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Génesis del conflicto entre Chile y Bolivia: Guano, gas y salitre
INTRODUCCION El amplio espacio sudamericano fue un complejo escenario de luchas y conflictos desde los albores mismos de la construcción de los estados nacionales. A las luchas por la independencia sucedió la lucha por la construcción de espacios territoriales, la demarcación y delimitación de fronteras y límites. Reivindicaciones territoriales que enfrentaron a las unidades que, por otra parte, alegaban a favor de una Confederación de naciones. En medio de alegatos integracionistas de nuevo orden emerge un conflicto que nos retrotrae al pasado pero en nombre de un recurso diferente: el gas natural, en las desventuras institucionales de Bolivia esta cuestión encendió una chispa que amenaza convertirse en un incendio regional. En la Cumbre Iberoamericana del 2003, que en realidad dejó al desnudo las desconfianzas y rivalidades por parte de gobernantes sudamericanos, las apreciaciones del venezolano Hugo Chavez puso al rojo vivo una de las cuestiones supérstite de antiguo cuño: las relaciones chileno- boliviana: "Bolivia tuvo mar y yo sueño con bañarme en una playa boliviana". Antes había declarado "Aunque se molesten algunos, lo lamento mucho. Venezuela seguirá reclamando solidaridad con Bolivia y sus derechos a las costas. Bolivia tenía mar desde su nacimiento y no es justo que se lo hayan arrebatado" Obviamente la Cancillería chilena censuró severamente la actitud de Chavez, toda vez que la cuestión corresponde a relaciones bilaterales de Chile con Bolivia, y convocó a informar a su Embajador en Venezuela.2 El problema se agudizó a partir de allí pero sin que muchos recuerden, verdaderamente, cual es la saga que concluyó con la clausura de la salida al Pacífico de Bolivia. El propósito de este trabajo es buscar los orígenes del conflicto de los hechos bélicos sucedidos entre los tres países del Pacífico y tentar una suerte de reflexión sobre las maneras de tratar el conflicto. DEL GUANO AL SALITRE A mediados del Siglo XIX, el guano constituía uno de los recursos principales para las arcas peruanas. Se calcula que para 1859, sobre un presupuesto de quince millones de pesos, con un superávit del dos y medio, el guano representaba unos quince millones de pesos. Pero, el excesivo consumo puso en crisis el recurso y el salitre desalojó el lugar preponderante del guano. La mirada, entonces, se volvió hacia la costa boliviana. Esta situación devino en conflicto bélico de tres repúblicas del Pacífico. El salitral se extendía a lo largo de la costa situada entre los 19 y 27 grados de latitud sur, entre la quebrada de Camarones y de Maricunga. Incluía a la provincia peruana de Tarapacá, la provincia boliviana de Antofagasta y una parte del Norte chileno. Pero había algo más en este escenario conflictivo: la disputa chileno- boliviana sobre una parte de Antofagasta. Disputa que se zanjó en 1866 cuando las partes acordaron fijar una zona, ubicada entre los 24 y 25 grados, donde Chile pagaría a Bolivia la mitad de los derechos aduaneros que se originasen más un agregado de cuarenta mil pesos. Por su parte, en la zona ubicada entre los 23 y 24 grados Bolivia daría a Chile un beneficio similar. En 1874 se revisó el acuerdo cuando ambos renunciaron a los beneficios. No obstante se mantuvo la unión para el aprovechamiento del guano, los metales y nitratos de la zona comprendida entre los paralelos 23 y 24. Además, Bolivia se comprometió a no aumentar en esa zona las contribuciones pagadas por personas, capitales o industrias chilenas. En 1878 la República de Bolivia impuso una contribución a las Compañía de Salitres de Antofagasta, a razón de diez centavos por quintal de fertilizantes exportados. Obviamente Chile protestó y luego de serias discusiones Bolivia rescindió el contrato. Así comenzó el conflicto bélico entre Chile y Bolivia. El 14 de febrero de 1879 Chile invadió Antofagasta que, a la sazón, contaba con una mayoría de habitantes chilenos.3 Luego de meses de lucha, el 19 de enero de 1880, con el triunfo de Chile se puso fin a la guerra con Bolivia Por otra parte, recelos y desconfianzas llevaron a Perú y Bolivia a firmar un tratado secreto, en 1873, mediante el cual Perú pretendía detener el avance chileno. Intentaron interesar a Argentina en la alianza, confiados en que esta mantenía un contencioso con Chile. Las negociaciones al respecto fueron infructuosas. La situación derivó en un rearme chileno y la negativa peruana de declarar su neutralidad frente al conflicto por los diez centavos entre Chile y Bolivia. Las partes se acusaban mutuamente de querer monopolizar la explotación de nitratos: Según Chile, estando Perú en una situación hacendataria desesperada por la desvalorización del guano era necesario que el salitre de Tarapacá cubriese el déficit. Pero como el producto del guano entraba íntegramente en la caja de la nación, por ser del Estado, y el salitre, explotación privada, sólo rendía un derecho de exportación, se dio la Ley del Estanco, que limitaba la extracción del fertilizante y autorizaba al fisco para adquirir el artículo a un precio establecido. Los bancos peruanos estaban comprometidos con esta operación y para que no fuera ruinosa se necesitaba que el salitre boliviano quedase dentro de la influencia de Perú.4 Por su parte, peruanos y bolivianos tenían en claro las ambiciones de ampliación territorial chilena hacia esa importante zona de depósito de salitre ameritaba una solidaridad mutua, el futuro daría cuenta de que Bolivia sería la más perjudicada en la Guerra del Salitre. Chile, victorioso, logró hacerse con Antofagasta, Tarapacá, Tacna y Arica avanzando, inclusive, hasta Lima y el Callao. Por el Tratado de Ancón, concluido el 20 de octubre de 1883, se cede Tarapacá a Chile mientras que Tacna y Arica quedan por diez años sujeto a las autoridades chilenas, luego de eses plazo se sometería a un plebiscito para decidir su destino. El país favorecido debía abonar unos diez millones de pesos. Un protocolo adicional del 26 de enero de 1894 creó nuevas disputas que concluirían con el Tratado de 1929 por el que Tacna quedaría para Perú y Arica para Chile. FIN DEL CONFLICTO BELICO: LOS TRATADOS Tratado de Paz y Amistad entre Chile y Bolivia Suscrito en Santiago, el 20 de Octubre de 1904; En ejecución del propósito consignado en el artículo 8º del Pacto de Tregua del 4 de Abril de 1884, la República de Chile y la República de Bolivia han acordado celebrar un Tratado de Paz y Amistad y al efecto han nombrado y constituido por sus Plenipotenciarios, a saber: Su Excelencia el Presidente de la República de Chile a Don Emilio Bello Codesido, Ministro de Relaciones Exteriores, y Su Excelencia el Presidente de la República de Bolivia, a Don Alberto Gutiérrez, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Bolivia en Chile; Quienes, después de haber canjeado sus Plenos Poderes y habiéndolos hallado en buena y debida forma, han convenido en lo siguiente: Artículo I. Restablécense las relaciones de Paz y Amistad entre la República de Chile y la República de Bolivia, terminando, en consecuencia, el régimen establecido por el Pacto de Tregua. Artículo II. Por el presente Tratado, quedan
reconocidos del dominio absoluto y perpetuo de Chile los territorios ocupados
por éste en virtud del artículo 2º del Pacto de Tregua de 4 de Abril de 1884.
El límite de Sur a Norte entre Chile y Bolivia será el que se expresa a
continuación: Si ocurriere entre los ingenieros demarcadores algún desacuerdo que no pudiere ser allanado por la acción directa de ambos Gobiernos, se someterá la cuestión al fallo de Su Majestad el Emperador de Alemania, conforme a lo previsto en el artículo XII de este Tratado. Serán reconocidos por las Altas Partes Contratantes los derechos privados de los nacionales o extranjeros que hubieren sido legalmente adquiridos, en los territorios que, en virtud de este Tratado, quedan bajo la soberanía de uno u otro país. Artículo III. Con el fin de estrechar las
relaciones políticas y comerciales de ambas Repúblicas, las Altas Partes
Contratantes convienen en unir el puerto de Arica con el Alto de La Paz por un
ferrocarril cuya construcción contratará a su costa el Gobierno de Chile,
dentro del plazo de un año, contado desde la ratificación del presente
Tratado. La propiedad de la sección boliviana de este ferrocarril se traspasará
a Bolivia a la expiración del plazo de quince años, contado desde el día en
que esté totalmente terminado. Artículo IV. El Gobierno de Chile se obliga a entregar al Gobierno de Bolivia la cantidad de trescientas mil libras esterlinas en dinero efectivo y en dos parcialidades de ciento cincuenta mil libras; debiendo entregarse la primera parcialidad seis meses después de canjeadas las ratificaciones de este Tratado; y la segunda, un año después de la primera entrega. Artículo V. La República de Chile destina a la cancelación definitiva de los créditos reconocidos por Bolivia, por indemnizaciones en favor de las Compañías mineras de Huanchaca, Oruro y Corocoro, y por el saldo del empréstito levantado en Chile en el año 1867, la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, oro de diez y ocho peniques, pagadera, a opción de su Gobierno, en dinero efectivo o en bonos de su deuda externa estimados al precio que tengan en Londres el día en que se verifique el pago; y la cantidad de dos millones de pesos, oro de diez y ocho peniques, pagadera en la misma forma que la anterior, a la cancelación de los créditos provenientes de las siguientes obligaciones de Bolivia: los bonos emitidos o sea el empréstito levantado para la construcción del ferrocarril entre Mejillones y Caracoles, según contrato de 10 de julio de 1872; la deuda reconocida a favor de Don Pedro López Gama, representado por los Señores Alsop y Compañía, subrogatarios de los derechos de aquél; los créditos reconocidos en favor de Don Juan G. Meiggs, representado por Don Eduardo Squire, provenientes del contrato celebrado en 20 de marzo de 1876, sobre arrendamiento de salitreras en el Toco; y, finalmente, la suma reconocida en favor de Don Juan Garday. Artículo VI. La República de Chile reconoce en favor de la de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico. Ambos Gobiernos acordarán, en actos especiales, la reglamentación conveniente para asegurar, sin perjuicios para sus respectivos intereses fiscales, el propósito arriba expresado. Artículo VII. La República de Bolivia tendrá
el derecho de constituir agencias aduaneras en los puertos que designe para
hacer su comercio. Por ahora señala por tales puertos habilitados para su
comercio, los de Antofagasta y Arica. Artículo VIII. Mientras las Altas Partes
Contratantes acuerdan celebrar un tratado especial de comercio, el intercambio
comercial entre ambas Repúblicas se regirá por las reglas de la más estricta
igualdad con las aplicadas a las demás naciones y en ningún caso se colocará
a los productos de cualquiera de las dos Partes en condiciones de inferioridad
respecto de las de un tercero. Artículo IX. Los productos naturales y manufacturados de Chile y las mercaderías nacionalizadas, para internarse a Bolivia, serán despachadas con la respectiva factura consular y con las guías de que habla la cláusula séptima. Los ganados de toda especie y los productos naturales de poco valor, podrán ser internados sin ninguna formalidad y despachados con la simple manifestación escrita en las aduanas. Artículo X. Los productos naturales y manufacturados de Bolivia en tránsito para el extranjero serán exportados con guías franqueadas por las aduanas de Bolivia o por los funcionarios encargados de este objeto. Dichas guías serán entregadas a los agentes aduaneros en los respectivos puertos y sin otra formalidad, embarcados estos productos para los mercados extranjeros. Por el puerto de Arica el comercio de importación se verificará con iguales formalidades que en el de Antofagasta, debiendo franquearse en este puerto las guías de tránsito con las mismas especificaciones que las indicadas en los artículos anteriores. Artículo XI. No pudiendo Bolivia poner en práctica este sistema inmediatamente, continuará observándose, por el término de un año, el que se halla establecido actualmente en Antofagasta, que se hará extensivo al puerto de Arica, fijándose un plazo prudente para que se ponga en vigencia el arancel de aforos boliviano, hasta que sea posible regularizar el comercio de tránsito en la forma antedicha. Artículo XII. Todas las cuestiones que llegaren a suscitarse con motivo de la inteligencia o ejecución del presente Tratado, serán sometidas al arbitraje de Su Majestad el Emperador de Alemania. Las ratificaciones de este Tratado serán canjeadas dentro del plazo de seis meses y el canje tendrá lugar en la ciudad de La Paz. En fe de lo cual, el señor Ministro de Relaciones Exteriores de Chile y el señor Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Bolivia firmaron y sellaron con sus respectivos sellos, y por duplicado, el presente Tratado de Paz y Amistad en la ciudad de Santiago, a los veinte días del mes de octubre del año mil novecientos cuatro. (Firmado: EMILIO BELLO C.) ( L. S.) Convenio sobre Canje de Territorios en la Zona
Fronteriza En Santiago de Chile, a primero de mayo de 1907, reunidos en la Sala de Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministro del Ramo Don Ricardo Salas Edwards y el Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Bolivia Don Sabino Pinilla, con el objeto de considerar el cambio de ciertas partes de la Línea de Frontera establecida en el Tratado de 20 de octubre de 1904, por convenir así mejor a los intereses de ambos países, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, han acordado suscribir el siguiente Convenio: Primero.- Sustitúyese la Línea de Frontera en
los trechos comprendidos entre el cerro Chipapa (22) y el volcán Olca (25) ; y
entre el cerro Patalani (48) y el alto de Panantalla (54) del artículo 2º del
mencionado Tratado, por la siguiente: El presente Convenio será ratificado y las ratificaciones se canjearán en Santiago o en La Paz en el plazo más breve posible. Redactado en dos ejemplares de igual tenor, los señores Ministros lo firmaron y le pusieron sus sellos. (Firmado: RICARDO SALAS E.) ( L. S.) Tratado del 1929 suscrito por los Gobiernos del Perú y Chile Suscrito en Lima el 3 de junio de 1929 Los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y el
Perú, deseosos de remover toda dificultad entre ambos países y de asegurar así
su amistad y buena inteligencia, han resuelto celebrar un Tratado conforme a las
bases que el Presidente de los Estados Unidos de América, en ejercicio de
buenos oficios, solicitados por las Partes, y guiándose por los arreglos
directos concertados entre ellas, ha propuesto como bases finales para resolver
el problema de Tacna y Arica, y al efecto han nombrado sus Plenipotenciarios, a
saber: Su Excelencia el Presidente de la República de Chile, al Excelentísimo
señor don Emiliano Figueroa Larraín, su Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario en el Perú, y Su Excelencia el Presidente del Perú, al
Excelentísimo señor Doctor don Pedro José Rada y Gamio, su Ministro de
Relaciones Exteriores; quienes, después de canjear sus Plenos Poderes y encontrándolos
en debida forma, han convenido en los artículos siguientes: Artículo 5º. Para el servicio del Perú, el
Gobierno de Chile construirá a su costo, dentro de los mil quinientos setenta y
cinco metros de la bahía de Arica, un malecón de atraque para vapores de
calado, un edificio para la agencia aduanera peruana y una estación terminal
para el ferrocarril a Tacna, establecimientos y zonas donde el comercio de tránsito
del Perú gozará de la independencia propia del más amplio puerto libre. Artículo 13. El presente Tratado será ratificado y sus ratificaciones serán canjeadas en Santiago tan pronto como sea posible. En fe de lo cual, los infrascritos Plenipotenciarios firman y sellan el presente Tratado en doble ejemplar, en Lima, a los tres días del mes de junio de mil novecientos veintinueve. TEXTO DEL PROTOCOLO COMPLEMENTARIO DE
1929 (Firmado: E. FIGUEROA)(L.S.) EL SENTIDO COMUN EN UN MARCO DE INTEGRACION REGIONAL El conflicto del guano devino en salitre y Bolivia quedó encerrada sin salida al mar. Una cuestión básica en política exterior: la comunicación con el mundo. Cerrado el camino al Pacífico quedaban dos alternativas, bastante más sucedáneas: el camino fluvial al Plata o al Amazonas y ambas tienen un destino este: el Chaco. Ahora bien, la situación boliviana quedó clausurada en 1904, a raíz de un Tratado de Paz y Amistad firmado entre ambos Estados. Bolivia reconoció el dominio absoluto y perpetuo de Chile sobre los territorios del Litoral. Este se comprometió a construir un ferrocarril entre Arica y La Paz para permitir la salida al mar del estado boliviano. Esta cuestión ha estado latente en todas las negociaciones bilaterales posteriores. "El objetivo histórico irrenunciable, que es la demanda marítima de Bolivia y la consolidación del papel de nexo y centro integrador de los sistemas geográficos del Atlántico y Pacífico, del Amazonas y del Plata".5 El reclamo boliviano de una salida al mar se ha llevado a las diversas Cumbres y reuniones interamericanas e Iberoamericanas lo que coloca al problema en una constante de interés americano, entre los conflictos pendientes de solución. En tiempos de integración regional Mercosur, donde ambos países son miembros, la cuestión chileno- boliviana no es un problema menor. Tal como lo señaló el Canciller Murillo "El encierro de Bolivia requiere de una solución que no puede postergarse indefinidamente. Pues bien, la más grande de las barreras que es preciso eliminar es la que separa a Bolivia del mar y ése es el verdadero reto, la prueba de la eficacia de los procesos integracionistas". Debe quedar en claro que el contencioso es de resorte exclusivo de ambos países sudamericanos, son ellos quienes deben arbitrar los medios para la solución del diferendo. Esto atento al principio, tan caro a los americanos, de no intervención. Pero no es menos cierto que el resto de los gobiernos de la Región deben promover un escenario de colaboración y paz para que se encuentren, en ese marco, los caminos de la negociación. La vía pacífica requiere de prudencia política, creatividad y colaboración en la búsqueda de soluciones. La integración debe tener un rol contenedor y positivo para evitar daños irreparables que perjudicarían no solo a los dos países sino al resto de la comunidad sudamericana. La suerte de Chile y de Bolivia es también nuestra suerte, la solución de su litigio sólo a ellos le corresponde. Esto dicta el sentido común, fruto de la experiencia de años de desencuentros. De allí que los discursos excesivos, grandilocuentes y belicistas, propios de otras épocas, no debieran retornar en nuestras relaciones interamericanas: en los afanes " libertadores" de unos pueden perderse las libertades de todos.
1 Magister en Relaciones Internacionales.
Graduada del Center for Hemispheric Defense Studies Fuente: Harry Magazine http://comunidad.ciudad.com.ar/argentina/capital_federal/ricardobrizuela/col004.html
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