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El trabajo doméstico
5ª
EVALUACIÓN, CICLO 01-2002. Generalidades
de El Trabajo Doméstico: Conceptualiación
del Trabajo Doméstico de acuerdo al Código de Trabajo en el Título Segundo
capítulo III: Art.
77.- Trabajadores del servicio doméstico son los que se dedican en forma
habitual y continua a labores propias de un hogar o de otro sitio de residencia
o habitación particular, que no importen lucro o negocio para el patrono. La
prestación esporádica de servicios de índole distinta a la expresada en el
inciso anterior, no será suficiente para que el trabajador deje dc ser
considerado como doméstico. No se consideran trabajadores del servicio doméstico
y estarán sometidos a las normas Generales de este Código, los que se dediquen
a esas labores en empresas industriales, comerciales,
sociales y de más equiparables. A pesar de lo expuesto anteriormente, existe
un rico debate sobre el concepto del trabajo doméstico, que analiza desde la
misma posibilidad de llamar trabajo a las actividades domésticas no remuneradas
que generalmente realizan las amas de casa, hasta cómo cuantificar el volumen
de este trabajo, cómo calcular el aporte económico que significa y cómo
determinar los beneficios que deberían recibir por él (en salario o en
prestaciones sociales). En el fondo de la cuestión, se propone la valorización
adecuada del trabajo doméstico como necesario para la vida de las personas. Este debate debe enfrentar el gran
desequilibrio que significa para las sociedades modernas que el peso de las
tareas del hogar recaiga sólo o principalmente sobre las mujeres, cuando a la
vez ellas han ingresado masivamente al empleo remunerado y enfrentan lo que se
ha dado en llamar la doble jornada laboral y la falta de reconocimiento de sus
aportes. Frente a esta situación, la delegación del trabajo doméstico hacia
otras mujeres (empleadas o criadas), o la tercerización de parte de las tareas,
no han sido hasta ahora soluciones satisfactorias para un problema que tiene sus
bases en la desigualdad social entre hombres y mujeres. Clasificación
del Trabajo Doméstico: El trabajo doméstico es imprescindible en la
marcha de nuestras sociedades y gran parte del esfuerzo que se invierte en
realizarlo es de las mujeres. En tanto proceso de trabajo, puede ser entendido
como el conjunto de actividades "cuyo objeto es la producción de bienes y
servicios para satisfacer las necesidades de los miembros de una unidad doméstica"
una forma fácil y rápida de clasificación de las tareas que incluye el
trabajo doméstico, es la siguiente: ·
de reproducción: gestación, alumbramiento, lactancia materna o
artificial, planificación de la natalidad, etc.; ·
de ejecución: que están dirigidas a "la manipulación de objetos
para aumentar su utilidad (limpieza, alimentación, vestido, etc.)"; ·
de gestión: gerenciamiento, delegación de funciones de ejecución, y
otras; y ·
de socialización y atención afectiva: dirigidas al cuidado no material
de quienes integran una familia. Ejemplificaciones
de trabajadores domésticos que incluye: a)
Choferes del servicio familiar; b)
Amas de llave; c)
Mucamas; d)
Lavanderas y/o planchadoras en casas particulares; e)
Niñeras; f)
Cocineras de la casa de familia y sus ayudantes; g)
Jardineros en relación de dependencia y ayudantes; h)
Cuidadoras de enfermos, ancianos o minusválidos; h)
Mandaderos; y, j)
Trabajadores domésticos para actividades diversas del hogar. Es amplio el espectro donde se ubica a los
trabajadores domésticos, sin embargo la gama incluye labores donde las mujeres
son mayoría. Además, generalmente es una sola la persona que realiza la mayor
parte de esas tareas en la casa donde trabaja. Las condiciones laborales de las
empleadas domésticas son difíciles, y además están sujetas a disposiciones
legales que oficializan su discriminación como trabajadoras: ganan menos que el
mínimo, a cambio de habitación y comida que no necesariamente compensan la
diferencia, y tienen menos protecciones en general. La situación de las lavanderas, planchadoras
y limpiadoras por día es particular entre las trabajadoras domésticas, ya que
realizan trabajo a destajo o por unidad de tiempo. El Código establece que si
realizan su trabajo en forma independiente y con sus propios elementos no son
consideradas en el capítulo especial que afecta a los trabajadores/as domésticos/as,
sino en los capítulos generales. 1.
Antecedentes Históricos y Condiciones Actuales del Trabajo Doméstico:
El trabajo doméstico ha existido desde las primeras sociedades que
comenzaron a reunirse en “hordas” o clanes de cacería, donde el fin
principal era el satisfacer las necesidades básicas de sus integrantes. Sin
embargo en aquellas primitivas tribus se comenzaron a crear las clases sociales
y en el trabajo, dividendo las actividades realizadas en aquel entonces en domésticas
y de cacería, siendo la primera desarrolladas por las mujeres que integraban la
tribu y las de cacería por los
hombre de la misma. Para efectos del presente estudio nos limitaremos a la
investigación y exposición de los antecedentes históricos más relevantes en
Latinoamérica. En
la últimas tres décadas el ingreso de las mujeres al trabajo remunerado en América
Latina y el Caribe ha sido masivo y acelerado: el número de mujeres económicamente
activas aumentó en 211 por ciento, pasando de 18 a 57 millones, mientras que el
número de hombres en esta situación, solamente se incrementó en 84 por ciento
en 19 países de la región. La
jefa de la Unidad Mujer y Desarrollo de la Comisión Económica para América
Latina (CEPAL), Sonia Montaño, también advierte en el documento “Las Mujeres
ahora trabajan más” sobre la escasez de investigaciones sobre trabajo que
tomen en cuenta el impacto social y económico de todo el trabajo no remunerado
que ellas realizan en la región. En
cuanto a la tasa de participación de los hombres entre 1991 y 1998, ésta se
mantuvo constante, mientras que la de las mujeres aumentó en 4.5 puntos
porcentuales y superó 41 por ciento, tendencia similar en casi todos los países
de la región que cuentan con datos estadísticos Otros
estudios documentan que la mayoría de las mujeres comenzaron a laborar en la década
de los 80, como resultado del empobrecimiento de las familias y la necesidad de
incrementar los ingresos monetarios. En los años 90, continuaron trabajando
debido a los cambios estructurales y las reformas económicas en la mayoría de
los países. Sin
embargo, el acceso de las mujeres -a diferencia de los hombres- se concentra en
ocupaciones de menor categoría, mala remuneración y bajo prestigio, como son
el servicio doméstico. Igualmente en el trabajo familiar no remunerado en la
agricultura, las empresas familiares o los trabajos en el sector informal. En
menor medida, las trabajadoras se desempeñaron, en la agroindustria, servicios
y sectores de gran desarrollo tecnológico. Advierte
que la tasa de participación en mujeres de 25 a 49 años, es la que más crece,
alcanzando según el país, niveles de entre 50 y 70 por ciento, cada vez más
cercanos a los niveles de los hombres del mismo grupo de edad (alrededor de 95
por ciento). La
escasez de investigaciones sobre el impacto de la incorporación de la mujer al
mundo laboral, la familia y el trabajo doméstico no remunerado, asociados
-debido a la prevalencia de los valores tradicionales-, con una obligatoriedad
cultural de las mujeres. Tradicionalmente, el trabajo reproductivo, -aquel
necesario para el desarrollo de la vida humana y de la sociedad por medio del
cuidado del hogar y de los miembros de la familia-, no ha sido integrado al
concepto de “trabajo” y se percibe como una elección individual de
las mujeres. 2.
Obligaciones de los Trabajadores:
Los trabajadores domésticos estarán obligados a cumplir con las
disposiciones legales contenidas en el Capítulo III Sección primera del código
de trabajo referente a las Obligaciones de los Trabajadores, de igual manera a
los artículos 79 y 81 del mismo código presentados a continuación: Art.
81.- El trabajador del servicio doméstico está obligado a prestar sus
servicios en los días de asueto, siempre que. así se lo pida el patrono. En
tal caso tendrá derecho a un recargo del ciento por ciento en su salario diario
por el trabajo realizado en esos días. A
si mismo el trabajador doméstico esta obligado a presentar su cedula de
identidad personal al ser requerida por su patrono y comprobantes relativos a su
buena salud de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 del Código de
Trabajo. Causales
de Despedido Justificado las Determinadas en el Artículo 83 del Código de
Trabajo: Art.
83.- Son causas especiales de terminación del contrato individual de trabajo
doméstico, sin responsabilidad para el patrono, las siguientes: 1a
Adolecer el trabajador de enfermedades infectocontagiosas, a menos que las
hubiere adquirido en el lugar donde presta sus servicios, en cuyo caso procederá
la suspensión del contrato; 2a~
Tener el trabajador vicios o malos hábitos que pongan en peligro o perjudiquen
el orden doméstico o alteren la condición moral del hogar; 3ª
- Por cometer el trabajador actos graves de infidelidad o insubordinación
contra el patrono, su cónyuge, ascendientes, descendientes u otras personas que
habiten permanentemente el hogar 2. Obligaciones de los Patronos.
El patrono del trabajador de servicios domésticos se encuentra obligado
a actar cada uno de los artículos y disposiciones establecidas en la sección
primera del capítulo segundo del título primero considerado en el libro
primero del código de trabajo; y de igual manera las consideraciones dispuestas
en el capítulo tercero del título segundo del libro primero. De las cuales se
extraen como principales las siguientes: reconocer una remuneración monetaria
en concepto de salario al trabajador, por los servicios desempeñados esta
remuneración deberá ser considerada en base a las actividades que el mismo
desarrolle y no podrá en ningún caso ser menor al salario mínimo de acuerdo a
lo establecido en el artículo 144 del Código de Trabajo, en el caso que los
servicios domésticos sean prestados únicamente por fracciones de tiempo, el
salario deberá fraccionarse de igual manera en consideración al anterior artículo.
Es además una obligación del patrono proveer de alimentación y
habitación a sus trabajadores domésticos, en las situaciones que lo ameriten,
conforme al artículo número 78 del Código de Trabajo. 4.
Derechos de los Trabajadores:
El trabajador doméstico tendrá derecho a cada una de las disposiciones
de carácter legal establecidas en el Código de Trabajo, de igual manera a lo
establecido en el artículo 45 de la constitución de la República, presentado
a continuación: Constitución
de la República de El Salvador: Art.
45.- Los trabajadores agrícolas y domésticos tienen derecho a protección en
materia de salarios, jornada de trabajo, descansos, vacaciones, seguridad
social, indemnizaciones por despido y, en general, a las prestaciones sociales.
La extensión y naturaleza de los derechos antes mencionados serán determinadas
por la ley de acuerdo con las condiciones y peculiaridades del trabajo. Quienes
presten servicio de carácter doméstico en empresas industriales, comerciales,
entidades sociales y demás equiparables, serán considerados como trabajadores
manuales y tendrán los derechos reconocidos a éstos.
Los Trabajadores domésticos además tendrán derecho al suministro de
alimentación y habitación, además del salario convenido con su patrono; según
lo establecido en el artículo 78 del Código de Trabajo. Igualmente el
trabajador del servicio doméstico gozará de un descanso mínimo de doce horas
diarias, de las cuales diez serán nocturnas y continuas, y las otras deberán
destinarse para las comidas, y además de un día de descanso remurerado cada
semana, acumulables hasta un número de tres días, conforme a lo establecido en
el artículo 80 de el código de trabajo.
Los trabajadores de esta área tienen derecho además a la expedición de
un documento que certifique el trabajo desempeñado y por menores referentes a
sus labores, este documento debe ser extendido por el mismo patrono conforme a
las indicaciones del artículo 76 del Código de Trabajo, presentado a
continuación: Art.
76.- El contrato de trabajo para servicio doméstico puede celebrarse
verbalmente. Si así quiere, el patrono estará obligado a extender, cada
treinta días, a petición del trabajador, una constancia escrita en papel común
y firmada por aquél, en la cual se exprese: el nombre y apellido de ambos, el
tiempo de servicio, el salario percibido en el último mes y el lugar y fecha de
expedición del documento. 4.
Salario de los Trabajadores Domésticos:
Conforme a lo establecido en el Artículo 45 de la Constitución de la
República de El Salvador los Trabajadores domésticos tienen derecho a la
protección en materia de salarios; además tienen derecho a lo determinado en
el Capítulo II, Sección Primera del Código de Trabajo “Todo Trabajador
incluso a domicilio, tiene derecho a devengar un salario mínimo que cubra
suficientemente las necesidades de su Hogar”, estas
disposiciones legales son presentadas a continuación Art.
144.- Todo trabajador, incluso el trabajador a domicilio, tiene derecho a
devengar un salario mínimo que cubra suficientemente las necesidades normales
de su hogar, en el orden material, moral y cultural, el cual se fijará periódicamente. “Art.
145.- Para fijar el salario mínimo se atenderá sobre todo al costo de la vida,
a la índole de la labor, a los diferentes sistemas de remuneración, a las
distintas zonas de producción y a otros criterios similares.” (8) Art.
146.- Para apreciar el costo de la vida deberán considerarse los gastos
ordinarios en alimentación, vestuario, vivienda, educación y protección de la
salud, de. una familia obrera promedio, campesina o urbana Como se observa, el empleo doméstico está bastante desprotegido, debido a que ninguna de las anteriores disposiciones son atendidas ni acatadas en la mayoría de los casos; y constituye una actividad donde se destaca crudamente la discriminación contra las mujeres. La desvalorización social de las tareas del hogar, que tradicionalmente son de responsabilidad femenina, tiene mucho que ver con esta situación. Sin embargo a pesar de las condiciones de trabajo, en muchas ocasiones “Las Criadas”, se consideran como un problema social grave, producto de una común estrategia de sobrevivencia de familias carenciadas e imposibilitadas de criar a numerosos hijos e hijas, que entregan sus hijas (y también hijos, ya que se sabe de la existencia de menores del sexo masculino en esta situación) a otras familias con mayor poder adquisitivo. El trato es que estas las eduquen, vistan y alimenten a cambio de la realización de tareas domésticas. La explotación de estas niñas es frecuente, muchas veces son maltratadas o atendidas de manera insuficiente. Las criaditas no perciben ningún salario, suelen recibir vestimenta y calzados "heredados" de las hijas de los patrones, y a menudo son objetos de abuso sexual por parte de los hombres de la casa. No puede desconocerse que la institución de las criadas puede ser en varios casos, a más de una estrategia de sobrevivencia de las familias, una solución para evitar el abandono o condiciones de vida pésimas de niños y niñas. No obstante, la desprotección de estas criaturas, sujetas al azar de que les toque en suerte una familia que las respete y críe en condiciones humanas, es casi total. Por otra parte, el análisis de la condición de las criaditas debe incluirse en el marco de una reflexión sobre el trabajo infantil. CONCLUSIONES Es amplio el espectro donde se ubica a los trabajadores domésticos, sin embargo la gama incluye labores donde las mujeres son mayoría. En el pasado, generalmente es una sola la persona que realizaba la mayor parte de esas tareas en la casa donde trabajaba. Las condiciones laborales de las empleadas domésticas eran difíciles, y además estaban sujetas a disposiciones legales que oficializan su discriminación como trabajadoras: ganando menos que el mínimo, a cambio de habitación y comida que no necesariamente compensanban la diferencia, y tienendo menos protecciones en general. La situación de las lavanderas, planchadoras y limpiadoras por día es particular entre las trabajadoras domésticas, ya que realizan trabajo a destajo o por unidad de tiempo. La ignorancia y la falta de educación dentro del las personas que laboran en el sector es lo que crea en la actualidad que el aprovechamiento y el abuso por parte de los patronos se continúe dando en nuestros días; sin embargo ahora se cuenta con instituciones de gobierno que permiten el acercamiento y denuncia de actos de aprovechamiento por parte de los patronos y que además evitan situaciones como la del acoso sexual en especial hacia las mujeres, que en muchas ocasiones deben someterse a los deseos de los hombres quienes las han contratado. BIBLIOGRAFÍA Leyes: ·
Constitución de la
República de El Salvador. (1983) ·
Codigo de Trabajo de
El Savlador. (2002) Libros: ·
Enciclopedia Temática
OCÉANO o
Edición 1999 o
Editorial OCÉANO ·
Diccionario Temático
OCÉANO o
Edición 2000 o
Editorial OCÉANO Internet: ·
www.derechos.org/mujeres/trabajodomestico ·
www.cipac.org ·
www.nodo50.org/mujeres ·
www.monografías.com FUENTES Organizaciones: · FUSADES o Dr. Felipe Umaña (Coordinador de Información) · CAMARA DE COMERCIO DE EL SALVADOR o Lic. Mario Magaña (Operaciones Sociales y de Trabajo) Asesores: · Ing. Manuel Marín (Maestría en Administración Financiera)
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