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Comentario de actualidad político-jurídico nacional
COMENTARIO
DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO Y POLÍTICO DEL INFORME FINAL DE LA COMISION
DE LA VERDAD La elaboración del presente trabajo ocurre al mes y días de haberse presentado el informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación Nacional, que resume lo acontecido en el país en los últimos 20 años, lo que viene a ser el resultado de un trabajo de 2 años y que trata en cierta forma de explicar los motivos que generaron la violencia, a efectos de que sea reconocida en toda su magnitud y sea pues motivo de reflexión para todos los peruanos y que nunca más vuelva a ocurrir sucesos como los ya mencionados. Resalta pues de por sí como dato principal de este informe la cantidad de persona muertas durante esta conflagración de carácter interno, la comisión refiere una cifra probable de 62,280 muertos, cantidad inimaginable que refleja las proporciones de la magnitud de lo acontecido. Consecuentemente
y para tener una visión más objetiva del tema materia de estudio he tenido
acceso a las 171 Conclusiones Generales del
Informe Final de la Comisión de la Verdad, la cual fue esperada con justificada
expectativa por la población en general y que en nuestro caso como abogados no
podíamos estar ajenos a este acontecimiento que la historia registrará más
adelante como los años de barbarie y violencia generalizada a la que fuimos
sometidos gran parte de la población que nos vimos involucrados directa e
indirectamente con lo ocurrido. Como es
de público conocimiento y también lo refiere la comisión de la verdad
el grupo subversivo fue el grupo subversivo autodenominado Partido
Comunista del Perú–Sendero Luminoso el mayor responsable de la violencia
generada en los años 1980 al 2000, reconociéndose por lo tanto como el
principal perpetrador de crímenes y violaciones
de los derechos humanos y que puso al borde del colapso el estado de
derecho en el país, así se estima que fueron responsables del 54% de las víctimas
fatales ocurridos durante el desarrollo de su demencial “lucha popular” que
pretendieron fomentar inicialmente en las poblaciones más deprimidas económicamente
de la geografía nacional y que conforme lo menciona el informe de la Comisión
de la verdad “ “no fue sentida ni asumida como propia por el resto del país”,
así mismo y conforme lo demostraron los hechos evidentes, con la captura del
principal cabecilla de la agrupación terrorista, en realidad para lo que ellos
significaba todo un movimiento revolucionario que cambiaría las estructuras del
estado peruano terminó tan solamente en una banda privilegiada que permanecía
asolapada en la ciudad de Lima, gozando de todas las gollerías y sin padecer
riesgo alguno mientras los militantes ejecutaban la supuesta guerra popular en
el campo y lo que resulta más criticable es que una vez capturado el líder
senderista, renunciando a todas sus tesis de violencia, solicitó al gobierno un
acuerdo de paz al gobierno del entonces presidente Fujimori. De
todos los puntos alcanzados por la comisión de la verdad, puedo llegar a la
conclusión que hubo responsabilidad de todos especialmente de los que tuvieron
la conducción política del país por sus erradas estrategias para combatir la
subversión, de los propios subversivos que se escudaban en la población civil
para cometer sus fechorias y de la reacción desproporcionada de las fuerzas
armadas, quienes arremetieron contra todo que les hubiera parecido terrorista,
implementado el sistema cuestionable de tierra arrasada en el combate contra la
subversión. Esta situación se hizo patética los últimos días cuando el
periodista Humberto Jara publicó su libro “Ojo por ojo”, el cual al ser
entrevistado en un programa del periodista César Hildebrandt precisó que la
matanza cometida por el grupo “Colina” en Barrios Altos en los años de la
barbarie fue en represalia, por que los servicios de inteligencia habían
detectado que en lugar de la matanza se había escondido los subversivos
disfrazados de heladeros, que meses antes habían asesinado a mansalva a los
integrantes de la guardia presidencial, dicha afirmación lo formula en base a
las declaraciones proporcionadas por los propios integrantes del grupo para
militar. Cabe
precisar así mismo que particularmente fuimos conjuntamente con los integrantes
de la primera promoción de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de
Huanuco víctimas tanto del accionar de los grupos subversivos como de los
grupos militares que los combatían, tal y conforme lo precisa
la conclusión N° 140 de la comisión de la Verdad
en la que señala que dicha casa superior conjuntamente con otras del país
sucumbieron ante la violencia generalizada por ambos bandos en conflicto,
situación que no permitió que culminaramos la carrera en los plazos
establecidos y que fuimos testigos de
la muerte de nuestros docentes y de cómo algunos de nuestros compañeros eran
captados por la subversión . Finalmente
debo manifestar los gobiernos que se turnaron el poder durante los años de la
barbarie no supieron aplicar efectivamente los dispositivos legales necesarios
para frenar la ola de violencia, eso permite pues expresar que en lo que nos
corresponde como profesionales del derecho, saber distinguir los problemas que
aquejan a nuestro país y aportar como tales nuestros conocimiento y orientar éstos
a la consecución de los fines necesarios para constituir una sociedad justa o
por lo menos aspirar a eso.
COMENTARIO DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO Y
POLÍTICO SOBRE LA EVOLUCION HISTÓRICA
DE LOS DERECHOS HUMANOS
La lectura que se nos presenta hace un relato
cronológico en el tiempo de cómo ha ido evolucionando los derechos humanos en
nuestra sociedad, es así que afirma que en la edad antigua no existieron
derechos humanos debido a que la sociedad de esa época de la historia en su
proceso evolutivo narra formas crueles y aberrantes de condena a muerte y es
precisamente que puedo referirme a un singular caso histórico que he podido
ubicar en una lectura de una jurisprudencia por el cual se ofrece una visión
jurídico procesal del juicio
entablado a Jesús de Nazareth por las autoridades judías
tomando como referencia el derecho vigente en judea y según la cosmovisión
de la época que le tocó vivir. Según esta jurisprudencia manifiesta:
Existe el convencimiento general de
que la crucifixión de Jesús es el
epílogo de un proceso en el cual
la justicia humana habría incurrido en el más inaudito error, quedando
deshonrada para siempre. Refiere así mismo que de un examen atento de los
evangelios –única fuente histórica de la vida de Jesús- en lo relativo a
los principios del derecho procesal penal vigente entonces en judea, nos ha
hecho dudar de la opinión predominante,
en el sentido de que la muerte del hijo de María constituye el término de
cualquier actividad digna del apelativo procesal Siguiendo atentamente la lectura antes señalada,
esta menciona que: Roma- aún concediendo
a las provincias la máxima autonomía de gobierno en lo concerniente a los
a los órganos locales para resolver las cuestiones
menores de orden judicial- no permitía que pudiesen dictar leyes ni
mucho menos aplicar sanciones relacionadas
con la pena capital. La reserva de Roma para disponer
de la vida de las gentes de
provincia constituía una exigencia elemental de su propio prestigio y
seguridad. No cabe
duda- afirma la jurisprudencia- de que
el Sanedrín en la época de la
muerte de Jesús- no tenía jurisdicción respecto a los delitos sancionados con la pena de muerte, celosamente reservada
al juicio y decisión de las autoridades romanas . La única
divergencia visible en opinión común, atañe a la determinación de la
autoridad judicial ante la cual el juicio se habrá celebrado. En efecto, muchos
historiadores sostienen que el proceso tuvo lugar – en la noche comprendida
entre el 6 y 7 de abril del año 783 de Roma- ante el Sanedrín Hebreo, que habría
infligido la pena capital con procedimiento ratificado a la mañana siguiente
por el procurador romano de Judea, Poncio Pilato. Otros por el contrario opinan
que el juicio de donde emanó la sentencia
de condena a muerte del Nazareno, se habría desarrollado únicamente
ante Pilato. Como se podrá
entender el relato antes descrito señala un hecho histórico
como lo reitero sujeto a muchas interpretaciones y controversias de
diversa índole, pero en sí para los fines de la lectura materia de estudio
refleja pues que los Derechos Humano, en este caso la carencia de ellos, han
estado presentes a lo largo de toda la historia de la civilización. Pero así como la historia narra lo antes señalado
también precisa con datos fidedignos los recursos vedados que utilizó la
iglesia católica para imponer sus creencias cuando empezó su expansión en
nuestro país a través del órgano de sometimiento y terror creado para ello el
Tribunal de la Santa Inquisición, ante la cual desfilaban los blasfemos y no
creyentes de la fe católica, quienes sin defensa alguna eran juzgados sin
prueba alguna de incriminación y
por tan solo indicios irrelevantes, condenados y sancionados a purgar las penas
más degradantes y humillantes eran torturados hasta aceptar su culpa o se les
imponía la pena de muerte en caso de negarse a ello. Quedan pues como muestra
palpable de ello en la ciudad de Lima el Museo de la Santa Inquisición en donde
se recrea con lujo de detalles las formas más salvajes de castigo cometido a un
ser humano en nombre de una determinada religión justificando la creencia y la
fe.
Pero también
la historia registra el resurgimiento del Humanismo como un conjunto de ideas
que expresan respeto a la dignidad humana, preocupación por el bien de los
hombres, por crear condiciones de vida favorables para éste. Los humanistas
proclamaban la libertad de la persona humana combatían el ascetismo ( forma de
vida caracterizado por una
sobriedad extrema en la satisfacción de las necesidades, por una renuncia máxima,
dentro de lo posible a todos los bienes a fin de alcanzar un ideal moral o
religioso) religioso, se manifestaban en defensa del derecho del hombre, sus
principales representantes: Petrarca, Dante, Bocaccio, Leornado da Vinci, Erasmo
de Rótterdam, Montaigne, Copernico , etc. Contribuyeron en gran medida a que se
formara una concepción no religiosa del mundo. Es pues en conclusión esta
corriente doctrinaria quienes a través de los humanistas burgueses
que alcanzaron su florecimiento en la obras de los enciclopedistas del
siglo XVIII, quienes proclamaron la consigna: Libertad, Igualdad y Fraternidad
así defendieron los derechos de las personas. Bajo esos preceptos pues se
generaron la Revolución Francesas y la Independencia de los E.E.U.U., conforme
lo señala la lectura, dando origen a los Derechos Humanos de Primera Generación. Posteriormente y bajo la influencia
de los ideales socialista y marxistas
se generan los derechos sociales
y culturales, en los que se ha llegado a denominar los Derechos Humanos de
Segunda Generación y finalmente emergieron los Derechos Humanos de Tercera
Generación respecto al medio ambiente a
la libre determinación de los pueblos y a la paz correlativa de la coexistencia
pacífica con el fin de evitar una
nueva guerra mundial. Cabe resaltar que la Norma jurídica que
regula los Derechos Humanos es la denominada DECLARACION UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS, suscrita y
proclamada en parís el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las
Naciones Unidas en su resolución N° 217 A. Aprobada por resolución
legislativa N° 13282 del 15 de diciembre de 1959, cuyo preámbulo no puede
resultar mas elocuente para los fines del presente trabajo y que me permito
reproducirlo: “Considerando
que la libertad, la justicia y la
paz en el mundo tiene por base el
reconocimiento de la dignidad intrínseca
y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de
la familia humana, considerando que el desconocimiento y
el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie
ultrajante para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la
aspiración más elevada del hombre , el advenimiento de un mundo
en que los seres humanos , liberados del temor y de la miseria, disfruten
de la libertad de palabra y de
libertad de creencias”.
COMENTARIO DESDE EL
PUNTO DE VISTA JURÍDICO Y POLÍTICO SOBRE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN
CRISTOBAL DE HUAMANGA
Según
lo registran los estudiosos de la violencia terrorista que asoló nuestro país
durante más de 2 décadas, fue en los claustros de la Universidad
nacional San Cristóbal de Huamanga donde
se gestó el germen de lo que más
adelante sería la agrupación terrorista sendero luminoso, surgida durante la década
de los 70, supuestamente en aras de
reinvindicar las protestas de los campesinos ayacuchanos. Resulta
errado, por lo tanto pensar que sendero luminoso surgió en Chuschi en 1980, ya
que conforme se ha mencionado surgió con anterioridad, y cuyas primeras
acciones reconocidas y públicas estaban
orientadas a intervenir en las marchas y protestas contra el gobierno
del entonces presidente Juan Velasco Alvarado, gobierno que como es de público
conocimiento fue de tendencia izquierdista
y que se caracterizó por su franco y decidido abierto a la causa del
hermano país de Cuba, quienes en esa oportunidad y aún hasta ahora soportaba
el bloqueo económico de los Estados Unidos de Norte América. Por
lo tanto no resultaría extraño el hecho que en la Universidad Nacional San
Cristóbal de Huamanga haya tenido
demasiada influencia mediante la
presencia de profesionales de origen estadounidense en sus aulas
y que haya recibido apoyo económico condicionado a los intereses del país
capitalista orientado a liquidar como estado a nuestro país
y apoderarse de sus riquezas existentes, como lo hizo en otros latitudes
empleando los métodos más insospechados para el logro de sus fines. Resulta
coherente pensar por lo tanto que
el trasfondo de los fines de la agrupación terrorista encubría en sí un
proceso de desestabilización de las principales estructuras del Estado peruano
y propiciar su desaparición como tal, esta afirmación se corrobora con el
hecho evidente de que los servicios de inteligencia norte americanos
desarrollaron un trabajo soterrado en algunos países de Sudamérica, pues así
como derrocaron el gobierno y
ocasionaron la muerte del entonces presidente de Chile Salvador Allende, en
confabulación con los golpistas encabezados por Augusto Pinochet, fomentaron en
nuestro país el resurgimiento de una agrupación terrorista quienes con la
aparente careta de un movimiento reinvindicativo de las clases oprimidas
pretendieron en sí viabilizar la expansión del poderío económico
norteamericano, el cual se vale de los recursos más impredecibles
para aplicar su política de sometimiento en todo el mundo.
Se complementa todo lo antes precisado en el hecho repudiable de
que los propiciadores de la violencia política en nuestro país, siendo
docentes universitarios emplearon sus claustros para fomentar y difundir sus
oscuras aspiraciones tergiversando los preceptos de la Ley Universitaria que
dispone sobre dicha institución que esta creada para fines educativos y de
investigación de diversa índole.
COMENTARIO DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO Y
POLÍTICO SOBRE
JUSTICIA CONSTITUCIONAL
La lectura materia de comentario,
refiere la importancia que representa el Tribunal Constitucional como máximo
organismo de control de la Constitución, por cuanto
debe tenerse especial cuidado en la selección de los profesionales que
lo integran si se tiene en cuenta que su elección según disposición de la
propia Constitución le ha sido confiada al
Congreso de la República con el voto favorable de los dos tercios
del número legal de sus miembros. Siendo ello así la lectura propende a la
elección de un Tribunal Constitucional autónomo
e independiente, conformado por Magistrados capaces, los que estarán llamados a
cumplir una tarea de inestimable
valor en aras de la preservación
de la Constitucionalidad y la
vigencia de los Derechos Humanos. En lo que va del año se esta procurando
cambios en la estructura del
sistema judicial del país, como muchos gobiernos ya lo han intentado sin éxito
alguno y con las consecuencias que todavía son palpables, pero conforme lo
indica la lectura materia de estudio todo lo antes dicho respecto a la designación
de los jueces constitucionales va a
resultar solamente una buena intención de cambio si se tiene en cuenta lo
consignado por el actual Congreso
en su proyecto de Constitución, que ratifica que todos los integrantes del
Tribunal Constitucional serán elegidos por éste . Si ese proyecto es aprobado
conforme está, pues no se ha hecho ningún avance en la materia que nos ocupa,
lo que no sería raro conforme lo afirma Manuel Vicente Villarán: “El Perú ha vivido haciendo y
deshaciendo constituciones”, lo que no admite discusión, ya que a lo
largo de nuestra historia hemos tenido doce constituciones
desde 1823 hasta 1993, sin duda todo un récord que revela
hasta que punto el país ha
intentado desde el ámbito legal
alcanzar un estado democrático. En conclusión me permito considerar la cita
textual que hace el Director de la revista, Legal Express en su edición de
Junio del 2001, respecto al tema que nos ocupa: “En nuestro país las
constituciones han sido vistas como la “solución” a situaciones de cambio,
donde era preciso engarzar una época que agonizaba y otra que germinaba. En
efecto, la Constitución puede
cumplir esa función, pero si ella no es reflejo de nuestra realidad, y si no la
incorporamos a nuestro diario quehacer, desde las relaciones más elementales
entre particulares hasta los actos
más trascendentes del Estado, de nada sirve ese texto. Se trata en suma de
vivir la Constitución, de creer en
ella, de lo contrario inevitablemente la consecuencia será su recurrente
incumplimiento”.
EPISTEMOLOGIA DEL DERECHO
1.-
Las escuelas epistemológicas que surgieron en la edad moderna y
quienes fueron sus principales representantes.
Surgió entre los siglos XVI
y XVIII cuya problemática principal fue el conocimiento, por lo tanto la
epistemología en esta época enfrentó a 2 tendencias:
Racionalistas.- Que
surgieron como intento de explicar las
particularidades lógicas de las verdades de la matemática. Para los seguidores
del racionalismo la principal fuente y prueba final del conocimiento era el razonamiento deductivo basado en los
principios evidentes o axiomas, en su Discurso del Método (1637) Descartes
inauguró el nuevo método que podía permitir alcanzar la certeza y el fundamento de la racionalidad.
Sus principales exponentes fueron: en el Siglo XVII el francés René
Descartes, el holandés Baruch Spinoza y el alemán Gottfried Wilhelm Leibniz.
En el Siglo XVIII Inmmanuel Kant y
Fichte en el Siglo XIX Shelling y Hegel
Los Empiristas.-
Quienes afirmaban que la fuente principal y prueba última del conocimiento
era la percepción, Bacon inauguró la nueva era de la ciencia moderna
criticando la confianza medieval en la tradición y la autoridad (bíblica
y aristotélica).
Esta teoría considera la
experiencia sensorial como única fuente del saber, afirma que todo conocimiento
se fundamenta en la experiencia y
se adquiere a través de la experiencia.
En su Ensayo Sobre el Entendimiento Humano, Locke criticó
la creencia racionalista de
que los principios del conocimiento son
evidentes por una vía intuitiva, y afirmó que todo conocimiento
deriva de la experiencia , ya sea procedente del mundo externo, que
imprime sensaciones en la mente , y sea la experiencia interna, cuando la mente
refleja sus propias actividades.
Berkeley, autor del tratado sobre
los principios del conocimiento humano, estaba de acuerdo con Locke en que el
conocimiento se adquiere a través de las ideas, pero la creencia de Locke de
que es posible distinguir entre ideas objetos.
David Hume autor del Tratado Investigación sobre el Entendimiento
Humano, siguió con la tradición empirista, pero no aceptó la conclusión de
Berkeley de que el conocimiento consistía tan sólo en ideas. Dividió el
conocimiento en dos clases: El conocimiento de la relación de las ideas y el
conocimiento de la realidad.
Sus principales exponentes
fueron: Francis Bacon, Jhon Locke, George Berkeley, David Hume, Herbert Spencer. 2.-
Principal problema de la epistemología, Explicación y propuesta de solución
que le dan las diferentes escuelas
epistemológicas y la que planteo.
El principal problema que afronta la epistemología es la posibilidad del
conocimiento, es decir si existe la posibilidad del conocimiento ¿Es posible
conseguir el conocimiento genuino?
El dogmatismo natural del espíritu se encuentra aquí con el reto del
escepticismo ese desafío se basa en la realidad de los sentidos
( escepticismo sensible) y en las contradicciones que traicionan
frecuentemente a la razón (escepticismo racional).
Como tercera alternativa frente
al dogmatismos y al escepticismo , se encuentra el escepticismo metódico o a
prueba, lo que descartes llamó
duda metódica , cuyos ejemplos también son: El empirismo cauto de Locke, la
epistemología crítica de Kant y el Materialismo Dialéctico.
El problema tradicional de la epistemología es el orígen del
conocimiento, o sea aquel expresado en la pregunta ¿Mediante que facultad o
facultades de la conciencia es accesible el conocimiento?. Este problema dio
origen a la principal división de
la epistemología moderna entre el empirismo y el racionalismo.
Los racionalistas (descartes, Spinoza, Leibniz) se basan principalmente,
pero no exclusivamente en la razón como fuente de conocimiento genuino. Los empiristas (Locke, Berkeley y Hume) se
basan principalmente en la experiencia. Se han hecho varis intentos, siendo el más
notable la filosofía crítica de
Kant y el Materialismo Dialéctico de Marx para reconciliar el racionalismo y el
empirismo por el procedimiento de
atribuir a la razón y a la
experiencia sus papeles respectivos
en la constitución del conocimiento. En efecto lo dicho precedemente y con la
cual concuerdo, resulta la opinión más coherente respecto a desentrañar el
problema de la epistemología, por que solamente la razón conjuntamente con la
experiencia nos van llevar a establecer el conocimiento pleno, por el cual vamos
a descubrir la verdad de lo que hasta ahora nos es confuso, ya que pensar de
manera individual respecto a la razón y la experiencia no conduce a nada por
ser dos términos concomitantes entre sí, por lo tanto pienso que la filosofía
crítica de Kant como el Materialismo Dialectico de Marx resultan las corrientes
epistemológicas pertinentes para llegar al conocimiento genuino.
3.-
La teoría del conocimiento del Materialismo Dialéctico y sus principales
representantes. La concepción materialista
de la historia fue hipótesis
en el momento de su nacimiento. Después de aparecer El Capital de Carlos Marx
no devino hipótesis, sinó teoría demostrada científicamente , así esta
corriente señala que La VERDAD OBJETIVA es el contenido
de los conocimientos que no dependen del hombre , ya que viene
determinado por el mundo exterior que existe de modo objetivo. LA VERDAD
RELATIVA es la correspondencia incompleta
de los conocimientos a la realidad; son conocimientos que han de puntualizarse
en el proceso de su desarrollo. LA VERDAD ABSOLUTA, En el sentido layo de la
palabra es la total correspondencia de los conocimientos a la realidad, es el
conocimiento exhaustivo del mundo;
la ciencia avanza hacia dicho grado del saber. En el sentido estrecho de la
palabra, s la constatación de los hechos: El conocimiento de unos u otras
tendencias, conexiones y leyes: es el contenido de nuestro saber qe no cambiará
en el proceso de mayor conocimiento. El pensamiento humano, por su naturaleza, es
capaz de proporcionarnos y proporcionan en realidad la verdad absoluta que
resulta de la suma de verdades relativas. Cada fase del desarrollo de la ciencia
añade nuevos granos a esta suma de
la verdad absoluta; pero los límites de la verdad de cada tesis científica son
relativos, tan pronto ampliados como
restringidos por el progreso sucesivo de los conocimientos. Método de conocimiento científico. La dialéctica
… nos brinda la analogía y, por lo tanto, el método para explicar los
procesos de desarrollo en la naturaleza. Los principales representantes del
materialismo dialéctico fueron: Carlos Marx, Federico Engels y V. I. Lenin. 4.-
La teoría epistemológica del positivismo lógico, indicando de que fuentes
internacionales se originó y quienes son sus principales representantes.- El positivismo lógico o neopositivismo ,
apareció desde sus inicios como una corriente filosófica internacional a
principios del siglo XX contribuyeron a
su nacimiento el lógico y matemático Bertrand Russel y el filosofo austriaco
Ludwing Wittesteing. El positivismo lógico vio
la luz en el Círculo de Viena formado a principios de la década de los
XX, bajo la dirección de Moritz Schilck, Philip Frank, Otto Neurath y Hans
Hanh. Junto al Círculo de Viena y a la sociedad de filosofía Empírica de Berlín
(Hans Reichembach) apareció en los años 30 el grupo de los “analíticos”
en Inglaterra (Alfred Ayer y Gilbert Ryle) y la escuela de Lvovv- Varsovia en
Polonia. Los integrantes de esta nueva tendencia
intentaron eliminar la subvaloración del grado lógico del proceso
cognoscitivo y utilizar los resultados obtenidos
por la lógica matemática contemporánea.
Para los neopositivistas el problema cardinal de la filosofía es ¿Que es primero, la materia o el espíritu, el ser
o la conciencia? Y todos los demás problemas Filosóficos ¿Existe dios?
Lo consideraron problemas ficticios o seudo problemas, no había pues según
ellos necesidad de resolverlos , debían ser desechados como carentes de sentido
científico. Los neopositivistas sostienen que todo oo que sabemos del universo
es obra de las ciencias fácticas empíricas concretas. La filosofía,
según ellos, no pueden decir del universo más de los que dicen de él las ciencias particulares. Análisis lógico esclarecedor de los
postulados de la ciencia con los
que puede expresarse nuestro conocimiento del universo. Esa reducción de la
filosofía al análisis lógico se la debemos a Bertrand Russsel, quien utilizó
para ello la conquistas de la lógica matemática o simbólica. Russsel, en colaboración con
N. Whitehead elaboró un
sistema de Lógica matemática cuyo sistema excluye la posibilidad de formación
de paradojas. Convencido de la eficacia del método del análisis lógico,
Russel dedujo que ese método podía contribuir a resolver los problemas filosóficos
y sostuvo que la lógica era esencia de la filosofía.
5..
El sistema y subsistema del lenguaje jurídico al que pertenece el siguiente artículo
de la Constitución Política del Perú de 1993, especificando el uso del
lenguaje (según Bertrand Russel) la función básica del lenguaje y la forma
del lenguaje (según Irving Copi) que le corresponden: Artículo 188°.- La descentralización es
un proceso permanente que tiene
como objetivo el desarrollo integral del país. En el ejemplo que nos ocupa se observa que
se trata de una función informativa del lenguaje mediante una proposición que
indica una determinada particularidad respecto al desarrollo del país, también
puedo precisar que la función del lenguaje es expresiva respecto al Estado, la sociedad y
las personas que lo conforman y que demás su construcción es normativa
por estar incluido en un dispositivo que obliga su estricto cumplimiento.
ANALISIS
DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO, POLÍTICO Y SOCIOLOGICO ACERCA DE: PARTIDO COMUNISTA DEL PERU, PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA COMISIÓN DE LA VERDAD RECONCILIACIÓN En un
inicio y desde el punto de vista político
la lectura trata esencialmente sobre un deslinde necesario del Partido
Comunista del Perú, respecto a la mal llamada
Comisión de la Verdad y Reconciliación Nacional, afirman ellos que en
sus origenes el PartidoComunista Peruano fue fundado por José Carlos Mariátegui,
ante o cual resulta necesario precisar también que la agrupación terrorista sendero luminoso,
indebidamente adoptó la denominación
de su organización evocando al
Amauta, así afirmaban que su orígenes se fundaron
bajo el luminosos sendero de Mariategui, afirmación alejada de la
realidad conforme quedaría demostratado con los métodos utilizados por el
fanatismos senderista que fomentaron retraso y el repudio de las clases que
ellos afirmaban reinvindicar. Así los seguidores del Partido Comunista
Peruano, oficialmente reconocido y legalmente establecido
demuestran que desde sus inicios estuvieron al margen del accionar de las
hueste terroristas, por lo que su rechazo es total al haber adoptado estos
indebidamente la denominación de Partido Comunista del Perú- Sendero Luminoso,
ya que según ellos tiene un espacio dentro de la sociedad peruana que los ha
reconocido permanentemente, cuyas actividades los realizan dentro del marco de
la legalidad distinto a los
ejecutados por la agrupación violentista que
causó miles de muertes durante la secuela
del desarrollo de su oscuros fines, entre los más repudiables y notorios
el de socavar los cimentos de la sociedad y procurar una penetración de los
intereses de los Estados unidos de Norte America, para lo cual
pretendieron desaparecer todo atisbo
de movimientos de tendencia izquierdistas y desprestigiar al los
movimiento revolucionarios que propugnban sus ideas al margen de lo que
significa acciones violentas y la toma de las armas para la conquista del poder,
por que les era un impedimento para el logro de sus repudiables planes conforme
ya se ha precisado. Así mismo en la lectura se reconoce las
labor de la Fuerzas Armadas en la lucha contra las demenciales acciones
terroristas, sin dejar de mencionar que existieron algunos excesos por parte de
sus integrantes que los cometieron en el fragor de una guerra no declarada y
contra un enemigo que se agazapaba dentro de la población civil originando la
reacción desproporciona y descontrolada cuyos resultados ya es por todos
conocido. Desde el punto de visto sociológico, podría
manifestar que la nota más saltante es el descredito que ocasionó la agrupación
terrorista sendero luminoso en relación a los partidos de izquierda, quienes
pese a todo el afán de destruir sus mandos directivos
se mantuvieron vigentes en la lucha por sus ideales, así Alfonso
Barrantes Lingán se convirtió en pleno desarrollo de las actividades
senderistas, en el primer alcalde de tendencia socialista en la ciudad de Lima y
en algunos distritos de la misma también tuvieron alcaldes de esa tendencia,
posteriormente fueron escasos las participaciones exitosas de los representantes
de los partidos de izquierda en la contiendas electorales , debido a las razones
ya mencionadas, ya que también para el común de la población tenía la errada
opinión de que ser de izquierda era ser senderista
o emerretista por lo tanto terrorista, viéndose las cosas desde esa
punto de vista muchos líderes de tendencia izquierdista sufrieron injusta
carcelería , tal es el caso palpable del hoy presidente regional Yehude Simons
Munaro, quien fue recluído varios años en prisión por sus creencias políticas,
pero lo que también ha demostrado las últimas elecciones municipales en la
ciudad de Lima el resurgimiento de
los ideales progresistas del candidato de la izquierda, así el integrante de esta agrupación Rolando Breña Pantoja
ocupó un lugar expectante en los resultados de los comicios ediles, esto
debido a loas propuestas coherentes que difundió y que no fueron rebatidos por
sus oponentes. Situación que resultó contraria a las anteriores elecciones en
donde los candidatos de izquierda se ubicaban en el último lugar. Desde el punto de vista jurídico se puede
mencionar el nulo respeto que tuvieron los terroristas respecto a los
dispositivos legales internacionales, para los cuales no existían norma alguna
que impidiera el desarrollo de sus repudiables prácticas de sometimiento y
terror, lo que los convirtió en una simple banda asesina sin propuestas políticas
alguna que resulte creíble y los que es mas cuestionable aún en el desarrollo
de sus vedadas actividades se aliaron con el narcotráfico, a cuyos jefes servía
de guardaespaldas y participaban de sus oscuros negociados
bajo el control y vigilancia de la CIA norteamericana, de manera similar
a aquellos países donde se siembra la coca y se produce la droga. Finalmente podría manifestar respecto a los
resultados sobre las conclusiones de la comisión de la verdad, se afirma que la
misma adolece de una gran pobreza jurídica, los que lo convierte en un
documento destinado al descrédito, que en nada justifica el desembolso económico
que se le ha brindado, que solo ha
servido para sustentar económicamente
a aquellos que lo integraron.
ANALISIS DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO, POLÍTICO Y SOCIOLÓGICO
ACERCA DE: RESPUESTA AL PRONUNCIAMIENTO DEL
MOVIMIENTO NUEVA IZQUERDA SOBRE LA COMISIÓN DE LA
VERDAD.- Desde
el punto de vista político sugiere una efectiva crítica al Movimiento nueva
Izquierda , quienes a pesar de propugnar que sus ideales están destinados a la
lucha por la reinvidicación de los intereses de las masas populares, se atreven
a lanzarle flores al contenido del informe de la Comisión de la Verdad y
Reconciliación Nacional, del cual manifiestan valoran su trabajo realizado,
pero viendo desde este punto de vista no pueden advertir los integrantes del MNI
que el excesivo costo que significado la realización del informe de la Comisión
de la Verdad no justifica en hechos
el resultado que a nadie convence por el contrario se dedica al desprestigio de
las Fuerzas Armadas y a la magnificación de la realidad respecto a lo ocurrido
en la época del terror, hay que ser ingenuos así mismo para no darse cuenta
que las verdaderas intenciones de los terroristas ha sido destruir al país como
estado y propiciar el sometimiento ante el imperialismo yanqui , las pruebas
sobre esta afirmación ya han sido
plenamente identificadas, y no es coincidente también la situación que vivió
hace unos días el país hermano de Bolivia quienes a costa de la vida de sus
ciudadanos han defendido el gas que
por tradición y soberanía les corresponde, muestra palpable de que el país
imperialista se inmiscuye dentro de las decisiones de los gobernantes para
incrementar la práctica de sus intereses avasalladores y mezquinos. Desde el punto de vista sociológico podría
manifestar pues que el MNI se equivoca en sus apreciaciones respecto a la Comisión
de la Verdad, la cual fue conformada sin ningún criterio de objetividad, y
solamente con la decisión vertical y a dedo de los gobiernos que la crearon,
nunca se propuso en la conformación de los miembros a los representantes de las
agrupaciones que fueron víctimas e la insania terrorista, nunca se comentó
siquiera la posibilidad de integrar a los miembro de la sociedad que enfrentó
decididamente a los sediciosos( llámese
rondas campesina, maestros, policías, trabajadores, sindicalistas, etc. ) se
prefirió el trabajo de unos seudo intelectuales que realizaron un trabajo de
gabinete alejado de todo contexto de la realidad vivida en los años de la
barbarie. Desde el punto de vista legal lo rescatable
de la lectura es aclarar los conceptos vertidos por l MNI quienes afirman
coincidiendo y dando como válidas las versiones de la Comisión de la Verdad
que existe responsabilidad en los partidos políticos en cuanto a los resultados
de la violencia vivida, pero lo que resulta cuestionable es que
tal afirmación resulta contradictoria
al hecho de que no supieron criticar con energía y severidad las
acciones desarrolladas por los terroristas, situación que conforme ya se dijo
fomentó el descredito en los movimientos de izquierda en el concepto de la
sociedad que desangraba por obra del accionar senderista , y es por eso que se
destaca la labor del repudiado ex goberanate Alberto Fujimori quien puede tener
todas las acusaciones sobre los latrocinios cometidos en su gobierno, pero que
no lo desacredita en el hecho de imponer mano dura para combatir a la subversión,
es por ello que se destaca su labor de modificar las normas sobre la lucha
contra la subversión que al final condujeron
a la captura de los mandos terroristas, quienes al verse descabezados
empezaron a propugnar acuerdos de paz, renunciado a toda su beligenrancia y
demostrando lo frágil de su ideales seudo revolucionarios.
En conclusión pues resulta de la lectura materia
de estudio un llamado de atención los
partidos de tendencia izquierdista, para no dejarse engatuzar por los resultados
de la mal llamada Comisión de la Verdad , quienes sin un criterio de
objetividad llegaron a conclusiones erradas y condicionadas a ciertos intereses
que nada tiene que ver con el común de los peruanos, se insta a propugnar al cambio de las estructuras de la sociedad previa a las
modificación de las leyes que rigen los destinos de nuestra sociedad.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI. Algunos sectores de la realidad jurídica
desafiantes a un afronte científico.- Partimos de la premisa de que en el ámbito del derecho existen una serie de problemas que requieren ser investigados científicamente, siendo ello así se presenta a continuación algunos sectores de atención para desplegar labor de investigación en el campo del derecho: ü
Política
Penitenciaria. ü
Gestión
Institucional ü
Vigencia
del Código Procesal Penal ü
Modificatoria
del La Constitución Política del año 1993 ü
Reforma
de la administración de justicia ü
Beneficios
penitenciarios en delitos graves ü
Educación
y valores en la administración de justicia ü
Capacitación
de los operadores de justicia ü
Violación
de los derechos Humanos en todos los niveles de la sociedad ü
Violencia
Familiar EJERCIO DE APLICACIÓN De las áreas presentadas, se establece un
cuadro de prioridades seleccionando 5 problemas, que representan relevancia. 1.
Modificatoria del La Constitución Política del año 1993 2.
Reforma de la administración de justicia 3.
Educación y valores en la administración de justicia … 4.
Política Penitenciaria. 5.
Capacitación de los operadores de justicia PRIORIZACIÓN DEL PROBLEMA MATERIA DE INVESTIGACIÓN Reforma de la Administración de Justicia El tema materia de estudio ha sido utilizado
ya por diversos gobiernos que se ha turnado el poder en nuestro país, pero en
la actualidad a pesar de los
tiempos de crisis que vivimos se
tiene aún una gran oportunidad que
se debe asumir en toda su dimensión y
complejidad por ser una gran desafío. Consecuentemente se debe propiciar un pacto
político social entre los que
verdaderamente aspiran a la
refundación de la justicia en el Perú. Se deberá tener en cuenta por lo tanto para
iniciar una nueva reforma: -
Revertir los problemas de fondo que han caracterizado históricamente la
administración de justicia -
Continuar con el proceso e desarticulación
de las redes de intervención y corrupción de la década pasada. -
Cambios que permitan a la justicia responder mejor
a las necesidades y demandas propias de las actuales circunstancias del
país. -
Propiciar una nueva cultura judicial democrática y moderna
-
Establecer la justicia como límite al ejercicio del poder -
Ejercicio de la función jurisdiccional
con calidad y eficacia COMENTARIO
DESDE EL PUNTO DE VISTA SOCIOLÓGICO JURÍDICO
Y POLÍTICO DEL PROYECTO
DE LEY DE LA “REFORMA” DE LA CONSTITUCIÓN. Nos encontramos próximos a la culminación
del presente año, pero
el actual gobierno en lugar ya de proponer ya la efectiva reforma de la
constitución que nos rige desde el año 1,993 y que fue gestada por
un régimen autoritario, se ha dedicado únicamente a resolver los
problemas de su entorno en el siguiente orden cronológico ZARAI- ELIANE KARP-
WILLY GONZALES- DIEZ CANSECO- MERINO, etc.
Ahora bien, para la sociedad peruana es muy importante avanzar en el
camino de la reforma, remontándonos en la historia de las constituciones podría
manifestar que el Perú alcanzó la
independencia el 28/07/1821 y la
administración del Estado se hizo
en base a un reglamento provisional expedido por el General San Martín en
Huaura, al que seguiría un estatuto provisional con diez acciones promulgado en el Palacio Protectoral
de Lima el 08 de Octubre de
1821. El 20 de Setiembre
de 1822 se instaló el primer Congreso Constituyente que redactó las
basas que inspirarían su labor que
redactó las bases y sancionó la primera Carta
de la naciente República el
12 de Noviembre de 1823, procedimiento al que se apelaría en el futuro para
designar las cartas que rigieron el país. Siguen las Constituciones de 1826,1828, de
1834, 1839,1856 ,1860,1867,1920,1933, 1979 hasta la vigente de 1993. En total 12
Constituciones, no considerándose en esa relación la Constitución de la
Confederación Perú Boliviana (1837), ni los Estatutos provisorios
de 1855 y 1879. Cabe remarcar que todas se inspiraron
en la ideología liberal y que a partir de 1820, pasando por la de 1933,
hasta la de 1979, se reorientaron hacía un compromiso aparentemente social,
lineamiento del que se apartó la Carta vigente (1993). La Constitución de 1979 tiene un alto
contenido social, propugna la descentralización a través de las regiones,
constitucionaliza los partidos políticos, crea el Tribunal de Garantías
Constitucionales y desarrolla los
mecanismos de protección de los
derechos: Habeas Corpus Amparo, Acción de inconstitucionalidad y la Acción
Popular contra las normas de menor jerarquía a la ley que infrinja la Constitución . Auque de manera restringida
introduce la institución del referéndum y, si bien establece la existencia de
dos cámaras en el Congreso, una de ellas, la del Senado, era prácticamente
decorativa pues el centro de gravitación política se desplazó en la Cámara
de Diputados. Rompe el hibridismo de la carta de 1933, que
había tomados instituciones tanto del régimen presidencial como del
parlamentario, reafirmando la conducción presidencialista
eliminando cualquier ingerencia parlamentaria en el gasto público. Esa
constitución se ha estimado como avanzada en su contenido social, pero débil
en cuanto a su estructuración, comparada con la de 1933 o la de 1920. En Líneas
generales, se la reconoce como una de las mejores constituciones del siglo XX,
tal es así que muchos proponen como una solución al problema de la reforma de
la constitución su puesta en
vigencia de la mayoría de sus articulados que la conforman. Las anteriores constituciones no había
previsto la solución en el caso de conflicto de poderes, premisa fundamental
para comprender lo que ocurriría después. El 5 de Abril de 1992 se produjo el
golpe de estado encabezado por el propio presidente de la república, quien
disolvió los demás poderes del estado y concentró la conducción del poder.
¿Cuál es la explicación? Se han esbozado cuando menos 2: Que el gobierno no
tenía mayoría el parlamento, lo que dificultaba el desarrollo de diversos
planes que permitiesen l país
superar sus dificultades; ponía énfasis en el estilo del mandatario, como una
personalidad ajena a todo tipo de control, pero la versión más creíble es
aquella que manifestaba que el gobierno se debatía en un agudo proceso de
podredumbre moral e intentaba perennizarse en el poder por veinte años. Ahora bien identificando el tema materia de
estudio puedo manifestar que el
problema del estado de derecho en el Perú
es que sus diversas constituciones solamente
han pasado a ser textos legales. Para establecer un estado democrático es
necesario que su constitución sea su síntesis. Ya que se trata pues de la ley
cúspide de la que desciende todo el sistema legal
y cuyo propósito es organizar el estado
y limitar los poderes que este puede ejercer lícitamente, la constitución
debe ser reflejo del momento en que
ha sido emitida. Ante lo antes mencionado también debo preciar
que conforme lo he reseñado líneas arriba la Constitución de 1993 nació
viciada de legitimidad y credibilidad, pero resulta contradictorio que a pesar
de haber surgido con posterioridad al autogolpe del 5 de abril tuvo un amplio
respaldo a nivel interno, pero a nivel internacional se evidenciaron
fuertes reparos, que
concluyeron con la dación de la norma antes mencionada.
De los puntos más saltantes que atañen a
nuestra realidad y en nuestro caso particular como Abogado debo destacar
lo que corresponde al Poder Judicial en el proyecto de reforma de de la
Constitucional, el cual establece que el poder de impartir justicia, emana del
pueblo y que su ejercicio corresponde al Poder judicial
( Artículo 189°) por medio de la Corte Suprema y los demás órganos
previstos en su Ley Orgánica . En esa perspectiva, el proyecto abandona su
equiparación como otras jurisdicciones independientes.
Como sucede como el reconocimiento a las soluciones de coflictos en las
comunidades y rondas campesinas aplicando en su territorio el derecho
consuetudinario (art.189° párrafo 2) donde
el proyecto elimina la referencia a
“ejercicio de la función jurisdiccional” a que hace referencia el artículo 149° de la Constitución vigente. Propuesta que
desconoce incluso desconoce tratados internacionales como el Convenio 169 de la
OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en
donde se exhorta también a los gobiernos para que consulten a los pueblos indígenas
interesados sobre las medidas legislativas o administrativas que le afecten
directamente y se enuncia el
derecho de estos pueblos a
participar en la adopción de
decisiones a cerca de las políticas y los programas que le conciernen, al
parecer estas conciudadanos nunca han sido siquiera requeridos que la próxima
Constitución a emitirse los ha postergado una vez más en sus legítimas
aspiraciones. El proyecto confiere las funciones de gobierno
y administración del Poder Judicial a un Consejo de Gobierno, señalando que
será presidido por el presidente de
la Corte Suprema e integrado por
los magistrados de los diversos niveles, así como por un decano o Ex Decano
elegido por los Colegios de Abogados del País . Agrega que existirá un Consejo
consultivo integrado por representantes de
instituciones vinculadas a la tarea judicial. Considero que sería conveniente
que las Facultades de derecho de las Universidades
públicas y privadas también están representadas en el Consejo de
Gobierno.
En conclusión podría manifestar que queda
todavía un largo camino por recorrer en cuanto a la necesaria reforma de la
constitución, la cual debe ser reflejo de nuestra realidad, producto de un
amplio consenso y de un pacto social que involucre a todos, un mecanismo legal
donde todos nos encontremos representados.
UNIVERSIDAD
NACIONAL DE UCAYALI
FACULTAD
DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
CENTRO
DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA “DEBER, DERECHO Y LIBERTAD”
CURSO:
CIENCIAS POLÍTICAS AUTOR:
ABEL ÁNGEL ARÉVALO VELA CICLO:
III
FECHA
:
PUCALLPA, 29 DE MAYO DEL
2004
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