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La formación de habilidades en la carrera de Derecho
Introducción
Dentro
de todo proceso docente educativo la formación de habilidades tiene un papel
primordial. Fundamentalmente para alejar, del ya mencionado proceso, el problema
de la separación de la teoría de la práctica, algo muy propio de muchas de
nuestras carreras universitarias. En
oportunidades escuchamos opiniones como estas “Cuando te gradúes es cuando
vas a aprender de verdad”, “De la Universidad se sale en blanco”, “Es en
tal lugar donde se aprende”; frases salidas de universitarios recién
graduados, de jefes de empresas u organismos, o inclusive, y más preocupante aún,
de profesores y estudiantes
universitarios. ¿Cuál es el origen de estas expresiones? La
causa de estas incongruencias en el proceso
son varias, pero nadie dudaría que una de las más importantes es la
falta de vinculación teoría – práctica, en
palabras más técnicas: falta de concordancia entre sistema de
conocimientos y sistema de habilidades, o ausencia de estas últimas; o más
claro aún: el estudiante domina el conocimiento pero no sabe su validez, y por
ende como aplicarlo. De
tal forma, el objeto del presente trabajo es la formación de habilidades, en el
proceso docente educativo en la carrera de Licenciatura en Derecho. La
propuesta es analizar dicho objeto desde
las aristas epistemológicas, didáctica
y psicopedagógica. Epistemología
de las habilidades. Quizá
la nomenclatura del subtítulo suene pretenciosa, pero es totalmente necesaria.
Las
habilidades se definen por diferentes autores como una categoría didáctica que
instrumenta al alumno en su modo de actuar. Según el Diccionario Cervantes la
habilidad es la disposición natural o adquirida para hacer bien las cosas.
Queda claro que en el caso en cuestión, hablaremos de habilidades adquiridas. El
Dr.C. Carlos Córdoba de la Universidad de Holguìn, refiere que la habilidad es: “
... la relación del hombre con el objeto, que se realiza en la actividad, o
sea, el hombre interactúa con el objeto durante la actividad. Las técnicas de
esta inter–actuación son las habilidades. La habilidad es el dominio de las técnicas
de la actividad...” Es
decir que define indistintamente como habilidad a la relación hombre –
objeto, a las técnicas para esa relación y al dominio, propiamente dicho, de
estas técnicas. Más adelante plantea que: “Una
habilidad constituye un sistema complejo de operaciones para la regulación de
una actividad, según el pedagogo ruso Petroski, formar una habilidad consiste
en lograr el dominio de un sistema complejo de operaciones encargada de la
elaboración de la información obtenida del objeto y contenida en los
conocimientos, así como de las operaciones tendentes a revelar esta información.” De
este último fragmento la frase “sistema complejo de operaciones” nos parece
como una de las mejores formas para definir una habilidad, o una conceptualización
inicial de esta categoría didáctica. Por
su parte la Dr. Rita Marina Alvarez de Zayas realiza la siguiente definición:
“Las habilidades son estructuras psicológicas del pensamiento que permiten
asimilar, conservar, utilizar y exponer los conocimientos. Se forman y
desarrollan a través de la ejercitación de las acciones mentales y se
convierten en modos de actuación que dan solución a tareas teóricas y prácticas.” Sin
lugar a dudas la definición anterior tiene un carácter psicológico, como lo
tenía de filosófico la primera de las analizadas. Veamos otro caso: “Definimos
la habilidad como la dimensión del contenido que muestra el
comportamiento del hombre en una rama del saber propio de la cultura de la
humanidad. Es, desde el punto de
vista psicológico, el sistema de acciones y operaciones dominado por el sujeto
que responde a un objetivo.” En
esta contextualización de la habilidad por el Dr. Carlos Álvarez de Zayas se
aprecia un análisis desde dos puntos de vista, los ya tratados anteriormente.
De manera general se han definido esta categoría como conocimiento en acción,
con lo cual se está de acuerdo, aunque resulta un poco vago. Homero
Fuentes define habilidad como un ”sistema de acciones y operaciones dominadas
por el hombre, estructuradas en operaciones ordenadas y orientadas a la
consecución de un objetivo, que le permiten interactuar con objetos
determinados de la realidad y con otros sujetos. La habilidad es el modo de
interacción del sujeto con el objeto, es el contenido de las acciones que el
sujeto realiza, integradas por un conjunto de operaciones, que tiene un objetivo
y que se asimila en el proceso". [Fuentes,
H., 1998]. Se
está en condiciones de dar un concepto de habilidades desde el punto de vista más
general posible y, porque no, conveniente. Las
habilidades no son más que complejos sistemas de operaciones encaminados a
realizar una actividad determinada, de la cual ya se tiene un conocimiento teórico
previo, a fin de aplicar ese conocimiento. De
tal forma es coincidente en los diferentes conceptos la idea de que en ella están
presentes: ·
El
sujeto (el que realiza la acción). ·
El
objeto (el que recibe la acción del sujeto). ·
Un
sistema de operaciones (estructura técnica de la habilidad) ·
El
objetivo (aspiración consciente del sujeto). Las
habilidades, formando parte del contenido de una disciplina, caracterizan en el
plano didáctico a las acciones que el estudiante realiza al interactuar con el
objeto de estudio o de trabajo. Partiendo de estas consideraciones se clasifican
en [Fuentes, H. y Álvarez, I., 1998, p. 15]: 1.
Habilidades
Específicas
(vinculadas a una rama de la cultura o profesión): son el tipo de habilidad que
el sujeto desarrolla en su interacción con el objeto de estudio o trabajo
concreto y que en el proceso de Enseñanza - Aprendizaje, una vez que son
suficientemente sistematizadas y generalizadas, se concretan en métodos propios
de los diferentes objetos de la cultura que se configuran como contenido. 2.
Habilidades
Lógicas:
son las que permiten asimilar, comprender y construir el conocimiento, guardan
una estrecha relación con los procesos fundamentales del pensamiento como son
análisis, síntesis, abstracción, concreción y generalización. Se
desarrollan a través de habilidades específicas. Están en la base del
desarrollo del resto de las habilidades y en general de toda actividad
cognoscitiva del hombre. 3.
Habilidades
del procesamiento de la información y comunicación:
son las que le permiten procesar la información, donde se incluyen aquellas que
permiten obtener la información y reelaborar la información. Aquí se incluyen
aquellas habilidades del proceso docente como: tomar notas, hacer resúmenes, así
como exponer los conocimientos tanto de forma escrita como oral. En
el contexto de la Didáctica de la Educación Superior, se precisa de un tipo
específico de habilidad que se forma en dicho contexto y que forman la base de
la actuación profesional, en este caso se trata de las habilidades
profesionales que constituyen el contenido de aquellas acciones del sujeto
orientadas a las transformaciones del objeto de la profesión. Este el tipo de
habilidad que deberá sistematizarse hasta generalizarse con un grado tal que le
permita aplicar los conocimientos, actuar y transformar su objeto de trabajo y
resolver los problemas más generales y frecuentes que se presenten en las
diferentes esferas de actuación. Constituyen por consiguiente la esencia de la
actuación del profesional y punto de partida del modelo del profesional. De
tal forma, y toda vez que las habilidades profesionales son el campo de estas líneas,
la Dr. Rita Marina define las que, a su entender son “habilidades
profesionales comunes de obligada formación, a saber”: ·
integrar
los conocimientos y elevarlos al nivel de aplicación profesional. ·
dominar
las técnicas para mantener información actualizada. ·
investigar ·
saber
establecer los vínculos con el contexto social ·
gerenciar
- administrar los recursos humanos y materiales. Quedarían
por definir las habilidades profesionales propias de la carrera de Derecho.
Queda claro que el análisis debe hacerse sin obviar que no en todos los países
el profesional del derecho cumple las mismas funciones sociales. Por ejemplo si
comparamos las habilidades profesionales que forma el Instituto Universitario de
Monterrey, la Universidad de Columbia y las que se declaran en el modelo del
profesional de nuestras universidades, notaremos semejanzas y diferencias. Las
habilidades susceptibles de ser adquiridas por los egresados de la licenciatura
en derecho del Tecnológico de Monterrey son las siguientes: Diseñar y dirigir estrategias legales corporativas para una mejor y más eficaz actividad empresarial, tanto en el ámbito mercantil como administrativo, fiscal o laboral. Representar
en juicio a las dependencias y entidades del sector público, a las empresas
privadas o a los particulares, diseñando, dirigiendo, asesorando y participando
directamente en todas las fases de litigio. Lo anterior significa, formular
demandas, contestaciones, preparar y ofrecer todo tipo de pruebas, formular
excepciones y alegatos, así como interponer recursos, juicios de amparo y otros
medios de defensa legal de sus clientes. Sugerir
la celebración de transacciones que pongan fin a un conflicto y en su caso,
intervenir directamente en las negociaciones que al efecto se lleven a cabo. Atender
y encargarse directamente de los negocios y contratos internacionales en los que
sean parte dependencias y entidades públicas, empresas privadas y particulares.
Realizar
tareas de consultor y asesor en negocios y contratos internacionales. Diseñar
y, en su caso asesorar como consultor, la expedición de normas jurídicas que
en un momento determinado y previos los requisitos formales que al efecto se
necesiten, sirvan para normar la vida institucional de la nación, de las
dependencias y entidades del sector público, de la empresa privada o de los
particulares. Las habilidades susceptibles de ser adquiridas por los egresados de la licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Columbia son las siguientes: Diseñar y dirigir estrategias legales corporativas para una mejor y más eficaz actividad empresarial, tanto en el ámbito mercantil como administrativo, fiscal o laboral. Representar
en juicio a las dependencias y entidades del sector público, a las empresas
privadas o a los particulares, diseñando, dirigiendo, asesorando y participando
directamente en todas las fases de litigio. Lo anterior significa, formular
demandas, contestaciones, preparar y ofrecer todo tipo de pruebas, formular
excepciones y alegatos, así como interponer recursos, juicios de amparo y otros
medios de defensa legal de sus clientes. Sugerir
la celebración de transacciones que pongan fin a un conflicto y en su caso,
intervenir directamente en las negociaciones que al efecto se lleven a cabo. Atender
y encargarse directamente de los negocios y contratos internacionales en los que
sean parte dependencias y entidades públicas, empresas privadas y particulares.
Realizar
tareas de consultor y asesor en negocios y contratos internacionales. Diseñar
y, en su caso asesorar como consultor, la expedición de normas jurídicas que
en un momento determinado y previos los requisitos formales que al efecto se
necesiten, sirvan para normar la vida institucional de la nación, de las
dependencias y entidades del sector público, de la empresa privada o de los
particulares. Por
otra parte nuestros planes de estudio declaran lo siguiente: Desempeñarse
exitosamente en el campo del ejercicio jurisdiccional de la profesión (abogado,
juez, fiscal, asesor jurídico y notario) dominando adecuadamente el sistema jurídico
y su aplicación en cada caso; al hacerlo ser capaz de elaborar y tramitar los
documentos que correspondan a la substanciación procesal. Ser
capaz de no solo aplicar normatológicamente el derecho positivo, sino mejorarlo
y adecuarlo a las nuevas situaciones, con absoluto dominio de los métodos
esenciales de investigación social, el dominio de una lengua extranjera, la
aplicación de las TIC y sólida formación político ideológica. ¿Qué
sería entonces formación de habilidades?, los doctores Rita Marina y Carlos Córdoba
nos dan sus versiones: “El
proceso de formación de las habilidades consiste en apropiarse de la estructura
del objeto y convertirlo en un modo de actuar, en un método para el estudio del
objeto.” “La
formación de habilidades comprende la etapa de adquisición consciente de los
modos de actuar. Bajo la dirección del docente los alumnos reciben las
orientaciones adecuadas sobre las formas de proceder. Una vez
adquiridos los modos de actuación, se inicia el desarrollo de la
habilidad, a través del proceso de ejercitación, es decir el uso de la
habilidad recién formada, de modo que vayan siendo cada vez más fáciles de
reproducir los modos de actuación, eliminándose los posibles errores. Son
indicadores de desarrollo la rapidez y
la corrección con que la acción se ejecuta”. En
esencia, el
docente no se debe contentar
con declarar en un diseño curricular las habilidades que creará su asignatura,
sino que debe emprender acciones conscientes para su formación. En todos los
diseños de las carreras universitarias está declarado el modo de actuación
del profesional, que coincide, en gran parte, con las habilidades que se deben
crear en el alumno, pero ese proceso formativo debe tener una planificación y
concreción que instrumente “el uso de la habilidad recién formada”. Enfoque didáctico La
Didáctica es una ciencia en desarrollo constante, de ahí que los autores más
reconocidos en el campo de la Pedagogía no hayan podido aunar sus criterios,
incluso sobre si es una ciencia o no. Lo cierto es que existe, con objeto de
estudio, leyes, principios y categorías propias; lo que desde ya deja entrever
la opinión del autor de este trabajo. La
formación de habilidades en el campo de nuestra ciencia se desarrolla
fundamentalmente en los componentes académico y laboral, es decir en el aula y
en la llamada práctica preprofesional, práctica laboral o disciplina principal
integradora. De
esta forma, y haciendo un análisis de los componentes del proceso de enseñanza
aprendizaje, como los rasgos y expresiones dinámicas del proceso, que al
relacionarse e interactuar dialécticamente con otras de la misma naturaleza se
integran formando un todo, tenemos que toda investigación o aporte en
este campo, tributará a todas las formas posibles de relación alumno - alumno,
profesor - alumno, grupo - profesor, profesor - profesor y grupo – alumno.
Valga la aclaración que cuando se habla en este caso de profesor nos referimos
también a los profesionales que atienden a nuestros educandos en las unidades
docentes, cuestión que será ampliada más adelante. Analicemos
entonces los componentes no
personales del proceso: problema, objeto, objetivo,
contenido, método, forma, medios y evaluación. Problema:
es la necesidad social y punto de partida del proceso didáctico. Por
supuesto, en el caso se parte de problemas
profesionales, que llevados a términos didácticos se precisan entonces: el
problema de la carrera, el problema de la disciplina y en el ámbito de
asignaturas los problemas docentes, mas los problemas propios que se precisan al
nivel de temas. Objeto:
es allí en donde se halla el problema en cuestión, en este caso
el desarrollo de habilidades profesionales y su búsqueda a través del
componente laboral en una disciplina específica. Este objeto necesita ser
transformado. Como bien es sabido, los ámbitos de acción del futuro jurista,
lo son los órganos de justicia. A los
mismos llegan egresados sin el apropiado desarrollo de habilidades
profesionales, cuestión esta que dificulta su efectiva y rápida incorporación
al sector. Objetivo:
expresa el resultado final que se aspira alcanzar y que de lograrse satisface la
necesidad social. Es el propósito. Además este componente es la categoría
rectora pues delimita el nivel de profundidad del estudio a realizar. Contenido:
Es el componente mediante el cual se expresa el objeto transformado en el propio
proceso. En él se sintetizan de forma dinámica los conocimientos sobre los
objetos y sujetos de estudio, sobre los métodos para actuar sobre el objeto, su
lógica, las habilidades y los valores. Hablamos entonces del contenido específico
de las disciplinas de la carrera y de las habilidades a formar en el futuro
jurista. Método:
es la estructura, el orden de pasos que desarrolla el sujeto activo y
transformador de la realidad que necesita ser transformada. Es
la vía o camino que se
adopta para alcanzar el objetivo. El
método es el elemento más dinámico del proceso.
Imprime a la enseñanza y al aprendizaje su naturaleza cambiante, activa
y contradictoria. Según I. Álvarez
V. todo empeño por perfeccionar la dinámica del proceso debe partir por
perfeccionar los métodos y estrategias con que éste se desarrolla. Forma:
orden desde el punto de vista temporal y organizacional, es en el
modesto modo de ver del autor, un componente más, en este tipo de
investigación adquiere aún más relevancia pues define y caracteriza la
organización práctica de todo el proceso. Medios:
el proceso de enseñanza - aprendizaje se desarrolla con ayuda de algunos
objetos, como son, de manera general pizarra,
tiza, retroproyector, computadoras, etc., y más específicamente
expedientes de casos archivados, documentos oficiales de orientación, etc. La
evaluación: es el componente
regulador. Su aplicación ofrece información sobre la calidad y efectividad del
resto de los componentes. También se le suele llamar resultado, lo que pudiera
traer alguna disquisición conceptual, por lo que le llamaremos en todo momento
evaluación. En el caso concreto que nos ocupa, la evaluación juega un rol
determinante pues es una de las cuestiones a modificar: la forma
en que desarrolla este componente en la actualidad en la mayoría de las prácticas
preprofesionales de la Educación Superior. Además
de todo lo anteriormente dicho cabe destacar que el conjunto de habilidades no
tienen una fuente única, es decir, no se pueden crear solo desde el aula o solo
desde la práctica. Existen habilidades que solo se forman en la práctica (La
clasificación de expedientes en los tribunales por ejemplo) pero a la que le
precede un conocimiento previo, a adquirir como parte del componente académico. A
manera de conclusión del subtítulo se hará referencia a las habilidades
profesionales, desde el punto de vista didáctico. En
el libro, Hacia
un curriculum integral y
contextualizado, la Dr. Rita Álvarez de Zayas, al hablar de la naturaleza y
clasificación de los contenidos del proceso de enseñanza aprendizaje, define a
las habilidades como uno de los tipos de contenido, junto con los conocimientos
y las actitudes. ·
Por tanto podemos
catalogar entonces a las habilidades profesionales como aquellas habilidades
propias del ejercicio de la profesión. Análisis
psicopedagógico del objeto. Antes
de entrar en que se entiende, desde el punto de vista psicológico, como
habilidades y formación de las mismas, se analizará uno de los problemas que
pudieran dar pie a una investigación en el campo de la pedagogía. El
problema está ubicado en el insuficiente desarrollo de las habilidades
profesionales que presentan los estudiantes de la carrera de Derecho; y es quizás
ahí donde radica su principal
deficiencia, generalmente cuando se quiere que los educandos posean habilidades
profesionales para una disciplina en particular, se realiza un estudio para
determinar qué necesitan ellos para su futuro desempeño laboral, qué
habilidades deben tener, pero no se piensa en cuáles son sus intereses profesionales. Aquí se
encuentra una de las causas que contribuye a la existencia del problema en
cuestión. No existe, para la elaboración de las guías para la práctica
laboral o disciplina principal integradora, un enfoque personológico, tan
necesario a la hora de crear motivaciones, interés en la labor que se desempeñará
en el futuro. Al
analizar los principios de la Psicopedagogía en el problema planteado se pueden
derivar algunas conclusiones, que en ningún momento tienen visos de
definitivas. Del estudio del principio de la Personalidad se infiere que en este
proceso no se debe obviar la
personalidad de los educandos y de los educadores, más cuando, en el caso que
nos ocupa, los educadores no son los propios profesores universitarios con un
nivel de preparación pedagógica imprescindible para cumplir con esta tarea. En
la ejecución de la disciplina principal integradora, si bien es la Universidad
la máxima responsable y específicamente, los profesores de las disciplinas,
son los distintos profesionales de los respectivos municipios y órganos de
justicia los encargados de hacer llegar el conocimiento y el desarrollo de
habilidades al alumno, cuestión para la que no están 100 % capacitados. Sería
necesario entonces proponer en un posible modelo pedagógico, además del diseño
para la disciplina principal integradora, orientaciones metodológicas precisas, encaminadas al mejor desenvolvimiento de las distintas
unidades docentes, para que a su vez estas, tengan herramientas para darle un
enfoque personológico a la labor docente que realizan. “El
proceso educativo debe evitar los procedimientos generales e igualitaristas,
tratando de diferenciar la acción del profesor sobre la base de las características
del educando, así como desarrollar la interacción comunicativa, sana y
personalizada entre ellos, enfatizando en el desarrollo de motivaciones
hacia la autonomía, la autorrealización y la creatividad de los alumnos” (F.
González y A. Mitjáns, 1989). Partiendo de estos criterios, más que
aceptados, se aprecian, en la ejecución, hoy, de la disciplina principal
integradora, la necesidad de
“enfatizar en el desarrollo de motivaciones hacia la autonomía, la
autorrealización y la creatividad de los alumnos”, cuestión esta en la que
se presentan dificultades pues, generalmente
el profesional enseña su actuar, y no diferentes modos de hacer, lo que
naturalmente no ayuda al desarrollo de las habilidades que se pretenden. El
análisis del principio de la unidad de lo Cognitivo y lo Afectivo, descubre
también algunas verdades, en relación con el problema antes planteado, que
debemos citar. Según
este principio la obtención simple del conocimiento no implica automáticamente
su manifestación conductual, sino solo cuando resulta relevante para la
personalidad en su reflejo afectivo-volitivo. Por eso se dice que las
operaciones cognitivas tienen que ser portadoras
de un contenido emocional favorable. De manera general en las
universidades cubanas la práctica laboral de la carrera de Derecho no tiene un
diseño preestablecido en los planes de estudio, sino que en cada centro se
elaboran sistemas de habilidades que el alumno debe desarrollar en la misma, dándole
al proceso un marcado carácter conductista. En esta elaboración no se tienen
en cuenta los gustos, intereses, motivos y necesidades de los educandos, por lo
que toda la parte afectiva queda al margen del proceso docente educativo. Esto
explica por qué, en ocasiones, los
alumnos no sienten la motivación necesaria para cumplir con esta actividad. Es
necesario crearles conocimientos, hábitos y habilidades que faciliten la
consecución de los objetivos planteados en cada práctica preprofesional, sobre
la base de sus intereses, motivos y necesidades, y que regule sus conductas,
acorde a lo deseado por la institución y la sociedad. Un
tercer principio nos lleva a la unidad de la Actividad con la Comunicación. En
la ejecución de la práctica laboral o disciplina principal integradora, que
sería la actividad a realizar, la comunicación entre las personas juega un
papel determinante. Como ya se dijo, el alumno no solo interactúa con su
profesor universitario, sino también con otros profesionales que ejercen el
derecho. En la medida que sea mayor y más eficiente esa comunicación, mejor se
cumplen los objetivos de la actividad. No es la comunicación una de las
debilidades del jurista promedio, todo lo contrario, mas esta circunstancia no
puede hacer confiar en que Actividad y Comunicación van siempre de la mano en
las prácticas laborales de la carrera de Derecho, la dificultad quizá estriba
en la calidad de esa actividad. En
la actualidad el Humanismo como corriente psicológica que ha ejercido
influencia en el campo de la Psicología de la Educación, domina la realización
de las prácticas preprofesionales en el mundo entero; el Humanismo pone como
categoría rectora al método. Su concepción de libertad lastra el colectivismo
y el carácter dirigido del proceso educativo. Pero sus aportes no son menores.
Esta corriente refiere a que es en el contacto con otro donde el hombre forma su
personalidad, rescata de esta última sus potencialidades creadoras y busca en
el individuo lo mejor de sí, lograr su crecimiento y autorrealización. Es
precisamente ese uno los fines de estas
líneas; que los estudiantes sean capaces, no solo de adueñarse de las
habilidades prácticas imprescindibles
para su labor postgraduada, sino de crearse
un criterio propio, y sea a su vez capaz de ir más allá del Derecho
Positivo, y hacer del ejercicio del derecho una labor creadora. Una
de las opiniones más generalizadas de los alumnos universitarios es el: “para
qué hago esto, o estudio esto si no lo voy a utilizar”. Más allá de que
cuando se dan estas opiniones, hay que hurgar en la orientación del objetivo,
como rector del proceso docente – educativo, en este contexto la práctica
laboral puede jugar un papel determinante para responder al alumno. Claro está
que no se puede dejar todo a un solo elemento; si desde distintos ángulos se
realizan acciones para enfrentar este problema, se tendrán más posibilidades
de éxito. El
estudiante universitario desea ver la salida práctica que le va dar a los
conocimientos que adquiere en las aulas, sin dudas es uno de sus intereses más
marcados. Una práctica laboral
bien concebida, puede llevar los intereses profesionales de los educandos al
nivel superior que plantea V. González, y alejarlos a su vez de las
motivaciones extrínsecas que pudieran existir (graduarse, aprobar o ejercer una
profesión de valor social) y que de hecho existen. Este
nivel superior sería medible a través de indicadores motivacionales tales
como: ·
El nivel reflexivo en torno a los problemas relativos al ejercicio de la
profesión. ·
La posición activa en la búsqueda de información profesional. ·
La realización de esfuerzos volitivos en la realización de tareas
complejas de contenido profesional. ·
La creatividad y autodeterminación en la solución de problemas
inherentes a la práctica profesional. Una
de las posibles causas del problema es, sin lugar a dudas, el nivel de motivación
profesional, basado en motivaciones extrínsecas, del estudiante de la carrera
de Derecho, esto hace que no le preste la debida importancia e interés a algo
tan valioso en su formación como la disciplina principal integradora. La búsqueda
del interés profesional, por ende,
de la motivación profesional, y de darle a esta disciplina un enfoque personológico
es una de estas aristas. BIBLIOGRAFÍA _
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DEL AUTOR José Augusto Ochoa del Río (1977). Licenciado
en Derecho, Camagüey 2001. Profesor de Derecho Romano de la Universidad de
Holguín. Ha cursado varios cursos de postgrados y diplomados, ponente en
eventos nacionales e internacionales. Actualmente cursa Doctorado Curricular en
Ciencias Pedagógicas.
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