SUMARIO
- Introducción.
- El derecho de asociarse con fines útiles.
- Estrategias: Consejos Regionales para la Educación Cooperativa;
- Formación de Asociados cooperativos; de Administradores y síndicos; de Gerentes, asesores, profesionales y técnicos; Enseñanza básica, media y
universitaria -Formación de Legisladores, Funcionarios y
Magistrados
-Formación de formadores e instructores cooperativos
-Educación cooperativa para el consumo
- Conclusiones y propuestas
INTRODUCCIÓN
¡La educación nos revela nuestras posibilidades y nuestros límites!
La Cooperativa debe servir a la sociedad y uno de sus objetivos ha de ser producir, incorporar, asimilar y reproducir saberes académicos, asimilar tecnologías y las nuevas prácticas cooperativas y mutuales, así como sus modernas tendencias y desafíos, auscultando sobre la carne viva de la realidad, los problemas socioeconómicos que aparecen constantemente, intentando hermanar rigor y prontitud en el diagnóstico de las cambiantes situaciones; vivificando en definitiva a la cultura cooperativa a través de un contacto permanente con las cuestiones más candentes y las inquietudes de mayor actualidad (educación, trabajo, vivienda, consumo, servicios públicos –agua potable, energía, gas, transporte, minifundios, etc.).
La educación cooperativa consiste básicamente en la adquisición del hábito, de la pericia y la pertinacia de pensar, ver, juzgar, actuar y evaluar de acuerdo con los principios cooperativos y su marco axiológico.
El desempeño cooperativo -quizás porque lo esencial es invisible a los ojos-, ha sido renuente, parco, esquivo y poco generoso con la inversión en educación.
Eso mismo explica y predice el marcado absentismo cooperativo que por cierto obedece a la ausencia de
conciencia plena en los cooperativistas de sus deberes y derechos cooperativos.
Entonces, sin educación, sin participación, sin legitimidad, sin control interno ni externo podemos considerar abstracto y puros eufemismos o tautologías toda propuesta académica sobre valores cooperativos como Vg., su democracia, justicia distributiva, libre membresía, integración, autonomía, independencia, interés por la comunidad, aspectos que solo podrán lograrse satisfactoriamente a partir del momento que los asociados a una cooperativa `sepan de que se
trata cuando se habla de empresas cooperativas; cuando sepan y tengan `memoria activa
de cual es el origen, el espíritu, la organización, el funcionamiento, la perspectiva y la prospectiva de este modo solidario e iterativo peculiar de la economía civil.
Si ello, cuantos remedios se propusieron y ensayaron se centrifugan en `meros adminículos
ortopédicos en tanto un gran número de cooperativas continúan `cojeando y otras tanto han desaparecido a pesar de las `anémicas estadísticas oficiales, provinciales, nacionales e internacionales.
Los principios cooperativos dados en Manchester por la Asociación Internacional de Cooperativas en 1995: 1) Libre membresía; 2) Democracia cooperativa –un hombre, un voto-; 3) participación económica de todos los asociados y justicia distributiva; 4) Autonomía e independencia de toda ingerencia política; 5) Educación, información y capacitación; 6) Integración de la cooperación entre cooperativas y; 7) Compromiso e interés con la comunidad; este marco axiológico admirable, estas recicladas reglas rochdalianas no pueden ofrecer –por sí mismas- más que la autenticidad formal de una empresa cooperativa.