVOS El agresor es una persona inadaptada, que se cree incomprendida, presenta alto grado de impulsividad e incapacidad de organizar el hogar, etc. Cuando se siente amenazado y en momentos de crisis lo lleva a reaccionar violentamente hacia sus hijos. El grito del niño puede desencadenar una mayor violencia, por eso los niños reaccionan con cierta pasividad y mutismo que actúan como moderadores de la agresividad o violencia del progenitor o tutor. Muchas veces los padres tratan de justificar su actitud, acusando a los niños por estar sucios, por no comer, por pegar a su hermano, por romper algo, etc. También justifican su conducta por problemas personales y/o corporales que presentan: dolores de cabeza, várices, hemorroides, obesidad, etc. Otros padres se ven frustrados en sus ideales, piensan que sus hijos los han defraudado, ya sea porque presentan una deformidad física o per ser deficiente mental o por no responder a su concepto de ‘’niño ideal’’. En casos psicopatológicos, padres psicópatas, sádicos, etc., experimentan placer dañando a sus hijos, incluso torturándolos. Por otro lado, un factor importante es la incapacidad para comprender y educar a un niño; muchas madres no están preparadas ni práctica ni emocionalmente para el cuidado de los hijos y por ejemplo ante el llanto del niño lo alimentará o cambiará pero si continúa puede reaccionar dándole una fuerte ‘’paliza’’. Son madres con mucha ansiedad, con un grado elevado de nerviosismo y sensibles al stress, que reaccionan impulsivamente dando rienda suelta a sus instintos agresivos y destructores. La inmadurez de la personalidad unida a la ligera deficiencia intelectual de los padres hace que el riesgo de agresividad hacia los niños aumente en forma peligrosa. Estas madres inconscientes no saben como alimentar a sus hijos, como cambiarlos, como tomarlos para bañarlos, etc. Son capaces de dar el biberón herviendo provocando quemaduras en labios, lengua, mucosas, etc. Otras veces la condición de maltrato se produce como consecuencia de estados de intoxicación alcohólica y otros fármacos, así como por estados psicopatológicos, caracterizados por síndromes ‘’paranoicos depresivos’’. Son sujetos que actúan con rígidos esquemas mentales y estados de angustia e inseguridad que le hacen chocar con el ambiente. En resumen, pueden atribuirse los siguientes rasgos de carácter a los autores potenciales de violencia:
En general se puede advertir dos tipos de reacciones en el niño víctima de violencia: - Se vuelve hostil, dirigiendo hacia los demás la agresión de la que es víctima, - Puede replegarse sobre sí mismo permaneciendo en calma. Estos niños raramente se quejan de ser maltratados y de adultos se convierten en padres que maltratan a sus hijos, casándose con personas que por sus rasgos de carácter son susceptibles de convertirse en padres maltratados, perpetuando de esta forma el ciclo de la violencia. 2.6. ASPECTOS JURÍDICOS A TENER EN CUENTA ANTE UN CASO DE MALTRATO INFANTIL DEBEMOS TENER PRESENTE QUE TODA PERSONA MENOR DE EDAD:
2.7. CÓMO PUEDE AYUDAR LA ESCUELA A DETENER ESTA SITUACIÓN? ANTES DE QUE OCURRA... LA PREVENCIÓN PRIMARIA Se entiende por prevención primaria al conjunto de acciones dirigidas a disminuir o eliminar los factores de riesgo que afectan a las familias y predisponen la existencia del maltrato a los niños/as. Esta tarea no es en modo alguno privativa de la escuela y los docentes. Por el contrario, debe ser emprendida interdisciplinaria e interinstitucionalmente, en el marco de un conjunto de políticas públicas, dirigidas a eliminar o reducir las circunstancias ambientales y sociales que favorecen la existencia del maltrato. Pero dado que los factores culturales son fundamentales en la constitución del problema, la escuela puede cumplir una importante función en la promoción y transmisión de nuevos valores y actitudes, dirigidos a contrarrestarlos. LÍNEAS DE TRABAJO QUE LA ESCUELA PUEDE DESARROLLAR CON LOS NIÑOS Y SUS FAMILIAS:
Y SI YA OCURRIÓ, CUÁNDO INTERVENIR? Siempre que un docente sospeche que un niño/a está siendo objeto de maltrato por los adultos responsables de su crianza, no debe dudar en intervenir de alguna forma para impedir que la situación continúe. Para ello debe tener presente:
2.8. A DÓNDE RECURRIR? Frente a una situación de maltrato contra un niño se puede demandar orientación a equipos de profesionales que, luego de realizar el diagnóstico correspondiente, cumplirán con los procedimientos legales. Esta instancia constituye un modelo de intervención judicial que, sin desatender la seguridad del niño en primera instancia, se orienta a la verificación del diagnóstico. Cuando los hechos son indudables puede y debe realizar una denuncia a los órganos del Poder Judicial que asistirán a la familia protegiendo ante todo a la víctima. Para recibir orientación y/o atención: * Consejo del Menor y la Familia: Programa de prevención y tratamiento de la violencia familiar (4326-6575 int 130). * Ministerio del Interior: Subsecretaría de Derechos Humanos. Dirección Nacional de Técnica y Prevención (4343-2622) * Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos. Defensoría del Menor (4304-7263) * Atención a Víctimas de la Violencia (427-1477 La Plata) 2.9. QUIÉN PUEDE REALIZAR LA DENUNCIA? De acuerdo a los artículos 155 y 164 del Código Procesal Penal (ver Anexo) cualquier ciudadano puede denunciar una situación de maltrato o abuso a un menor o incapaz, personalmente o en forma verbal o por escrito ante las siguientes autoridades judiciales:
2.10. DÓNDE REALIZAR LA DENUNCIA?
Constitución de la Provincia de Buenos Aires - Art. 12: Todas las personas en la provincia de Buenos Aires gozan de los siguientes derechos:
- Art. 36: La provincia reconoce los siguientes derechos: De la niñez: Todo niño tiene derecho a la protección y formación integral, al cuidado preventivo y supletario del Estado en situaciones de desamparo y a la asistencia tutelar y jurídica en todos los casos. Ley Nacional 23849 - Art. 19: Obliga al Estado a adoptar las medidas necesarias para proteger al niño contra toda forma de perjuicio, abuso físico o mental, trato negligente, explotación y abuso sexual, por parte de sus padres, representantes legales o cualquier persona que lo tenga a su cargo. También se señala en este artículo que estas medidas, deben comprender el establecimiento de programas sociales para asistir al niño y también a quienes cuidan de él, así como para prevenir, identificar, notificar, investigar, remitir a instituciones, tratar y realizar el ulterior seguimiento de los casos. - Art. 9: Prevé explícitamente, en los casos de maltrato, la posibilidad de que el niño sea separado de sus padres o de los responsables de su cuidado. Código Procesal Penal - Art. 155: Faculta para hacerlo a cualquier persona que presencie, o por cualquier otro medio tenga noticias del maltrato físico o abuso sexual a un menor o incapaz. - Art. 164: La ley impone a los empleados o funcionarios de la administración pública, el deber de realizar la denuncia. En esta categoría se halla incluído el personal docente y no docente de las escuelas públicas, así como también los médicos, enfermeras, psicólogos y asistentes sociales que trabajan en instituciones estatales. Sólo están exceptuados de la obligación, los profesionales que tomen conocimiento del maltrato, en situaciones amparadas por el secreto profesional. El incumplimiento de estas normas, implica incurrir en las responsabilidades que establece el Código Procesal Penal por delito de encubrimiento, cuyo artículo 277, inciso 1, fija para tales casos, penas que van de seis meses a tres años de prisión. La ley 24.417, Promulgada en Diciembre de 1994, de Protección contra la violencia familiar en su Art. 4* plantea que el juez, al tomar conocimiento de los hechos que motivaron la denuncia, podrá ordenar la exclusión del autor de maltrato, de la vivienda donde habita el grupo familiar, prohibiendo el acceso de éste al domicilio del damnificado, como a los lugares de trabajo o estudio y decretar provisoriamente alimentos, tenencia y derecho de comunicación con los hijos. Al finalizar el trabajo, tomamos conciencia que el maltrato físico no es el único, existen otros que tienen igual grado de gravedad, más aún al tratarse de menores. Éstos están amparados por leyes a nivel Internacional, Nacional y Provincial pero aún así estos casos continúan existiendo. La escuela debe prevenirlos y en caso de ocurrir está obligada a denunciar el hecho, de nosotras depende identificar cada uno de los casos y tratar de actuar (según la ley) de la mejor manera posible.
Trabajo Realizado por Violeta
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