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Forma de Estado en Thomas Hobbes, y mirada a la política democrática colombiana
Pontificia
Universidad Javeriana
Bogotá Colombia Samuel
Darío Moreno Rincón
Forma
de Estado en Thomas Hobbes, y
mirada a la política democrática colombiana Tabla
de contenido
Introducción
I.
Concepción del Contrato Social
II.
Concepto de Estado en Thomas Hobbes
III.
Legitimación de la democracia
Conclusión
Decía
Rodrigo Romero, profesor de filosofía en la Universidad del Valle, en Cali, que
el gran drama de América Latina consiste en que los filósofos son kantianos,
las constituciones, rawlsianas, porque las redactan expertos enviados a Harvard
con esa misión; pero el pueblo es hobbesiano, o todavía menos que hobbesiano. Un
pueblo hobbesiano –decía Rodrigo Romero– se daría cuenta de que le
interesa entrar en el pacto político y cumplir las leyes para generar una
situación de paz, en la que sea posible vivir sin temor a la muerte, al
secuestro, al atraco o a la violación. Hasta un pueblo de demonios –aseguraba
Kant en La paz perpetua– querría instaurar un Estado de derecho, con tal que
tuvieran inteligencia. Adela
Cortina
Introducción
La
estructura de este razonamiento está fundamentada, sobre la base del Contrato
Social, especialmente la teoría expuesta en Thomas Hobbes y su propuesta de
Estado, con una mirada a la política colombiana, especialmente a lo que fue el
pacto del Frente Nacional. Cuando hablo del contrato social, lo hago desde el
punto de vista de Hobbes, Locke, Kant y Rousseau. Pues, aunque todo el trabajo
gira en torno a la teoría hobbesiana, creo pertinente referirme en algún
momento a lo que dicen los otros contractualistas citados anteriormente, con el
fin de mirar otras perspectivas y sacar de allí elementos que me permitan ver más
ampliamente la perspectiva Hobbesiana. Es
preciso advertir, que no se trata de establecer o decir la última verdad que
solucione de una vez por todas la misma democrácia; sino que se trata es de
mirar el proyecto hobbesiano y luego hacer una mirada comparativa para saber dónde
y de qué manera Hobbes anticipó de alguna manera lo que podría llegar a ser
una forma de estado, partiendo necesariamente de un pacto como lo fue el Frente
Nacional, en Colombia en los años cincuenta a setenta. Aunque, tampoco se puede
afirmar radicalmente que Hobbes pretendía un Estado democrático, pues la
finalidad de su propuesta es en últimas, el Estado Absoluto expresado en su
obra El Leviatán. Lo
que se propone mirar con este trabajo es que la filosofía hobbesiana es
portadora de elementos que podrían abrir el horizonte hacia una democrácia que
legitimaría la forma de Estado en Colombia, ya sea para decir que la política
colombiana cumplió con el paradigma democrático establecido, (Frente Nacional)
o para darle la razón a Hobbes, de por qué no pretendía un Estado
Democrático sino un Estaddo Absoluto. Es evidente que en algún momento Hobbes
se refiere a la democracia, pero no lo hace con el fin de decir que es lo mejor
para un Estado, y que a ésta se llegaría a partir del Contrato Social. Pues si
se refiere a la democracia, es para decir, que es también una forma de Estado,
pero de ahì a que Hoobes quiera proponer un Estado democrático, no sería
posible, pues ante todo su propuesta está enfocada en un Estado Absoluto. Por
otra parte, me parece recurrente hablar del pacto democrático que se llevó a
cabo entre los años 1958 – 1974 y que se
llamó Frente Nacional, con
una mirada desde la perspectiva hobbesiana. Pues en su teoría Hobbes, tiene
elementos muy parecidos al momento coyuntural por el que pasaba Colombia en la
época de los años cuarenta y cincuenta (estado de confrontación y luchas por
el poder). En ese entonces, Colombia pasaba por una crisis política debido a la
competencia desatada por los que querían sustentar el poder (partido liberal y
conservador) y que hubo la necesidad de hacer un pacto para evitar que siguiera
en el desorden causado por la guerra fría. Según
lo que decíamos más arriba, es necesario hacer un recorrido por los ámbitos
de la teoría del Contrato Social en Thomas Hobbes y en su momento brevemente a
la propuesta de otros contractualistas. El fin de hacerlo, es para poder
dilucidar elementos que nos lleven a encontrar que la teoría y los elementos
del pensamiento Hobbesiano, de alguna manera, antecedieron los principios de los
cuales iba a formarse la democracia y que en este caso se aplicaría a la política
del sistema colombiano en los años cincuenta a los setentas. La
pretención de hacer un paralelo entre el Contrato Social, el concepto de Estado
de Hobbes, y el pacto democrático del Frente Nacional es con el fin de
contrastar elementos catagoriales propios del estamento político colombiano que
se hace legítimo en un pacto firmado entre el año 1958 hasta 1974, en el cuál
se cotempló como una forma de cambio en el regimen político. Este
momento se vivió, a raíz de la crisis coyuntural por la que pasaba el sistema
político, y que por lo tanto, era necesario un pacto para buscar salidas y
restablecer el orden y la armonía, ya que la sociedad se encontraba sumergida
en un “caos” donde era dificil diferenciar la gobernabilidad, por carecer de
prinncipios totalmente democráticos y en la práctica parecía más a formas
totalitarias o absolutas, con el agravamen de estar mezclada con elementos del
Estado de Naturaleza del que habla el mismo Hobbes en su obra El Leviatán.
Hobbes,
en su obra El Leviatán, expone principios que son propios del
Estado Natural. De igual manera del Estado Civil, el cual es creado cuando el
hombre ha hecho el Contrato Social y ha entregado los derechos que le pertenecían
en el Estado Natural. En
este ámbito, si tenemos presente el significado que se le ha dado en filosofía
política a cada uno de los principios de que debe gozar la democracia,
encontraremos que su definición no está muy lejos de la que expone Hobbes
cuando habla del Estado Natural y del Estado Civil. Esto es pertinente hacerlo,
con el fin de confrontarlos y así poder tener elementos comparativos que nos
ponen de cara al razonamiento sobre el cual, nuestra sociedad pretende hacer
legales sus derechos otorgándoselos al Estado, para que éste a cambio le
garantice el bienestar y la convivencia, pues sólo en ella, puede encontrar la
forma de realizarse “libre y plenamente”. I. Concepción del Contrato
Social
Mucho
se ha dicho sobre el escepticismo de Hobbes con respecto a la condición humana,
y sobre la ausencia total de ilusión acerca de la posibilidad de que esa
condición de agresividad y violencia del ser humano, pueda desaparecer como
consecuencia de la transformación de su condición y de la superación del
Estado de Naturaleza. El Estado de Naturaleza no puede ser superado, pero sí,
sometido mediante la organización de un poder lo suficientemente fuerte que
nace de la voluntad de la propia comunidad, del contrato social que es la fuente
del poder absoluto. Sin
embargo, en la formulación de Hobbes existe un tácito reconocimiento en la
capacidad del ser humano de identificar sus propios límites y crear un sistema
de poder que habrá de impedir por la fuerza que el Estado de naturaleza, continúe
imponiéndose. De alguna manera esa autoconciencia de la propia negatividad se
transforma, en virtud del principio dialéctico, en un hecho positivo que lo
induce a organizarse y hacer la paz mediante el contrato social. También Locke,
en el Ensayo sobre el Gobierno Civil parte de la conciencia de la
necesidad de superar el estado de naturaleza que impide una vida pacífica y
civilizada.[1] El
contrato social del que surge la sociedad y el Estado, refleja de alguna manera,
la existencia de una conciencia esperanzada en la condición humana de
transformar el Estado de Naturaleza, con toda su carga instintiva y violenta, en
una comunidad pacífica y democrática, regida por las leyes y las instituciones
mediante la razón que se expresa en esas leyes y esas intuiciones, concreción
objetiva de la voluntad social. La
idea de Locke, funda la democracia moderna a diferencia de la de Hobbes que
inaugura para la modernidad un neoabsolutismo racional y contractual. La Monarquía
Constitucional Parlamentaria Inglesa que se inspira en sus ideas, es el sistema
jurídico y político en el que la razón se realiza y en el que se produce la
superación del Estado de Naturaleza. La idea de la propiedad privada y del
sistema jurídico encargado de protegerla, constituyen aspectos esenciales de su
teoría. Por
otra parte, la idea de Contrato
Social en Kant, según Ernst Cassirer, es el
acto por medio del cual el pueblo se constituye en Estado. Es el contrato
originario por el cual, todos renuncian en el pueblo a su libertad externa, y
que la recuperan después pero ya como miembros de una colectividad, es decir,
del pueblo como Estado. “No puede decirse que el hombre ha sacrificado su
libertad exterior innata, sino hay que decir, que ha abandonado la libertad
salvaje y sin ley, para recobrar sin menoscabo su libertad general en una
dependencia sujeta a la ley, es decir a un régimen jurídico, pues ésta
dependencia nace de su propia voluntad legislativa”.[2] El
Contrato Social en Kant, es un acto de razón en el que se fundamenta el derecho
universal, de la universalidad de la razón que produce la voluntad social. Sólo
la voluntad general que se forma del nexo contractual entre todos y cada uno, y
mediante el cual, se sustituye la libertad natural propia del estado de
naturaleza, por una libertad civil fruto del Contrato, tutelada por una
instancia (el derecho y el Estado, que no participa del Contrato pero que es
consecuencia de él), puede garantizar la legitimidad del poder y la
universalidad del derecho. Rousseau
por el contrario, piensa en el Estado de Naturaleza como una situación de armonía
en la cual se realiza la condición universal del ser humano. “La propiedad
privada rompe con este Estado universal y divide a la comunidad en clases a
partir de la posesión y propiedad de la tierra”.[3] La ruptura de la comunidad natural a consecuencia del
establecimiento de la propiedad que para Rousseau fue un acto de fuerza, inicia
la historia como violencia, como lucha entre poseedores y no poseedores,
antecediendo así su pensamiento a la teoría de la lucha de clases de Marx. Por
otra parte, la tesis de Rousseau expuesta en el Discurso sobre la Desigualdad
de los Hombres, es una apelación nostálgica al buen salvaje y al Estado de
Naturaleza, que lejos de constituir la causa de la violencia, es el ámbito de
la armonía que será destruida por el acto de fuerza del que surgirá la
apropiación originaria y la propiedad privada. Por
tanto, en la visión rousoniana del Discurso la solución al problema de
la violencia está en el regreso al estado de naturaleza, lo que pasaría
necesariamente por la abolición de la propiedad privada y de las clases
sociales que nacen de ella. La sociedad de clases es el reino de lo particular;
el Estado de Naturaleza es el reino de lo universal. A
diferencia de Hobbes, Rousseau, no piensa que la armonía sea una paz forzada
impuesta desde un Estado Absoluto y
un poder autoritario al que se le ha transferido la soberanía en virtud del
Contrato Social, ni de que haya que someter al Estado de Naturaleza por la
fuerza organizada en forma de derecho y de Estado absoluto. El Estado de
Naturaleza en Rousseau no sólo fue una realidad pasada sino que es una
posibilidad futura. El
futuro a diferencia de Locke, la propiedad privada, lejos de ser un derecho
natural revestido en Derecho Humano Fundamental, es para él la causa del
conflicto. Además está muy lejos de aceptar que en el sistema jurídico
institucional se encuentre la superación del estado de naturaleza por un estado
cualitativamente más avanzado, y menos aun cuando este sistema jurídico y político
se expresa en la democracia representativa. Para
Rousseau, como para los griegos, la democracia no se ejerce por medio de
representantes a los que se les ha delegado la soberanía, pues en cuanto se
produce la delegación para que un grupo de personas represente a la comunidad y
ejerza el poder a nombre de ella, la democracia desaparece. El
Contrato Social
es la Fundamentación de la democracia en el principio de la soberanía popular
ejercida directamente, en la voluntad general que es la fuente legitimadora del
poder. La idea de Rousseau de la voluntad general, puede transformar la idea de
la democracia en su contrario y llevarnos a la situación límite pensada por
Aristóteles en la Política hace dos mil quinientos años, que la
democracia puede llegar a ser la dictadura de las mayorías. Sin perjuicio de las diferencias que entre sus teorías existen, hay cuando menos ciertos puntos comunes que permiten estudiarlos como un movimiento propio de la modernidad. En efecto, todos los contractualistas modernos asumen el Contrato Social como el punto de partida del nacimiento de la sociedad, el derecho y el Estado. Todos abandonan la idea del origen divino del poder y asumen que la soberanía reside en el pueblo, fuente última de la legalidad y la legitimidad. Todos coinciden en que el contrato es el primer paso, fundamento de los demás, en el abandono del estado de naturaleza, que es para todos (sobre todo para Hobbes y salvo para Rousseau) el estado de guerra de todos contra todos en que el hombre es lobo del hombre. No
obstante las coincidencias iniciales, hay también entre ellos, diferencias
notables de la que derivan consecuencias también notables. Por ejemplo, habría
que señalar que en Hobbes, (que es sobre el cual descansan las bases de este
trabajo) el contrato social desemboca en el Leviatán, ese Estado
absoluto que deviene el depositario de la soberanía transferida por el pueblo
en el contrato social. La consecuencia fundamental de la teoría hobbesiana del
contrato social es el nacimiento del Estado Absoluto, única garantía para
dominar el estado de naturaleza y organizar las condiciones imprescindibles para
que pueda existir la paz. II.
Concepto de Estado en Thomas Hobbes
La
concepción hobbesiana del Estado de Naturaleza se aparta del sentido
paradisiaco, que a ese estado asigna el pensamiento teológico. Hobbes separa
con claridad dos etapas: una situación de barbarie y de guerra de todos contra
todos, un mundo sin germen ni derecho; y por otra parte, un Estado creado por el
derecho, un Estado con suficiente poder para iniciar y reformar su estructura. Hobbes,
para centrar su vista en el comportamiento humano, parte de una antropología
que incluye teorías sobre las pasiones, sobre el valor, sobre la motivación,
etc. Su argumento le conduce a una de las más completas defensas del
absolutismo. Este es un hecho clave, porque equivale a decir que un poder
absoluto está racionalmente justificado para cualquier ser humano bien
informado, y racionalmente justificado en general. Ahora bien, aunque su
argumento está centrado en el absolutismo, no por eso se podría pensar que está
lejos de una democracia, pues aunque, él mismo no la proponga, sabemos de
alguna manera que los principios antropológicos, naturales, políticos y sociológicos
que expone Hobbes, son componentes de la democracia. Sin
embargo, Hobbes, dice que las pasiones que inclinan a los hombres a buscar la
paz son, el deseo de las cosas que son necesarias para una vida confortable, y
la esperanza de obtenerlas por miedo a la muerte.[4]
En otras palabras, la pasión inclina a los hombres a desear y conseguir los
bienes y privilegios del prójimo. Esto sería entonces la necesidad del hombre,
pues su naturlaeza es estar en guerra los unos con los otros. Mientras tanto, y
por otro lado, la razón los hace pensar que sin seguridad y duración, los
bienes y privilegios deseados no tienen sentido porque no se pueden disfrutar.
La razón sugiere entonces normas adecuadas de paz, a las cuales pueden llegar
los hombres por mútuo consenso. Estas normas son las que Hobbes llama leyes de
la naturaleza, las cuales serviran para que el hombre salga de ese estado de
guerra. Hobbes
define diecinueve leyes de la naturaleza, sin embargo, aquí expondremos dos
fundamentales de las cuales se derivan las restantes. La primera de ellas se
refiere a que cada hombre debe esforzarse por la paz, mientras que tiene la
esperanza de lograrla y cuando no puede obtenerla, debe buscar y utilizar todas
las ayudas y ventajas de la guerra[5].
Es decir, buscar la paz y seguirla defendiendo por todos los medios posibles. La
segunda ley dice que “el hombre debe acceder (si los demás consienten también
y mientras se cosidere necesario para la paz y defensa de sí mismo) a renunciar
al derecho de todas las cosas y satisfacerse con la misma libertad, frente a los
demás con respecto al mismo”.[6] De la segunda ley de la naturaleza según la cual los
hombres están obligados a transferir a otros los derechos que perturban la paz,
se deduce una tercera ley que se refiere a que los hombres cumplan con los
pactos que han celebrado. Entonces mientras las pasiones enfrentan a los
hombres, la razón los hace pactar. Para
Hobbes, “cuando los pactos se respetan y se llevan a cabo hay justicia, pues
quiere decir que hay una voluntad constante de dar a cada uno lo suyo”.[7]
Todos los hombres tienen derecho a todas las cosas y por ende son iguales ante
la ley. Esta inclinación de pactar lleva a los individuos a convenir un
contrato, que implica la renuncia de todos sus derechos que poseían en el
estado de naturaleza para otorgarselos a un soberano que a cambio les garantizará
el orden y la seguridad. Con el contrato se renuncia a la libertad y a cualquier
derecho que pudiera poner en peligro la paz. El
ser humano requiere de algo más que pactar, que haga su convenio constante y
obligatorio; y ese algo es un poder común que los mantenga a raya y dirija sus
acciones hacia el beneficio colectivo. “Los pactos no descansan en la espada,
no son más que palabras, sin fuerza para proteger al hombre de algún modo.”[8]
Por consiguiente, a pesar de la ley de la naturaleza, si no se ha instituido un
poder, cada uno confiará en su propia fuerza para protegerse contra los demás
hombres. Hay
que decir que la justificación del estado totalitario que realiza Hobbes en el Leviathan
no es sólo una teoría política; es además una teoría moral. El estado de
naturaleza del que parte su argumento es un estado pre-moral. La moral se genera
mediante el mismo pacto que sirve de base al poder político, y tiene su misma
justificación. La moral es otro instrumento para garantizar la seguridad y la
paz necesarias para que cada individuo realice sus deseos en completa libertad.
Por tanto, poder político absoluto
y Moralidad están al servicio del individuo. Pero, para ello el poder político
carece de límites, y la moral tiene demasiados, pues, es una moral de mínimos. En
Hobbes aparece explícitamente lo que en Maquiavelo estaba supuesto: que el
estado es una institución separada del individuo; éste se siente ajeno a la
organización estatal. El estado, es para Hobbes, una coacción perpetua sobre
el hombre-individuo (aunque aceptada por el sujeto racional como medio para la
seguridad y la paz). La consecuencia del pensamiento de Hobbes, aunque
probablemente no fuese esta su intención, se resume en que el individuo ya no
será más que un hombre en o para el estado, sino un hombre frente
al estado. De
otra parte, encontramos que Hobbes, es admirador del método analítico-sintético
de Galileo, pues, se propuso descomponer la sociedad en sus elementos y
recomponerlos luego en un todo lógico sistemático. Su filosofía política es
pues, más racionalista que empirista, obsesionada muy cartesianamente por la
necesidad de nociones exactas y definiciones claras y rigurosas que le sirvieran
de base, por más que también aquí se negase a admitir ideas innatas y se
guiase por situaciones muy empíricas. En
Hobbes también encontramos elementos de tipo Antiaristotélico pues, sus tesis
coinciden con el maestro griego en el propósito de promover una “vía
media” entre las tensiones partidarias extremas, y en el poner el lenguaje
como base de la sociedad y del Estado: “Sin el lenguaje no hubiera habido
entre los hombres ni Estado, ni Sociedad, ni Contrato de Paz, como tampoco lo
hay entre los leones, los osos y los lobos”.[9]
El lenguaje hizo del hombre un ciudadano, es decir, le hizo hombre, pues, sin el
contrato, el hombre es un lobo para el hombre. Las
dos afirmaciones centrales que organizaron su pensamiento, al imponerle
deductivamente la necesidad del cálculo racional como razón de ser del Estado,
serán éstas (que, en su opinión, reflejan dos hechos de la mayor
importancia): En primer lugar, la igualdad natural biológica de los hombres: La
naturaleza ha hecho a los hombres tan iguales en sus facultades corporales y
mentales que. aún el más débil tiene fuerza suficiente para matar al más
fuerte, ya sea por maquinación secreta o por federación con otros. En segundo
lugar, la escasez de los bienes que todos los hombres apetecen, como
consecuencia de sus necesidades. Y así, de la igualdad en las fuerzas en
competición procede la inseguridad, y de la inseguridad la guerra. Su
clásica defensa del poder absoluto no será la defensa del monarca autócrata
que hacían los partidarios de éste, basada en la proclamación del derecho
divino (un recurso no menos sobrenatural que el recurso al demonio): será una
tesis utilitaria, a la que llegará por el camino del individualismo burgués y
laico, y tendrá como objetivo la conservación de la paz en interés de los
integrantes de la sociedad civil sobre todo, de los integrantes menos
favorecidos por las estructuras tradicionales, pero que tampoco fueran de los
que no tenían nada que perder. El
derecho del soberano se funda en el contrato (contrato entre iguales, no
pacto entre el soberano y los súbditos); porque el Estado no es una realidad
“por naturaleza” que se imponga de suyo, sino al contrario, es el resultado
de la puesta en común de los intereses de sus componentes. Se trata desde
luego, de un supuesto lógico, no histórico, como si hubiera habido un
verdadero convenio fundacional; y no se refiere a los hombres primitivos (ni a
una presunta “naturaleza humana universal”) sino a los hombres tal como
Hobbes los conoce. El
“estado natural de los hombres “antes” del Estado debe entenderse pues,
como la condición hipotética en que esos hombres se hallarían necesariamente
si no hubiera un poder como el del Estado. El “hombre natural”, como todo
cuerpo, tiende a autoafirmarse y autoconfirmarse (“primera ley del
movimiento”). Tiene, en consecuencia, un derecho natural a hacerlo: lo que los
escritores llaman comúnmente jus naturale es la libertad que cada hombre
tiene de usar su propio poder como él quiere para la preservación de su propia
naturaleza, es decir, de su propia vida, y por consiguiente, de hacer toda cosa
que en su propio juicio y razón conciba como el medio más apto para aquello La
segunda ley no se opone en modo alguno a la primera, antes bien, la confirma,
porque “el motivo y el fin del que renuncia a su derecho o lo transfiere no
son otros que la seguridad de su propia persona, en su vida y en los medios de
preservarla”[10],
es decir, en la propiedad. Hobbes
dice que un principio natural es la igualdad entre todos los hombres; y si hay
desigualdad es porque ha sido producida por la ley civil[11].
De otra parte, Hobbes cree “que todos aspiran a lo mismo; y cuando no lo
logran, sobreviene la enemistad y el odio;”[12]
el que no consigue lo que apetece, desconfía de otro y, para precaverse, lo
ataca de ahí la concepción pesimista del hombre que tiene Hobbes; el hombre es
un lobo para el hombre. Los hombres no tienen un interés directo por la compañía
de sus semejantes, sino sólo en cuanto los pueden someter. Por
su parte, Hobbes dice que los tres motores de la discordia entre los humanos son
según su teoría, “la competencia, que provoca las agresiones por la
ganancia; la desconfianza, que hace que los hombres se ataquen para alcanzar la
seguridad, y la vanagloria, que los enemista por rivalidades de reputación”.[13] Esto
se produce en el ambiente de situación
natural que define un estado de perpetua lucha, de guerra de todos contra todos,
según la fórmula de Hobbes. Pero no se trata de unos actos de lucha, sino de
un atentado -un tiempo, dice Hobbes- en que se está, una disposición
permanente en que no hay seguridad para el contrario. Para
Hobbes, el hombre está dotado de un poder del cual dispone a su arbitrio; tiene
ciertas pasiones y deseos que lo llevan a buscar cosas y querer arrebatárselas
a los demás. Como todos conocen esta actitud, desconfían unos de otros; el
estado natural es el ataque. Pero el hombre se da cuenta de que esta situación
de inseguridad es insostenible; en este estado de lucha se vive miserablemente,
y el hombre se ve obligado a buscar la paz. Hobbes
distingue entre derecho, que interpreta como libertad, y ley, que significa
obligación. El hombre tiene libertad, es decir, “derecho para hacer cuanto
pueda y quiera”;[14]
pero con un derecho se pueden hacer tres cosas: ejercerlo, renunciar a él o
transferirlo. Cuando la transferencia del derecho es mutua, a esto se llama
pacto, contrato o convenio. Esto lleva a la idea de la comunidad política. Para
conseguir seguridad, el hombre intenta sustituir el estado natural por un estado
civil, mediante un convenio en que cada uno transfiere su derecho al Estado. En
rigor, no se trata de un convenio con la persona o personas encargadas de
regirlo, sino de cada uno con cada uno. El soberano representa, simplemente esa
fuerza constituida por el convenio; los demás hombres son sus súbditos. Al
despojarse los hombres de su poder, lo asume íntegramente el Estado, que manda
sin limitación; es una máquina poderosa, un monstruo que devora a los
individuos y ante el cual no hay ninguna otra instancia. Hobbes no encuentra
nombre mejor que el de la gran bestia bíblica. Leviatán; eso es el Estado,
superior a todo, como un dios mortal. El
Estado de Hobbes lo decide todo; no sólo la política sino también la moral y
la religión. Si la religión no ésta reconocida por el Estado, no es más que
superstición. Este sistema, agudo y profundo en muchos puntos, representa la
concepción autoritaria y absolutista del Estado fundada a la vez en el
principio de la igualdad y en un total pesimismo respecto a la naturaleza
humana. Frente a las ideas de espiritualidad y libertad, el sistema político de
Hobbes está dominado por el mecanismo naturalista y la afirmación del poder
omnímodo del Estado. “No
hay ley injusta. La ley está hecha por el Poder Soberano y todo lo hecho por
tal poder está garantizado”[15]
por su parte, John Keane[16]
hace una reflexión frente a los acontecimientos de Europa del Este en los años
ochentas, y dice que asiduo al modelo del Estado de seguridad se le puede
atribuir a Thomas Hobbes, en su
obra El Leviatán, cuyo capítulo es The Matter, Frome and Power of a
Commonwealth, Eclesiastical and Civil.[17]
Hobbes conectó el vocablo Commonwealth (Comunidad de riqueza) a los
poderes eclesiásticos y de la sociedad civil, que encauzaban y disciplinaban a
la multitud recien salida de la servidumbre Tal
poder “civilizatorio” lo extrajo la casta burguesa dominante de la
sangrienta guerra civil inglesa librada bajo el ropaje de la rebeldía
religiosa. El Estado de seguridad hobbesiano respondía a la revolución social
instrumentando el miedo a la multitud libre, fruto del ajusticiamiento de un
monarca y de no pocos nobles a manos del parlamento inglés[18]
El
Estado hobbesiano “subraya que no puede haber paz y confort material en la
tierra a menos que los individuos, que no tienen respeto natural hacia sus
semejantes, estén sometidos a un Estado soberano bien visible y muy armado,
cuya función es imponer el orden y pacificar permanentemente a esos
individuos”.[19]
Entonces, los individuos modernos, en su condición natural prepacto social, son
iguales en la libertad. La
multitud busca preservar su vida y poseer los medios necesarios para su
existencia hasta donde su propia fuerza se lo permita. Pero la competencia
violenta no producía utilidad económica alguna, menos una reproducción
estable de la existencia de los trabajadores libres. Ello justificaba crear un
orden que trascendiera la pugna molecular del homo- homini lupus para que
existiera la sociedad civil, la comunidad del homo – homini deus. Así
Hobbes, resolvió “la confusión y violencia del Estado de Naturaleza”,
procurando “la existencia pacífica, social y confortable” de la sociedad
civil Para
Hobbes, la seguridad resultaba del sometimiento de los libres a la soberanía
absoluta, bien por adquisición, cuando un Estado invade a otro; o por institución
cuando los individuos sujetos al miedo, consentían ser gobernados por uno o por
pocos[20].
La última vía exigía dos pactos para instituir la sociedad civil, es decir,
una comunidad política estatal. Primero venía el pacto de asociación entre
individuos libres (Pactum associationis), y luego el pacto de sujeción (Pactum
subjectionis), un mando legítimo a cargo del Leviatán. La férrea bisagra
entre la libertad y la obediencia que hace un goce estable de toda posesión egoísta. En
el Contrato Social moderno de Hobbes, “los individuos renuncian para siempre a
sus derechos y poderes de autogobierno a favor de un ente que monopoliza medios
de violencia, impuestos, formación de la opinión pública, adopción de
decisiones políticas y administración”[21].
Hay una supuesta auto- renuncia de la multitud como cuerpo político a su
autogobierno a cambio de la seguridad individual de vidas y bienes. Sin
embargo, hay que recordar que la arbitrariedad estatal hobbesiana también
permite la rebelión de la multitud para preservar su vida, cuando la pobreza y
la miseria la ponen en riesgo inmediato. “Porque la vida la gobierna la ley
natural, que es un estatuto diferente y
superior al derecho y al Estado, según lo entendió Hobbes. Lo dicho conduce en
los términos de hoy al enfrentamiento teórico entre dos lógicas: la de los
que tienen propiedad de tierra y la de los que no la tienen, ambos en disputa
por la construcción y el sentido de un Leviatán en obra negra, que unos llaman
Estado comunitario y otros insiten en definir como Estado Social de Derecho”.[22] Entonces,
si el Leviatán soberano no es capaz en los hechos de proteger a todos los
subditos, separados por una notable división y precarización social del
trabajo, sí sería posible invocando al mismo Thomas Hobbes que ellos ejerciten
la rebelión o la revolución para auto preservar sus vidas contra el Estado.[23]
III. Legitimación de la
democracia
La
filosofía Hobbesiana, es portadora de elementos importantes que nos podrían
ubicar en el contexto de un análisis sobre el tema democrático en el
Estado colombiano, que tiene como columna central los principios que
rigen la democracia. Los elementos de los que habla Hobbes son reconocidos por
él mismo, como leyes naturales del hombre, o que han sido creados
necesariamente por el mismo hombre para hacer el pacto social pues de lo
contrario, estaría condenado a vivir constantemente en guerra, y la guerra según
Hobbes, trae consigo, consecuencias que, convierten a la vida del hombre en
solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta[24]. Ya
veiamos anteriormente que para Hobbes, existe un principio natural en el hombre
que se llama igualdad, término que según
Hobbes es del estado natural, pero que, ha sido acuñado por la filosofía política,
como principio de la democracia. Cuando Hobbes, habla de igualdad, expone que
“La naturaleza ha hecho a los hombres tan iguales en sus facultades
de cuerpo y de alma, que aunque puede encontrarse en ocasiones a hombres Físicamente
más fuertes o mentalmente más ágiles que otros, cuando consideramos todo
junto, la diferencia entre hombre y hombre no es tan apreciable como para
justificar el que un individuo reclame para sí cualquier beneficio que otro
individuo no pueda reclamar con igual derecho”.[25]
También
argumenta Hobbes, que del principio de igualdad es de donde procede la
confianza, pues gracias a ella el hombre tiene la esperanza de conseguir los
fines, sin el temor de ser arrebatados por otro, ya que dos o más hombres
pueden estar deseando el mismo fin, y esto es razón suficiente para que se
despierte la desconfianza, al convertirse en enemigos y por lo tanto hay guerra.
[26] Pues
bien, mirando que la igualdad es principio fundamental de la democracia y
analizando la crisis política por la que ha pasado el Estado colombiano, nos
vemos de cara a un problema que nos envuelve a nosotros como ciudadanos partícipes
del sistema político en un Estado que se ha legitimado como Estado Democrático,
donde, no se pueden pasar por desapersividos los problemas de orden social y político
que se vivieron antes de que se hiciera el pacto democrático llamado Frente
Nacional que en sus avatares, fue un pacto en el que la democracia se vió
limitada, pero sin embargo era una salida a la crisis que se venía presentando
por causa de la guerra fría. Ahora
bien, aunque hemos dicho anteriormente que en el Frente Nacional la democracia
fue limitada, no por eso tenemos que decir que no contribuyó a la conformación
o mejor dicho, transición hacia la democracia en colombia. Por tal motivo, he
querido tomar como ejemplo el Frente Nacional para mostrar un poco la forma de
Estado a partir de un pacto que se instituyó para buscar horizontes de salida a
la crisis que se vivía en ese entonces. Pero, para hablar del Frente Nacional,
hay que hacer un breve recorrido por el ámbito
histórico, y para esto, es necesario dirigirse diez años atrás, y
llegar hasta la época denominada la "Violencia", la cual comenzó en
1948 y originó una gran ruptura entre los tejidos políticos y sociales del país. Después
del asesinato de Jorge Eliécer Gaitán, los partidos liberal y conservador
buscan persuadirse los unos a los otros. No logran la persuasión que se quería,
y entonces, se desata un sentimiento de aniquilaciòn fìsica de un partido a
otro, para así lograr convertirse, uno de los dos partidos en un partido de
mayorías. Este período de la violencia, desconocido en el exterior deja después
de una larga guerra civil en la que no mueren los políticos ni sus familias,
sino sólo el pueblo, aproximadamente 350.000 muertos. Posterior
al derrocamiento del general Rojas Pinilla en 1957, una junta militar toma el
mando del país, y se produce un acuerdo entre los dirigentes de los partidos
para lograr que el país se conduzca a través de la democracia representativa. Para
esto se reunieron Laureano Gómez, jefe del partido conservador, y Alberto
Lleras Camargo, jefe del liberal, y convinieron un acuerdo que permitiera
garantizar la estabilidad de los partidos, sin temor a no acceder a cargos públicos
o a ser derrocados por un golpe de Estado. Entonces,
se hizo la reforma constitucional plebiscitaría de 1957, con la que se estableció el Frente Nacional bajo la fórmula de la
representación paritaria o equivalente de los partidos liberal y conservador en
las tres ramas del poder público y en todos los niveles del Estado. A su vez
estableció que en las corporaciones públicas, la mayoría para todos los
efectos legales sería de las dos terceras partes de los votos. Esta reforma se
complementó con el acto legislativo No. 1 del 15 de septiembre de 1959, que
estableció la alternación de los partidos en la presidencia de la República. Se
suspendió así la competencia de los partidos liberal y conservador por el
poder político, pero se hizo más clara y decisiva la lucha de las diferentes
facciones al interior de éstos, de tal forma que se
propició coaliciones entre las élites
de los dos partidos tradicionales, pero mediado por los líderes de las
principales corrientes. La anterior
circunstancia, entre otros aspectos, fue decisiva
en la composición de los gabinetes ministeriales. Los
parámetros legales establecían que cualquier manifestación política debía
realizarse dentro de acuerdos partidistas; es así como, el plebiscito de
diciembre de 1957, en su artículo cuarto, obligaba al Presidente a dar
participación en el ministerio, a los partidos políticos, en la misma proporción
en que estaban representadas en las cámaras legislativas que eran paritarias;
tal régimen paritario se preserva por el acto legislativo No. 1 de 1968, hasta
el 7 de agosto de 1978 y la misma reforma constitucional señala que de esta
fecha en adelante el nombramiento de los ministros se haría en forma tal que se
diera participación adecuada y equitativa al partido mayoritario distinto al
del presidente de la República. Lo
anterior, no fue obstáculo para que las
coaliciones entre las facciones de las elites de los dos partidos tradicionales,
tuvieran un papel fundamental en el escenario político de aquel momento: “El
frente Nacional al establecer la paridad entre los partidos liberal y
conservador, restó importancia a la integración del Gabinete desde el punto de
vista partidista, pues se sabía de antemano que la mitad de este correspondía
a cada uno de los partidos tradicionales. La lucha se centro así dentro de las
facciones que dentro de los partidos buscaron, ya mediante alianzas con otras
facciones del mismo partido, ya con las del contrario, tener representación en
los distintos ministerios”[27]
Así
se crea el pacto llamado el "Frente Nacional", fenómeno único en el
mundo, creado para que durara veinte años, pero que en sentido estricto duró
16 años (1958-1974), y que fue concebido como un pacto de no agresión entre
los partidos, además de asegurar la paridad en los puestos del Estado. El
principio firmado por los dos dirigentes de los partidos tenía como premisa:
"Sentar las bases para una política conjunta de los partidos, encaminada a
terminar con la dictadura y devolver al país al pleno imperio de las
instituciones", además se buscaba recuperar la conducción de la sociedad
civil. De
esta manera podemos constatar que el pacto del Frente nacional, logró en
algunos aspectos, la salida a la crisis, pero desde otro punto de vista, aun
queda cojeando la democracia, puesto que la libertad para elegir por parte del
ciudadano estaba condicionada, pues tenía que hacerlo sólo por el gobernante
que en esos momentos debiara asumir las riendas del poder. Aunque si
reflexionamos sobre la libertad del ciudadano en el Estado democrático
colombiano, ésta nos deja mucho que desear, porque, o el ciudadano no la tiene,
o si la tiene la interpreta erradamente y piensa que libertad es hacer
desenfrenadamente lo que le dicten las pasiones empíricamente y no la razón. Así
pues, para observar la realidad de nuestro sistema con elementos comparativos y
analíticos desde Hobbes, es necesario tener en cuenta lo que él nos dice sobre
cada uno de los elementos que la conforman.
Según Hobbes,
la libertad es
entendida como la ausencia de impedimentos que, a
menudo pueden quitarle a un hombre parte de su poder para hacer lo que quisiera,
pero que no le impiden hacer uso de su juicio y razón.[28] Ahora bien, en la democracia el principio de libertad
se aplica como, que todos los ciudadanos pueden hacer aquello que no les prohíba
la ley. Hobbes
en su obra Diálogo entre un Filosofo y un Jurista afirma lo siguiente
“Así pues, puesto que sin ley humana todas las cosas serían comunes, y esa
comunidad es causa de usurpación, envidia asesinatos y continua guerra de unos
contra otros, la misma ley de la razón dicta al género humano, para su propia
preservación, una distribución de tierras y bienes, de modo que cada cual
pueda saber qué le es propio, para que ningún otro pueda pretender un derecho
sobre ello, o perturbarle en el uso del mismo”.[29] Aquí
encontramos otra razón más que nos permite ver que Hobbes, a lo largo de su
filosofía ha propuesto elementos lógicos para la conformación del Estado que
pretende, es decir, el Estado absoluto, pero también por otra parte, hay que
decir que, aunque él no pretenda un Estado Democrático, sí hay por lo menos
elementos que han sido acuñados en la modernidad a la democracia, pero dadas
las condiciones por las que pasa la democracia y que han sido expuestas
anteriormente, es motivo suficiente para decir que Hobbes no está de acuerdo
con ella. La
democracia también se legitima a tra vés de la representatividad, pues es,
elemento importante en un Estado democrático, porque es donde los ciudadanos
tiene derecho a elegir y ser elegidos a través del voto, mecanismo que
permite la representación a los ciudadanos, en cabeza de unos pocos para que se
puedan hacer cargo de la dirección de la misma. En el siglo XIX, la democracia
fue entendida específicamente como la designación de los gobernantes por medio
del sufragio; pero ya vemos que la democracia es más que eso, pues se trata de
la participación de la ciudadanía en el poder, y, entre más alta sea la
participación de los ciudadanos en un país, se puede decir que es más alto el
grado de democracia en éste. Cuando
Hobbes se refiere a la democracia dice que, “al pueblo no le basta para
conservar el poder supremo el que se pongan fechas y lugares de reunión, sino
que en el intervalo de tiempo debe elegir a un hombre o a una asamblea para que
tenga el uso del poder supremo en ese intervalo de tiempo, puesto que, si no se
hace, se pone en peligro al Estado, y no se ha provisto a la paz y a la defensa
de cada uno y por falta de seguridad, cada individuo puede recuperar el derecho
de defenderse a su propio arbitrio”[30] Por
su parte y según el principio de filosofía política, la oposición es también
un mecanismo legitimo de la democracia, ya que, es necesareia la oposición para
la confrontación de ideas, pero, ya hemos constatado que en el pacto democrático,
Frente Nacional no hubo oposición, sino, lo que se hizo fue un acuerdo entre
gobernantes, para sucederse el poder, lo que dio lugar para que la democracia
fuera limitada. En
la mayoría de los países democráticos, esta oposición y confrontación ideológica
tiene en los partidos políticos y
movimientos sociales a sus representantes. Según los principios modernos de
filosofía política, la democracia no acaba con la dominación política, pero
intenta controlarla mediante la división de los poderes, la vigencia de los
derechos humanos, el derecho a la oposición y la oportunidad de una oposición
de ser gobierno. Según
Hobbes, el compromiso político hace benéfico al poder, y por eso insiste en
que el hecho de ejercer el poder político legitima. Ahora bien, es necesario
pensar que, si en la práctica de la democracia, hay un verdadero compromiso
coherente, entre los que sustentan el poder político y el pueblo soberano como
el principal implicado dentro de la democracia, entonces podríamos decir que se
está haciendo una verdadera democracia. El
problema, es que esa coherencia no ha sido posible y no pareciera ponerse en práctica
en el Estado colombiano, lo que se puede pensar que hay serios cuestionamientos
sobre la fortaleza y legitimación de un Estado democrático en Colombia o por
lo menos, asì lo muestra la época en que se estableció el
Frente Nacional, porque el pacto fue entre las dos èlites que
sustentaban el poder (partido liberal y conservador) y el pacto con el
pueblo era de participación, pero no libremente, sino acordada, para que
eligieran a aquel que le correspondìa tomar el poder, pero de ahí a que
hubiera una libre elecciòn, sería una proposición muy ambigua. El
período del Frente Nacional presentó las características de un sistema de
partido único y de un sistema pluripartidista, así como de un sistema
bipartidista. Al existir el requisito de que los presidentes fuesen de un
partido designado, en cada una de las elecciones que se celebraron entre 1958 y
1970 era necesario que los dos partidos se pusieran de acuerdo. No
obstante, como consecuencia de una profunda transformación socio-económica
(fruto de la urbanización, el crecimiento demográfico y el incremento de la
alfabetización) que se vivía en aquel período, así como del propio acuerdo
del Frente Nacional, la identificación sectaria de la población del país con
los dos partidos políticos disminuyó de forma significativa. Por
eso, cualesquiera que sean los cambios experimentados en la realidad y
cualquiera los desajustes entre teoría y práctica democráticas, la idea
esencial de la democracia sigue siendo la representación; sin ella podremos
hablar de cualquier cosa menos de un verdadero sistema democrático. Para
Hobbes, es claro que en todo pacto deben existir primero las personas que
pactan, antes que el pacto mismo, por eso en la democracia, antes que un pacto
debe existir el pueblo como principal protagonista de la democracia, de esta
manera podremos decir que se ha legitimado la democracia en el Estado
Colombiano. Conclusión
Despues
de haber hecho un recorrido por la filosofía hobbesiana y su propuesta a la
formaciòn de Estado, comparada con la forma de Estado en Colombia,
especialmente lo que fue el Frente Nacional, podemos concluir diciendo, que ha
sido de gran importancia, puesto que hemos encontrado en ella, elementos que nos
hacen reflexionar el porqué es necesario que se cumplan los principios que
componen cualquier estado llamese absoluto, democrático etc. Pues en cualquiera
que sea, debe haber pacto entre los hombres para recuperar la confianza y
garantizar la convivencia, evitando
así que los hombres en un momento dado, actuen como si se encontraran en Estado
de naturaleza donde cada cual lucha por defenderse de los ataques de otro,
debido a la competencia, la desconfianza y la gloria. De
otra parte hemos visto que para Hobbes, es la razón la que hace reflexionar a
los hombres, puesto que su estado de naturaleza no puede ser superado, pero sí
sometido mediante la organización que nace de la voluntad de la comunidad, al
reconocer sus propios límites y mediante el principio dialéctico logra buscar
la paz mediante el Contrato Social. Lo mismo veíamos al exponer brevemente la
teoría de Contrato Social en Locke y Kant; caso que no se daba en Rousseau,
porque, éste afirmaba que el Estado de Naturaleza es la situación de armonía
donde se realizaba la condición del ser humano. Entonces,
según los avatares que hemos visto por los que ha pasado la democracia, se podría
afirmar que la razón última de la democracia, es la participación que en ella
tenga el pueblo soberano; pero hay un componente racional que hace que la
democracia se halle siempre agitada por movimientos que en vez de hacerla legítima,
lo que se produce dentro de ella es una agitación contradictoria, impulsada por
numerosos intereses particulares, de clase, de grupo o de una forma más
evidente, la lucha por el poder que se disputan los dirigentes de turno. Por
tanto, si en un Estado Democrático, los gobernantes o encargados de liderar,
hacen en teoría pactos con el pueblo soberano, pero en la práctica la aplicación
es deferente a lo pactado, y mientras tanto, el pueblo soberano experimenta el
debilitamiento del Estado como democrático, cabe pensar que el sistema político
como sistema democrático, es ambiguo y débil, puesto que el ciudadano carece
de una politización cabal para sentirse parte de un Estado que le garantice sus
derechos y así mismo, él (el ciudadano) pueda cumplir con sus deberes que
favorecen la convivencia y la realización como persona dentro de una comunidad
democrática. La
politización del hombre en Hobbes, ocurre en el paso del súper anarquista
Estado de Naturaleza humana, al Estado social de no-agresión mediante acuerdos,
eso lo exponíamos al reflexionar sobre el Contrato Social. Pues bien, cuando se
pactó el Frente Nacional en la democracia colombiana, se plantearon acuerdos
como un supuesto, para legitimarla y politizar al hombre en una forma teórica,
mientras que en la práctica, se presentaban una serie de matices de índole monárquico,
totalitario y en otras veces, de Estado natural. Desde
otro ámbito, nos podemos encontrar con que en la propuesta hobbesiana hay una
paradoja, con respecto a la politización de la naturaleza.
Esta consiste en que, primero politiza la naturaleza humana, viendo en el
hombre un ser que en Estado de Naturaleza o Estado Social persigue siempre cada
vez más poder. Pero restringe luego lo político a una esfera concreta
relativamente reducida, fuera de la cual queda el amplio margen de los intereses
privados, por los que verdaderamente se mueven los hombres, y bajo su amparo
crece la sociedad burguesa, [31] ese caso es muy paralelo al pacto del Frente Nacional. Según
lo veíamos, Hobbes en su obra El Ciudadano, anota “que la democracia
no se constituye por acciones de cada uno con el pueblo sino mediante pactos
mutuos de cada individuo con cada uno de los restantes”[32]
Para Hobbes cuando hay un pacto, el hombre recupera la confianza puesto que hay
un acuerdo para que en él rijan una serie de principios que permiten la
convivencia. Pues bien, con el pacto democrático Frente Nacional, lo que se
pretendía era de alguna manera que
la sociedad colombiana recuperara la confianza perdida por situaciones causadas
por la guerra fría. La
consecuencia fundamental de la teoría hobbesiana del contrato social es el
nacimiento del Estado Absoluto, única garantía para dominar el estado de
naturaleza y organizar las condiciones imprescindibles para que pueda existir la
paz. La condición fundamental de lo que se propuso en El Frente Nacional era el
nacimiento y transición a un verdadera democracia para salir del caos en que la
sociedad estaba sumergida a raíz de la guerra fría. Finalmente,
puedo decir que esta reflexión desde la perspectiva hobbesiana, me lleva a
anotar que la democracia colombiana es ideal y muy subjetiva, puesto que a la
hora de hacer objetivo el discurso, se encuentra una brecha notable en lo que se
ha prometido y los resultados que deben concretizarse en la participación del
pueblo y los compromisos que se han hecho con los mimos. Cómo establecer una
teoría de la democracia que sea capaz de conciliar el aspecto teórico y práctico,
es uno de los desafíos de la filosofía política contemporánea. BIBLIOGRAFÍA
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de Hobbes HOBBES,
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HOBBES, Thomas, El Ciudadano, Edición de Joaquín Rodríguez Feo. Pág.
17, Edit. Debate S.A., Madrid 1993 [12]
Ibid. Pág. 18 [13] HOBBES, Thomas. Leviatán. Capitulo 13, de la condición natural de la humanidad en lo concerniente a su felicidad y a su miseria, Pág. 107. Alianza Editorial. Madrid, 1989. [14]Hobbes, Thomas, Leviatán, Pág. 110. de las Leyes Naturales Primera y Segunda, y de los Contratos [15]
HOBBES, Thomas. Leviatán, Pág. 338. Alianza Editorial. Madrid,
1989. [16]
John Keane es docente investigador de la Universidad de Westminter, en
Londres, donde orienta un Centro de Estudios sobre la Democracia y los
derechos humanos [17]
La traducción es El asunto o materia, Forma y Poder de una Comunidad [18]
La otra República como se recordará fue
instaurada como fruto de la revolución holandesa que liberó a las
Provincias Unidas de la dominación española [19] KEANE, John. Democracia y Sociedad Civil. Pág. 61. Versión española de Antonio Escohotado. Alanza Editorial. Madrid, 1994 [20]
Esta reflexión está anclada en los primeros discursos modernos sobre el
institucionalismo donde se reconoce a Thomas Hobbes como uno de los
fundadores [21]
Miguel Ángel Herrera Zgaib, La Participación y Representación Política
en Occidente. Edit. CEJA, Universidad Javeriana, Bogotá 2001 [22]
Miguel Ángel Herrera Zgaib, director de Unijus. Facultad de Derecho,
Ciencias Políticas y Sociales. Universidad Nacional de Colombia [23] Ver Leviatán Págs. 272 y 276 [24]
HOBBES, Thomas. Leviatán, Tomo I. Cáp. 13, De la condición natural
de la humanidad en lo concerniente a su felicidad y su miseria. Pág. 105.
Ediciones Altaya, Barcelona
1994. [25]
Ibíd. Pág. 105 [26]
Ibíd. Pág. 106 [27]
BLANCO, Josefina y otros: “Los gabinetes ministeriales como élites políticas,
Colombia (1930 – 1990)”, Pontificia Universidad Javeriana, Facultad
de Estudios Interdisciplinarios, Magister en Estudios Políticos y en
Relaciones Internacionales; Bogotá, 1991, SERIE MONOGRAFÍCA No. 6. P.487. [28]HOBBES, Thomas. Leviatán, Tomo I. Pág. 110. Ediciones Altaya, Barcelona 1994. [29]
Hobbes, Thomas. Diálogo entre un Filósofo y un Jurista, Pág. 10.
Edit. Tecnos [30]
HOBBES, Thomas, El Ciudadano, Edición de Joaquín Rodríguez Feo. Pág.
71, Edit. Debate S.A., Madrid 1993 [31] Ibíd. Pág. 59 [32] Ibíd. Pág. 71
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